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Robo

El robo o atraco es un delito contra el patrimonio, consistente en el apoderamiento de bienes ajenos de otras personas de manera fraudulenta, empleando para ello fuerza en las cosas o bien violencia o intimidación en las personas. Son precisamente estas dos modalidades de ejecución de la conducta las que la diferencia del hurto, que exige únicamente el acto de apoderamiento.

La mayor peligrosidad del atraco, por el uso de esta fuerza o intimidación, justifica que la pena sea superior a la que se establece por el hurto.

Banco luego de ser robado.

Dentro del atraco hay dos modalidades distintas, una que se distingue por el empleo de la fuerza en las cosas y otra por la violencia o intimidación en las personas.

El primero es en el que se utiliza una fuerza, una violencia para acceder al lugar donde se encuentra la cosa. En ocasiones, también se definen como atracos aquellas acciones en las que, a pesar de no mediar fuerza o intimidación, existe algún otro elemento que lo distingue del mero hurto. Por ejemplo, es posible definir como atraco a aquel que se produce mediante el uso de una llave falsa, arma blanca, cuchillo punzo cortante y otros objetos necesarios que utilice la persona atracadora. Esta aplicación se hace por la similitud entre la utilización de objetos con la fuerza que se puede emplear para romper esa barrera (la puerta) que protege del atraco.

El atraco con violencia o intimidación en las personas es aquel caracterizado porque se ejerce una fuerza vis física o una intimidación vis compulsiva para vencer la resistencia del dueño o poseedor de las cosas a su entrega.

Tipos de robos y terminología coloquial

  • Toperos: Para forzar las puertas o ventanas de las casas utilizan palanquetas, destornilladores y en ocasiones hasta gatos hidráulicos. Sus preferencias suelen ser los primeros y últimos pisos de los edificios para mejor protegerse ante intrusos.
  • El tablerista: Es el delincuente que actúa directamente sobre la puerta, practicando en ella un orificio lo suficientemente grande para introducir la mano y abrir la cerradura desde el exterior. Utiliza un taladro autónomo, martillo, sierra o berbiquí.
  • Espadistas: Casos menos frecuentes. Hay que buscar a los autores en el entorno próximo a los dueños de la casa. Abren las puertas utilizando llaves falsas o ganzúas.
  • Escaparatista: Sustrae objetos de los escaparates de las tiendas, principalmente ropa y joyería. Rompen la luna del cristal y ayudándose de un alambre enrollado en cinta aislante y con la punta en forma de gancho-tipo anzuelo- se apoderan de cuantos objetos engancha, suelen "trabajar" en horarios de cierre de los locales, especialmente a mediodía.
  • Encalomo: Es el delincuente que se esconde en el lugar del robo antes de que cierre el establecimiento, actuando una vez que se queda solo. Suelen ir varios individuos. Es un robo un tanto en desuso y se ha venido detectando últimamente en almacenes de los grandes polígonos e iglesias.
  • Palquistas: Acceden a las viviendas, especialmente en casas antiguas o de pocos pisos, escalando y trepando a través de la fachada accediendo por los balcones o terrazas. Actúan de noche.
  • Butroneros: Suelen “trabajar” con horas por delante. Utilizan elementos contundentes para realizar boquetes de varios centímetros de diámetro junto a la puerta y cerraduras o en paredes colindantes a la vivienda.
  • Rififi: Se denomina así este “registro” cuando el boquete que permite la entrada a una persona se efectúa a través de terrado. Fundamentalmente “trabajan” en locales o naves comerciales de una sola planta.
  • Alunizaje: Método utilizado por los ladrones de tiendas consistente en embestir con un vehículo contra el escaparate de la tienda y robar la mercancía. En pocos segundos los ladrones han consumado el robo y se han dado a la fuga. Existen protecciones metálicas especiales, capaces de resistir o amortiguar el golpe contra la fachada. Una precaución eficaz y barata consiste en aparcar los vehículos propios delante del comercio, de tal forma que se dificulte el acceso del vehículo conducido por los agresores, el cual necesitará unos metros de libre recorrido para impactar con fuerza suficiente. Aunque en este caso un sistema de alarma seguramente no impedirá por sí solo el robo, nos permitirá intervenir rápidamente para minimizar los efectos del mismo.
  • El mazazo: Cuatro individuos llegan a la joyería o comercio elegido para robar subidos a bordo de dos motocicletas. Sin quitarse los cascos de protección, dos de ellos bajan del vehículo intimidando a los peatones o empleados que salen a la calle. Los otros dos rompen a mazazos los expositores de los objetos de más valor introduciendo las manos por el agujero para hacerse con el botín. Una vez que se han apoderado de los efectos desaparecen del lugar en las dos motos. Este tipo de robos los suelen hacer a plena luz del día y en su consumación emplean entre tres y cuatro minutos. También se denomina así el robo en el interior de vehículos en cocheras o estacionamientos rompiendo las lunas.
  • Los revientacabinas: Los que dominan este “registro” en la actualidad son personas procedentes de Europa del este, especializados en desvalijar las cabinas telefónicas. Atrás quedaron ya los tiempos del “fleje” o “espadilla” para forzar los cajetines telefónicos. Ahora los aparatos son más sofisticados y los delincuentes, que están perfectamente organizados, utilizan como “herramientas”, taladros autónomos con brocas profesionales y ganzúas. Abren los cajetines monedero sin estropear el teléfono. Solo los empleados de Telefónica se percatan del robo cuando van por la recaudación. Estos grupos eligen cabinas telefónicas con gran afluencia de usuarios y en puntos donde les sea fácil escapar en caso de ser detectados. Una vez perforado el cajetín de recaudación de la cabina, los delincuentes tapan el orificio con masilla del mismo color para disimularlo y poder volver posteriormente a desvalijar estas mismas cabinas sin mayor esfuerzo. A lo largo del año 2002, las pérdidas para las operadoras telefónicas, daños aparte, superan los cinco millones de euros.
  • Carterista: El carterista (“sañero”) es el delincuente que sustrae la cartera a la víctima para apropiarse de los billetes, monedas o las tarjetas de crédito ("plásticos"). El lugar o lugares habituales donde ejecuta el hecho (“pasto”) es en mercadillos, acontecimientos deportivos, ferias, autobuses, siempre donde haya grandes aglomeraciones de personas.
  • Salteador (del latín saltus, "bosque") es el que saltea y roba en los despoblados o caminos[1]

Puede actuar solo o acompañado y existen diversas técnicas:

“El piquero”: Utiliza los dedos índice y medio protegido por un periódico o prenda de vestir (“muleta”) que oculta la operación a los presentes y que acto seguido pasa la cartera al cómplice (“pasar el burro”).

“El bolsillero”: Abre el bolso de las mujeres e introduce las manos para apoderarse de los monederos.

“El lancero": Técnica sudamericana practicada por carteristas de aquellos países que utilizan pinzas adaptadas o alambres para “levantar” la cartera. En desuso ha caído la tradicional forma utilizada por los viejos carteristas (“sirleros”) quienes valiéndose de una cuchilla de afeitar ("sirla") cortaban los forros de los bolsillos para sacar las carteras.

  • Descuideros: Se llaman así a los delincuentes que actúan aprovechando o provocando la distracción de las víctimas. Dentro de este tipo existen "los maleteros" y "los mecheros".
  • "Los maleteros": Están especializados en la sustracción de maletas, bolsas de viaje, cámaras fotográficas y cuantos efectos puedan llevar quienes se disponen a viajar. Sus lugares de actuación son las estaciones de ferrocarril, autobuses, estaciones marítimas, aeropuertos y vestíbulos de hoteles.
  • "Los mecheros": Actúan en los grandes almacenes y superficies comerciales. Están los “empalmadores” que hacen el trabajo entre varios individuos, donde mientras uno distrae al dependiente -prefieren jóvenes- el otro se lleva en la mano un objeto pequeño pero de gran valor, fundamentalmente joyas. Utilizan pegamentos o chicles para hacerlo.
  • "Las butroneras": Son mujeres provistas de un gran mandil camuflado bajo una prenda de vestir amplia. Como en el caso anterior suelen ir varias, una de las cuales denominada “la cartujera” es la encargada de vigilar o distraer al dependiente.

Los hurtos por descuido constituyen una pesadilla para los establecimientos comerciales, quienes tratan de combatirla con el uso de numerosos sistemas de seguridad, que van desde las cámaras de TV de circuito cerrado, pasando por vigilantes de seguridad y chips y barras de código en los distintos artículos.

  • "Las goteras": Son mujeres, que con ocasión del ejercicio de la prostitución le sustraen al cliente lo que de valor lleva encima. Suelen actuar a veces con un cómplice y es en la calle donde tras concertar el servicio, llevan a su víctima hasta la habitación de un hostal o pensión. Allí aprovechando un momento de distracción introduce en su vaso de bebida una sustancia somnífera que le duerme, actúan con total tranquilidad. Este “registro” lleva la alternativa del denominado “Beso del amor”.
  • "Ratas de hotel": Se conocen así a los delincuentes que trabajan en las habitaciones de hoteles, bien cuando ha salido el ocupante o incluso, cuando este se encuentra durmiendo. Estas modalidades, salvo casos excepcionales ya no son frecuentes en el momento actual.
  • Robos en farmacias: Es la acción típica de las personas drogadictas en busca de dinero y de los estupefacientes que tienen estos establecimientos. Hace unos años este tipo de robos era una constante frecuente. Hoy día las diferentes medidas de seguridad adoptadas han hecho bajar en "picado" este tipo de delitos.
  • Robos en gasolineras: De un hecho cotidiano hace unos años, un verdadero azote, especialmente en las estaciones de servicio fuera del casco urbano y en horas nocturnas, las medidas de seguridad adoptadas han provocado un descenso importante en estos establecimientos, derivándose en algunos casos en atracos a los clubes de alterne ubicados en zonas solitarias.

Regulación legal por países

Argentina

Según el artículo 164 del Código Penal de Argentina:

“Será reprimido con prisión de un (1) mes a seis (6) años, el que se apoderare ilegítimamente de una cosa mueble, total o parcialmente ajena, con fuerza en las cosas o violencia física en las personas, sea que la violencia tenga lugar antes del robo para facilitarlo, en el acto de cometerlo o después de cometido para procurar su impunidad”.

Se distingue la noción de hurto y de robo configurados como delitos típicos; aquellos casos en los que el apoderamiento recae sobre cosa mueble. El robo no es más que un hurto agravado por la fuerza (en las cosas) o por la violencia (en las personas).

En el artículo 165 agrega:

Se impondrá reclusión o prisión de diez (10) a veinticinco (25) años, si con motivo u ocasión del robo resultare un homicidio.

El Código Penal distingue también entre las figuras de robo agravado (art. 166), robo calificado por lesiones, robo calificado por el uso de arma.

Con la reforma que impuso la Ley 25.882 distingue las categorías de robo que antes no se encontraban delimitadas. Modifica la referencia al robo con armas y lo divide en cuatro figuras:

a) Robo con armas.

b) Robo con arma de fuego no apta para el disparo.

c) Robo con arma de utilería o blancas.

d) Robo con arma de fuego perfectamente apta para el disparo.

Costa Rica

Según el Código Penal SECCIÓN II Robo

Robo simple ARTÍCULO 212.- El que se apodere ilegítimamente de una cosa mueble, total o parcialmente ajena, será reprimido con las siguientes penas: 1.- Con prisión de seis meses a tres años, cuando la sustracción fuere cometida con fuerza en las cosas y su cuantía no excediere de tres veces el salario base (*). 2.- Con prisión de uno a seis años, si mediare la circunstancia prevista en el inciso anterior y el monto de lo sustraído excediere de tres veces el salario base. 3.- Con prisión de tres a nueve años, cuando el hecho fuere cometido con violencia sobre las personas. Sin embargo, si el apoderamiento se realizare por arrebato y no se causare lesión a la víctima que incapacite para el trabajo por más de diez días, la pena por imponer será de uno a tres años de prisión, siempre que la cuantía no exceda del monto señalado en el inciso 1) anterior, y de dos a seis años de prisión, si el valor de lo sustraído excede de ese monto. ((*) El término “salario base” se encuentra definido en el artículo 2° de la Ley No. 7337 de cita.

Robo agravado ARTÍCULO 213.- Se impondrá prisión de cinco a quince años, en los siguientes casos: 1) Si el robo fuere perpetrado con perforación o fractura de una pared, de un cerco, de un techo, de un piso, de una puerta o de una ventana, de un lugar habitado, o de sus de dependencias;

2) Si fuere cometido con armas; y

3) Si concurriere alguna de las circunstancias de los incisos 1), 2), 4), 5), 6) y 7) del artículo 209.

Los casos de agravación y atenuación para el delito de hurto, serán también agravantes y atenuantes del robo, y la pena será fijada por el juez, de acuerdo con el artículo 71.

Ecuador

El Código Orgánico Integral Penal —vigente desde el 2014[2]​ tipifica el delito de robo en su artículo 189 en sus varias modalidades y les impone una sanción específica para cada uno.[3]

  • El robo realizado mediante amenazas y/o ejerciendo violencia en las víctimas, en el momento de su cometimiento o en lo posterior para lograr impunidad, es sancionado con una pena privativa de libertad de cinco a siete años.
  • El robo que se ha cometido únicamente forzando el objeto del robo es sancionado con una pen privativa de libertad de tres a cinco años.
  • El robo cometido utilizando sustancias que dejen a la víctima con capacidad o conciencia reducida mediante sustancias —tales como la escopolamina, lorazepam, etc.— es sancionado con pena privativa de libertad de cinco a siete años.
  • El robo que deja como consecuencia la enajenación mental, pérdida de un sentido o su facultad de hablar, incapacidad laboral o de cualquier otro tipo sea permanente o temporal, o con alguna enfermedad transmisible e incurable es sancionado con pena privativa de libertad de siete a diez años.
  • El robo realizado contra bienes públicos es sancionado con el máximo de la pena dependiendo de los casos anteriores y aumentado en un tercio.
  • El robo que deja como resultado la muerte de la víctima es sancionado con pena privativa de libertad de veintidós a veintiséis años.
  • El robo realizado por policías o militares contra armas, municiones y demás material bélico o explosivo de uso exclusivo de sus instituciones es sancionado con pena privativa de libertad de cinco a siete años.

España

En el artículo 237 del Código Penal español dice: Son reos del delito de robo los que, con ánimo de lucro, se apoderaren de las cosas muebles ajenas empleando fuerza en las cosas para acceder al lugar donde éstas se encuentran o violencia o intimidación en las personas. Pese a las creencias populares, derivadas de la ignorancia en los medios de comunicación, el robo, ya sea con fuerza o con violencia/intimidación, es siempre delito, cualquiera que sea la cuantía objeto del mismo ...

 
Atraco a un automovilista en Río de Janeiro.

Atraco con fuerza en las cosas

Para que se aprecie la existencia de robo con fuerza, debe concurrir alguna de las circunstancias siguientes en la ejecución del hecho:

  1. Escalamiento
  2. Rompimiento de pared, techo o suelo, o fractura de puerta o ventana.
  3. Fractura de armarios, arcas u otra clase de muebles u objetos cerrados o sellados, o forzamiento de sus cerraduras o descubrimiento de sus claves para sustraer su contenido, sea en el lugar del robo o fuera del mismo.
  4. Uso de llaves falsas. El propio Código Penal da una definición de lo que se consideran llaves falsas en su art. 239: 1.º Las ganzúas u otros instrumentos análogos. 2.º Las llaves legítimas perdidas por el propietario u obtenidas por un medio que constituya infracción penal. 3.º Cualesquiera otras que no sean las destinadas por el propietario para abrir la cerradura violentada por el reo. Y añade en su último párrafo que, a los efectos del presente artículo, se consideran llaves las tarjetas, magnéticas o perforadas, y los mandos o instrumentos de apertura a distancia. En virtud de ello, por ejemplo, se considera robo y no hurto el emplear la tarjeta de crédito o de débito de otra persona para extraer dinero a través de un cajero automático.
  5. Inutilización de sistemas específicos de alarma o guarda.

Este delito se castiga con la pena de prisión de uno a tres años, salvo que concurran circunstancias que permitan estimar el robo de especial gravedad. Son en concreto las contempladas en el art. 241 y, por remisión, en el art. 235 C.P.:

  1. Cuando se sustraigan cosas de valor artístico, histórico, cultural o científico.
  2. Cuando se trate de cosas de primera necesidad o destinadas a un servicio público, siempre que la sustracción ocasionare un grave quebranto a este, o una situación de desabastecimiento.
  3. Cuando revista especial gravedad, atendiendo al valor de los efectos sustraídos, o se produjeren perjuicios de especial consideración.
  4. Cuando ponga a la víctima o a su familia en grave situación económica o se haya realizado abusando de las circunstancias personales de la víctima.
  5. Cuando se cometa en casa habitada, edificio o local abiertos al público o en cualquiera de sus dependencias. El mismo art. 241.2 da una definición de lo que se considera «casa habitada» (todo albergue que constituya morada de una o más personas, aunque accidentalmente se encuentren ausentes de ella cuando el robo tenga lugar, art. 241.2) y «dependencias de casa habitada o de edificio o local abierto al público» (sus patios, garajes y demás departamentos o sitios cercados y contiguos al edificio y en comunicación interior con él, y con el cual formen una unidad física, art. 241.3).

Robo con intimidación

Se regula en el art. 242 y recibe una pena mayor: prisión de dos a cinco años. Aparte de la pena del robo en sí se castiga la pena que corresponda al acto de violencia física. Si se perpetra un robo por el procedimiento del tirón, además de la pena de 2 a 5 años por el robo, se recibe la pena correspondiente a las lesiones causadas a la víctima.

En el caso del robo con intimidación también se da la posibilidad de que haya supuestos más gravemente penados cuando concurran determinadas circunstancias, y así viene previsto en el apartado 3 del mismo artículo: La pena se impondrá en su mitad superior cuando el delincuente hiciere uso de las armas u otros medios igualmente peligrosos que llevare, sea al cometer el delito o para proteger la huida y cuando el reo atacare a los que acudiesen en auxilio de la víctima o a los que la persiguieren. (art. 242.3)

Finalmente, también cabe valorar que la intimidación sean de «menor entidad» y, además, «las restantes circunstancias del hecho», para imponer la pena inferior en grado, esto es, en lugar de 2-5 años, una pena de 1 a 2 años de prisión.

Referencias

  1. [1] Definición de salteador en el Diccionario de la lengua española (Consultado el 30 de marzo de 2013)
  2. . Defensoría Pública del Ecuador. 18 de agosto de 2018. Archivado desde el original el 19 de marzo de 2018. Consultado el 19 de marzo de 2018. 
  3. Código Orgánico Integral Penal, RO-S 180 (10-II-2014), Quito, Asamblea Nacional, 2014
  • Capítulo II del Código Penal Español. De los Robos

Véase también

Enlaces externos

  •   Wikcionario tiene definiciones y otra información sobre robo.
  •   Wikcionario tiene definiciones y otra información sobre latrocinio.
  •   Wikiquote alberga frases célebres de o sobre Robo.
  •   Wikimedia Commons alberga una categoría multimedia sobre Robo.
  •   Datos: Q53706
  •   Multimedia: Robbery
  •   Diccionario: robo
  •   Citas célebres: Robo

robo, para, acción, robo, baloncesto, véase, baloncesto, ladrón, redirige, aquí, para, otras, acepciones, véase, ladrón, desambiguación, robo, atraco, delito, contra, patrimonio, consistente, apoderamiento, bienes, ajenos, otras, personas, manera, fraudulenta,. Para la accion de robo en baloncesto vease Robo baloncesto Ladron redirige aqui Para otras acepciones vease Ladron desambiguacion El robo o atraco es un delito contra el patrimonio consistente en el apoderamiento de bienes ajenos de otras personas de manera fraudulenta empleando para ello fuerza en las cosas o bien violencia o intimidacion en las personas Son precisamente estas dos modalidades de ejecucion de la conducta las que la diferencia del hurto que exige unicamente el acto de apoderamiento La mayor peligrosidad del atraco por el uso de esta fuerza o intimidacion justifica que la pena sea superior a la que se establece por el hurto Banco luego de ser robado Dentro del atraco hay dos modalidades distintas una que se distingue por el empleo de la fuerza en las cosas y otra por la violencia o intimidacion en las personas El primero es en el que se utiliza una fuerza una violencia para acceder al lugar donde se encuentra la cosa En ocasiones tambien se definen como atracos aquellas acciones en las que a pesar de no mediar fuerza o intimidacion existe algun otro elemento que lo distingue del mero hurto Por ejemplo es posible definir como atraco a aquel que se produce mediante el uso de una llave falsa arma blanca cuchillo punzo cortante y otros objetos necesarios que utilice la persona atracadora Esta aplicacion se hace por la similitud entre la utilizacion de objetos con la fuerza que se puede emplear para romper esa barrera la puerta que protege del atraco El atraco con violencia o intimidacion en las personas es aquel caracterizado porque se ejerce una fuerza vis fisica o una intimidacion vis compulsiva para vencer la resistencia del dueno o poseedor de las cosas a su entrega Indice 1 Tipos de robos y terminologia coloquial 2 Regulacion legal por paises 2 1 Argentina 2 2 Costa Rica 2 3 Ecuador 2 4 Espana 2 4 1 Atraco con fuerza en las cosas 2 4 2 Robo con intimidacion 3 Referencias 4 Vease tambien 5 Enlaces externosTipos de robos y terminologia coloquial EditarToperos Para forzar las puertas o ventanas de las casas utilizan palanquetas destornilladores y en ocasiones hasta gatos hidraulicos Sus preferencias suelen ser los primeros y ultimos pisos de los edificios para mejor protegerse ante intrusos El tablerista Es el delincuente que actua directamente sobre la puerta practicando en ella un orificio lo suficientemente grande para introducir la mano y abrir la cerradura desde el exterior Utiliza un taladro autonomo martillo sierra o berbiqui Espadistas Casos menos frecuentes Hay que buscar a los autores en el entorno proximo a los duenos de la casa Abren las puertas utilizando llaves falsas o ganzuas Escaparatista Sustrae objetos de los escaparates de las tiendas principalmente ropa y joyeria Rompen la luna del cristal y ayudandose de un alambre enrollado en cinta aislante y con la punta en forma de gancho tipo anzuelo se apoderan de cuantos objetos engancha suelen trabajar en horarios de cierre de los locales especialmente a mediodia Encalomo Es el delincuente que se esconde en el lugar del robo antes de que cierre el establecimiento actuando una vez que se queda solo Suelen ir varios individuos Es un robo un tanto en desuso y se ha venido detectando ultimamente en almacenes de los grandes poligonos e iglesias Palquistas Acceden a las viviendas especialmente en casas antiguas o de pocos pisos escalando y trepando a traves de la fachada accediendo por los balcones o terrazas Actuan de noche Butroneros Suelen trabajar con horas por delante Utilizan elementos contundentes para realizar boquetes de varios centimetros de diametro junto a la puerta y cerraduras o en paredes colindantes a la vivienda Rififi Se denomina asi este registro cuando el boquete que permite la entrada a una persona se efectua a traves de terrado Fundamentalmente trabajan en locales o naves comerciales de una sola planta Alunizaje Metodo utilizado por los ladrones de tiendas consistente en embestir con un vehiculo contra el escaparate de la tienda y robar la mercancia En pocos segundos los ladrones han consumado el robo y se han dado a la fuga Existen protecciones metalicas especiales capaces de resistir o amortiguar el golpe contra la fachada Una precaucion eficaz y barata consiste en aparcar los vehiculos propios delante del comercio de tal forma que se dificulte el acceso del vehiculo conducido por los agresores el cual necesitara unos metros de libre recorrido para impactar con fuerza suficiente Aunque en este caso un sistema de alarma seguramente no impedira por si solo el robo nos permitira intervenir rapidamente para minimizar los efectos del mismo El mazazo Cuatro individuos llegan a la joyeria o comercio elegido para robar subidos a bordo de dos motocicletas Sin quitarse los cascos de proteccion dos de ellos bajan del vehiculo intimidando a los peatones o empleados que salen a la calle Los otros dos rompen a mazazos los expositores de los objetos de mas valor introduciendo las manos por el agujero para hacerse con el botin Una vez que se han apoderado de los efectos desaparecen del lugar en las dos motos Este tipo de robos los suelen hacer a plena luz del dia y en su consumacion emplean entre tres y cuatro minutos Tambien se denomina asi el robo en el interior de vehiculos en cocheras o estacionamientos rompiendo las lunas Los revientacabinas Los que dominan este registro en la actualidad son personas procedentes de Europa del este especializados en desvalijar las cabinas telefonicas Atras quedaron ya los tiempos del fleje o espadilla para forzar los cajetines telefonicos Ahora los aparatos son mas sofisticados y los delincuentes que estan perfectamente organizados utilizan como herramientas taladros autonomos con brocas profesionales y ganzuas Abren los cajetines monedero sin estropear el telefono Solo los empleados de Telefonica se percatan del robo cuando van por la recaudacion Estos grupos eligen cabinas telefonicas con gran afluencia de usuarios y en puntos donde les sea facil escapar en caso de ser detectados Una vez perforado el cajetin de recaudacion de la cabina los delincuentes tapan el orificio con masilla del mismo color para disimularlo y poder volver posteriormente a desvalijar estas mismas cabinas sin mayor esfuerzo A lo largo del ano 2002 las perdidas para las operadoras telefonicas danos aparte superan los cinco millones de euros Carterista El carterista sanero es el delincuente que sustrae la cartera a la victima para apropiarse de los billetes monedas o las tarjetas de credito plasticos El lugar o lugares habituales donde ejecuta el hecho pasto es en mercadillos acontecimientos deportivos ferias autobuses siempre donde haya grandes aglomeraciones de personas Salteador del latin saltus bosque es el que saltea y roba en los despoblados o caminos 1 Puede actuar solo o acompanado y existen diversas tecnicas El piquero Utiliza los dedos indice y medio protegido por un periodico o prenda de vestir muleta que oculta la operacion a los presentes y que acto seguido pasa la cartera al complice pasar el burro El bolsillero Abre el bolso de las mujeres e introduce las manos para apoderarse de los monederos El lancero Tecnica sudamericana practicada por carteristas de aquellos paises que utilizan pinzas adaptadas o alambres para levantar la cartera En desuso ha caido la tradicional forma utilizada por los viejos carteristas sirleros quienes valiendose de una cuchilla de afeitar sirla cortaban los forros de los bolsillos para sacar las carteras Descuideros Se llaman asi a los delincuentes que actuan aprovechando o provocando la distraccion de las victimas Dentro de este tipo existen los maleteros y los mecheros Los maleteros Estan especializados en la sustraccion de maletas bolsas de viaje camaras fotograficas y cuantos efectos puedan llevar quienes se disponen a viajar Sus lugares de actuacion son las estaciones de ferrocarril autobuses estaciones maritimas aeropuertos y vestibulos de hoteles Los mecheros Actuan en los grandes almacenes y superficies comerciales Estan los empalmadores que hacen el trabajo entre varios individuos donde mientras uno distrae al dependiente prefieren jovenes el otro se lleva en la mano un objeto pequeno pero de gran valor fundamentalmente joyas Utilizan pegamentos o chicles para hacerlo Las butroneras Son mujeres provistas de un gran mandil camuflado bajo una prenda de vestir amplia Como en el caso anterior suelen ir varias una de las cuales denominada la cartujera es la encargada de vigilar o distraer al dependiente Los hurtos por descuido constituyen una pesadilla para los establecimientos comerciales quienes tratan de combatirla con el uso de numerosos sistemas de seguridad que van desde las camaras de TV de circuito cerrado pasando por vigilantes de seguridad y chips y barras de codigo en los distintos articulos Las goteras Son mujeres que con ocasion del ejercicio de la prostitucion le sustraen al cliente lo que de valor lleva encima Suelen actuar a veces con un complice y es en la calle donde tras concertar el servicio llevan a su victima hasta la habitacion de un hostal o pension Alli aprovechando un momento de distraccion introduce en su vaso de bebida una sustancia somnifera que le duerme actuan con total tranquilidad Este registro lleva la alternativa del denominado Beso del amor Ratas de hotel Se conocen asi a los delincuentes que trabajan en las habitaciones de hoteles bien cuando ha salido el ocupante o incluso cuando este se encuentra durmiendo Estas modalidades salvo casos excepcionales ya no son frecuentes en el momento actual Robos en farmacias Es la accion tipica de las personas drogadictas en busca de dinero y de los estupefacientes que tienen estos establecimientos Hace unos anos este tipo de robos era una constante frecuente Hoy dia las diferentes medidas de seguridad adoptadas han hecho bajar en picado este tipo de delitos Robos en gasolineras De un hecho cotidiano hace unos anos un verdadero azote especialmente en las estaciones de servicio fuera del casco urbano y en horas nocturnas las medidas de seguridad adoptadas han provocado un descenso importante en estos establecimientos derivandose en algunos casos en atracos a los clubes de alterne ubicados en zonas solitarias Regulacion legal por paises EditarArgentina Editar Segun el articulo 164 del Codigo Penal de Argentina Sera reprimido con prision de un 1 mes a seis 6 anos el que se apoderare ilegitimamente de una cosa mueble total o parcialmente ajena con fuerza en las cosas o violencia fisica en las personas sea que la violencia tenga lugar antes del robo para facilitarlo en el acto de cometerlo o despues de cometido para procurar su impunidad Se distingue la nocion de hurto y de robo configurados como delitos tipicos aquellos casos en los que el apoderamiento recae sobre cosa mueble El robo no es mas que un hurto agravado por la fuerza en las cosas o por la violencia en las personas En el articulo 165 agrega Se impondra reclusion o prision de diez 10 a veinticinco 25 anos si con motivo u ocasion del robo resultare un homicidio El Codigo Penal distingue tambien entre las figuras de robo agravado art 166 robo calificado por lesiones robo calificado por el uso de arma Con la reforma que impuso la Ley 25 882 distingue las categorias de robo que antes no se encontraban delimitadas Modifica la referencia al robo con armas y lo divide en cuatro figuras a Robo con armas b Robo con arma de fuego no apta para el disparo c Robo con arma de utileria o blancas d Robo con arma de fuego perfectamente apta para el disparo Costa Rica Editar Segun el Codigo Penal SECCIoN II RoboRobo simple ARTICULO 212 El que se apodere ilegitimamente de una cosa mueble total o parcialmente ajena sera reprimido con las siguientes penas 1 Con prision de seis meses a tres anos cuando la sustraccion fuere cometida con fuerza en las cosas y su cuantia no excediere de tres veces el salario base 2 Con prision de uno a seis anos si mediare la circunstancia prevista en el inciso anterior y el monto de lo sustraido excediere de tres veces el salario base 3 Con prision de tres a nueve anos cuando el hecho fuere cometido con violencia sobre las personas Sin embargo si el apoderamiento se realizare por arrebato y no se causare lesion a la victima que incapacite para el trabajo por mas de diez dias la pena por imponer sera de uno a tres anos de prision siempre que la cuantia no exceda del monto senalado en el inciso 1 anterior y de dos a seis anos de prision si el valor de lo sustraido excede de ese monto El termino salario base se encuentra definido en el articulo 2 de la Ley No 7337 de cita Robo agravado ARTICULO 213 Se impondra prision de cinco a quince anos en los siguientes casos 1 Si el robo fuere perpetrado con perforacion o fractura de una pared de un cerco de un techo de un piso de una puerta o de una ventana de un lugar habitado o de sus de dependencias 2 Si fuere cometido con armas y3 Si concurriere alguna de las circunstancias de los incisos 1 2 4 5 6 y 7 del articulo 209 Los casos de agravacion y atenuacion para el delito de hurto seran tambien agravantes y atenuantes del robo y la pena sera fijada por el juez de acuerdo con el articulo 71 Ecuador Editar El Codigo Organico Integral Penal vigente desde el 2014 2 tipifica el delito de robo en su articulo 189 en sus varias modalidades y les impone una sancion especifica para cada uno 3 El robo realizado mediante amenazas y o ejerciendo violencia en las victimas en el momento de su cometimiento o en lo posterior para lograr impunidad es sancionado con una pena privativa de libertad de cinco a siete anos El robo que se ha cometido unicamente forzando el objeto del robo es sancionado con una pen privativa de libertad de tres a cinco anos El robo cometido utilizando sustancias que dejen a la victima con capacidad o conciencia reducida mediante sustancias tales como la escopolamina lorazepam etc es sancionado con pena privativa de libertad de cinco a siete anos El robo que deja como consecuencia la enajenacion mental perdida de un sentido o su facultad de hablar incapacidad laboral o de cualquier otro tipo sea permanente o temporal o con alguna enfermedad transmisible e incurable es sancionado con pena privativa de libertad de siete a diez anos El robo realizado contra bienes publicos es sancionado con el maximo de la pena dependiendo de los casos anteriores y aumentado en un tercio El robo que deja como resultado la muerte de la victima es sancionado con pena privativa de libertad de veintidos a veintiseis anos El robo realizado por policias o militares contra armas municiones y demas material belico o explosivo de uso exclusivo de sus instituciones es sancionado con pena privativa de libertad de cinco a siete anos Espana Editar En el articulo 237 del Codigo Penal espanol dice Son reos del delito de robo los que con animo de lucro se apoderaren de las cosas muebles ajenas empleando fuerza en las cosas para acceder al lugar donde estas se encuentran o violencia o intimidacion en las personas Pese a las creencias populares derivadas de la ignorancia en los medios de comunicacion el robo ya sea con fuerza o con violencia intimidacion es siempre delito cualquiera que sea la cuantia objeto del mismo Atraco a un automovilista en Rio de Janeiro Atraco con fuerza en las cosas Editar Para que se aprecie la existencia de robo con fuerza debe concurrir alguna de las circunstancias siguientes en la ejecucion del hecho Escalamiento Rompimiento de pared techo o suelo o fractura de puerta o ventana Fractura de armarios arcas u otra clase de muebles u objetos cerrados o sellados o forzamiento de sus cerraduras o descubrimiento de sus claves para sustraer su contenido sea en el lugar del robo o fuera del mismo Uso de llaves falsas El propio Codigo Penal da una definicion de lo que se consideran llaves falsas en su art 239 1 º Las ganzuas u otros instrumentos analogos 2 º Las llaves legitimas perdidas por el propietario u obtenidas por un medio que constituya infraccion penal 3 º Cualesquiera otras que no sean las destinadas por el propietario para abrir la cerradura violentada por el reo Y anade en su ultimo parrafo que a los efectos del presente articulo se consideran llaves las tarjetas magneticas o perforadas y los mandos o instrumentos de apertura a distancia En virtud de ello por ejemplo se considera robo y no hurto el emplear la tarjeta de credito o de debito de otra persona para extraer dinero a traves de un cajero automatico Inutilizacion de sistemas especificos de alarma o guarda Este delito se castiga con la pena de prision de uno a tres anos salvo que concurran circunstancias que permitan estimar el robo de especial gravedad Son en concreto las contempladas en el art 241 y por remision en el art 235 C P Cuando se sustraigan cosas de valor artistico historico cultural o cientifico Cuando se trate de cosas de primera necesidad o destinadas a un servicio publico siempre que la sustraccion ocasionare un grave quebranto a este o una situacion de desabastecimiento Cuando revista especial gravedad atendiendo al valor de los efectos sustraidos o se produjeren perjuicios de especial consideracion Cuando ponga a la victima o a su familia en grave situacion economica o se haya realizado abusando de las circunstancias personales de la victima Cuando se cometa en casa habitada edificio o local abiertos al publico o en cualquiera de sus dependencias El mismo art 241 2 da una definicion de lo que se considera casa habitada todo albergue que constituya morada de una o mas personas aunque accidentalmente se encuentren ausentes de ella cuando el robo tenga lugar art 241 2 y dependencias de casa habitada o de edificio o local abierto al publico sus patios garajes y demas departamentos o sitios cercados y contiguos al edificio y en comunicacion interior con el y con el cual formen una unidad fisica art 241 3 Robo con intimidacion Editar Se regula en el art 242 y recibe una pena mayor prision de dos a cinco anos Aparte de la pena del robo en si se castiga la pena que corresponda al acto de violencia fisica Si se perpetra un robo por el procedimiento del tiron ademas de la pena de 2 a 5 anos por el robo se recibe la pena correspondiente a las lesiones causadas a la victima En el caso del robo con intimidacion tambien se da la posibilidad de que haya supuestos mas gravemente penados cuando concurran determinadas circunstancias y asi viene previsto en el apartado 3 del mismo articulo La pena se impondra en su mitad superior cuando el delincuente hiciere uso de las armas u otros medios igualmente peligrosos que llevare sea al cometer el delito o para proteger la huida y cuando el reo atacare a los que acudiesen en auxilio de la victima o a los que la persiguieren art 242 3 Finalmente tambien cabe valorar que la intimidacion sean de menor entidad y ademas las restantes circunstancias del hecho para imponer la pena inferior en grado esto es en lugar de 2 5 anos una pena de 1 a 2 anos de prision Referencias Editar 1 Definicion de salteador en el Diccionario de la lengua espanola Consultado el 30 de marzo de 2013 El Codigo Organico Integral Penal entro en vigencia en Ecuador Defensoria Publica del Ecuador 18 de agosto de 2018 Archivado desde el original el 19 de marzo de 2018 Consultado el 19 de marzo de 2018 Codigo Organico Integral Penal RO S 180 10 II 2014 Quito Asamblea Nacional 2014 Capitulo II del Codigo Penal Espanol De los RobosVease tambien Editar Portal Derecho Contenido relacionado con Derecho Apoderamiento ilegitimo Atraco a mano armada Bandolerismo Emboscada HurtoEnlaces externos Editar Wikcionario tiene definiciones y otra informacion sobre robo Wikcionario tiene definiciones y otra informacion sobre latrocinio Wikiquote alberga frases celebres de o sobre Robo Wikimedia Commons alberga una categoria multimedia sobre Robo Datos Q53706 Multimedia Robbery Diccionario robo Citas celebres Robo Obtenido de https es wikipedia org w index php title Robo amp oldid 140328258, wikipedia, wiki, leyendo, leer, 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