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Partidos judiciales de Asturias

A efectos jurídicos la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias está dividida en 18 partidos judiciales. Los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción tienen su sede en la capital del concejo de la que toma el nombre cada uno de ellos.

Historia

En el artículo 273 de la Constitución de Cádiz de 1812 se establecía que las audiencias debían de acomodarse a la división provincial mediante la creación de partidos, al mando de los cuales estaría un juez de letras en su correspondiente juzgado. En principio estos partidos tendrían un carácter meramente judicial, aunque se utilizaron también para fines de tipo administrativo.

La Diputación Provincial de Asturias celebró varias sesiones durante el mes de junio de 1813 para determinar la división en partidos. En un principio se acordaron cinco, con dos jueces cada uno. Cada uno de estos partidos tendría una capital a efectos electorales, y dos, distintas a la anterior, en la que estarían cada uno de los jueces, salvo Oviedo, según el plan del marqués de Vistalegre. Estos cinco partidos serían Oviedo, con capital electoral en la propia ciudad y capitales judiciales en Oviedo y Mieres; Piloña, con capital electoral en Cangas de Onís y en Infiesto y Onís como capitales judiciales; Avilés, con capital principal en Gijón y capitales en Avilés y Pola de Siero; Cangas de Tineo (actual Cangas del Narcea), capital en Tineo y judiciales en Cangas de Tineo y Grado; y Valdés, con capital en Navia y capitales judiciales en Luarca y Valdepares (El Franco).

Al poco se decidió cambiar la división y hacerla en el doble de partidos. Estos diez partidos serían los de Oviedo, Pola de Lena, Infiesto, Onís, Avilés, Villaviciosa, Grado, Luarca, Vega de Ribadeo (Vegadeo) y Cangas de Tineo.

Sin embargo, debido a las rivalidades que había entre los distintos concejos para ser cabeza de partido y beneficiarse de las ventajas que este hecho acarreaba, esta división no prosperó y hubo que hacerse una nueva, basada en 14 partidos, aprobada por orden de las Cortes el 30 de abril de 1814. De todas formas esta partición no tuvo efectos prácticos ya que unos días después, el 4 de mayo, Fernando VII decretó la vuelta al antiguo régimen.

Tras el levantamiento del general Riego el 7 de marzo de 1820 el rey aceptó la Constitución de 1812 y el 6 de julio las Cortes restablecieron todas las disposiciones referidas a los tribunales. Debido a esto, el 13 de julio se volvió a la anterior demarcación y por primera vez se puede decir que esta se hizo efectiva. Los catorce partidos correspondían a los de Oviedo, Gijón, Avilés, Campo de Caso, Pola de Lena, La Plaza de Teverga, Grado, Villaviciosa, Llanes, Infiesto, Salas, Cangas de Tineo, Luarca y Vega de Ribadeo.

Como ya había pasado antes, la división no satisfacía a todos los concejos, por lo que se presentaron dos nuevas propuestas en la Diputación Provincial durante el mes de marzo de 1822. El primero de ellos consistía en diez partidos con once juces, una división similar a la de 1813. El segundo se basaba en catorce partidos con quince jueces, dos de ellos en Oviedo: Cangas de Onís, Infiesto, Villaviciosa, Pola de Laviana, Gijón, Avilés, Pola de Lena, Oviedo, Salas, Grado, Cangas de Tineo, Grandas de Salime, Castropol y Luarca.

Con el comienzo de la década ominosa se abolieron todas las resoluciones del trienio liberal, entre ellas las referidas a los juzgados, por lo que se volvió al antiguo sistema de jueces ordinarios.

El 21 de abril de 1834 por medio de Real Decreto se establecieron definitivamente los juzgados de primera instancia con jueces y promotores fiscales letrados. En esta ocasión se dividió Asturias en quince partidos: Oviedo, Gijón, Avilés, Grandas de Salime, Luarca, Pola de Laviana, Pravia, Villaviciosa, Belmonte, Cangas de Onís, Cangas de Tineo, Infiesto, Llanes, Pola de Lena y Vega de Ribadeo en Piantón.

En la actualidad

En la actualidad y en acuerdo a lo que dictan la Ley Orgánica del Poder Judicial de 1 de julio de 1985 y la Ley de Demarcación y Planta Judicial de 28 de diciembre de 1988 se estableció que los partidos judiciales en Asturias serían los siguientes:

 
Número Nombre Concejos
1 Cangas del Narcea Cangas del Narcea, Degaña, Ibias
2 Lena Aller, Lena, Quirós
3 Cangas de Onís Amieva, Cangas de Onís, Onís, Parres, Ponga, Ribadesella
4 Avilés Avilés, Castrillón, Corvera de Asturias, Gozón, Illas
5 Grado Belmonte de Miranda, Grado, Proaza, Salas, Somiedo, Teverga, Yernes y Tameza
6 Siero Bimenes, Noreña, Sariego, Siero
7 Castropol Castropol, El Franco, Grandas de Salime, Pesoz, San Martín de Oscos, San Tirso de Abres, Santa Eulalia de Oscos, Tapia de Casariego, Taramundi, Vegadeo, Villanueva de Oscos
8 Gijón Carreño, Gijón
9 Laviana Caso, Laviana, San Martín del Rey Aurelio, Sobrescobio
10 Oviedo Llanera, Oviedo, Las Regueras, Ribera de Arriba, Santo Adriano
11 Llanes Cabrales, Llanes, Peñamellera Alta, Peñamellera Baja, Ribadedeva
12 Mieres Mieres, Morcín, Riosa
13 Langreo Langreo
14 Tineo Allande, Tineo
15 Valdés Boal, Coaña, Illano, Navia, Valdés, Villayón
16 Pravia Candamo, Cudillero, Muros de Nalón, Pravia, Soto del Barco
17 Villaviciosa Caravia, Colunga, Villaviciosa
18 Piloña Cabranes, Nava, Piloña
  •   Datos: Q3032147

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Este articulo o seccion necesita referencias que aparezcan en una publicacion acreditada Este aviso fue puesto el 28 de junio de 2010 A efectos juridicos la Comunidad Autonoma del Principado de Asturias esta dividida en 18 partidos judiciales Los Juzgados de Primera Instancia e Instruccion tienen su sede en la capital del concejo de la que toma el nombre cada uno de ellos Historia EditarEn el articulo 273 de la Constitucion de Cadiz de 1812 se establecia que las audiencias debian de acomodarse a la division provincial mediante la creacion de partidos al mando de los cuales estaria un juez de letras en su correspondiente juzgado En principio estos partidos tendrian un caracter meramente judicial aunque se utilizaron tambien para fines de tipo administrativo La Diputacion Provincial de Asturias celebro varias sesiones durante el mes de junio de 1813 para determinar la division en partidos En un principio se acordaron cinco con dos jueces cada uno Cada uno de estos partidos tendria una capital a efectos electorales y dos distintas a la anterior en la que estarian cada uno de los jueces salvo Oviedo segun el plan del marques de Vistalegre Estos cinco partidos serian Oviedo con capital electoral en la propia ciudad y capitales judiciales en Oviedo y Mieres Pilona con capital electoral en Cangas de Onis y en Infiesto y Onis como capitales judiciales Aviles con capital principal en Gijon y capitales en Aviles y Pola de Siero Cangas de Tineo actual Cangas del Narcea capital en Tineo y judiciales en Cangas de Tineo y Grado y Valdes con capital en Navia y capitales judiciales en Luarca y Valdepares El Franco Al poco se decidio cambiar la division y hacerla en el doble de partidos Estos diez partidos serian los de Oviedo Pola de Lena Infiesto Onis Aviles Villaviciosa Grado Luarca Vega de Ribadeo Vegadeo y Cangas de Tineo Sin embargo debido a las rivalidades que habia entre los distintos concejos para ser cabeza de partido y beneficiarse de las ventajas que este hecho acarreaba esta division no prospero y hubo que hacerse una nueva basada en 14 partidos aprobada por orden de las Cortes el 30 de abril de 1814 De todas formas esta particion no tuvo efectos practicos ya que unos dias despues el 4 de mayo Fernando VII decreto la vuelta al antiguo regimen Tras el levantamiento del general Riego el 7 de marzo de 1820 el rey acepto la Constitucion de 1812 y el 6 de julio las Cortes restablecieron todas las disposiciones referidas a los tribunales Debido a esto el 13 de julio se volvio a la anterior demarcacion y por primera vez se puede decir que esta se hizo efectiva Los catorce partidos correspondian a los de Oviedo Gijon Aviles Campo de Caso Pola de Lena La Plaza de Teverga Grado Villaviciosa Llanes Infiesto Salas Cangas de Tineo Luarca y Vega de Ribadeo Como ya habia pasado antes la division no satisfacia a todos los concejos por lo que se presentaron dos nuevas propuestas en la Diputacion Provincial durante el mes de marzo de 1822 El primero de ellos consistia en diez partidos con once juces una division similar a la de 1813 El segundo se basaba en catorce partidos con quince jueces dos de ellos en Oviedo Cangas de Onis Infiesto Villaviciosa Pola de Laviana Gijon Aviles Pola de Lena Oviedo Salas Grado Cangas de Tineo Grandas de Salime Castropol y Luarca Con el comienzo de la decada ominosa se abolieron todas las resoluciones del trienio liberal entre ellas las referidas a los juzgados por lo que se volvio al antiguo sistema de jueces ordinarios El 21 de abril de 1834 por medio de Real Decreto se establecieron definitivamente los juzgados de primera instancia con jueces y promotores fiscales letrados En esta ocasion se dividio Asturias en quince partidos Oviedo Gijon Aviles Grandas de Salime Luarca Pola de Laviana Pravia Villaviciosa Belmonte Cangas de Onis Cangas de Tineo Infiesto Llanes Pola de Lena y Vega de Ribadeo en Pianton En la actualidad EditarEn la actualidad y en acuerdo a lo que dictan la Ley Organica del Poder Judicial de 1 de julio de 1985 y la Ley de Demarcacion y Planta Judicial de 28 de diciembre de 1988 se establecio que los partidos judiciales en Asturias serian los siguientes Numero Nombre Concejos1 Cangas del Narcea Cangas del Narcea Degana Ibias2 Lena Aller Lena Quiros3 Cangas de Onis Amieva Cangas de Onis Onis Parres Ponga Ribadesella4 Aviles Aviles Castrillon Corvera de Asturias Gozon Illas5 Grado Belmonte de Miranda Grado Proaza Salas Somiedo Teverga Yernes y Tameza6 Siero Bimenes Norena Sariego Siero7 Castropol Castropol El Franco Grandas de Salime Pesoz San Martin de Oscos San Tirso de Abres Santa Eulalia de Oscos Tapia de Casariego Taramundi Vegadeo Villanueva de Oscos8 Gijon Carreno Gijon9 Laviana Caso Laviana San Martin del Rey Aurelio Sobrescobio10 Oviedo Llanera Oviedo Las Regueras Ribera de Arriba Santo Adriano11 Llanes Cabrales Llanes Penamellera Alta Penamellera Baja Ribadedeva12 Mieres Mieres Morcin Riosa13 Langreo Langreo14 Tineo Allande Tineo15 Valdes Boal Coana Illano Navia Valdes Villayon16 Pravia Candamo Cudillero Muros de Nalon Pravia Soto del Barco17 Villaviciosa Caravia Colunga Villaviciosa18 Pilona Cabranes Nava Pilona Datos Q3032147Obtenido de https es wikipedia org w index php title Partidos judiciales de Asturias amp oldid 118737082, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

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