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Administración provincial romana

La administración provincial romana surgió cuando la primera guerra púnica trajo consigo la expansión del territorio de Roma fuera de Italia (la cual no era una provincia,[1][2]​ sino el territorio metropolitano de la misma Roma),[3][4]​ básicamente a las islas mediterráneas.

División provincial hacia el 117 d. C. En rosa (fuera de Italia) las provincias senatoriales, donde el Senado nombraba a los procónsules (generalmente, las incorporadas durante la República romana -excepto la mayor parte de Hispania y Galia-, que habían quedado pacificadas y lejos del limes, y por tanto tenían pocas o ninguna legión en ellas), y en verde las provincias imperiales, donde el Emperador nombraba a los legatus Augusti (generalmente las incorporadas durante el Imperio romano). La primera división entre provincias senatoriales e imperiales se realizó al comienzo del mandato de Augusto (año 14 a. C.)
A partir de las reformas de Diocleciano (finales del siglo III y comienzos del siglo IV) las provincias se subdividieron, y su número pasó a ser de un centenar, y se agruparon en circunscripciones denominadas diócesis, a cargo de un vicario de cada uno de los cuatro prefectos del pretorio.

Al principio los dos cónsules tenían la responsabilidad de la administración. Los cuestores itálicos eran considerados auxiliares de los cónsules. En las islas (Cerdeña-Córcega y Sicilia) se establecieron cuestores particulares dependientes de los cónsules, pero el sistema no funcionó. Se hacía preciso buscar una nueva figura jurídica que administrara los territorios provinciales.

El procónsul tenía un alto rango dentro de las magistraturas romanas: venía después del cónsul. Su rango era equivalente al del pretor pero lo ejercía sobre un territorio determinado (provincia), mientras que las funciones del pretor abarcaban la totalidad del territorio de la República.

El procónsul era a la vez general, administrador y juez supremo en su provincia, y reunía en sus manos todas las funciones que antiguamente habían tenido los cónsules y que ahora estaban repartidas entre los cónsules, el pretor, el censor, los ediles curules, los tres viri nocturni, los tribunos del pueblo y el jefe de la caballería. Únicamente las cuestiones financieras de la provincia escapaban a su imperium, ya que para llevarlas a cabo se creó la figura del cuestor provincial o procuestor, que dependía directamente del Senado. A los procónsules se les exigía sobriedad y probidad.

Entre los tres de Hispania figuró Catón, que administró la provincia de Hispania Citerior con una probidad y un celo ahorrativo excepcional, pero su ejemplo tuvo pocos imitadores. Catón viajaba por la provincia a pie con un solo servidor. Cuando terminó su servicio vendió su caballo para no cargar al Estado con los gastos del transporte.

Como los procónsules eran verdaderos reyes de su provincia, su poder absoluto llevó a menudo a la corrupción; exigían «donativos voluntarios» a las ciudades, y otras prácticas ilegales. Cuando viajaban podían solicitar hospedaje gratuito y hacer algunas requisas, lo que dio lugar a abusos y exacciones. Por necesidades del servicio o de sus gentes, o en caso de guerra, o también por necesidades de los soldados, podían exigir granos a precios moderados. Esto se convirtió en una fuente de exacciones injustas. Finalmente los procónsules exigían recursos para sufragar las fiestas populares romanas. El Senado estableció limitaciones en el 171 a. C., pero los magistrados corruptos rara vez fueron juzgados.

Las ciudades que eran sometidas perdían su independencia para establecer tratados con otras ciudades o Estados y para hacer la guerra o firmar la paz. Sus ciudadanos no podían adquirir territorios fuera de su ciudad, y probablemente tampoco podrían casarse fuera de ella. Los ciudadanos no podían llevar armas salvo por orden expresa del procónsul. La moneda romana no fue impuesta, pero tenía curso legal.

En cada ciudad sometida se tendió a favorecer el acceso al poder en los consejos locales de la aristocracia. Roma podía enviar a las ciudades a ciudadanos romanos o de los territorios sometidos sin limitación.

El censo quinquenal, siguiendo el modelo romano, fue establecido para todas las ciudades. Cada ciudad tenía fijado un contingente que debía facilitar al Ejército regularmente.

Los impuestos establecidos eran el diezmo de las cosechas y productos de la tierra, y una veinteava parte del valor de las mercancías que pasaban por el territorio en cuestión, tanto para entrar como para salir (postoria). Algunas ciudades estaban exentas por lo cual no estaban sometidas a estos impuestos. A otras, junto a la inmunidad o exención de impuestos se les concedió el rango de ciudades sin sufragio u otros niveles de derechos.

Junto a las ciudades sometidas en sus diversos grados, estaban las colonias romanas y, sobre todo, las colonias de derecho latino, cuyos ciudadanos podían disfrutar de la ciudadanía romana o latina (con restricciones), y las ciudades de rango municipal. La mayoría de las colonias de derecho latino se fundaron en el norte de Italia, porque esta región, al contrario de la Italia peninsular, fue administrada como territorio provincial hasta el I a. C., bajo el nombre de Galia Cisalpina, pero, a pesar de esto, era considerada dentro del mismo ámbito geográfico italiano que Roma e Italia,[5]​ al cual fue definitivamente anexionada en el 42 a. C. (dejando de existir como provincia),[6]​ tras la Lex Roscia del 49 a. C., emanada por Julio César, que otorgaba la plena ciudadanía romana a todos los habitantes cisalpinos.[7]​ Desde el 238 al 221 a. C. los establecimientos y asentamientos romanos se dirigieron principalmente a esta zona. Posteriormente, la segunda guerra púnica, interrumpió el proceso y llevó a los romanos a Hispania.

Los primeros procónsules de la Hispania Citerior tuvieron la misión de pacificar el país y actuaron más como jefes militares que como jefes políticos.

La pertenencia a un territorio, en este caso una provincia, no constituía ninguna situación jurídica, pues la condición de la persona en el derecho romano, no estaba ligada al territorio, sino a la ciudad. En efecto, el derecho romano efectúa los «contratos» o pactos, con ciudades o bien con grupos asimilables a una ciudad (este contrato, conocido por foedus, establecía la autonomía local y las prestaciones a las que estaba sometida la ciudad; cuando se trataba de una ciudad colonial, se regía por la lex colonia, normalmente con derecho latino, aunque con tendencia a asimilarse de pleno derecho, (salvo en caso de rebelión en que su situación podía empeorar).

Se sabe que el establecimiento romano en provincias conllevó la creación de un ager publicus importante (hasta entonces el ager público era solo una pequeña parte del territorio conquistado). Sobre este ager provincial se establecerán más tarde las nuevas colonias. Algunos de estos terrenos eran arrendados para pastos o campos de cultivo (el arrendatario debía pagar el 10 % del producto). Cuando en el ager existían bosques, minas, puertos, salinas, etc. su explotación era confiada a unos intermediarios (publicani). Las minas de Hispania fueron arrendadas aproximadamente a partir del 178 a. C.

Los habitantes de las provincias estaban exentos del servicio militar, aunque eran normalmente reclutados como voluntarios. Los ciudadanos romanos de provincias no estaban sujetos a tributo individual.

En provincias, los habitantes de las ciudades vencidas eran vendidos como esclavos o bien eran incluidos en los dominios de Roma bajo la cobertura de ciudadanos de ciudades aliadas que conservaban una independencia municipal y su libertad de impuestos.

En algunas provincias (África, Sicilia, Córcega y Cerdeña, y las de Hispania) se recaudaban tasas e impuestos siguiendo el sistema ya existente con los cartagineses cuando gobernaron estos territorios. En teoría la recaudación era para satisfacer los gastos de la administración y la defensa de la provincia, pero el sistema se extendió más tarde a las provincias de Iliria y Macedonia, donde Roma no asumió ni la defensa ni las administraciones municipales.

Véase también

Referencias

  1. «Encyclopædia Britannica: Italy, ancient Roman territory». 
  2. «Encyclopædia Britannica: Provinciae, Roman possessions outside Italy from which tribute was required». 
  3. Keaveney, Arthur (1987). Rome and the Unification of Italy. London: Croom Helm. ISBN 9781904675372. 
  4. Mommsen, Theodor (1855). History of Rome, Book II: From the Abolition of the Monarchy in Rome to the Union of Italy. Leipzig: Reimer & Hirsel. 
  5. «Encyclopædia Britannica: Sharply distinguished from Italy were the provinces of the empire». 
  6. «Università Ca' Foscari di Venezia: La Gallia Cisalpina, dalla morte di Cesare alle lotte triumvrali. (Lex Roscia del 49 a.C. - Annessione all'Italia romana 42 a.C.)». 
  7. Gardner, J. F., The Dictator, in Griffin, M., A Companion to Julius Caesar. The Lex Roscia was introduced in 49 BC by the praetor Lucius Roscius Fabatus on behalf of Julius Caesar. (2009), p. 65

Enlaces externos

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  •   Datos: Q182547
  •   Multimedia: Ancient Roman provinces

administración, provincial, romana, este, artículo, sección, necesita, referencias, aparezcan, publicación, acreditada, este, aviso, puesto, mayo, 2016, administración, provincial, romana, surgió, cuando, primera, guerra, púnica, trajo, consigo, expansión, ter. Este articulo o seccion necesita referencias que aparezcan en una publicacion acreditada Este aviso fue puesto el 5 de mayo de 2016 La administracion provincial romana surgio cuando la primera guerra punica trajo consigo la expansion del territorio de Roma fuera de Italia la cual no era una provincia 1 2 sino el territorio metropolitano de la misma Roma 3 4 basicamente a las islas mediterraneas Division provincial hacia el 117 d C En rosa fuera de Italia las provincias senatoriales donde el Senado nombraba a los proconsules generalmente las incorporadas durante la Republica romana excepto la mayor parte de Hispania y Galia que habian quedado pacificadas y lejos del limes y por tanto tenian pocas o ninguna legion en ellas y en verde las provincias imperiales donde el Emperador nombraba a los legatus Augusti generalmente las incorporadas durante el Imperio romano La primera division entre provincias senatoriales e imperiales se realizo al comienzo del mandato de Augusto ano 14 a C A partir de las reformas de Diocleciano finales del siglo III y comienzos del siglo IV las provincias se subdividieron y su numero paso a ser de un centenar y se agruparon en circunscripciones denominadas diocesis a cargo de un vicario de cada uno de los cuatro prefectos del pretorio Al principio los dos consules tenian la responsabilidad de la administracion Los cuestores italicos eran considerados auxiliares de los consules En las islas Cerdena Corcega y Sicilia se establecieron cuestores particulares dependientes de los consules pero el sistema no funciono Se hacia preciso buscar una nueva figura juridica que administrara los territorios provinciales El proconsul tenia un alto rango dentro de las magistraturas romanas venia despues del consul Su rango era equivalente al del pretor pero lo ejercia sobre un territorio determinado provincia mientras que las funciones del pretor abarcaban la totalidad del territorio de la Republica El proconsul era a la vez general administrador y juez supremo en su provincia y reunia en sus manos todas las funciones que antiguamente habian tenido los consules y que ahora estaban repartidas entre los consules el pretor el censor los ediles curules los tres viri nocturni los tribunos del pueblo y el jefe de la caballeria Unicamente las cuestiones financieras de la provincia escapaban a su imperium ya que para llevarlas a cabo se creo la figura del cuestor provincial o procuestor que dependia directamente del Senado A los proconsules se les exigia sobriedad y probidad Entre los tres de Hispania figuro Caton que administro la provincia de Hispania Citerior con una probidad y un celo ahorrativo excepcional pero su ejemplo tuvo pocos imitadores Caton viajaba por la provincia a pie con un solo servidor Cuando termino su servicio vendio su caballo para no cargar al Estado con los gastos del transporte Como los proconsules eran verdaderos reyes de su provincia su poder absoluto llevo a menudo a la corrupcion exigian donativos voluntarios a las ciudades y otras practicas ilegales Cuando viajaban podian solicitar hospedaje gratuito y hacer algunas requisas lo que dio lugar a abusos y exacciones Por necesidades del servicio o de sus gentes o en caso de guerra o tambien por necesidades de los soldados podian exigir granos a precios moderados Esto se convirtio en una fuente de exacciones injustas Finalmente los proconsules exigian recursos para sufragar las fiestas populares romanas El Senado establecio limitaciones en el 171 a C pero los magistrados corruptos rara vez fueron juzgados Las ciudades que eran sometidas perdian su independencia para establecer tratados con otras ciudades o Estados y para hacer la guerra o firmar la paz Sus ciudadanos no podian adquirir territorios fuera de su ciudad y probablemente tampoco podrian casarse fuera de ella Los ciudadanos no podian llevar armas salvo por orden expresa del proconsul La moneda romana no fue impuesta pero tenia curso legal En cada ciudad sometida se tendio a favorecer el acceso al poder en los consejos locales de la aristocracia Roma podia enviar a las ciudades a ciudadanos romanos o de los territorios sometidos sin limitacion El censo quinquenal siguiendo el modelo romano fue establecido para todas las ciudades Cada ciudad tenia fijado un contingente que debia facilitar al Ejercito regularmente Los impuestos establecidos eran el diezmo de las cosechas y productos de la tierra y una veinteava parte del valor de las mercancias que pasaban por el territorio en cuestion tanto para entrar como para salir postoria Algunas ciudades estaban exentas por lo cual no estaban sometidas a estos impuestos A otras junto a la inmunidad o exencion de impuestos se les concedio el rango de ciudades sin sufragio u otros niveles de derechos Junto a las ciudades sometidas en sus diversos grados estaban las colonias romanas y sobre todo las colonias de derecho latino cuyos ciudadanos podian disfrutar de la ciudadania romana o latina con restricciones y las ciudades de rango municipal La mayoria de las colonias de derecho latino se fundaron en el norte de Italia porque esta region al contrario de la Italia peninsular fue administrada como territorio provincial hasta el I a C bajo el nombre de Galia Cisalpina pero a pesar de esto era considerada dentro del mismo ambito geografico italiano que Roma e Italia 5 al cual fue definitivamente anexionada en el 42 a C dejando de existir como provincia 6 tras la Lex Roscia del 49 a C emanada por Julio Cesar que otorgaba la plena ciudadania romana a todos los habitantes cisalpinos 7 Desde el 238 al 221 a C los establecimientos y asentamientos romanos se dirigieron principalmente a esta zona Posteriormente la segunda guerra punica interrumpio el proceso y llevo a los romanos a Hispania Los primeros proconsules de la Hispania Citerior tuvieron la mision de pacificar el pais y actuaron mas como jefes militares que como jefes politicos La pertenencia a un territorio en este caso una provincia no constituia ninguna situacion juridica pues la condicion de la persona en el derecho romano no estaba ligada al territorio sino a la ciudad En efecto el derecho romano efectua los contratos o pactos con ciudades o bien con grupos asimilables a una ciudad este contrato conocido por foedus establecia la autonomia local y las prestaciones a las que estaba sometida la ciudad cuando se trataba de una ciudad colonial se regia por la lex colonia normalmente con derecho latino aunque con tendencia a asimilarse de pleno derecho salvo en caso de rebelion en que su situacion podia empeorar Se sabe que el establecimiento romano en provincias conllevo la creacion de un ager publicus importante hasta entonces el ager publico era solo una pequena parte del territorio conquistado Sobre este ager provincial se estableceran mas tarde las nuevas colonias Algunos de estos terrenos eran arrendados para pastos o campos de cultivo el arrendatario debia pagar el 10 del producto Cuando en el ager existian bosques minas puertos salinas etc su explotacion era confiada a unos intermediarios publicani Las minas de Hispania fueron arrendadas aproximadamente a partir del 178 a C Los habitantes de las provincias estaban exentos del servicio militar aunque eran normalmente reclutados como voluntarios Los ciudadanos romanos de provincias no estaban sujetos a tributo individual En provincias los habitantes de las ciudades vencidas eran vendidos como esclavos o bien eran incluidos en los dominios de Roma bajo la cobertura de ciudadanos de ciudades aliadas que conservaban una independencia municipal y su libertad de impuestos En algunas provincias Africa Sicilia Corcega y Cerdena y las de Hispania se recaudaban tasas e impuestos siguiendo el sistema ya existente con los cartagineses cuando gobernaron estos territorios En teoria la recaudacion era para satisfacer los gastos de la administracion y la defensa de la provincia pero el sistema se extendio mas tarde a las provincias de Iliria y Macedonia donde Roma no asumio ni la defensa ni las administraciones municipales Vease tambien EditarAnexo Lista de provincias romanas Lex provinciae Provincia senatorial Provincia imperial Diocesis Imperio romano Municipium Colonia romana Organizacion politica de HispaniaReferencias Editar Encyclopaedia Britannica Italy ancient Roman territory Encyclopaedia Britannica Provinciae Roman possessions outside Italy from which tribute was required Keaveney Arthur 1987 Rome and the Unification of Italy London Croom Helm ISBN 9781904675372 Mommsen Theodor 1855 History of Rome Book II From the Abolition of the Monarchy in Rome to the Union of Italy Leipzig Reimer amp Hirsel Encyclopaedia Britannica Sharply distinguished from Italy were the provinces of the empire Universita Ca Foscari di Venezia La Gallia Cisalpina dalla morte di Cesare alle lotte triumvrali Lex Roscia del 49 a C Annessione all Italia romana 42 a C Gardner J F The Dictator in Griffin M A Companion to Julius Caesar The Lex Roscia was introduced in 49 BC by the praetor Lucius Roscius Fabatus on behalf of Julius Caesar 2009 p 65Enlaces externos Editar Wikimedia Commons alberga una categoria multimedia sobre Administracion provincial romana Datos Q182547 Multimedia Ancient Roman provinces Obtenido de https es wikipedia org w index php title Administracion provincial romana amp oldid 138789410, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

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