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Juntas Generales de Guipúzcoa

Las Juntas Generales de Guipúzcoa son el parlamento y órgano legislativo del territorio histórico y provincia de Guipúzcoa, que a su vez forma parte de la comunidad autónoma del País Vasco en España.

Juntas Generales de Guipúzcoa
Gipuzkoako Batzar Nagusiak
(XI legislatura)

Escudo de Guipúzcoa
Datos generales
Ámbito  Guipúzcoa
Creación 26 de enero de 1979[1]
Tipo Unicameral
Liderazgo
Presidente Xabier Eceizabarrena (PNV)
desde el 19 de junio de 2019
Diputado General de Guipúzcoa Markel Olano (PNV)
desde el 23 de junio de 2015
Composición
Miembros 51 miembros
Grupos representados

Gobierno

Oposición

Elecciones
Sistema electoral general Representación proporcional en distritos plurinomiales
Última elección 26 de mayo de 2019
Sede de las Juntas Generales desde 2007.
Edificio de la Diputación Foral de Guipúzcoa en la Plaza de Guipúzcoa de San Sebastián. Sede de las Juntas Generales hasta 2007.

La sede de las Juntas Generales se hallaba provisionalmente hasta 2007 en «Etxe Zuri» (en euskera: «Casa Blanca»), en el barrio de Aiete de San Sebastián. Sin embargo, por falta de espacio, los plenos se celebraban en el edificio de la Diputación Foral de Guipúzcoa. En 2007 se inauguró la actual sede de las Juntas Generales, ubicada en el Parque Tecnológico de Miramón en San Sebastián.

Atribuciones

Entre las atribuciones que poseen las Juntas Generales se encuentran:

  • Aprobación de normas forales, mediante las cuales se regulan materias en las que el territorio histórico tiene competencias. Cuando se trata de competencias exclusivas del territorio histórico esas normas forales tienen rango equivalente a ley. Entre las materias en las que Guipúzcoa tiene competencias exclusivas se encuentran el funcionamiento de los órganos forales como la Diputación Foral de Guipúzcoa o las propias Juntas Generales; los presupuestos y cuentas del territorio histórico, los planes sectoriales, el régimen tributario, el régimen tributario y de financiación de los ayuntamientos, los bienes provinciales y municipales, y las demarcaciones municipales.
  • Elección del diputado general, que es la cabeza del poder ejecutivo del territorio histórico.
  • Aprobación de los presupuestos del territorio histórico.
  • Control e impulso de la actividad de la Diputación Foral de Guipúzcoa.

Historia

La historia de las Juntas Generales de Guipúzcoa puede dividirse a grandes rasgos en dos periodos: de 1397 a 1876 y de 1979 a la actualidad.

Sus primeras Juntas se celebraron en la Iglesia de San Salvador de Guetaria. En ese primer periodo las Juntas Generales de Guipúzcoa acumulaban tanto el poder ejecutivo, como el legislativo y el judicial sobre el territorio de Guipúzcoa, sin haber una clara división de poderes y siendo el máximo órgano de poder de dicho territorio. Las Juntas funcionaban como una asamblea representativa de las villas que conformaban la provincia de Guipúzcoa que se reunía cada cierto tiempo para hacer uso de sus atribuciones que, como hemos dicho antes, abarcaban tanto aspectos ejecutivos y legislativos como judiciales. Para los períodos entre junta y junta, las Juntas Generales nombraban la Diputación Foral de Guipúzcoa, que era el órgano encargado de dirigir la provincia en el día a día y llevar a cabo lo acordado por las Juntas Generales. Al frente de la Diputación se encontraba el Diputado General, cuyo mandato duraba de junta a junta. Este órgano ejecutivo estaba, en cualquier caso, subordinado a las Juntas Generales.

Atribuciones

De acuerdo a la norma foral escrita y las costumbres tradicionales las atribuciones de las Juntas Generales de Guipúzcoa eran las siguientes:

  1. Hacer guardar las leyes y ordenanzas. Esta labor la realizaban de forma conjunta con el Corregidor, figura que era nombrada por el rey.
  2. Realizar el repartimiento fogueral, es decir determinar los impuestos y modo de recaudación de los mismos entre los diferentes elementos de la provincia.
  3. Recibir el juramento de los Fueros por el rey.
  4. Nombrar la Diputación de Guipúzcoa, así como al resto de los elementos directivos de la provincia salvo los que emanaban de la Corona como el Corregidor.
  5. Instrumentar el pase foral a la legislación de origen real (vetar aquellas leyes reales que contravenían los Fueros).
  6. Efectuar las levas militares y llamar a las armas a las milicias forales, encargadas de defender el territorio de Guipúzcoa. El ejército real solo disponía en Guipúzcoa de guarniciones fronterizas localizadas en Fuenterrabía y San Sebastián, quedando la defensa del resto del territorio bajo responsabilidad de las Juntas Generales.
  7. Administrar la provincia estableciendo el presupuesto general, cuidando de la red viaria, pesas, medidas, problemas municipales, etc.
  8. Ejercer funciones judiciales atendiendo a todas las reclamaciones, corrigiendo sentencias, mediando en pleitos entre concejos, villas y vecinos, etc.
Juntas ordinarias y extraordinarias

Existían dos tipos de Juntas Generales, las juntas ordinarias y las extraordinarias. Las juntas ordinarias se celebraban bajo una cierta periodicidad, que fue variando con el tiempo; en un principio esta periodicidad no estaba establecida. En 1472 se estableció que las juntas ordinarias se celebraran cada dos años y finalmente en 1677 se estableció que tuvieran un carácter anual. Cuando algún hecho concreto de suficiente importancia ocurría en el periodo entre dos juntas ordinarias (por ejemplo estallaba una guerra); se convocaban juntas extraordinarias.

Al contrario que Vizcaya o Álava, donde sus Juntas Generales se reunían siempre en un mismo sitio; las Juntas Generales de Guipúzcoa eran itinerantes; es decir se reunían cada vez en una villa diferente. Las 18 localidades en las que se reunían las Juntas quedaron fijadas en 1472 y también fue fijado el orden en el que se irían rotando: Segura, Azpeitia, Zarauz, Ordicia, Azcoitia, Zumaya, Fuenterrabía, Vergara, Motrico, Tolosa, Mondragón, San Sebastián, Hernani, Elgóibar, Deva, Rentería, Guetaria y Cestona.

Probablemente acudieran a las primeras juntas toda clase de procuradores sin mayor distinción social ni de sexo; pero en el siglo XVI se establecieron varios condicionantes de elegilibidad que perdurarían hasta el siglo XIX; solo podían ser junteros aquellos varones, poseedores de cierta renta, vecinos afincados de la localidad a la que representaban y de limpieza de sangre asegurada y probada (lo que solía suponer un cierto desembolso económico). También se les exigía hablar y escribir en castellano, lengua de la administración. Ni sacerdotes ni abogados podían ser junteros. Cada concejo o villa con derecho a voto podía enviar un juntero. En Guipúzcoa los concejos o villas más pequeños se agrupaban en Uniones forales que acumulaban los fuegos (votos) de sus componentes y mandaban un único representante común a las Juntas Generales. Los votos (denominados fuegos) de cada juntero eran proporcionales a la población de la villa, concejo o unión a la que representaba. Generalmente la oligarquía de cada concejo o villa controlaba la elección del representante de turno y de tal manera influía en las Juntas Generales, defendiendo los intereses particulares de cada localidad.

En 1845 se incorpora la villa de Oñate.

Abolición del régimen foral

Las Juntas Generales dejaron de celebrarse como consecuencia de la aplicación de la ley del 21 de julio de 1876 que derogaba el régimen foral vasco. Esa ley se aprobó al poco de finalizar la Tercera Guerra Carlista (1872-1876), en la que el País Vasco y Navarra habían sido el principal bastión del pretendiente carlista al trono, que resultó derrotado en la guerra.

Durante un siglo la recuperación del régimen foral y de las Juntas Generales fue una de las principales reivindicaciones del nacionalismo vasco, movimiento político surgido en parte a causa del malestar producido por la derogación de los Fueros y de las Juntas Generales.

Recuperación de los fueros

Su recuperación se produjo durante la Transición. El Real Decreto del 4 de enero de 1978 que estableció el régimen preautonómico para el País Vasco, autorizaba al Gobierno a restablecer, antes de las elecciones municipales, sobre la base del respeto al régimen foral vigente, las Juntas Generales.

El paso fundamental se produjo con la Constitución Española que se aprobó ese mismo año y que derogó definitivamente la ley de 1876 al reconocer los derechos forales de las 4 provincias vasco-navarras en su disposición adicional primera donde se puede leer: La Constitución ampara y respeta los derechos históricos de los territorios forales. La actualización general de dicho régimen foral se llevará a cabo, en su caso, en el marco de la Constitución y de los Estatutos de Autonomía.

El Real Decreto del 26 de enero de 1979 es el que resucita definitivamente las Juntas Generales de Guipúzcoa, que quedan definidas de la siguiente manera:

  • Artículo 1º: Las Juntas Generales de Guipúzcoa son, conforme a su tradición histórica, el órgano de participación del pueblo guipuzcoano en la administración y gobierno provincial.
  • Artículo 2º: Los Municipios de Guipúzcoa, a los efectos prevenidos en el presente Real Decreto, se agrupan en comarcas o circunscripciones electorales, coincidentes con el ámbito territorial de los Partidos judiciales de Azpeitia, San Sebastián, Tolosa y Vergara.

Las nuevas Juntas Generales surgidas en 1979 son una institución moderna basada en el sufragio universal y que tiene un carácter legislativo. Su sede quedó fijada en la capital de la provincia, San Sebastián.

Composición

Las Juntas Generales actualmente están formadas por 51 junteros que son elegidos por sufragio universal. Las elecciones a las Juntas Generales se celebran cada cuatro años y suelen ser coincidentes con las elecciones municipales.

Circunscripciones

La elección de los junteros se realiza sobre la base de cuatro circunscripciones electorales:[2][3]

 

Para poder optar al reparto de escaños en una circunscripción, cada candidatura debe obtener al menos el 3% de los votos válidos emitidos en dicha circunscripción. Las circunscripciones no se ajustan del todo a las tradicionales demarcaciones comarcales; la de Donostialdea no comprende toda la comarca de San Sebastián, sino solo San Sebastián y la subcomarca de Buruntzaldea; Deva-Urola, comprende las comarcas del Alto Deva, Bajo Deva, Urola Costa y la subcomarca del Alto Urola. Bidasoa-Oiartzun comprende el Bajo Bidasoa y la subcomarca de Oarsoaldea. Finalmente, Oria comprende Tolosaldea y lo que propiamente es el Goyerri.

Composición actual

A partir de las elecciones forales de 2019 la composición de las Juntas Generales de Guipúzcoa pasó a ser la siguiente:

Resultados

Candidatura Donostialdea Deba-Urola Bidasoa-Oiartzun Oria Total
Junteros Junteros Junteros Junteros Junteros +/–
EAJ-PNV 6 6 4 4 20   2
EH Bildu 4 6 3 4 17  
PSE-EE 4 1 3 1 9  
Elkarrekin Podemos 2 1 1 0 4   2
PP 1 0 0 0 1  

Composición de la mesa

Su actual presidente es Xabier Ezeizabarrena del Partido Nacionalista Vasco, nombrada el 19 de junio de 2019. La primera vicepresidencia fue para Ernesto Merino de Euskal Herria Bildu y la segunda vicepresidencia para Julio Astudillo del Partido Socialista de Euskadi, mientras que la secretaría primera recayó en Mariví Eizagirre Ballesteros de Podemos y la secretaría segunda en Saioa Bandrés Moneo del Partido Nacionalista Vasco.

Composición histórica

El reparto de los junteros desde las elecciones de 1979 es el siguiente:

1979 1983 1987 1991 1995 1999 2003 2007 2011 2015 2019
EAJ-PNV 33 25 6 12 12 10 17 16 14 18 20
EH Bildu / Bildu 22 17 17
PSE-EE 12 12 9 9 9 10 12 16 10 9 9
EP / Podemos 6 4
PP / AP / CI 4 1 1 2 7 8 8 6 4 1 1
Aralar 1 2 1
EB-B / EPK 2 3 4
EA 16 12 10 9 10 7
ANV / EH / HB 19 10 14 12 11 14 # #
EE 10 3 5 4
CDS / UCD 3
Total 81 51 51 51 51 51 51 51 51 51 51

# Sus candidaturas fueron ilegalizadas.

Véase también

Notas y referencias

  1. Órgano Foral
  2. «Ley 1/1987, de 27 de Marzo, de Elecciones para las Juntas Generales de los Territorios Históricos de Araba, Bizkaia y Gipuzkoa» (PDF). Boletín Oficial del País Vasco (72): 1514-1519. 10 de abril de 1987. Consultado el 9 de enero de 2013. 
  3. «Ley 1/1987, de 27 de marzo, de Elecciones para las Juntas Generales de los Territorios Históricos de Araba, Bizkaia y Gipuzkoa» (PDF). Boletín Oficial del Estado (70): 25029-25033. 22 de marzo de 2012. ISSN 0212-033X. Consultado el 9 de enero de 2013. 

Bibliografía utilizada

  • «Juntas Generales». Enciclopedia Auñamendi. Fondo Bernardo Estornés Lasa. Fundación Euskomedia de Eusko Ikaskuntza. Consultado el 9 de enero de 2013. 

Enlaces externos

  •   Wikimedia Commons alberga una categoría multimedia sobre Juntas Generales de Guipúzcoa.
  • Web de las Juntas Generales de Guipúzcoa
  • Archivo de resultados electorales del Gobierno Vasco
  • Memoria de los primeros 25 años de las Juntas Generales de Guipúzcoa
  •   Datos: Q4890912
  •   Multimedia: Gipuzkoako Batzar Nagusiak-Juntas Generales de Gipuzkoa

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Las Juntas Generales de Guipuzcoa son el parlamento y organo legislativo del territorio historico y provincia de Guipuzcoa que a su vez forma parte de la comunidad autonoma del Pais Vasco en Espana Juntas Generales de GuipuzcoaGipuzkoako Batzar Nagusiak XI legislatura Escudo de GuipuzcoaDatos generalesAmbito GuipuzcoaCreacion26 de enero de 1979 1 TipoUnicameralLiderazgoPresidenteXabier Eceizabarrena PNV desde el 19 de junio de 2019Diputado General de GuipuzcoaMarkel Olano PNV desde el 23 de junio de 2015ComposicionMiembros51 miembrosGrupos representadosGobierno PNV 20 PSE EE 9Oposicion EH Bildu 17 EP 4 PP 1EleccionesSistema electoral generalRepresentacion proporcional en distritos plurinomialesUltima eleccion26 de mayo de 2019IX legislatura XI legislatura XI legislatura editar datos en Wikidata Sede de las Juntas Generales desde 2007 Edificio de la Diputacion Foral de Guipuzcoa en la Plaza de Guipuzcoa de San Sebastian Sede de las Juntas Generales hasta 2007 La sede de las Juntas Generales se hallaba provisionalmente hasta 2007 en Etxe Zuri en euskera Casa Blanca en el barrio de Aiete de San Sebastian Sin embargo por falta de espacio los plenos se celebraban en el edificio de la Diputacion Foral de Guipuzcoa En 2007 se inauguro la actual sede de las Juntas Generales ubicada en el Parque Tecnologico de Miramon en San Sebastian Indice 1 Atribuciones 2 Historia 2 1 Abolicion del regimen foral 2 2 Recuperacion de los fueros 3 Composicion 3 1 Circunscripciones 3 2 Composicion actual 3 2 1 Composicion de la mesa 3 3 Composicion historica 4 Vease tambien 5 Notas y referencias 6 Bibliografia utilizada 7 Enlaces externosAtribuciones EditarEntre las atribuciones que poseen las Juntas Generales se encuentran Aprobacion de normas forales mediante las cuales se regulan materias en las que el territorio historico tiene competencias Cuando se trata de competencias exclusivas del territorio historico esas normas forales tienen rango equivalente a ley Entre las materias en las que Guipuzcoa tiene competencias exclusivas se encuentran el funcionamiento de los organos forales como la Diputacion Foral de Guipuzcoa o las propias Juntas Generales los presupuestos y cuentas del territorio historico los planes sectoriales el regimen tributario el regimen tributario y de financiacion de los ayuntamientos los bienes provinciales y municipales y las demarcaciones municipales Eleccion del diputado general que es la cabeza del poder ejecutivo del territorio historico Aprobacion de los presupuestos del territorio historico Control e impulso de la actividad de la Diputacion Foral de Guipuzcoa Historia EditarLa historia de las Juntas Generales de Guipuzcoa puede dividirse a grandes rasgos en dos periodos de 1397 a 1876 y de 1979 a la actualidad Sus primeras Juntas se celebraron en la Iglesia de San Salvador de Guetaria En ese primer periodo las Juntas Generales de Guipuzcoa acumulaban tanto el poder ejecutivo como el legislativo y el judicial sobre el territorio de Guipuzcoa sin haber una clara division de poderes y siendo el maximo organo de poder de dicho territorio Las Juntas funcionaban como una asamblea representativa de las villas que conformaban la provincia de Guipuzcoa que se reunia cada cierto tiempo para hacer uso de sus atribuciones que como hemos dicho antes abarcaban tanto aspectos ejecutivos y legislativos como judiciales Para los periodos entre junta y junta las Juntas Generales nombraban la Diputacion Foral de Guipuzcoa que era el organo encargado de dirigir la provincia en el dia a dia y llevar a cabo lo acordado por las Juntas Generales Al frente de la Diputacion se encontraba el Diputado General cuyo mandato duraba de junta a junta Este organo ejecutivo estaba en cualquier caso subordinado a las Juntas Generales AtribucionesDe acuerdo a la norma foral escrita y las costumbres tradicionales las atribuciones de las Juntas Generales de Guipuzcoa eran las siguientes Hacer guardar las leyes y ordenanzas Esta labor la realizaban de forma conjunta con el Corregidor figura que era nombrada por el rey Realizar el repartimiento fogueral es decir determinar los impuestos y modo de recaudacion de los mismos entre los diferentes elementos de la provincia Recibir el juramento de los Fueros por el rey Nombrar la Diputacion de Guipuzcoa asi como al resto de los elementos directivos de la provincia salvo los que emanaban de la Corona como el Corregidor Instrumentar el pase foral a la legislacion de origen real vetar aquellas leyes reales que contravenian los Fueros Efectuar las levas militares y llamar a las armas a las milicias forales encargadas de defender el territorio de Guipuzcoa El ejercito real solo disponia en Guipuzcoa de guarniciones fronterizas localizadas en Fuenterrabia y San Sebastian quedando la defensa del resto del territorio bajo responsabilidad de las Juntas Generales Administrar la provincia estableciendo el presupuesto general cuidando de la red viaria pesas medidas problemas municipales etc Ejercer funciones judiciales atendiendo a todas las reclamaciones corrigiendo sentencias mediando en pleitos entre concejos villas y vecinos etc Juntas ordinarias y extraordinariasExistian dos tipos de Juntas Generales las juntas ordinarias y las extraordinarias Las juntas ordinarias se celebraban bajo una cierta periodicidad que fue variando con el tiempo en un principio esta periodicidad no estaba establecida En 1472 se establecio que las juntas ordinarias se celebraran cada dos anos y finalmente en 1677 se establecio que tuvieran un caracter anual Cuando algun hecho concreto de suficiente importancia ocurria en el periodo entre dos juntas ordinarias por ejemplo estallaba una guerra se convocaban juntas extraordinarias Al contrario que Vizcaya o Alava donde sus Juntas Generales se reunian siempre en un mismo sitio las Juntas Generales de Guipuzcoa eran itinerantes es decir se reunian cada vez en una villa diferente Las 18 localidades en las que se reunian las Juntas quedaron fijadas en 1472 y tambien fue fijado el orden en el que se irian rotando Segura Azpeitia Zarauz Ordicia Azcoitia Zumaya Fuenterrabia Vergara Motrico Tolosa Mondragon San Sebastian Hernani Elgoibar Deva Renteria Guetaria y Cestona Probablemente acudieran a las primeras juntas toda clase de procuradores sin mayor distincion social ni de sexo pero en el siglo XVI se establecieron varios condicionantes de elegilibidad que perdurarian hasta el siglo XIX solo podian ser junteros aquellos varones poseedores de cierta renta vecinos afincados de la localidad a la que representaban y de limpieza de sangre asegurada y probada lo que solia suponer un cierto desembolso economico Tambien se les exigia hablar y escribir en castellano lengua de la administracion Ni sacerdotes ni abogados podian ser junteros Cada concejo o villa con derecho a voto podia enviar un juntero En Guipuzcoa los concejos o villas mas pequenos se agrupaban en Uniones forales que acumulaban los fuegos votos de sus componentes y mandaban un unico representante comun a las Juntas Generales Los votos denominados fuegos de cada juntero eran proporcionales a la poblacion de la villa concejo o union a la que representaba Generalmente la oligarquia de cada concejo o villa controlaba la eleccion del representante de turno y de tal manera influia en las Juntas Generales defendiendo los intereses particulares de cada localidad En 1845 se incorpora la villa de Onate Abolicion del regimen foral Editar Las Juntas Generales dejaron de celebrarse como consecuencia de la aplicacion de la ley del 21 de julio de 1876 que derogaba el regimen foral vasco Esa ley se aprobo al poco de finalizar la Tercera Guerra Carlista 1872 1876 en la que el Pais Vasco y Navarra habian sido el principal bastion del pretendiente carlista al trono que resulto derrotado en la guerra Durante un siglo la recuperacion del regimen foral y de las Juntas Generales fue una de las principales reivindicaciones del nacionalismo vasco movimiento politico surgido en parte a causa del malestar producido por la derogacion de los Fueros y de las Juntas Generales Recuperacion de los fueros Editar Su recuperacion se produjo durante la Transicion El Real Decreto del 4 de enero de 1978 que establecio el regimen preautonomico para el Pais Vasco autorizaba al Gobierno a restablecer antes de las elecciones municipales sobre la base del respeto al regimen foral vigente las Juntas Generales El paso fundamental se produjo con la Constitucion Espanola que se aprobo ese mismo ano y que derogo definitivamente la ley de 1876 al reconocer los derechos forales de las 4 provincias vasco navarras en su disposicion adicional primera donde se puede leer La Constitucion ampara y respeta los derechos historicos de los territorios forales La actualizacion general de dicho regimen foral se llevara a cabo en su caso en el marco de la Constitucion y de los Estatutos de Autonomia El Real Decreto del 26 de enero de 1979 es el que resucita definitivamente las Juntas Generales de Guipuzcoa que quedan definidas de la siguiente manera Articulo 1º Las Juntas Generales de Guipuzcoa son conforme a su tradicion historica el organo de participacion del pueblo guipuzcoano en la administracion y gobierno provincial Articulo 2º Los Municipios de Guipuzcoa a los efectos prevenidos en el presente Real Decreto se agrupan en comarcas o circunscripciones electorales coincidentes con el ambito territorial de los Partidos judiciales de Azpeitia San Sebastian Tolosa y Vergara Las nuevas Juntas Generales surgidas en 1979 son una institucion moderna basada en el sufragio universal y que tiene un caracter legislativo Su sede quedo fijada en la capital de la provincia San Sebastian Composicion EditarLas Juntas Generales actualmente estan formadas por 51 junteros que son elegidos por sufragio universal Las elecciones a las Juntas Generales se celebran cada cuatro anos y suelen ser coincidentes con las elecciones municipales Circunscripciones Editar La eleccion de los junteros se realiza sobre la base de cuatro circunscripciones electorales 2 3 Donostialdea 17 integrada por los municipios de Astigarraga San Sebastian Hernani Lasarte Oria Urnieta y Usurbil Bidasoa Oyarzun 11 integrada por los municipios de Fuenterrabia Irun Lezo Oyarzun Pasajes y Renteria Oria 9 integrada por los municipios de Abalcisqueta Aduna Albistur Alegria de Oria Alquiza Alzo Amezqueta Andoain Anoeta Arama Asteasu Ataun Beasain Belaunza Berastegui Berrobi Cegama Cerain Cizurquil Elduayen Ezquioga Ichaso Gaviria Gainza Hernialde Ibarra Idiazabal Iruerrieta Irura Isasondo Larraul Lazcano Leaburu Gaztelu Legazpia Legorreta Lizarza Mutiloa Olaberria Ordicia Oreja Ormaiztegui Segura Tolosa Villarreal de Urrechua Villabona Zaldivia y Zumarraga Deva Urola 14 integrada por los municipios de Aizarnazabal Anzuola Arechavaleta Aya Azcoitia Azpeitia Beizama Bidegoyan Cestona Deva Eibar Elgueta Elgoibar Escoriaza Guetaria Salinas de Leniz Mendaro Mondragon Motrico Onate Orio Placencia de las Armas Regil Vergara Zarauz y Zumaya Para poder optar al reparto de escanos en una circunscripcion cada candidatura debe obtener al menos el 3 de los votos validos emitidos en dicha circunscripcion Las circunscripciones no se ajustan del todo a las tradicionales demarcaciones comarcales la de Donostialdea no comprende toda la comarca de San Sebastian sino solo San Sebastian y la subcomarca de Buruntzaldea Deva Urola comprende las comarcas del Alto Deva Bajo Deva Urola Costa y la subcomarca del Alto Urola Bidasoa Oiartzun comprende el Bajo Bidasoa y la subcomarca de Oarsoaldea Finalmente Oria comprende Tolosaldea y lo que propiamente es el Goyerri Composicion actual Editar A partir de las elecciones forales de 2019 la composicion de las Juntas Generales de Guipuzcoa paso a ser la siguiente ResultadosCandidatura Donostialdea Deba Urola Bidasoa Oiartzun Oria TotalJunteros Junteros Junteros Junteros Junteros EAJ PNV 6 6 4 4 20 2EH Bildu 4 6 3 4 17 PSE EE 4 1 3 1 9 Elkarrekin Podemos 2 1 1 0 4 2PP 1 0 0 0 1 Composicion de la mesa Editar Su actual presidente es Xabier Ezeizabarrena del Partido Nacionalista Vasco nombrada el 19 de junio de 2019 La primera vicepresidencia fue para Ernesto Merino de Euskal Herria Bildu y la segunda vicepresidencia para Julio Astudillo del Partido Socialista de Euskadi mientras que la secretaria primera recayo en Marivi Eizagirre Ballesteros de Podemos y la secretaria segunda en Saioa Bandres Moneo del Partido Nacionalista Vasco Composicion historica Editar El reparto de los junteros desde las elecciones de 1979 es el siguiente 1979 1983 1987 1991 1995 1999 2003 2007 2011 2015 2019EAJ PNV 33 25 6 12 12 10 17 16 14 18 20EH Bildu Bildu 22 17 17PSE EE 12 12 9 9 9 10 12 16 10 9 9EP Podemos 6 4PP AP CI 4 1 1 2 7 8 8 6 4 1 1Aralar 1 2 1EB B EPK 2 3 4 EA 16 12 10 9 10 7ANV EH HB 19 10 14 12 11 14 EE 10 3 5 4CDS UCD 3 Total 81 51 51 51 51 51 51 51 51 51 51 Sus candidaturas fueron ilegalizadas Vease tambien EditarDiputacion Foral de Guipuzcoa Gobierno Vasco Fueros Guipuzcoa Juntas Generales de Alava Juntas Generales de Vizcaya Notas y referencias Editar organo Foral Ley 1 1987 de 27 de Marzo de Elecciones para las Juntas Generales de los Territorios Historicos de Araba Bizkaia y Gipuzkoa PDF Boletin Oficial del Pais Vasco 72 1514 1519 10 de abril de 1987 Consultado el 9 de enero de 2013 Ley 1 1987 de 27 de marzo de Elecciones para las Juntas Generales de los Territorios Historicos de Araba Bizkaia y Gipuzkoa PDF Boletin Oficial del Estado 70 25029 25033 22 de marzo de 2012 ISSN 0212 033X Consultado el 9 de enero de 2013 Bibliografia utilizada Editar Juntas Generales Enciclopedia Aunamendi Fondo Bernardo Estornes Lasa Fundacion Euskomedia de Eusko Ikaskuntza Consultado el 9 de enero de 2013 Enlaces externos Editar Wikimedia Commons alberga una categoria multimedia sobre Juntas Generales de Guipuzcoa Web de las Juntas Generales de Guipuzcoa Archivo de resultados electorales del Gobierno Vasco Memoria de los primeros 25 anos de las Juntas Generales de Guipuzcoa Datos Q4890912 Multimedia Gipuzkoako Batzar Nagusiak Juntas Generales de GipuzkoaObtenido de https es wikipedia org w index php title Juntas Generales de Guipuzcoa amp oldid 136706411, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

español

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