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Plan de vuelo

Se define Plan de Vuelo FPL (Filed Flight Plan) como la información que, respecto a un vuelo proyectado o parte del mismo, se somete a las dependencias ATS para su conocimiento.[1]

Plan de vuelo internacional

Presentación

Normativa internacional


OACI, mediante el Anexo 2 al Convenio, establece que se presentará un plan de vuelo antes de realizar:

  • cualquier vuelo o parte del mismo al que tenga que prestarse servicio de control de tránsito aéreo;
  • cualquier vuelo IFR dentro del espacio aéreo con servicio de asesoramiento;
  • cualquier vuelo dentro de áreas designadas o a lo largo de rutas designadas, cuando así lo requiera la autoridad ATS competente para facilitar el suministro de servicios de información de vuelo, de alerta y de búsqueda y salvamento;
  • cualquier vuelo dentro de áreas designadas o a lo largo de rutas designadas, cuando así lo requiera la autoridad ATS competente para facilitar la coordinación con las dependencias militares o con las dependencias de los servicios de tránsito aéreo competentes en Estados adyacentes, a fin de evitar la posible necesidad de interceptación para fines de identificación;
  • todo vuelo a través de fronteras internacionales.[2]


Normativa Nacional Española


En el AIP de España, publicado en la web de AENA, bajo el título de En Ruta, dentro del apartado 1 Reglas y Procedimientos Generales y a su vez en el capítulo 10 Planes de Vuelo (ENR 1.10), se establece que se presentará un plan de vuelo antes de la realización de:

1) Cualquier vuelo o parte del mismo al que tenga que prestarse servicio de control de tránsito aéreo;

2) Cualquier vuelo IFR dentro del espacio aéreo con servicio de asesoramiento;

3) Cualquier vuelo dentro de áreas, hacia áreas, o a lo largo de rutas designadas por la autoridad competente para facilitar el suministro de servicios de información de vuelo, de alerta y de búsqueda y salvamento;

4) Cualquier vuelo dentro de áreas, hacia áreas, o a lo largo de rutas designadas por la autoridad competente para facilitar la coordinación con las dependencias militares o con las dependencias de los servicios de tránsito aéreo competentes en Estados adyacentes, a fin de evitar la posible necesidad de interceptación para fines de identificación;

5) Cualquier vuelo a través de fronteras internacionales, a menos que los Estados interesados prescriban otra cosa;

6) Cualquier vuelo nocturno, si sale de las proximidades de un aeródromo.

Contenido


El plan de vuelo contendrá información respecto a los conceptos siguientes que la autoridad ATS competente considere pertinentes

  • Identificación de aeronave
  • Reglas de vuelo y tipo de vuelo
  • Número y tipos de aeronaves y categoría de estela turbulenta
  • Equipo
  • Aeródromo de salida (véase la Nota 1)
  • Hora prevista de fuera calzos (véase la Nota 2)
  • Velocidades de crucero
  • Niveles de crucero
  • Ruta que ha de seguirse
  • Aeródromo de destino y duración total prevista
  • Aeródromos de alternativa
  • Autonomía
  • Número total de personas a bordo
  • Equipo de emergencia y de supervivencia
  • Otros datos.

Nota 1.— En los planes de vuelo presentados durante el vuelo, la información suministrada respecto a este concepto será una indicación del lugar de donde puede obtenerse, en caso necesario, la información suplementaria relativa al vuelo.

Nota 2.— En los planes de vuelo presentados durante el vuelo, la información que se ha de suministrar respecto a este concepto será la hora sobre el primer punto de la ruta a que se refiere el plan de vuelo.

Nota 3.— Se tiene el propósito de que el término “aeródromo”, en los planes de vuelo incluya también emplazamientos distintos a los definidos como aeródromos, pero que pueden ser utilizados por algunos tipos de aeronave, por ejemplo, helicópteros o globos.[3]

Códigos para cumplimentar un plan de vuelo



Casilla 8: Reglas de vuelo y tipo de vuelo


Reglas de vuelo

Código Significado
I Si se prevé que la totalidad del vuelo se realizará bajo Reglas de vuelo instrumental
V Si se prevé que la totalidad del vuelo se realizará bajo Reglas de vuelo visual
Y Si el vuelo será realizado inicialmente bajo Reglas de vuelo instrumental seguido de uno o más cambios subsiguientes en las reglas de vuelo (véase Nota 1)
Z Si el vuelo será realizado inicialmente bajo Reglas de vuelo visual seguido de uno o más cambios subsiguientes en las reglas de vuelo (véase Nota 1)

Nota 1.- Debe indicarse en la casilla 15 el punto o puntos en los que se ha previsto realizar el cambio de reglas de vuelo.


Tipo de vuelo

Código Significado
S Servicio aéreo regular (scheduled)
N Transporte aéreo no regular (non-scheduled)
G Aviación general (general aviation)
M Militar (military)
X Otra categoría distinta de las indicadas (por ejemplo, vuelos de escuela o de pruebas)

Debe indicarse en la casilla 18 el estado de un vuelo después del indicados STS/ o cuando sea necesario para señalar otros motivos para manejo específico por los ATS, debe indicarse el motivo en la casilla 18 a continuación del indicador RMK/.[4]

Casilla 9: Número y tipo de aeronaves y categoría de estela turbulenta


Tipo de aeronaves


Códigos de cumplimentación en el Doc. 8643 de OACI, "Designadores de Tipos de Aeronave"

Código Significado
ZZZZ en caso de que el designador no haya sido asignado o si se trata de vuelos en formación que comprendan más de un tipo (ver Nota 1)

Nota 1.- Debe indicarse en la casilla 18 el número(s) y tipo(s) de aeronaves precedidos de TYP/.

Categoría de estela turbulenta


Código Significado
S Superpesada (super). Inicialmente, para AirBus 380-800 y Antonov 225
H Pesada (heavy). Aeronave de masa máxima de despegue certificada de 136000 kg o más
M Media (medium). Aeronave de masa máxima de despegue certificada de menos de 136000 kg pero más de 7000 kg
L Ligera (light). Aeronave de masa máxima de despegue certificada de 7000 kg o menos

[5]


Casilla 10: Equipo y capacidades


El formato de esta casilla es el siguiente:

  • 10a / 10b


Casilla 10a: Equipo de radiocomunicaciones, equipo y capacidades para las ayudas a la navegación y la aproximación


Código Significado
N sin equipo COM/NAV de ayudas para la aproximación para la ruta considerada o si el equipo no funciona
S con equipo normalizado COM/NAV de ayudas para la aproximación para la ruta considerada y si tal equipo funciona (véase Nota 1)
A Sistema de aterrizaje GBAS
B LPX (APV con SBAS)
C LORAN C
D DME
E1 FMC WPR ACARS
E2 D-FIS ACARS
E3 PDC ACARS
F ADF
G GNSS (véase Nota 2)
H HF RTF
I Navegación inercial
J1 CPDLC ATN VDL Modo 2 (véase Nota 3)
J2 CPDLC FANS 1/A HFDL
J3 CPDLC FANS 1/A VDL Modo A
J4 CPDLC FANS 1/A VDL Modo 2
J5 CPDLC FANS 1/A SATCOM (INMARSAT)
J6 CPDLC FAN 1/A SATCOM (MSAT)
J7 CPDLC FANS 1/A SATCOM (Iridium)
K MLS
L ILS
M1 ATC RTF SATCOM (INMARSAT)
M2 ATC RTF (MTSAT)
M3 ATC RTF (Iridium)
O VOR
P1-P9 (Reservado para RCP [a ser desarrollado])
R Aprobación PBN (véase Nota 4)
T TACAN
U UHF RTF
V VHF RTF
W Aprobación RVSM (véase Nota 5)
X Aprobación MNPS (véase Nota 6)
Y VHF con capacidad de espaciado entre canales de 8.33 kHz (véase Nota 8)
Z Demás equipo instalado a bordo u otras capacidades (véase nota 7)

Nota 1.- Si se usa la letra S, los equipos VHF RTF, VOR e ILS se consideran normalizados, salvo que el proveedor designado para la prestación del servicio de tránsito aéreo prescriba alguna otra combinación.

Nota 2.- Si se usa la letra G, los tipos de aumentación GNSS externa, cualesquiera que sean, se especifican en la casilla 18 a continuación del indicador NAV/ y separados por un espacio.

Nota 3.- Véase el documento sobre Requisitos de Interoperabilidad Estándar para ATN Baseline 1 RTCA/EUROCAE (ATN B1 INTEROP Standard – DO-280B/ED-110B) para servicios de enlace de datos/autorizaciones e información de control de tránsito aéreo/gestión de las comunicaciones de control de tránsito aéreo/verificación de micrófono de control de tránsito aéreo.

Nota 4.- Si se utiliza la letra R, los niveles de navegación basada en la performance que pueden alcanzarse se especificarán en la casilla 18 después del indicador PBN/. El Manual de Navegación Basada en la Performance (PBN), Doc. 9613 de la OACI, contiene material de orientación (guía) con respecto a la aplicación de la navegación basada en la performance a tramos de ruta, rutas o áreas específicos.

Nota 5.- La inclusión de la letra W indica que la aeronave dispone de aprobación para el vuelo en espacio aéreo RVSM. En la casilla 18 deberá incluirse la matrícula de la aeronave precedida de REG/. Los explotadores de vuelos en formación de aeronaves de Estado no insertarán la letra W en la casilla 10 del formulario del plan de vuelo OACI, sea cual fuere la situación de aprobación RVSM de las aeronaves en cuestión. Cuando tengan la intención de efectuar operaciones dentro del espacio aéreo RVSM como tránsito aéreo general (GAT), insertarán STS/NONRVSM en la casilla 18 del mencionado formulario.

Nota 6.- La inclusión de la letra X indica que la aeronave dispone de aprobación para el vuelo en espacio aéreo MNPS. En la casilla 18 deberá incluirse la matrícula de la aeronave precedida de REG/.

Nota 7.- Si se usa la letra Z, especifíquese en la casilla 18 cualquier otro tipo de equipo o capacidades instalados a bordo, precedido por COM/, NAV/ y/o DAT/, según corresponda. Los explotadores de aeronaves con aprobación P-RNAV, que únicamente usen el VOR/DME para determinación de posición, insertarán la letra Z en la casilla 10 del plan de vuelo y el descriptor EURPRNAV en la casilla 18 del plan de vuelo, precedido del indicador NAV/.

Casilla 10b: Equipo y capacidades de vigilancia


Código Significado
N Sin equipo de vigilancia para la ruta que debe volarse o dicho equipo no funciona



SSR en Modos A y C

Código Significado
A Transpondedor - Modo A (4096 códigos)
C Transpondedor - Modo A y modo C



SSR en Modo S

Código Significado
E Transpondedor - Modo S, incluyendo identificación de aeronave, altitud de presión y capacidad de señales espontáneas (squitter) ampliadas (ADS-B)
H Transpondedor - Modo S, incluyendo identificación de aeronave, altitud de presión y capacidad de vigilancia mejorada
I Transpondedor - Modo S, incluyendo identificación de aeronave, pero no capacidad de altitud de presión
L Transpondedor - Modo S, incluyendo identificación de aeronave, altitud de presión, capacidad de señales espontáneas (squitter) empleadas (ADS-B) y de vigilancia mejorada
P Transpondedor - Modo S, incluyendo altitud de presión pero no capacidad de identificación de aeronave
S Transpondedor - Modo S, incluyendo tanto la capacidad de identificación de aeronave como altitud de presión
X Transpondedor - Modo S, sin capacidad de identificación de aeronave ni de altitud de presión

Nota.- La capacidad de vigilancia aumentada es la capacidad de la aeronave para transmitir datos en enlace descendente extraídos de la aeronave a través del transpondedor Modo S.

ADS-B

Código Significado
B1 ADS-B con capacidad de transmisión 1090 MHz ADS-B dedicada
B2 ADS-B con capacidad de transmisión y recepción 1090 MHz ADS-B dedicada
U1 ADS-B con capacidad de transmisión usando UAT
U2 ADS-B con capacidad de transmisión y recepción usando UAT
V1 ADS-B con capacidad de transmisión usando VDL Modo 4
V2 ADS-B con capacidad de transmisión y recepción VDL Modo 4



ADS-C

Código Significado
D1 ADS-C con capacidades FANS 1/A
G1 ADS-C con capacidades ATN

Nota.- Las aplicaciones de vigilancia adicionales deberían indicarse en la Casilla 18 a continuación del indicador SUR/.[6]

Lista de Referencias

  1. Anexo 2 al Convenio sobre Aviación Civil Internacional, Capítulo 1
  2. Anexo 2 al Convenio sobre Aviación Civil Internacional, Capítulo 3, apartado 3.3, subapartado 3.3.1
  3. Anexo 2 al Convenio sobre Aviación Civil Internacional, Capítulo 3, Apartado 3.3, subapartado 3.3.2
  4. AIP España (ENR 1.10 - Plan de Vuelo), Instrucciones para cumplimentar el formulario de plan de vuelo; Casilla 8: Reglas de vuelo y tipo de vuelo (1 o 2 caracteres). Página ENR 1.10-8
  5. AIP España (ENR 1.10 - Plan de Vuelo), Instrucciones para cumplimentar el formulario de plan de vuelo; Casilla 9: Número y tipo de aeronaves y categoría de estela turbulenta. Páginas ENR 1.10-8 a ENR 1.10-9
  6. AIP España (ENR 1.10 - Plan de Vuelo), Instrucciones para cumplimentar el formulario de plan de vuelo; Casilla 10: Equipos y capacidades. Páginas ENR 1.10-9 a ENR 1.10-11

Enlaces externos

  • AIP de España
  • DOC 8643 - Aircraft Type Designators
  •   Datos: Q545034

plan, vuelo, para, otros, usos, este, término, véase, desambiguación, define, plan, vuelo, filed, flight, plan, como, información, respecto, vuelo, proyectado, parte, mismo, somete, dependencias, para, conocimiento, internacional, Índice, presentación, normati. Para otros usos de este termino vease Plan de vuelo desambiguacion Se define Plan de Vuelo FPL Filed Flight Plan como la informacion que respecto a un vuelo proyectado o parte del mismo se somete a las dependencias ATS para su conocimiento 1 Plan de vuelo internacional Indice 1 Presentacion 1 1 Normativa internacional 1 2 Normativa Nacional Espanola 2 Contenido 3 Codigos para cumplimentar un plan de vuelo 3 1 Casilla 8 Reglas de vuelo y tipo de vuelo 3 1 1 Reglas de vuelo 3 1 2 Tipo de vuelo 3 2 Casilla 9 Numero y tipo de aeronaves y categoria de estela turbulenta 3 2 1 Tipo de aeronaves 3 2 2 Categoria de estela turbulenta 3 3 Casilla 10 Equipo y capacidades 3 3 1 Casilla 10a Equipo de radiocomunicaciones equipo y capacidades para las ayudas a la navegacion y la aproximacion 3 3 2 Casilla 10b Equipo y capacidades de vigilancia 4 Lista de Referencias 5 Enlaces externosPresentacion EditarNormativa internacional Editar OACI mediante el Anexo 2 al Convenio establece que se presentara un plan de vuelo antes de realizar cualquier vuelo o parte del mismo al que tenga que prestarse servicio de control de transito aereo cualquier vuelo IFR dentro del espacio aereo con servicio de asesoramiento cualquier vuelo dentro de areas designadas o a lo largo de rutas designadas cuando asi lo requiera la autoridad ATS competente para facilitar el suministro de servicios de informacion de vuelo de alerta y de busqueda y salvamento cualquier vuelo dentro de areas designadas o a lo largo de rutas designadas cuando asi lo requiera la autoridad ATS competente para facilitar la coordinacion con las dependencias militares o con las dependencias de los servicios de transito aereo competentes en Estados adyacentes a fin de evitar la posible necesidad de interceptacion para fines de identificacion todo vuelo a traves de fronteras internacionales 2 Normativa Nacional Espanola Editar En el AIP de Espana publicado en la web de AENA bajo el titulo de En Ruta dentro del apartado 1 Reglas y Procedimientos Generales y a su vez en el capitulo 10 Planes de Vuelo ENR 1 10 se establece que se presentara un plan de vuelo antes de la realizacion de 1 Cualquier vuelo o parte del mismo al que tenga que prestarse servicio de control de transito aereo 2 Cualquier vuelo IFR dentro del espacio aereo con servicio de asesoramiento 3 Cualquier vuelo dentro de areas hacia areas o a lo largo de rutas designadas por la autoridad competente para facilitar el suministro de servicios de informacion de vuelo de alerta y de busqueda y salvamento 4 Cualquier vuelo dentro de areas hacia areas o a lo largo de rutas designadas por la autoridad competente para facilitar la coordinacion con las dependencias militares o con las dependencias de los servicios de transito aereo competentes en Estados adyacentes a fin de evitar la posible necesidad de interceptacion para fines de identificacion 5 Cualquier vuelo a traves de fronteras internacionales a menos que los Estados interesados prescriban otra cosa 6 Cualquier vuelo nocturno si sale de las proximidades de un aerodromo Contenido EditarEl plan de vuelo contendra informacion respecto a los conceptos siguientes que la autoridad ATS competente considere pertinentes Identificacion de aeronave Reglas de vuelo y tipo de vuelo Numero y tipos de aeronaves y categoria de estela turbulenta Equipo Aerodromo de salida vease la Nota 1 Hora prevista de fuera calzos vease la Nota 2 Velocidades de crucero Niveles de crucero Ruta que ha de seguirse Aerodromo de destino y duracion total prevista Aerodromos de alternativa Autonomia Numero total de personas a bordo Equipo de emergencia y de supervivencia Otros datos Nota 1 En los planes de vuelo presentados durante el vuelo la informacion suministrada respecto a este concepto sera una indicacion del lugar de donde puede obtenerse en caso necesario la informacion suplementaria relativa al vuelo Nota 2 En los planes de vuelo presentados durante el vuelo la informacion que se ha de suministrar respecto a este concepto sera la hora sobre el primer punto de la ruta a que se refiere el plan de vuelo Nota 3 Se tiene el proposito de que el termino aerodromo en los planes de vuelo incluya tambien emplazamientos distintos a los definidos como aerodromos pero que pueden ser utilizados por algunos tipos de aeronave por ejemplo helicopteros o globos 3 Codigos para cumplimentar un plan de vuelo EditarCasilla 8 Reglas de vuelo y tipo de vuelo Editar Reglas de vuelo Editar Codigo SignificadoI Si se preve que la totalidad del vuelo se realizara bajo Reglas de vuelo instrumentalV Si se preve que la totalidad del vuelo se realizara bajo Reglas de vuelo visualY Si el vuelo sera realizado inicialmente bajo Reglas de vuelo instrumental seguido de uno o mas cambios subsiguientes en las reglas de vuelo vease Nota 1 Z Si el vuelo sera realizado inicialmente bajo Reglas de vuelo visual seguido de uno o mas cambios subsiguientes en las reglas de vuelo vease Nota 1 Nota 1 Debe indicarse en la casilla 15 el punto o puntos en los que se ha previsto realizar el cambio de reglas de vuelo Tipo de vuelo Editar Codigo SignificadoS Servicio aereo regular scheduled N Transporte aereo no regular non scheduled G Aviacion general general aviation M Militar military X Otra categoria distinta de las indicadas por ejemplo vuelos de escuela o de pruebas Debe indicarse en la casilla 18 el estado de un vuelo despues del indicados STS o cuando sea necesario para senalar otros motivos para manejo especifico por los ATS debe indicarse el motivo en la casilla 18 a continuacion del indicador RMK 4 Casilla 9 Numero y tipo de aeronaves y categoria de estela turbulenta Editar Tipo de aeronaves Editar Codigos de cumplimentacion en el Doc 8643 de OACI Designadores de Tipos de Aeronave Codigo SignificadoZZZZ en caso de que el designador no haya sido asignado o si se trata de vuelos en formacion que comprendan mas de un tipo ver Nota 1 Nota 1 Debe indicarse en la casilla 18 el numero s y tipo s de aeronaves precedidos de TYP Categoria de estela turbulenta Editar Codigo SignificadoS Superpesada super Inicialmente para AirBus 380 800 y Antonov 225H Pesada heavy Aeronave de masa maxima de despegue certificada de 136000 kg o masM Media medium Aeronave de masa maxima de despegue certificada de menos de 136000 kg pero mas de 7000 kgL Ligera light Aeronave de masa maxima de despegue certificada de 7000 kg o menos 5 Casilla 10 Equipo y capacidades Editar El formato de esta casilla es el siguiente 10a 10b Casilla 10a Equipo de radiocomunicaciones equipo y capacidades para las ayudas a la navegacion y la aproximacion Editar Codigo SignificadoN sin equipo COM NAV de ayudas para la aproximacion para la ruta considerada o si el equipo no funcionaS con equipo normalizado COM NAV de ayudas para la aproximacion para la ruta considerada y si tal equipo funciona vease Nota 1 A Sistema de aterrizaje GBASB LPX APV con SBAS C LORAN CD DMEE1 FMC WPR ACARSE2 D FIS ACARSE3 PDC ACARSF ADFG GNSS vease Nota 2 H HF RTFI Navegacion inercialJ1 CPDLC ATN VDL Modo 2 vease Nota 3 J2 CPDLC FANS 1 A HFDLJ3 CPDLC FANS 1 A VDL Modo AJ4 CPDLC FANS 1 A VDL Modo 2J5 CPDLC FANS 1 A SATCOM INMARSAT J6 CPDLC FAN 1 A SATCOM MSAT J7 CPDLC FANS 1 A SATCOM Iridium K MLSL ILSM1 ATC RTF SATCOM INMARSAT M2 ATC RTF MTSAT M3 ATC RTF Iridium O VORP1 P9 Reservado para RCP a ser desarrollado R Aprobacion PBN vease Nota 4 T TACANU UHF RTFV VHF RTFW Aprobacion RVSM vease Nota 5 X Aprobacion MNPS vease Nota 6 Y VHF con capacidad de espaciado entre canales de 8 33 kHz vease Nota 8 Z Demas equipo instalado a bordo u otras capacidades vease nota 7 Nota 1 Si se usa la letra S los equipos VHF RTF VOR e ILS se consideran normalizados salvo que el proveedor designado para la prestacion del servicio de transito aereo prescriba alguna otra combinacion Nota 2 Si se usa la letra G los tipos de aumentacion GNSS externa cualesquiera que sean se especifican en la casilla 18 a continuacion del indicador NAV y separados por un espacio Nota 3 Vease el documento sobre Requisitos de Interoperabilidad Estandar para ATN Baseline 1 RTCA EUROCAE ATN B1 INTEROP Standard DO 280B ED 110B para servicios de enlace de datos autorizaciones e informacion de control de transito aereo gestion de las comunicaciones de control de transito aereo verificacion de microfono de control de transito aereo Nota 4 Si se utiliza la letra R los niveles de navegacion basada en la performance que pueden alcanzarse se especificaran en la casilla 18 despues del indicador PBN El Manual de Navegacion Basada en la Performance PBN Doc 9613 de la OACI contiene material de orientacion guia con respecto a la aplicacion de la navegacion basada en la performance a tramos de ruta rutas o areas especificos Nota 5 La inclusion de la letra W indica que la aeronave dispone de aprobacion para el vuelo en espacio aereo RVSM En la casilla 18 debera incluirse la matricula de la aeronave precedida de REG Los explotadores de vuelos en formacion de aeronaves de Estado no insertaran la letra W en la casilla 10 del formulario del plan de vuelo OACI sea cual fuere la situacion de aprobacion RVSM de las aeronaves en cuestion Cuando tengan la intencion de efectuar operaciones dentro del espacio aereo RVSM como transito aereo general GAT insertaran STS NONRVSM en la casilla 18 del mencionado formulario Nota 6 La inclusion de la letra X indica que la aeronave dispone de aprobacion para el vuelo en espacio aereo MNPS En la casilla 18 debera incluirse la matricula de la aeronave precedida de REG Nota 7 Si se usa la letra Z especifiquese en la casilla 18 cualquier otro tipo de equipo o capacidades instalados a bordo precedido por COM NAV y o DAT segun corresponda Los explotadores de aeronaves con aprobacion P RNAV que unicamente usen el VOR DME para determinacion de posicion insertaran la letra Z en la casilla 10 del plan de vuelo y el descriptor EURPRNAV en la casilla 18 del plan de vuelo precedido del indicador NAV Casilla 10b Equipo y capacidades de vigilancia Editar Codigo SignificadoN Sin equipo de vigilancia para la ruta que debe volarse o dicho equipo no funcionaSSR en Modos A y C Codigo SignificadoA Transpondedor Modo A 4096 codigos C Transpondedor Modo A y modo CSSR en Modo S Codigo SignificadoE Transpondedor Modo S incluyendo identificacion de aeronave altitud de presion y capacidad de senales espontaneas squitter ampliadas ADS B H Transpondedor Modo S incluyendo identificacion de aeronave altitud de presion y capacidad de vigilancia mejoradaI Transpondedor Modo S incluyendo identificacion de aeronave pero no capacidad de altitud de presionL Transpondedor Modo S incluyendo identificacion de aeronave altitud de presion capacidad de senales espontaneas squitter empleadas ADS B y de vigilancia mejoradaP Transpondedor Modo S incluyendo altitud de presion pero no capacidad de identificacion de aeronaveS Transpondedor Modo S incluyendo tanto la capacidad de identificacion de aeronave como altitud de presionX Transpondedor Modo S sin capacidad de identificacion de aeronave ni de altitud de presionNota La capacidad de vigilancia aumentada es la capacidad de la aeronave para transmitir datos en enlace descendente extraidos de la aeronave a traves del transpondedor Modo S ADS B Codigo SignificadoB1 ADS B con capacidad de transmision 1090 MHz ADS B dedicadaB2 ADS B con capacidad de transmision y recepcion 1090 MHz ADS B dedicadaU1 ADS B con capacidad de transmision usando UATU2 ADS B con capacidad de transmision y recepcion usando UATV1 ADS B con capacidad de transmision usando VDL Modo 4V2 ADS B con capacidad de transmision y recepcion VDL Modo 4ADS C Codigo SignificadoD1 ADS C con capacidades FANS 1 AG1 ADS C con capacidades ATNNota Las aplicaciones de vigilancia adicionales deberian indicarse en la Casilla 18 a continuacion del indicador SUR 6 Lista de Referencias Editar Anexo 2 al Convenio sobre Aviacion Civil Internacional Capitulo 1 Anexo 2 al Convenio sobre Aviacion Civil Internacional Capitulo 3 apartado 3 3 subapartado 3 3 1 Anexo 2 al Convenio sobre Aviacion Civil Internacional Capitulo 3 Apartado 3 3 subapartado 3 3 2 AIP Espana ENR 1 10 Plan de Vuelo Instrucciones para cumplimentar el formulario de plan de vuelo Casilla 8 Reglas de vuelo y tipo de vuelo 1 o 2 caracteres Pagina ENR 1 10 8 AIP Espana ENR 1 10 Plan de Vuelo Instrucciones para cumplimentar el formulario de plan de vuelo Casilla 9 Numero y tipo de aeronaves y categoria de estela turbulenta Paginas ENR 1 10 8 a ENR 1 10 9 AIP Espana ENR 1 10 Plan de Vuelo Instrucciones para cumplimentar el formulario de plan de vuelo Casilla 10 Equipos y capacidades Paginas ENR 1 10 9 a ENR 1 10 11Enlaces externos EditarAIP de Espana DOC 8643 Aircraft Type Designators Datos Q545034 Obtenido de https es wikipedia org w index php title Plan de vuelo amp oldid 137039317, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

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