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Protocolo de Cartagena

El Protocolo de Cartagena cuyo nombre completo es: Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología del Convenio sobre la Diversidad Biológica es un instrumento internacional que regula los organismos vivos modificados, producto de la biotecnología moderna.

Este acuerdo se enfoca específicamente en el movimiento transfronterizo de OVMs (organismos vivos modificados) promoviendo la seguridad de la biotecnología al establecer normas y procedimientos que permitan la transferencia segura, manipulación y el uso de los OVM.

Objetivo editar

De acuerdo con el Artículo 1 del Protocolo de Bioseguridad el objetivo primordial es garantizar un nivel adecuado de protección en la esfera de la transferencia, manipulación y utilización seguras de los organismos vivos modificados resultantes de la biotecnología moderna que puedan tener efectos adversos para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica, teniendo también en cuenta los riesgos para la salud humana, y centrándose concretamente en los movimientos transfronterizos.

Origen editar

Cartagena es el nombre de la ciudad colombiana en la cual, en febrero de 1999, el Protocolo de Bioseguridad fue originariamente programado para ser concluido y adoptado. Sin embargo el protocolo fue finalizado y adoptado un año después el 29 de enero de 2000 en Montreal, Canadá.

Contenido editar

El Protocolo de Cartagena cuenta con 40 artículos y 3 anexos siendo estos:

  1. Objetivo.
  2. Disposiciones generales.
  3. Términos utilizados.
  4. Ámbito.
  5. Productos farmacéuticos.
  6. Tránsito y uso confinado.
  7. Aplicación del procedimiento de acuerdo fundamentado previo.
  8. Notificación.
  9. Acuse de recibo de la notificación.
  10. Procedimiento de adopción de decisiones.
  11. Procedimiento para organismos vivos modificados destinados para uso directo como alimento humano o animal para procesamiento.
  12. Revisión de las decisiones.
  13. Procedimiento simplificado.
  14. Acuerdos y arreglos bilaterales, regionales y multilaterales.
  15. Evaluación del riesgo.
  16. Gestión del riesgo.
  17. Movimientos transfronterizos involuntarios y medidas de emergencia.
  18. Manipulación, transporte, envasado e identificación.
  19. Autoridades nacionales competentes y centros focales nacionales.
  20. Intercambio de información y el centro de intercambio de información sobre seguridad de la biotecnología.
  21. Información confidencial.
  22. Creación de capacidad.
  23. Concienciación y participación del público.
  24. Estados que no son partes.
  25. Movimientos transfronterizos ilícitos.
  26. Consideraciones socioeconómicas.
  27. Responsabilidad y compensación.
  28. Mecanismo financiero y recursos financieros.
  29. Conferencia de las partes que actúa como reunión de las partes en el presente protocolo.
  30. Órganos subsidiarios.
  31. Secretaría.
  32. Relación en el convenio.
  33. Vigilancia y presentación de informes.
  34. Cumplimiento.
  35. Evaluación y Revisión.
  36. Firma.
  37. Entrada en vigor.
  38. Reservas.
  39. Denuncia.
  40. Textos auténticos.
  • Anexo I: Información requerida en la notificaciones de conformidad con los artículos 8, 10 y 13.
  • Anexo II: Información requerida en relación con los organismos vivos modificados destinados a uso directo como alimento humano o animal o para procesamiento con arreglo al artículo 11.
  • Anexo III: Evaluación del riesgo.

Signatarios editar

Hasta la fecha son 170[1]​ instrumentos de ratificación o de adhesión los que se han depositado en la Secretaría General de las Naciones Unidas provenientes de las partes del convenio de Diversidad Biológica, a saber:

  • África: Argelia, Angola, Benín, Botsuana, Burkina Faso, Burundi, Camerún, Cabo Verde, República Central Africana, Chad, Comoros, Congo, República Democrática del Congo, Yibuti, Egipto, Eritrea, Etiopía, Gabón, Gambia, Ghana, Guinea, Guinea-Bissau, Kenia, Lesoto, Liberia, Libia, Madagascar, Malawi, Mali, Mauritania, Mauricio, Mozambique, Namibia, Níger, Nigeria, Ruanda, Senegal, Seychelles, Sudáfrica, Sudán, Suazilandia, Togo, Túnez, Uganda, Tanzania, Zambia y Zinbabue.
  • Asia y el Pacífico: Bangladés, Bután, Camboya, China, Chipre, Corea del Sur, Fiji, India, Indonesia, Irán, Japón, Jordania, Kazastán, Kiribati, Kirguistán, Malasia, Maldivas, Islas Marshall, Laos, Mongolia, Myanmar, Nauru, Niue, Omán, Pakistán, Palau, Papúa Nueva Guinea, Filipinas, Catar, Samoa, Islas Salomón, Arabia Saudí, Sri Lanka, República Árabe Siria, Tayikistán, Tailandia, Tonga, Nueva Zelanda, Turkmenistán, Vietnam y Yemen.
  • Europa Central y Oriental: Albania, Armenia, Azerbaiyán, Bielorrusia, Bosnia Herzegovina, Bulgaria, Croacia, República Checa, Estonia, Georgia, Hungría, Letonia, Lituania, Montenegro, Polonia, República de Moldavia, Rumanía, Serbia, Eslovaquia, Eslovenia, Macedonia y Ucrania.
  • Latinoamérica y el Caribe: Antigua y Barbuda, Bahamas, Barbados, Belice, Bolivia, Brasil, Colombia, Costa Rica, Cuba, Dominica, República Dominicana, Ecuador, El Salvador, Granada, Guatemala, Guyana, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, Santa Lucía, San Vicente y Granadinas, San Cristóbal y Nieves, Surinam, Trinidad y Tobago y Venezuela.
  • Europa Occidental y otros: Austria, Bélgica, Dinamarca, Comunidad Europea, Finlandia, Francia, Alemania, Grecia, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Noruega, Portugal, España, Suecia, Suiza, Turquía y Reino Unido.

Fuentes editar

  •   Wikisource contiene el texto completo del Protocolo de Cartagena Sobre la Seguridad de la Biotecnología.

Secretaría del Convenio sobre la Diversidad Biológica, 2000, Montreal, Canadá.

Referencias editar

  1. Unit, Biosafety (11 de junio de 2014). «Parties to the Protocol and signature and ratification of the Supplementary Protocol». The Biosafety Clearing-House (BCH) (en inglés estadounidense). Consultado el 20 de junio de 2016. 
  •   Datos: Q1045767

protocolo, cartagena, cuyo, nombre, completo, sobre, seguridad, biotecnología, convenio, sobre, diversidad, biológica, instrumento, internacional, regula, organismos, vivos, modificados, producto, biotecnología, moderna, este, acuerdo, enfoca, específicamente,. El Protocolo de Cartagena cuyo nombre completo es Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnologia del Convenio sobre la Diversidad Biologica es un instrumento internacional que regula los organismos vivos modificados producto de la biotecnologia moderna Este acuerdo se enfoca especificamente en el movimiento transfronterizo de OVMs organismos vivos modificados promoviendo la seguridad de la biotecnologia al establecer normas y procedimientos que permitan la transferencia segura manipulacion y el uso de los OVM Indice 1 Objetivo 2 Origen 3 Contenido 4 Signatarios 5 Fuentes 6 ReferenciasObjetivo editarDe acuerdo con el Articulo 1 del Protocolo de Bioseguridad el objetivo primordial es garantizar un nivel adecuado de proteccion en la esfera de la transferencia manipulacion y utilizacion seguras de los organismos vivos modificados resultantes de la biotecnologia moderna que puedan tener efectos adversos para la conservacion y la utilizacion sostenible de la diversidad biologica teniendo tambien en cuenta los riesgos para la salud humana y centrandose concretamente en los movimientos transfronterizos Origen editarCartagena es el nombre de la ciudad colombiana en la cual en febrero de 1999 el Protocolo de Bioseguridad fue originariamente programado para ser concluido y adoptado Sin embargo el protocolo fue finalizado y adoptado un ano despues el 29 de enero de 2000 en Montreal Canada Contenido editarEl Protocolo de Cartagena cuenta con 40 articulos y 3 anexos siendo estos Objetivo Disposiciones generales Terminos utilizados Ambito Productos farmaceuticos Transito y uso confinado Aplicacion del procedimiento de acuerdo fundamentado previo Notificacion Acuse de recibo de la notificacion Procedimiento de adopcion de decisiones Procedimiento para organismos vivos modificados destinados para uso directo como alimento humano o animal para procesamiento Revision de las decisiones Procedimiento simplificado Acuerdos y arreglos bilaterales regionales y multilaterales Evaluacion del riesgo Gestion del riesgo Movimientos transfronterizos involuntarios y medidas de emergencia Manipulacion transporte envasado e identificacion Autoridades nacionales competentes y centros focales nacionales Intercambio de informacion y el centro de intercambio de informacion sobre seguridad de la biotecnologia Informacion confidencial Creacion de capacidad Concienciacion y participacion del publico Estados que no son partes Movimientos transfronterizos ilicitos Consideraciones socioeconomicas Responsabilidad y compensacion Mecanismo financiero y recursos financieros Conferencia de las partes que actua como reunion de las partes en el presente protocolo organos subsidiarios Secretaria Relacion en el convenio Vigilancia y presentacion de informes Cumplimiento Evaluacion y Revision Firma Entrada en vigor Reservas Denuncia Textos autenticos Anexo I Informacion requerida en la notificaciones de conformidad con los articulos 8 10 y 13 Anexo II Informacion requerida en relacion con los organismos vivos modificados destinados a uso directo como alimento humano o animal o para procesamiento con arreglo al articulo 11 Anexo III Evaluacion del riesgo Signatarios editarHasta la fecha son 170 1 instrumentos de ratificacion o de adhesion los que se han depositado en la Secretaria General de las Naciones Unidas provenientes de las partes del convenio de Diversidad Biologica a saber Africa Argelia Angola Benin Botsuana Burkina Faso Burundi Camerun Cabo Verde Republica Central Africana Chad Comoros Congo Republica Democratica del Congo Yibuti Egipto Eritrea Etiopia Gabon Gambia Ghana Guinea Guinea Bissau Kenia Lesoto Liberia Libia Madagascar Malawi Mali Mauritania Mauricio Mozambique Namibia Niger Nigeria Ruanda Senegal Seychelles Sudafrica Sudan Suazilandia Togo Tunez Uganda Tanzania Zambia y Zinbabue Asia y el Pacifico Banglades Butan Camboya China Chipre Corea del Sur Fiji India Indonesia Iran Japon Jordania Kazastan Kiribati Kirguistan Malasia Maldivas Islas Marshall Laos Mongolia Myanmar Nauru Niue Oman Pakistan Palau Papua Nueva Guinea Filipinas Catar Samoa Islas Salomon Arabia Saudi Sri Lanka Republica Arabe Siria Tayikistan Tailandia Tonga Nueva Zelanda Turkmenistan Vietnam y Yemen Europa Central y Oriental Albania Armenia Azerbaiyan Bielorrusia Bosnia Herzegovina Bulgaria Croacia Republica Checa Estonia Georgia Hungria Letonia Lituania Montenegro Polonia Republica de Moldavia Rumania Serbia Eslovaquia Eslovenia Macedonia y Ucrania Latinoamerica y el Caribe Antigua y Barbuda Bahamas Barbados Belice Bolivia Brasil Colombia Costa Rica Cuba Dominica Republica Dominicana Ecuador El Salvador Granada Guatemala Guyana Honduras Mexico Nicaragua Panama Paraguay Peru Santa Lucia San Vicente y Granadinas San Cristobal y Nieves Surinam Trinidad y Tobago y Venezuela Europa Occidental y otros Austria Belgica Dinamarca Comunidad Europea Finlandia Francia Alemania Grecia Irlanda Italia Luxemburgo Malta Paises Bajos Noruega Portugal Espana Suecia Suiza Turquia y Reino Unido Fuentes editar nbsp Wikisource contiene el texto completo del Protocolo de Cartagena Sobre la Seguridad de la Biotecnologia Secretaria del Convenio sobre la Diversidad Biologica 2000 Montreal Canada ISBN 92 807 1924 6Referencias editar Unit Biosafety 11 de junio de 2014 Parties to the Protocol and signature and ratification of the Supplementary Protocol The Biosafety Clearing House BCH en ingles estadounidense Consultado el 20 de junio de 2016 nbsp Datos Q1045767 Obtenido de https es wikipedia org w index php title Protocolo de Cartagena amp oldid 158058149, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

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