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Matrimonio morganático

Se conoce como matrimonio morganático a la unión realizada entre dos personas de rango social desigual —por ejemplo, entre príncipe y condesa o entre noble y plebeyo—, en el cual se impide que el cónyuge y cualquier hijo de dicha unión herede u obtenga los títulos, privilegios y propiedades del noble. Es un término referido a las convenciones sociales y culturales propias del Antiguo Régimen. Era conocido también como «matrimonio de la mano izquierda» porque en este tipo de matrimonio el novio sostenía la mano derecha de la novia con la suya izquierda, cuando lo normal es hacerlo al revés.

Este tipo de matrimonio era conocido en el derecho germánico, del que pasó al derecho de muchos pueblos. Según parece, su nombre proviene de morgen (matutino) y gabe (don). En ocasiones se le denomina también matrimonio sálico. La Iglesia católica siempre lo consideró como un matrimonio más.[1]

Principalmente, se realiza entre un noble y una plebeya, o viceversa, aunque estos últimos son casos poco comunes, ya que generalmente las mujeres no heredan ni reciben títulos y privilegios. En esta forma de matrimonio cada cónyuge mantiene su estado social original. A los hijos nacidos de este matrimonio se les conoce como hijos morganáticos y, a efectos legales, son considerados hijos legítimos.

Casos históricos

En España

En el caso de España, el rey Carlos III promulgó en 1776 una Pragmática sobre bodas desiguales. La ocasión fue el matrimonio desigual contraído por su hermano, el infante Luis Antonio de Borbón, que había presentado al Papa su dimisión como cardenal de la Santa Iglesia Romana y pedido su secularización para casarse con una aristócrata aragonesa, doña Teresa de Vallabriga. Los descendientes de esta pareja fueron apartados del orden sucesorio en aplicación de los preceptos de la disposición legal mencionada. Esta pragmática no introdujo una nueva práctica matrimonial en el seno de la Casa Real Española; simplemente, consagró la tradición observada por todos los monarcas y sus hijos desde la época de los Reyes Católicos: la de casarse con personas de casa soberana. El matrimonio del Infante Luis Antonio introdujo una novedad contrastante con dicha tradición, por lo que Carlos III quiso aclarar que se trataba de un hecho anormal y no admisible en la familia real española.

Como queda dicho, un potencial heredero de la Corona no podría casarse con alguna persona que no perteneciese a una casa soberana, ni siquiera con un Grande de España. Esto no supone, pues, una discriminación entre nobles y plebeyos, sino entre personas regias y personas que no lo son. La razón era que, si los reyes y sus posibles sucesores se pudieran casar con quien quisieran y lo hicieran con algún simple aristócrata o plebeyo, ello significaría inevitablemente el encumbramiento de determinadas familias con los consiguientes favoritismos, antipáticos para el pueblo. En cambio, con un matrimonio dentro del estricto círculo de la realeza esto no ocurriría, ya que la familia del novio o de la novia ya está encumbrada y suele ser extranjera.

El antiguo y prestigioso Almanaque de Gotha traía el elenco de todos los príncipes y familias de la realeza y la gran nobleza europeas. Estaba dividido en tres partes:

  • Las casas soberanas de Europa o de origen europeo (como la imperial del Brasil);
  • Los señores mediatizados de Alemania;
  • Otras casas de la más alta aristocracia.

A efectos de establecer qué matrimonios eran entre iguales, los señores mediatizados de Alemania eran equiparados en España a los miembros de las casas soberanas; no así los individuos incluidos en la tercera parte.

Desde la constitución de 1978 en España ya no hay requisitos de nacimiento para los consortes de los miembros de la familia real. Así, tanto las infantas Elena y Cristina como el entonces príncipe Felipe se casaron con españoles que no pertenecían a ninguna casa real, y Letizia Ortiz se acabó convirtiendo en la primera reina de España no procedente de una casa real.

Notas

  1. José M. Fernández Castaño (1994). Legislación matrimonial de la Iglesia. Editorial San Esteban. ISBN 9788487557781. 
  2. Michael and Natasha, Rosemary and Donald Crawford. ISBN 950-15-1896-5
  3. Serrou, Robert (2001), Ayer y Hoy de la Historia, Vol. 23, Palabra (ed.), ISBN 8482395696 p. 38.

Véase también

  •   Datos: Q210761
  •   Multimedia: Morganatic spouses

matrimonio, morganático, conoce, como, matrimonio, morganático, unión, realizada, entre, personas, rango, social, desigual, ejemplo, entre, príncipe, condesa, entre, noble, plebeyo, cual, impide, cónyuge, cualquier, hijo, dicha, unión, herede, obtenga, títulos. Se conoce como matrimonio morganatico a la union realizada entre dos personas de rango social desigual por ejemplo entre principe y condesa o entre noble y plebeyo en el cual se impide que el conyuge y cualquier hijo de dicha union herede u obtenga los titulos privilegios y propiedades del noble Es un termino referido a las convenciones sociales y culturales propias del Antiguo Regimen Era conocido tambien como matrimonio de la mano izquierda porque en este tipo de matrimonio el novio sostenia la mano derecha de la novia con la suya izquierda cuando lo normal es hacerlo al reves Este tipo de matrimonio era conocido en el derecho germanico del que paso al derecho de muchos pueblos Segun parece su nombre proviene de morgen matutino y gabe don En ocasiones se le denomina tambien matrimonio salico La Iglesia catolica siempre lo considero como un matrimonio mas 1 Principalmente se realiza entre un noble y una plebeya o viceversa aunque estos ultimos son casos poco comunes ya que generalmente las mujeres no heredan ni reciben titulos y privilegios En esta forma de matrimonio cada conyuge mantiene su estado social original A los hijos nacidos de este matrimonio se les conoce como hijos morganaticos y a efectos legales son considerados hijos legitimos Indice 1 Casos historicos 2 En Espana 3 Notas 4 Vease tambienCasos historicos EditarAlfonso de Borbon y Battenberg heredero del rey Alfonso XIII renuncio a sus derechos sucesorios por escrito el 11 de junio de 1933 en Lausana para poder casarse con Edelmira Sampedro y Robato el 21 de junio de ese mismo ano en la iglesia del Sagrado Corazon de Ouchy Utilizo a partir de entonces el titulo de conde de Covadonga y ademas de no tener descendencia el matrimonio se divorcio cuatro anos mas tarde el 8 de mayo de 1937 en La Habana El rey frances Luis XIV se caso con Madame de Maintenon en 1683 despues de enviudar Su hijo y heredero se caso en segundas nupcias con su amante Maria Emilia de Joly de Choin en 1695 Roberto I de Normandia duque normando de Francia que vivia en matrimonio de ley normanda con la hija del sieur de Falaise con la que tuvo al duque heredero y despues rey ingles Guillermo I de Inglaterra El rey Fernando I de las Dos Sicilias se caso con Lucia Migliaccio duquesa de Floridia el 27 de noviembre de 1814 La reina viuda de Carlos II de Espana Mariana de Neoburgo se caso en su exilio en Bayona con un miembro de su sequito Jean de Larreteguy El archiduque Francisco Fernando de Austria y la condesa Sofia Chotek El asesinato del matrimonio desato la Primera Guerra Mundial El rey de Italia Victor Manuel II de Italia y Rosa Teresa Vercellana Guerrieri Como curiosidad era una de sus amantes y con la que tuvo dos hijos Luis de Borbon y Farnesio hermano del rey Carlos III se caso con Maria Teresa de Vallabriga Maria Cristina de Borbon Dos Sicilias viuda de Fernando VII de Espana se caso en secreto con el sargento Agustin Fernando Munoz y Sanchez militar y posterior duque de Riansares El Gran Duque Miguel Romanov hermano del zar Nicolas II de Rusia se caso con Natalia Sheremetievskaya en Viena en la iglesia serbia de San Sawa el 16 de octubre de 1912 2 Leopoldo II de Belgica se caso con Blanche Delacroix de 17 anos e hija de un funcionario en 1908 3 Eduardo VIII del Reino Unido quien abdico al trono para casarse con Wallis Simpson tras poco menos de un ano de reinado En Espana EditarEn el caso de Espana el rey Carlos III promulgo en 1776 una Pragmatica sobre bodas desiguales La ocasion fue el matrimonio desigual contraido por su hermano el infante Luis Antonio de Borbon que habia presentado al Papa su dimision como cardenal de la Santa Iglesia Romana y pedido su secularizacion para casarse con una aristocrata aragonesa dona Teresa de Vallabriga Los descendientes de esta pareja fueron apartados del orden sucesorio en aplicacion de los preceptos de la disposicion legal mencionada Esta pragmatica no introdujo una nueva practica matrimonial en el seno de la Casa Real Espanola simplemente consagro la tradicion observada por todos los monarcas y sus hijos desde la epoca de los Reyes Catolicos la de casarse con personas de casa soberana El matrimonio del Infante Luis Antonio introdujo una novedad contrastante con dicha tradicion por lo que Carlos III quiso aclarar que se trataba de un hecho anormal y no admisible en la familia real espanola Como queda dicho un potencial heredero de la Corona no podria casarse con alguna persona que no perteneciese a una casa soberana ni siquiera con un Grande de Espana Esto no supone pues una discriminacion entre nobles y plebeyos sino entre personas regias y personas que no lo son La razon era que si los reyes y sus posibles sucesores se pudieran casar con quien quisieran y lo hicieran con algun simple aristocrata o plebeyo ello significaria inevitablemente el encumbramiento de determinadas familias con los consiguientes favoritismos antipaticos para el pueblo En cambio con un matrimonio dentro del estricto circulo de la realeza esto no ocurriria ya que la familia del novio o de la novia ya esta encumbrada y suele ser extranjera El antiguo y prestigioso Almanaque de Gotha traia el elenco de todos los principes y familias de la realeza y la gran nobleza europeas Estaba dividido en tres partes Las casas soberanas de Europa o de origen europeo como la imperial del Brasil Los senores mediatizados de Alemania Otras casas de la mas alta aristocracia A efectos de establecer que matrimonios eran entre iguales los senores mediatizados de Alemania eran equiparados en Espana a los miembros de las casas soberanas no asi los individuos incluidos en la tercera parte Desde la constitucion de 1978 en Espana ya no hay requisitos de nacimiento para los consortes de los miembros de la familia real Asi tanto las infantas Elena y Cristina como el entonces principe Felipe se casaron con espanoles que no pertenecian a ninguna casa real y Letizia Ortiz se acabo convirtiendo en la primera reina de Espana no procedente de una casa real Notas Editar Jose M Fernandez Castano 1994 Legislacion matrimonial de la Iglesia Editorial San Esteban ISBN 9788487557781 Michael and Natasha Rosemary and Donald Crawford ISBN 950 15 1896 5 Serrou Robert 2001 Ayer y Hoy de la Historia Vol 23 Palabra ed ISBN 8482395696 p 38 Vease tambien EditarPragmatica Sancion de 1776 sobre matrimonios desiguales Datos Q210761 Multimedia Morganatic spousesObtenido de https es wikipedia org w index php title Matrimonio morganatico amp oldid 132651736, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

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