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Jurisdicción

La jurisdicción (en latín: iuris dictio ‘decir o declarar el derecho a su propio gobierno’) es la potestad, derivada de la soberanía del Estado, de aplicar el derecho en el caso concreto, resolviendo de modo definitivo e irrevocable una controversia, que es ejercida en forma exclusiva por los tribunales de justicia integrados por jueces autónomos e independientes.[1]

Uno de los principales rasgos de la potestad jurisdiccional es su carácter irrevocable y definitivo, capaz de producir en la actuación del derecho lo que técnicamente se denomina cosa juzgada.

En sentido coloquial, la palabra "jurisdicción" es utilizada para designar el territorio (Estado, provincia, municipio, región, país, etc.) sobre el cual esta potestad es ejercida. Del mismo modo, por extensión, es utilizada para designar el área geográfica de ejercicio de las atribuciones y facultades de una autoridad o las materias que se encuentran dentro de su competencia; y, en general, para designar el territorio sobre el cual un Estado ejerce su soberanía.

En palabras del distinguido profesor Eduardo Couture: "Es la función pública, realizada por los órganos competentes del Estado, con las formas requeridas por la ley, en virtud de la cual, por acto de juicio, se determinan los derechos de las partes, con el objeto de dirimir sus conflictos y controversias de relevancia jurídica, mediante decisiones bajo autoridad de cosa juzgada, eventualmente factibles de ejecución".

De manera más simplificada, la jurisdicción, es el poder de administrar justicia en un territorio, es la potestad pública de conocer y sentenciar los casos judiciales, dentro de su capacidad territorial.

El Diccionario Jurídico-Rafael de Pina Vara indica que es la "Potestad para administrar justicia atribuida a los jueces, quienes la ejercen aplicando las normas jurídicas generales y abstractas a los casos concretos que deben decir"

En Chile es posible definir jurisdicción siguiendo al abogado y profesor Mario Mosquera como el poder deber del Estado radicado preferentemente en los tribunales de justicia para que estos como órganos imparciales, resuelvan de manera definitiva e inalterable con posibilidad de ejecución, los conflictos de intereses de relevancia jurídica suscitados entre las partes o que surjan de una violación del ordenamiento jurídico social.[2]

Naturaleza y características

La jurisdicción es una función estatal de satisfacción de pretensiones ante una controversia o conflicto.

Para el Derecho constitucional y las Ciencias políticas, por largo tiempo ha sido uno de los poderes del Estado, llamado Poder Judicial (de acuerdo a la doctrina de la separación de poderes). Mientras que, para el Derecho procesal, constituye uno de los presupuestos procesales, y uno de los más importantes.

Esta se caracteriza por ser:

  • General: se extiende por todo el territorio.
  • Permanente: se ejerce en todo momento que un estado tenga soberanía.
  • P.P.: puesto que es un presupuesto procesal


También se acostumbra a caracterizarla como una función monopólica del Estado. Sin embargo, es discutible considerando la existencia de los tribunales arbitrales, que evidencia que el Estado no se ha reservado en forma privativa el ejercicio de la jurisdicción.

Para que la función jurisdiccional cumpla justa y eficazmente su cometido, en la mayoría de las legislaciones, se le ha rodeado de un conjunto de principios y condiciones indispensables, denominadas en general bases de la jurisdicción. Entre ellas encontramos las siguientes:

  • Legalidad: no es propia de la actividad jurisdiccional, toda vez que es común a todos los actos del Estado. Es más bien, un común denominador de todos los órganos estatales y un principio del Derecho público.
  • Independencia e inamovilidad: también es una base común a todos los órganos del Estado. No obstante, la independencia de la función jurisdiccional es, tal vez, de mucha mayor importancia por el carácter de objetividad e imparcialidad con que debe cumplir su cometido. La Independencia judicial supone que el órgano que la ejerce está libre de sujeción a otro, sea cual fuere, es decir, no sujeto a los tribunales superiores ni a entidad o poder alguno (quedando sometido exclusivamente al Derecho).
  • Responsabilidad: esta se encuentra en íntima conexión con la anterior, por cuanto los jueces son generalmente inamovibles en sus cargos, porque son responsables de sus actos ministeriales (comúnmente civil y penalmente).
  • Sedentariedad: implica que los tribunales deben administrar justicia en lugares y horas determinados.
  • Pasividad: en virtud del cual los tribunales pueden ejercer su función, por regla general, solo a petición o requerimiento de parte interesada, y solo excepcionalmente de oficio.
  • Inavocabilidad: es la prohibición que tienen los tribunales superiores para conocer, sin que medie recurso alguno, un asunto pendiente ante uno inferior.
  • Gradualidad: supone que lo resuelto por el tribunal puede ser revisado por otro de superior jerarquía, generalmente a través del recurso de apelación. Esto implica la existencia de más de una instancia (entendida esta como cada uno de los grados jurisdiccionales en que puede ser conocida y fallada un controversia).
  • Publicidad: que no se refiere al conocimiento que las partes pueden tener del contrario o de las diligencias o actuaciones del tribunal, sino del hecho que cualquier persona pueda imponerse libremente de los actos jurisdiccionales.

Estrategias de clasificación de la organización de justicia

  • Jurisdicción no contenciosa: Se solucionan asuntos que no sean controversiales pero que tienen que pasar por esta jurisdicción. En estos casos, no se promueve contienda alguna entre las partes, no existiendo por tanto oposición de legítimo contradictor, sin embargo por ley requerirán intervención del juez.
  • Jurisdicción ordinaria: Concentra todas las especialidades de la labor jurisdiccional, a diferencia de lo que acontecía en décadas anteriores, que coexistía con fueros privativos como el agrario y el de trabajo.
  • Jurisdicción especial: Atiende asuntos que no se relacionan con la justicia ordinaria. Varios ejemplos pueden ser: la jurisdicción militar y la indígena.

Momentos de la jurisdicción

Estos momentos representan el desenvolvimiento del ejercicio de la función jurisdiccional en el proceso (o sea, conocer, juzgar y hacer cumplir lo resuelto).

Fase del conocimiento

En esta etapa el tribunal recibe los antecedentes que le permiten posteriormente resolver el litigio. Encontramos, a su vez, dos sub-etapas: de discusión y de prueba. Discusión: Las partes alegan sus pretensiones y hace valer sus defensas. Prueba: Las partes ofrecen al tribunal y rinden todas las probanzas necesarias para apoyar sus pretensiones y convencer al tribunal que lo que ellos plantean es verdad.

Ningún tribunal puede juzgar sin conocer el asunto sometido a su decisión. Es decir, sin escuchar a las partes o recibir las evidencias o pruebas.

Fase de la decisión

En virtud de esta, el tribunal declara el derecho frente al caso concreto, propuesto por las partes, lo que hace a través del acto procesal llamado, generalmente, sentencia judicial. Esta etapa de juzgamiento supone siempre la existencia del periodo anterior.

Es considerado el momento de la jurisdicción más importante, pues pone término al conflicto mediante el pronunciamiento de la sentencia...

Aquí encontramos dos tipos de jurisdicción ; la jurisdicción legal y la jurisdicción de equidad.La primera significa que el juez debe resolver de acuerdo a la legislación vigente .En cambio, en la última el juez extrae de su experiencia lo que debe resolver , acudiendo para eso a los principios generales del derecho y a la equidad natural. No está demás señalar que nuestro sistema acoge a la jurisdicción legal .

Fase imperium de la ejecución

La mayoría de los autores están de acuerdo que el poder de coerción es inherente a la jurisdicción, es decir, que es de la esencia que el tribunal de justicia tiene la facultad de hacer cumplir lo resuelto (ejecución o cumplimiento del fallo).

Algunos autores niegan la actividad jurisdiccional en esta última etapa, especialmente en relación al Derecho procesal penal, sosteniendo que está a cargo de una autoridad administrativa. Se argumenta en contra que, aun cuando en ciertos casos la sentencia se cumple administrativamente, la regla general es que se hagan cumplir por la vía jurisdiccional.

Las resoluciones judiciales, en la generalidad de los casos, se cumplen a través de lo que la doctrina denomina auxilios jurisdiccionales.

Límites de la jurisdicción

La actividad jurisdiccional se ejerce en el tiempo y en el espacio. En consecuencia, se habla que la jurisdicción posee límites atendido el tiempo que la posee su titular y el ámbito espacial donde ella se ejerce.

  • Límites en cuanto al tiempo: puesto que una persona es juez porque está investido de la jurisdicción y esta se ostenta porque se es juez. El límite de la jurisdicción será el tiempo señalado por la Constitución o las leyes para el desempeño del cargo de juez.
  • Límites en cuanto al espacio, se acostumbra a clasificarlos en:
    • Límites externos: se entiende por tales a todos los elementos que permiten delimitar la zona de vigencia y aplicación en el espacio. Por regla general, será límite de la jurisdicción la soberanía de los Estados.
    • Límites internos: son los que miran a la misma jurisdicción, prescindiendo de aquella pertenecientes a otros Estados, como también de las funciones atribuidas a los demás órganos del propio Estado. Surgiendo así la noción de competencia.

Dentro de los límites de la jurisdicción, se reconoce como límite el Respeto de los Derechos, fundamentales, esta limitación, se justifica por el hecho que la propia jurisdicción no puede pasar por sobre los derechos que se le reconocen al hombre por su calidad de tal.

Estos límites pueden dar origen a disputas entre Estados (conflictos internacionales), entre dos poderes del Estado u órganos de distintas ramas del mismo poder (contiendas de jurisdicción) o entre dos o más poderes del Estado por sus atribuciones (contiendas de atribuciones).

Véase también

Referencias

  1. «Jurisdicción». Enciclopedia jurídica. Consultado el 26 de enero de 2015. 
  2. «Jurisdicción». Inoponible. Consultado el 19 de junio de 2017. 

Bibliografía

  • Quisbert, E., "La Jurisdicción", La Paz, Bolivia, AJ, 2009.

Enlaces externos

  •   Wikcionario tiene definiciones y otra información sobre Jurisdicción.
  •   Datos: Q471855

jurisdicción, este, artículo, sección, tiene, referencias, pero, necesita, más, para, complementar, verificabilidad, este, aviso, puesto, marzo, 2016, jurisdicción, latín, iuris, dictio, decir, declarar, derecho, propio, gobierno, potestad, derivada, soberanía. Este articulo o seccion tiene referencias pero necesita mas para complementar su verificabilidad Este aviso fue puesto el 2 de marzo de 2016 La jurisdiccion en latin iuris dictio decir o declarar el derecho a su propio gobierno es la potestad derivada de la soberania del Estado de aplicar el derecho en el caso concreto resolviendo de modo definitivo e irrevocable una controversia que es ejercida en forma exclusiva por los tribunales de justicia integrados por jueces autonomos e independientes 1 Uno de los principales rasgos de la potestad jurisdiccional es su caracter irrevocable y definitivo capaz de producir en la actuacion del derecho lo que tecnicamente se denomina cosa juzgada En sentido coloquial la palabra jurisdiccion es utilizada para designar el territorio Estado provincia municipio region pais etc sobre el cual esta potestad es ejercida Del mismo modo por extension es utilizada para designar el area geografica de ejercicio de las atribuciones y facultades de una autoridad o las materias que se encuentran dentro de su competencia y en general para designar el territorio sobre el cual un Estado ejerce su soberania En palabras del distinguido profesor Eduardo Couture Es la funcion publica realizada por los organos competentes del Estado con las formas requeridas por la ley en virtud de la cual por acto de juicio se determinan los derechos de las partes con el objeto de dirimir sus conflictos y controversias de relevancia juridica mediante decisiones bajo autoridad de cosa juzgada eventualmente factibles de ejecucion De manera mas simplificada la jurisdiccion es el poder de administrar justicia en un territorio es la potestad publica de conocer y sentenciar los casos judiciales dentro de su capacidad territorial El Diccionario Juridico Rafael de Pina Vara indica que es la Potestad para administrar justicia atribuida a los jueces quienes la ejercen aplicando las normas juridicas generales y abstractas a los casos concretos que deben decir En Chile es posible definir jurisdiccion siguiendo al abogado y profesor Mario Mosquera como el poder deber del Estado radicado preferentemente en los tribunales de justicia para que estos como organos imparciales resuelvan de manera definitiva e inalterable con posibilidad de ejecucion los conflictos de intereses de relevancia juridica suscitados entre las partes o que surjan de una violacion del ordenamiento juridico social 2 Indice 1 Naturaleza y caracteristicas 2 Estrategias de clasificacion de la organizacion de justicia 3 Momentos de la jurisdiccion 3 1 Fase del conocimiento 3 2 Fase de la decision 3 3 Fase imperium de la ejecucion 4 Limites de la jurisdiccion 5 Vease tambien 6 Referencias 7 Bibliografia 8 Enlaces externosNaturaleza y caracteristicas EditarLa jurisdiccion es una funcion estatal de satisfaccion de pretensiones ante una controversia o conflicto Para el Derecho constitucional y las Ciencias politicas por largo tiempo ha sido uno de los poderes del Estado llamado Poder Judicial de acuerdo a la doctrina de la separacion de poderes Mientras que para el Derecho procesal constituye uno de los presupuestos procesales y uno de los mas importantes Esta se caracteriza por ser Constitucional nace de la constitucion General se extiende por todo el territorio Exclusiva solo la ejerce el Estado Permanente se ejerce en todo momento que un estado tenga soberania P P puesto que es un presupuesto procesalTambien se acostumbra a caracterizarla como una funcion monopolica del Estado Sin embargo es discutible considerando la existencia de los tribunales arbitrales que evidencia que el Estado no se ha reservado en forma privativa el ejercicio de la jurisdiccion Para que la funcion jurisdiccional cumpla justa y eficazmente su cometido en la mayoria de las legislaciones se le ha rodeado de un conjunto de principios y condiciones indispensables denominadas en general bases de la jurisdiccion Entre ellas encontramos las siguientes Legalidad no es propia de la actividad jurisdiccional toda vez que es comun a todos los actos del Estado Es mas bien un comun denominador de todos los organos estatales y un principio del Derecho publico Independencia e inamovilidad tambien es una base comun a todos los organos del Estado No obstante la independencia de la funcion jurisdiccional es tal vez de mucha mayor importancia por el caracter de objetividad e imparcialidad con que debe cumplir su cometido La Independencia judicial supone que el organo que la ejerce esta libre de sujecion a otro sea cual fuere es decir no sujeto a los tribunales superiores ni a entidad o poder alguno quedando sometido exclusivamente al Derecho Responsabilidad esta se encuentra en intima conexion con la anterior por cuanto los jueces son generalmente inamovibles en sus cargos porque son responsables de sus actos ministeriales comunmente civil y penalmente Territorialidad los tribunales solo pueden ejercer su potestad en los asuntos y dentro del territorio que la ley les ha asignado Sedentariedad implica que los tribunales deben administrar justicia en lugares y horas determinados Pasividad en virtud del cual los tribunales pueden ejercer su funcion por regla general solo a peticion o requerimiento de parte interesada y solo excepcionalmente de oficio Inavocabilidad es la prohibicion que tienen los tribunales superiores para conocer sin que medie recurso alguno un asunto pendiente ante uno inferior Gradualidad supone que lo resuelto por el tribunal puede ser revisado por otro de superior jerarquia generalmente a traves del recurso de apelacion Esto implica la existencia de mas de una instancia entendida esta como cada uno de los grados jurisdiccionales en que puede ser conocida y fallada un controversia Publicidad que no se refiere al conocimiento que las partes pueden tener del contrario o de las diligencias o actuaciones del tribunal sino del hecho que cualquier persona pueda imponerse libremente de los actos jurisdiccionales Estrategias de clasificacion de la organizacion de justicia EditarJurisdiccion contenciosa Se conocen tramitan y juzgan todos aquellos asuntos que envuelven una controversia Jurisdiccion no contenciosa Se solucionan asuntos que no sean controversiales pero que tienen que pasar por esta jurisdiccion En estos casos no se promueve contienda alguna entre las partes no existiendo por tanto oposicion de legitimo contradictor sin embargo por ley requeriran intervencion del juez Jurisdiccion ordinaria Concentra todas las especialidades de la labor jurisdiccional a diferencia de lo que acontecia en decadas anteriores que coexistia con fueros privativos como el agrario y el de trabajo Jurisdiccion especial Atiende asuntos que no se relacionan con la justicia ordinaria Varios ejemplos pueden ser la jurisdiccion militar y la indigena Momentos de la jurisdiccion EditarEstos momentos representan el desenvolvimiento del ejercicio de la funcion jurisdiccional en el proceso o sea conocer juzgar y hacer cumplir lo resuelto Fase del conocimiento Editar En esta etapa el tribunal recibe los antecedentes que le permiten posteriormente resolver el litigio Encontramos a su vez dos sub etapas de discusion y de prueba Discusion Las partes alegan sus pretensiones y hace valer sus defensas Prueba Las partes ofrecen al tribunal y rinden todas las probanzas necesarias para apoyar sus pretensiones y convencer al tribunal que lo que ellos plantean es verdad Ningun tribunal puede juzgar sin conocer el asunto sometido a su decision Es decir sin escuchar a las partes o recibir las evidencias o pruebas Fase de la decision Editar En virtud de esta el tribunal declara el derecho frente al caso concreto propuesto por las partes lo que hace a traves del acto procesal llamado generalmente sentencia judicial Esta etapa de juzgamiento supone siempre la existencia del periodo anterior Es considerado el momento de la jurisdiccion mas importante pues pone termino al conflicto mediante el pronunciamiento de la sentencia Aqui encontramos dos tipos de jurisdiccion la jurisdiccion legal y la jurisdiccion de equidad La primera significa que el juez debe resolver de acuerdo a la legislacion vigente En cambio en la ultima el juez extrae de su experiencia lo que debe resolver acudiendo para eso a los principios generales del derecho y a la equidad natural No esta demas senalar que nuestro sistema acoge a la jurisdiccion legal Fase imperium de la ejecucion Editar La mayoria de los autores estan de acuerdo que el poder de coercion es inherente a la jurisdiccion es decir que es de la esencia que el tribunal de justicia tiene la facultad de hacer cumplir lo resuelto ejecucion o cumplimiento del fallo Algunos autores niegan la actividad jurisdiccional en esta ultima etapa especialmente en relacion al Derecho procesal penal sosteniendo que esta a cargo de una autoridad administrativa Se argumenta en contra que aun cuando en ciertos casos la sentencia se cumple administrativamente la regla general es que se hagan cumplir por la via jurisdiccional Las resoluciones judiciales en la generalidad de los casos se cumplen a traves de lo que la doctrina denomina auxilios jurisdiccionales Limites de la jurisdiccion EditarLa actividad jurisdiccional se ejerce en el tiempo y en el espacio En consecuencia se habla que la jurisdiccion posee limites atendido el tiempo que la posee su titular y el ambito espacial donde ella se ejerce Limites en cuanto al tiempo puesto que una persona es juez porque esta investido de la jurisdiccion y esta se ostenta porque se es juez El limite de la jurisdiccion sera el tiempo senalado por la Constitucion o las leyes para el desempeno del cargo de juez Limites en cuanto al espacio se acostumbra a clasificarlos en Limites externos se entiende por tales a todos los elementos que permiten delimitar la zona de vigencia y aplicacion en el espacio Por regla general sera limite de la jurisdiccion la soberania de los Estados Limites internos son los que miran a la misma jurisdiccion prescindiendo de aquella pertenecientes a otros Estados como tambien de las funciones atribuidas a los demas organos del propio Estado Surgiendo asi la nocion de competencia Dentro de los limites de la jurisdiccion se reconoce como limite el Respeto de los Derechos fundamentales esta limitacion se justifica por el hecho que la propia jurisdiccion no puede pasar por sobre los derechos que se le reconocen al hombre por su calidad de tal Estos limites pueden dar origen a disputas entre Estados conflictos internacionales entre dos poderes del Estado u organos de distintas ramas del mismo poder contiendas de jurisdiccion o entre dos o mas poderes del Estado por sus atribuciones contiendas de atribuciones Vease tambien Editar Portal Derecho Contenido relacionado con Derecho Competencia judicial Cosa juzgada Equivalente jurisdiccional Poder Judicial SoberaniaReferencias Editar Jurisdiccion Enciclopedia juridica Consultado el 26 de enero de 2015 Jurisdiccion Inoponible Consultado el 19 de junio de 2017 Bibliografia EditarQuisbert E La Jurisdiccion La Paz Bolivia AJ 2009 Enlaces externos Editar Wikcionario tiene definiciones y otra informacion sobre Jurisdiccion Datos Q471855 Obtenido de https es wikipedia org w index php title Jurisdiccion amp oldid 130229972, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

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