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Islas de las Lechiguanas

Se denomina islas de las Lechiguanas (del quechua lláchiwána: avispa que produce miel[1][2][3]​) a un archipiélago fluvial ubicado en el delta del río Paraná en la República Argentina. Las islas forman el distrito Islas de las Lechiguanas (antes eran parte del distrito Albardón) del departamento Gualeguay en el sur de la provincia de Entre Ríos, en el límite con la provincia de Buenos Aires.

Islas de las Lechiguanas
Ubicación geográfica
Coordenadas 33°26′00″S 59°42′00″O / -33.43333333, -59.7
Ubicación administrativa
País  Argentina
División Departamento Gualeguay
Subdivisión  Entre Ríos
Distrito y junta de gobierno declarada y no constituida Departamento Gualeguay
Características generales
Superficie 2500
Longitud 122,12 km (entre puntos extremos)
Anchura máxima 40 km (máximo norte-sur)
Punto más alto 5 msnm
Mapa de localización

El decreto n.° 1082/2002 MGJ de 21 de marzo de 2002 creó el centro rural de población de Islas Las Lechiguanas, pero la junta de gobierno no fue constituida.[4]​ En las elecciones los electores de las Lechiguanas votan por los vocales de la junta de gobierno de Punta del Monte.[5]

Características

Este grupo insular que abarca unas 250 000 ha, comienza frente a la ciudad de Villa Constitución y está delimitado por el río Paraná al sur y por uno de sus brazos al noroeste, el río Paraná Pavón, el cual luego de recibir las aguas del río Gualeguay toma el nombre de río Paraná Ibicuy, que constituye el límite noreste, convergiendo luego con el cauce principal del Paraná. Se hallan escasamente habitadas.

Debido a que las islas se han formado en una planicie fluvial por la deposición permanente de sedimentos trasladados por el río Paraná, su tamaño y forma fluctúa continuamente, dependiendo también de las variaciones estacionales del caudal del río. Es un lugar de difícil acceso y con escasa población estable, sin núcleos urbanos, atravesado por arroyos y esteros. En parte se utiliza para la cría de ganado.

Entre los brazos internos del grupo insular se hallan los arroyos: Lechiguanas, del Tala, Lobitos, Tigre, de los Lobos y Francés.

Las islas están sujetas a frecuentes incendios forestales, que en 2008 causaron días de intenso humo sobre la ciudad de Buenos Aires.

Desde 2009 funciona una escuela flotante en el arroyo Sepultura,[6]​ que a 2011 tenía solo dos alumnos,[7]​ y otro en el arroyo Lechiguanas.

Litigio por su posesión

El 18 de diciembre de 1888 el gobierno de la provincia de Buenos Aires dictó el decreto reglamentario de la ley sobre venta de terrenos de islas, estableciendo 6 secciones insulares en el delta del Paraná y disponiendo la mensura de las islas:

Art. 1. Procédase á la mensura general de dichos terrenos, á cuyo efecto se subdividirán en seis secciones.

5.a Sección— Las situadas entre el Paraná de las Palmas, desde la boca del río Baradero, Paraná-Guazú. Paraná-Pavón, riacho de las Lechiguanas, Paraná de las Palmas y río Baradero.
6.a Sección— Las islas situadas entre el Paraná de las Palmas, riacho de las Lechiguanas, Paraná-Pavón y Paraná de las Palmas.

Art. 6. Los Agrimensores formarán un catastro de las poblaciones existentes, levantando al efecto una información sumaria de testigos. Deberán proyectar igualmente y proponer á la aprobación del P. E. la división más conveniente de las Islas, para anexarlas á los partidos existentes, así como la formación de dos ó más, nuevos, en las mismas Islas.

Debido a que la mensura se llevó a efecto en las islas de las Lechiguanas, el 31 de julio de 1891 el gobierno de Entre Ríos efectuó un reclamo sobre ellas considerándolas en su jurisdicción. En 1892 el gobierno de Entre Ríos ordenó a los jefes policiales de Gualeguay y de Gualeguaychú que se opusieran a las mensuras. Para llegar a un acuerdo, en 1898 el gobierno de Entre Ríos designó a Enrique Carbó Ortíz y en 1902 Buenos Aires designó a Federico Pinedo (1855-1929).

En 1902 se llegó a un acuerdo, el Convenio Carbó-Pinedo, que establecía el canal de navegación del Paraná como el límite interprovincial. Entre Ríos aprobó el convenio mediante una ley del 5 de enero de 1903, quedando en posesión de las islas y dispuso que se sometiera al Congreso Nacional de acuerdo al inciso 14 del artículo 67 de la Constitución Nacional de Argentina. Sin embargo, el convenio fue rechazado por un decreto del gobernador de Buenos Aires el 29 de abril de 1910.[8]​ Al ser ocupadas por la Policía Bonaerense Entre Ríos reclamó ante el ministro del interior (Indalecio Gómez) del Gobierno nacional, por lo que el 2 de noviembre de 1911 el presidente Roque Sáenz Peña exigió el retiro de las fuerzas policiales bonaerenses, lo cual ocurrió poco después.[9]

El 26 de febrero de 1938 Buenos Aires entregó a la Comisión Mixta de Límites del Congreso Nacional una memoria con antecedentes y mapas para respaldar su posición.

El 28 de enero de 1944 el Instituto Geográfico Militar dictaminó que el límite entre ambas provincias debía ser el Paraná propiamente dicho y no ninguno de sus brazos, es decir, el canal de navegación.[10]

... la línea divisoria debe fijarla el canal de navegación el cual, tratándose de varios brazos de ríos corresponde que corra por aquel que no sólo tenga suficiente profundidad sino también menor extensión, en vista al interés del tráfico fluvial que lo utilice ... la Dirección General del Instituto Geográfico Militar, considera que el límite de las Provincias de Buenos Aires y Entre Ríos debe ser el medio del canal de navegación del Río Paraná desde el punto en que comienza el pequeño brazo de de este río denominado Arroyo Yaguarón en el cual desagua el arroyo del Medio, siguiendo luego por aquel, canal del Paraná hasta la unión del mismo con el brazo Ibicuy, continuando después por el canal del Paraná Guazú hasta su desembocadura en el Río de la Plata, debiendo corresponder a Entre Ríos, todas las islas situadas en el momento actual, a la Izquierda de dicho canal, y en los puntos en que existen dos de estos por el mayor tráfico, al presente; y pertenecerán a Buenos Aires todas aquellas islas que se encuentren a la derecha del mismo canal ...
Dictamen del Instituto Geográfico Militar

El 11 de noviembre de 1959 se firmó un convenio entre los gobernadores de ambas provincias (Oscar Alende por Buenos Aires y Raúl Lucio Uranga por Entre Ríos), ratificando el límite en los ríos Paraná y Paraná Guazú, aprobado por la legislatura entrerriana el 28 de noviembre de 1961 (ley N.º 4445), ratificado por Buenos Aires por ley N.º 7260/66 y puesto en vigencia por la sanción y promulgación del decreto-ley nacional N.º 18 000 del 13 de diciembre de 1968, reconocido como ley nacional por decreto 1319/76.[11][12]

Artículo 1º - Fíjase el límite entre las provincias de Buenos Aires y Entre Ríos por el medio del canal de navegación del río Paraná desde el punto en que comienza el pequeño brazo de este río denominado arroyo Yaguarón, en el cual desagua el arroyo del Medio, siguiendo luego por aquel canal del Paraná hasta la unión del mismo con el brazo llamado Ibicuy, continuando después por el canal del Paraná Guazú hasta su desembocadura en el Río de la Plata.
Artículo 2º - Corresponderán a Entre Ríos todas las islas que al 28 de enero de 1944 estaban situadas a la izquierda del canal referido en el artículo 1º y en los puntos donde existen dos canales, por el que a esa fecha haya tenido mayor tránsito; y corresponderán a Buenos Aires todas las islas situadas a la derecha de dicho canal, de acuerdo a la demarcación efectuada en los anexos 1º y 2º del dictamen del Instituto Geográfico Militar del 28 de enero de 1944.
Ley n.° 18000

En la segunda mitad de la década de 1960 hubo proyectos con principios de ejecución para polderizar estas islas y sumarlas antiecológicamente al área ganadera vacuna de la Pampa húmeda. Entre Ríos promulgó la ley n.º 5437 el 26 de diciembre de 1973 que declaró nulas las adjudicaciones de 33 000 ha de tierras en las islas que durante el gobierno militar había cedido entre 1969 y 1973, tomando posesión de las obras realizadas, que quedaron abandonadas. En 2013 el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos dio la razón al gobierno provincial en el litigio judicial que se generó a raíz de la anulación.[13]

El 10 de enero de 1974 la provincia de Buenos Aires promulgó la ley n.º 8153 que dispuso la derogación de la ley 7260 de 1968, pero no reactivó su reclamación del territorio.[14]

La mitad este se integró efectivamente al departamento Gualeguay y la oeste al departamento Gualeguaychú, pero en 1979 todo el archipiélago pasó al departamento Gualeguay.[15]

Referencias

  1. Folklore del norte
  2. Revista iberoamericana. Números 27-28. Pág. 174. Editor: Instituto internacional de literatura iberoamericana, 1948
  3. LA VOZ DE LOS PUEBLOS ORIGINARIOS EN VOS. Prof. LUCAS, Marcela
  4. Creada por decreto 1082/2002 MGJ del 21 de marzo de 2002
  5. CARGOS ELECTIVOS 2019 – DISTRITO ENTRE RÍOS
  6. Noticias San Pedro. Escuela flotante para Lechiguanas
  7. Una escuela de las Islas de Lechiguanas no recibe la partida de combustible desde 2011
  8. Son de Entre Ríos las islas "las Lechiguanas." Autor: Instituto "Martiniano Leguizamón." Eduardo Francheri Lopez, Aníbal S. Vásquez. Publicado por Talleres gráficas "Nueva impresora," de Brest & Viñas París, 1949
  9. Las Lechiguanas: el conflicto jurisdiccional y la soberanía de Entre Ríos. Pág. 22. Autores: Facundo A. Arce, Francisco Maximiliano Ibáñez. Editor: Editorial de la Mesopotamia, 1974
  10. Las Lechiguanas: el conflicto jurisdiccional y la soberanía de Entre Ríos. Pág. 66. Autores: Facundo A. Arce, Francisco Maximiliano Ibáñez. Editor: Editorial de la Mesopotamia, 1974
  11. Infoleg. Ley 18000
  12. Encarta (enlace roto disponible en Internet Archive; véase el historial, la primera versión y la última).
  13. . Archivado desde el original el 7 de noviembre de 2014. Consultado el 6 de noviembre de 2014. 
  14. Teoría general y derecho de los tratados interjurisdiccionales internos: su desenvolvimiento en la estructura institucional Argentina. Pág. 373. Autor: Horacio Daniel Piombo. Editor: Depalma, 1994
  15. Revista del Instituto Geográfico Militar. Pág. 71. Publicado por el IGM en 1987
  •   Datos: Q5922435

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Se denomina islas de las Lechiguanas del quechua llachiwana avispa que produce miel 1 2 3 a un archipielago fluvial ubicado en el delta del rio Parana en la Republica Argentina Las islas forman el distrito Islas de las Lechiguanas antes eran parte del distrito Albardon del departamento Gualeguay en el sur de la provincia de Entre Rios en el limite con la provincia de Buenos Aires Islas de las LechiguanasUbicacion geograficaCoordenadas33 26 00 S 59 42 00 O 33 43333333 59 7Ubicacion administrativaPais ArgentinaDivisionDepartamento GualeguaySubdivision Entre RiosDistrito y junta de gobierno declarada y no constituidaDepartamento GualeguayCaracteristicas generalesSuperficie2500Longitud122 12 km entre puntos extremos Anchura maxima40 km maximo norte sur Punto mas alto5 msnmMapa de localizacion editar datos en Wikidata El decreto n 1082 2002 MGJ de 21 de marzo de 2002 creo el centro rural de poblacion de Islas Las Lechiguanas pero la junta de gobierno no fue constituida 4 En las elecciones los electores de las Lechiguanas votan por los vocales de la junta de gobierno de Punta del Monte 5 Caracteristicas EditarEste grupo insular que abarca unas 250 000 ha comienza frente a la ciudad de Villa Constitucion y esta delimitado por el rio Parana al sur y por uno de sus brazos al noroeste el rio Parana Pavon el cual luego de recibir las aguas del rio Gualeguay toma el nombre de rio Parana Ibicuy que constituye el limite noreste convergiendo luego con el cauce principal del Parana Se hallan escasamente habitadas Debido a que las islas se han formado en una planicie fluvial por la deposicion permanente de sedimentos trasladados por el rio Parana su tamano y forma fluctua continuamente dependiendo tambien de las variaciones estacionales del caudal del rio Es un lugar de dificil acceso y con escasa poblacion estable sin nucleos urbanos atravesado por arroyos y esteros En parte se utiliza para la cria de ganado Entre los brazos internos del grupo insular se hallan los arroyos Lechiguanas del Tala Lobitos Tigre de los Lobos y Frances Las islas estan sujetas a frecuentes incendios forestales que en 2008 causaron dias de intenso humo sobre la ciudad de Buenos Aires Desde 2009 funciona una escuela flotante en el arroyo Sepultura 6 que a 2011 tenia solo dos alumnos 7 y otro en el arroyo Lechiguanas Litigio por su posesion EditarEl 18 de diciembre de 1888 el gobierno de la provincia de Buenos Aires dicto el decreto reglamentario de la ley sobre venta de terrenos de islas estableciendo 6 secciones insulares en el delta del Parana y disponiendo la mensura de las islas Art 1 Procedase a la mensura general de dichos terrenos a cuyo efecto se subdividiran en seis secciones 5 a Seccion Las situadas entre el Parana de las Palmas desde la boca del rio Baradero Parana Guazu Parana Pavon riacho de las Lechiguanas Parana de las Palmas y rio Baradero 6 a Seccion Las islas situadas entre el Parana de las Palmas riacho de las Lechiguanas Parana Pavon y Parana de las Palmas Art 6 Los Agrimensores formaran un catastro de las poblaciones existentes levantando al efecto una informacion sumaria de testigos Deberan proyectar igualmente y proponer a la aprobacion del P E la division mas conveniente de las Islas para anexarlas a los partidos existentes asi como la formacion de dos o mas nuevos en las mismas Islas Debido a que la mensura se llevo a efecto en las islas de las Lechiguanas el 31 de julio de 1891 el gobierno de Entre Rios efectuo un reclamo sobre ellas considerandolas en su jurisdiccion En 1892 el gobierno de Entre Rios ordeno a los jefes policiales de Gualeguay y de Gualeguaychu que se opusieran a las mensuras Para llegar a un acuerdo en 1898 el gobierno de Entre Rios designo a Enrique Carbo Ortiz y en 1902 Buenos Aires designo a Federico Pinedo 1855 1929 En 1902 se llego a un acuerdo el Convenio Carbo Pinedo que establecia el canal de navegacion del Parana como el limite interprovincial Entre Rios aprobo el convenio mediante una ley del 5 de enero de 1903 quedando en posesion de las islas y dispuso que se sometiera al Congreso Nacional de acuerdo al inciso 14 del articulo 67 de la Constitucion Nacional de Argentina Sin embargo el convenio fue rechazado por un decreto del gobernador de Buenos Aires el 29 de abril de 1910 8 Al ser ocupadas por la Policia Bonaerense Entre Rios reclamo ante el ministro del interior Indalecio Gomez del Gobierno nacional por lo que el 2 de noviembre de 1911 el presidente Roque Saenz Pena exigio el retiro de las fuerzas policiales bonaerenses lo cual ocurrio poco despues 9 El 26 de febrero de 1938 Buenos Aires entrego a la Comision Mixta de Limites del Congreso Nacional una memoria con antecedentes y mapas para respaldar su posicion El 28 de enero de 1944 el Instituto Geografico Militar dictamino que el limite entre ambas provincias debia ser el Parana propiamente dicho y no ninguno de sus brazos es decir el canal de navegacion 10 la linea divisoria debe fijarla el canal de navegacion el cual tratandose de varios brazos de rios corresponde que corra por aquel que no solo tenga suficiente profundidad sino tambien menor extension en vista al interes del trafico fluvial que lo utilice la Direccion General del Instituto Geografico Militar considera que el limite de las Provincias de Buenos Aires y Entre Rios debe ser el medio del canal de navegacion del Rio Parana desde el punto en que comienza el pequeno brazo de de este rio denominado Arroyo Yaguaron en el cual desagua el arroyo del Medio siguiendo luego por aquel canal del Parana hasta la union del mismo con el brazo Ibicuy continuando despues por el canal del Parana Guazu hasta su desembocadura en el Rio de la Plata debiendo corresponder a Entre Rios todas las islas situadas en el momento actual a la Izquierda de dicho canal y en los puntos en que existen dos de estos por el mayor trafico al presente y perteneceran a Buenos Aires todas aquellas islas que se encuentren a la derecha del mismo canal Dictamen del Instituto Geografico Militar El 11 de noviembre de 1959 se firmo un convenio entre los gobernadores de ambas provincias Oscar Alende por Buenos Aires y Raul Lucio Uranga por Entre Rios ratificando el limite en los rios Parana y Parana Guazu aprobado por la legislatura entrerriana el 28 de noviembre de 1961 ley N º 4445 ratificado por Buenos Aires por ley N º 7260 66 y puesto en vigencia por la sancion y promulgacion del decreto ley nacional N º 18 000 del 13 de diciembre de 1968 reconocido como ley nacional por decreto 1319 76 11 12 Articulo 1º Fijase el limite entre las provincias de Buenos Aires y Entre Rios por el medio del canal de navegacion del rio Parana desde el punto en que comienza el pequeno brazo de este rio denominado arroyo Yaguaron en el cual desagua el arroyo del Medio siguiendo luego por aquel canal del Parana hasta la union del mismo con el brazo llamado Ibicuy continuando despues por el canal del Parana Guazu hasta su desembocadura en el Rio de la Plata Articulo 2º Corresponderan a Entre Rios todas las islas que al 28 de enero de 1944 estaban situadas a la izquierda del canal referido en el articulo 1º y en los puntos donde existen dos canales por el que a esa fecha haya tenido mayor transito y corresponderan a Buenos Aires todas las islas situadas a la derecha de dicho canal de acuerdo a la demarcacion efectuada en los anexos 1º y 2º del dictamen del Instituto Geografico Militar del 28 de enero de 1944 Ley n 18000 En la segunda mitad de la decada de 1960 hubo proyectos con principios de ejecucion para polderizar estas islas y sumarlas antiecologicamente al area ganadera vacuna de la Pampa humeda Entre Rios promulgo la ley n º 5437 el 26 de diciembre de 1973 que declaro nulas las adjudicaciones de 33 000 ha de tierras en las islas que durante el gobierno militar habia cedido entre 1969 y 1973 tomando posesion de las obras realizadas que quedaron abandonadas En 2013 el Superior Tribunal de Justicia de Entre Rios dio la razon al gobierno provincial en el litigio judicial que se genero a raiz de la anulacion 13 El 10 de enero de 1974 la provincia de Buenos Aires promulgo la ley n º 8153 que dispuso la derogacion de la ley 7260 de 1968 pero no reactivo su reclamacion del territorio 14 La mitad este se integro efectivamente al departamento Gualeguay y la oeste al departamento Gualeguaychu pero en 1979 todo el archipielago paso al departamento Gualeguay 15 Referencias Editar Folklore del norte Revista iberoamericana Numeros 27 28 Pag 174 Editor Instituto internacional de literatura iberoamericana 1948 LA VOZ DE LOS PUEBLOS ORIGINARIOS EN VOS Prof LUCAS Marcela Creada por decreto 1082 2002 MGJ del 21 de marzo de 2002 CARGOS ELECTIVOS 2019 DISTRITO ENTRE RIOS Noticias San Pedro Escuela flotante para Lechiguanas Una escuela de las Islas de Lechiguanas no recibe la partida de combustible desde 2011 Son de Entre Rios las islas las Lechiguanas Autor Instituto Martiniano Leguizamon Eduardo Francheri Lopez Anibal S Vasquez Publicado por Talleres graficas Nueva impresora de Brest amp Vinas Paris 1949 Las Lechiguanas el conflicto jurisdiccional y la soberania de Entre Rios Pag 22 Autores Facundo A Arce Francisco Maximiliano Ibanez Editor Editorial de la Mesopotamia 1974 Las Lechiguanas el conflicto jurisdiccional y la soberania de Entre Rios Pag 66 Autores Facundo A Arce Francisco Maximiliano Ibanez Editor Editorial de la Mesopotamia 1974 Infoleg Ley 18000 Encarta enlace roto disponible en Internet Archive vease el historial la primera version y la ultima Islas del Delta un fallo del STJ anula una ley de la dictadura Archivado desde el original el 7 de noviembre de 2014 Consultado el 6 de noviembre de 2014 Teoria general y derecho de los tratados interjurisdiccionales internos su desenvolvimiento en la estructura institucional Argentina Pag 373 Autor Horacio Daniel Piombo Editor Depalma 1994 Revista del Instituto Geografico Militar Pag 71 Publicado por el IGM en 1987 Datos Q5922435 Obtenido de https es wikipedia org w index php title Islas de las Lechiguanas amp oldid 133620429, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

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