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Primera Ley de Reforma Agraria de Cuba

La Primera Ley de Reforma Agraria se firmó el 17 de mayo de 1959 en La Plata, Sierra Maestra, Cuba dentro del proceso de la Revolución Cubana. Según quienes apoyaron a esta ley, su objetivo era eliminar la situación de explotación del campesinado que hasta esa fecha había estado condenado a vivir en el camino real bajo el acoso de la guardia rural.

El statu quo reinante antes de firmarse esta ley era la de un 80% de las mejores tierras cubanas se encontraban en manos de un grupo de compañías norteamericanas. Así, enormes territorios se convirtieron en granjas populares y se organizó la producción agrícola en productos como el arroz, cítrico, ganado, café, viandas, tabaco y otros productos.

La medida, anunciada por la Revolución, provocó el inmediato apoyo de muchos cubanos. La Ley de Reforma Agraria confiscó todas las propiedades de más de 400 hectáreas de extensión y entregó la tierra a numerosos campesinos.

Reemplazada por la Segunda Ley de Reforma Agraria de Cuba de 1961.

Generalidades

Ley del gobierno revolucionario cubano que liquidó el latifundio y la aparcería y cuyo objetivo fundamental era la redistribución de las tierras del país favoreciendo a los campesinos más pobres. La Ley perjudicó los intereses de los latifundistas nacionales y extranjeros y los alineó contra la Revolución Cubana.

Fue la más trascendental de las medidas adoptadas por la Revolución en su primera etapa, pues benefició a más de 100 000 familias campesinas y asestó un duro golpe al latifundismo y el dominio imperialista sobre Cuba. Anuló el derecho de las empresas e individuos extranjeros a poseer tierras en Cuba, salvo aquellos que fueran pequeños agricultores.

Fijó en 30 caballerías (402 hectáreas) el máximo de tierra que podía poseer una persona. Dispuso la creación del Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA) para aplicar las medidas adoptadas, el cual sería presidido por el Primer Ministro Fidel Castro. La Ley constaba de 15 por cuantos, 67 artículos, 7 disposiciones transitorias y una disposición final. La última confería a la Ley de Reforma Agraria rango constitucional al declararla parte de la Ley Fundamental de la República[1].

Causas

Dentro de las causas enunciadas por el gobierno revolucionario cubano para la promulgación de la Primera Ley de Reforma Agraria se encontraban:

  • La concentración de la propiedad de la tierra en unas pocas manos, existiendo una situación a tal respecto que 2 336 fincas representaban el dominio sobre un área de 317 mil caballerías de tierra. Esto se traducía en que el 1,5% de los propietarios poseían más del 46% del área nacional en fincas.
  • El desaprovechamiento de las tierras en las grandes fincas, donde se mantenían las áreas cultivadas en una producción de bajos rendimientos, utilizándose áreas excesivas en una explotación extensiva de la ganadería, y aún manteniéndose totalmente ociosas, y a veces cubiertas de marabú otras áreas que era necesario rescatar para las actividades productivas.
  • La necesidad del crecimiento y diversificación de la industria cubana, para facilitar el aprovechamiento más eficaz de sus recursos naturales y humanos y la eliminación de la dependencia del monocultivo agrícola.
  • Facilitar el surgimiento y extensión de nuevos cultivos que proveyeran a la industria nacional de materias primas y que satisfacieran las necesidades del consumo alimenticio, consolidando y ampliando los renglones de producción agrícola con destino a la exportación, fuente de divisas para las necesarias importaciones.
  • Elevar la capacidad de consumo de la población mediante el aumento progresivo del nivel de vida de los habitantes de las zonas rurales, contribuyendo a extender el mercado interior.
  • Arrancar, de la situación de miseria tradicional, a la inmensa mayoría de la población rural de Cuba.
  • Eliminar la aparcería.
  • Eliminar la producción latifundiaria, extensiva y antieconómica, y sustituirla preferentemente, por una producción cooperativa, técnica e intensiva, que llevara consigo las ventajas de la producción en gran escala.
  • Establecer medidas para impedir la enajenación futura de las tierras cubanas en manos de extranjeros.

Disposiciones

La Ley de Reforma Agraria proscribió el latifundio en Cuba, fijando el límite máximo de caballerías a poseer por personas naturales o jurídicas en 30. Las tierras de los que excedieran ese total fueron nacionalizadas y repartidas entre los campesinos y obreros agrícolas. Por indicaciones de la Ley también fueron objeto de reparto las tierras pertenecientes al Estado y a los municipios.

No se consideraron nacionalizables las áreas concedidas en propiedad a cooperativas agrícolas de producción organizadas por el Instituto Nacional de Reforma Agraria, para la explotación de tierras del Estado; las del Estado, Provincias y Municipios que estuvieren dedicadas o se dedicaren a establecimientos públicos o de servicio general a la comunidad; los montes cuando se declarasen incluidos en las reservas forestales de la nación, sujetos para aprovechamiento, utilidad pública o explotación determinados por la Ley y las de comunidades rurales destinadas a satisfacer fines de asistencia social, educación, salud y similares, previa declaración de su carácter por el Instituto Nacional de Reforma Agraria, y solo en la extensión requerida para esos fines.

No se consideraron a los efectos de la determinación del límite máximo de treinta caballerías, las áreas necesarias para establecimientos industriales enclavadas en las fincas rústicas, así como para sus bateyes, oficinas y viviendas; así como tampoco las zonas urbanizadas en el interior de las fincas rústicas y las que por acuerdo del Instituto Nacional de Reforma Agraria se destinaron a crear caseríos o núcleos de población rural en las Zonas de Desarrollo Agrario; o donde existían otros recursos naturales susceptibles de ser explotados en previsión del desarrollo futuro del país, a juicio del Instituto Nacional de Reforma Agraria.

A partir de la promulgación de la Ley quedó prohibido establecer contratos de aparcería u otros en los que se estipulase el pago de la renta de las fincas rústicas en forma de participación proporcional en sus productos.

Fueron exceptuados del margen máximo de 30 caballerías:

"Las áreas sembradas de caña, cuyos rendimientos no sean menores del promedio nacional, más de un 50%.

Las áreas ganaderas que alcancen el mínimo de sustentación de ganado por caballería que fije el Instituto Nacional de Reforma Agraria, atendido el tipo racial, tiempo de desarrollo, por ciento de natalidad, régimen de alimentación, por ciento de rendimiento en gancho en el caso vacuno destinado a carne, o de leche, en el caso de vacuno de esa clase. Se considerarán las posibilidades del área productora de que se trate por medio del análisis físico químico de sus suelos, la humedad de los mismos y régimen de las lluvias.

Las áreas sembradas de arroz que rindan normalmente no menos del 50% sobre el promedio de producción nacional de la variedad de que se trate, a juicio del Instituto Nacional de Reforma Agraria.Las áreas dedicadas a uno o varios cultivos o explotación agropecuaria, con o sin actividad industrial, para cuya eficiente explotación y rendimiento económico racional sea necesario mantener una extensión de tierra superior a la establecida como límite máximo en el Artículo 1 de esta Ley."[2]

Resultados: Muy pocos campesinos en realidad se beneficiaron de la Ley de Reforma Agraria ya que el gobierno no consideró a los jornaleros agrícolas en estas categorías los que realmente eran una inmensa mayoría. Así, con la Segunda Ley de Reforma Agraria la casi totalidad del territorio agrícola cubano pasó a las manos centralizadas del gobierno cubano, que de facto se convertía en el gran latifundista del país. Hoy se viven los resultados de ese latifundio, y muchas tierras permanecen improductivas a pesar de la gran escasez de productos agrícolas que vive el país.

Referencias

  1. ↑ Cantón Navarro, José y Duarte Hurtado, Martín. Cuba 42 años de Revolución. Cronología histórica 1959 - 1982 Tomo I. Editorial de Ciencias Sociales. La Habana. 2006. ISBN 959-06-0906-6
  2. ↑ Primera Ley de Reforma Agraria. Disponible en Caliban. Consultado el 19 de mayo de 2012

Véase también

  •   Datos: Q5406744

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La Primera Ley de Reforma Agraria se firmo el 17 de mayo de 1959 en La Plata Sierra Maestra Cuba dentro del proceso de la Revolucion Cubana Segun quienes apoyaron a esta ley su objetivo era eliminar la situacion de explotacion del campesinado que hasta esa fecha habia estado condenado a vivir en el camino real bajo el acoso de la guardia rural El statu quo reinante antes de firmarse esta ley era la de un 80 de las mejores tierras cubanas se encontraban en manos de un grupo de companias norteamericanas Asi enormes territorios se convirtieron en granjas populares y se organizo la produccion agricola en productos como el arroz citrico ganado cafe viandas tabaco y otros productos La medida anunciada por la Revolucion provoco el inmediato apoyo de muchos cubanos La Ley de Reforma Agraria confisco todas las propiedades de mas de 400 hectareas de extension y entrego la tierra a numerosos campesinos Reemplazada por la Segunda Ley de Reforma Agraria de Cuba de 1961 Indice 1 Generalidades 2 Causas 3 Disposiciones 4 Referencias 5 Vease tambienGeneralidades EditarLey del gobierno revolucionario cubano que liquido el latifundio y la aparceria y cuyo objetivo fundamental era la redistribucion de las tierras del pais favoreciendo a los campesinos mas pobres La Ley perjudico los intereses de los latifundistas nacionales y extranjeros y los alineo contra la Revolucion Cubana Fue la mas trascendental de las medidas adoptadas por la Revolucion en su primera etapa pues beneficio a mas de 100 000 familias campesinas y asesto un duro golpe al latifundismo y el dominio imperialista sobre Cuba Anulo el derecho de las empresas e individuos extranjeros a poseer tierras en Cuba salvo aquellos que fueran pequenos agricultores Fijo en 30 caballerias 402 hectareas el maximo de tierra que podia poseer una persona Dispuso la creacion del Instituto Nacional de Reforma Agraria INRA para aplicar las medidas adoptadas el cual seria presidido por el Primer Ministro Fidel Castro La Ley constaba de 15 por cuantos 67 articulos 7 disposiciones transitorias y una disposicion final La ultima conferia a la Ley de Reforma Agraria rango constitucional al declararla parte de la Ley Fundamental de la Republica 1 Causas EditarDentro de las causas enunciadas por el gobierno revolucionario cubano para la promulgacion de la Primera Ley de Reforma Agraria se encontraban La concentracion de la propiedad de la tierra en unas pocas manos existiendo una situacion a tal respecto que 2 336 fincas representaban el dominio sobre un area de 317 mil caballerias de tierra Esto se traducia en que el 1 5 de los propietarios poseian mas del 46 del area nacional en fincas El desaprovechamiento de las tierras en las grandes fincas donde se mantenian las areas cultivadas en una produccion de bajos rendimientos utilizandose areas excesivas en una explotacion extensiva de la ganaderia y aun manteniendose totalmente ociosas y a veces cubiertas de marabu otras areas que era necesario rescatar para las actividades productivas La necesidad del crecimiento y diversificacion de la industria cubana para facilitar el aprovechamiento mas eficaz de sus recursos naturales y humanos y la eliminacion de la dependencia del monocultivo agricola Facilitar el surgimiento y extension de nuevos cultivos que proveyeran a la industria nacional de materias primas y que satisfacieran las necesidades del consumo alimenticio consolidando y ampliando los renglones de produccion agricola con destino a la exportacion fuente de divisas para las necesarias importaciones Elevar la capacidad de consumo de la poblacion mediante el aumento progresivo del nivel de vida de los habitantes de las zonas rurales contribuyendo a extender el mercado interior Arrancar de la situacion de miseria tradicional a la inmensa mayoria de la poblacion rural de Cuba Eliminar la aparceria Eliminar la produccion latifundiaria extensiva y antieconomica y sustituirla preferentemente por una produccion cooperativa tecnica e intensiva que llevara consigo las ventajas de la produccion en gran escala Establecer medidas para impedir la enajenacion futura de las tierras cubanas en manos de extranjeros Disposiciones EditarLa Ley de Reforma Agraria proscribio el latifundio en Cuba fijando el limite maximo de caballerias a poseer por personas naturales o juridicas en 30 Las tierras de los que excedieran ese total fueron nacionalizadas y repartidas entre los campesinos y obreros agricolas Por indicaciones de la Ley tambien fueron objeto de reparto las tierras pertenecientes al Estado y a los municipios No se consideraron nacionalizables las areas concedidas en propiedad a cooperativas agricolas de produccion organizadas por el Instituto Nacional de Reforma Agraria para la explotacion de tierras del Estado las del Estado Provincias y Municipios que estuvieren dedicadas o se dedicaren a establecimientos publicos o de servicio general a la comunidad los montes cuando se declarasen incluidos en las reservas forestales de la nacion sujetos para aprovechamiento utilidad publica o explotacion determinados por la Ley y las de comunidades rurales destinadas a satisfacer fines de asistencia social educacion salud y similares previa declaracion de su caracter por el Instituto Nacional de Reforma Agraria y solo en la extension requerida para esos fines No se consideraron a los efectos de la determinacion del limite maximo de treinta caballerias las areas necesarias para establecimientos industriales enclavadas en las fincas rusticas asi como para sus bateyes oficinas y viviendas asi como tampoco las zonas urbanizadas en el interior de las fincas rusticas y las que por acuerdo del Instituto Nacional de Reforma Agraria se destinaron a crear caserios o nucleos de poblacion rural en las Zonas de Desarrollo Agrario o donde existian otros recursos naturales susceptibles de ser explotados en prevision del desarrollo futuro del pais a juicio del Instituto Nacional de Reforma Agraria A partir de la promulgacion de la Ley quedo prohibido 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Nacional de Reforma Agraria Las areas dedicadas a uno o varios cultivos o explotacion agropecuaria con o sin actividad industrial para cuya eficiente explotacion y rendimiento economico racional sea necesario mantener una extension de tierra superior a la establecida como limite maximo en el Articulo 1 de esta Ley 2 Resultados Muy pocos campesinos en realidad se beneficiaron de la Ley de Reforma Agraria ya que el gobierno no considero a los jornaleros agricolas en estas categorias los que realmente eran una inmensa mayoria Asi con la Segunda Ley de Reforma Agraria la casi totalidad del territorio agricola cubano paso a las manos centralizadas del gobierno cubano que de facto se convertia en el gran latifundista del pais Hoy se viven los resultados de ese latifundio y muchas tierras permanecen improductivas a pesar de la gran escasez de productos agricolas que vive el pais Referencias Editar Canton Navarro Jose y Duarte Hurtado Martin Cuba 42 anos de Revolucion Cronologia historica 1959 1982 Tomo I Editorial de Ciencias Sociales La Habana 2006 ISBN 959 06 0906 6 Primera Ley de Reforma Agraria Disponible en Caliban Consultado el 19 de mayo de 2012Vease tambien EditarInstituto Nacional de Reforma Agraria Datos Q5406744Obtenido de https es wikipedia org w index php title Primera Ley de Reforma Agraria de Cuba amp oldid 136028471, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

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