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Mora (Derecho)

La mora es el retraso culpable o deliberado en el cumplimiento de una obligación o deber. Así pues, no todo retraso en el cumplimiento del deudor implica la existencia de mora en su actuación.[1]

Un retraso intencionado en el cumplimiento de una obligación supone un incumplimiento parcial, que puede provocar perjuicios más o menos graves en el acreedor, y como tal incumplimiento es tratado en los diferentes ordenamientos jurídicos.

Ahora bien, si el retraso en el cumplimiento del deudor se debe a la concurrencia de una acción u omisión del acreedor que impide que el deudor pueda cumplir a su debido tiempo, se dice que existe mora del acreedor y puede tener efectos liberatorios para el deudor de las responsabilidades derivadas de su falta de oportuno cumplimiento.

Requisitos

El deudor está en mora:

  1. Cuando no ha cumplido la obligación dentro del término estipulado, salvo que la ley o el contrato exijan que el acreedor deba requerir primero al deudor el cumplimiento para constituirlo en mora.
  2. Cuando la deuda debió de ser dada o ejecutada dentro de cierto tiempo, por haberse fijado un término o señalado un plazo para ello, y el deudor lo ha dejado pasar sin darla o ejecutarla.
  3. En todo caso, es necesario que la causa del retraso en el cumplimiento pueda ser imputada a la acción u omisión voluntaria o negligente del deudor, sin concurrir mora del acreedor, caso fortuito ni fuerza mayor.

Iniciación

Su iniciación se produce: a) En las obligaciones a plazo suspensivo, a partir de su vencimiento b) En las obligaciones sin plazo suspensivo. Si es obligación de dar, la mora comienza (en el Derecho mexicano) después de 30 días de la interpelación al deudor. Si es de hacer, comienza a partir del momento en que el acreedor exige su cumplimiento, y haya transcurrido un tiempo razonable y prudente para el cumplimiento de la obligación.

Consecuencias de la mora

Si bien las consecuencias concretas de la mora en una obligación dependerán de lo pactado, y del tipo de obligación, son habituales las siguientes consecuencias:[2]

  1. Supone un incumplimiento contractual, que podría acarrear una resciliación si el contrato es de tracto sucesivo y la mora tiene cierta gravedad.
  2. Es habitual que se obligue al deudor a indemnizar con el pago de intereses de demora. A falta de convenio expreso suscrito entre las partes interesadas que establezca la cuantía de estos intereses, en España se aplica la legislación sobre el Interés legal del dinero.
  3. También cabe reclamar otros daños y perjuicios provocados por el incumplimiento, que se han de acreditar.

Mora en obligaciones de hacer

Si la obligación es de hacer, y el deudor se constituye en mora, el acreedor podrá pedir, junto con la indemnización de la mora, a elección suya:

  1. La ejecución por parte del deudor de lo convenido.
  2. Que se le autorice a él mismo para hacerlo ejecutar a un tercero a expensas del deudor.
  3. Que el deudor la indemnice de los prejuicios resultantes de la infracción del pico (mora)

Sobrestadía o demora

En el tráfico de mercancías, y especialmente en el transporte marítimo, es posible que la estadía del buque en puerto se sobrepase si el fletador no realiza a tiempo la correspondiente carga o descarga. En tal caso se dice que ha incurrido en demora y debe indemnizar al armador (en inglés, demurrage).

Tal concepto se aplica también a la convertibilidad de algunas monedas, que exigen una tasa a su devolución (por ejemplo, E-gold, la libremoneda, o Terra).

Véase también

Referencias

Bibliografía

  •   Datos: Q13422045

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La mora es el retraso culpable o deliberado en el cumplimiento de una obligacion o deber Asi pues no todo retraso en el cumplimiento del deudor implica la existencia de mora en su actuacion 1 Un retraso intencionado en el cumplimiento de una obligacion supone un incumplimiento parcial que puede provocar perjuicios mas o menos graves en el acreedor y como tal incumplimiento es tratado en los diferentes ordenamientos juridicos Ahora bien si el retraso en el cumplimiento del deudor se debe a la concurrencia de una accion u omision del acreedor que impide que el deudor pueda cumplir a su debido tiempo se dice que existe mora del acreedor y puede tener efectos liberatorios para el deudor de las responsabilidades derivadas de su falta de oportuno cumplimiento Indice 1 Requisitos 2 Iniciacion 3 Consecuencias de la mora 4 Mora en obligaciones de hacer 5 Sobrestadia o demora 6 Vease tambien 7 Referencias 8 BibliografiaRequisitos EditarEl deudor esta en mora Cuando no ha cumplido la obligacion dentro del termino estipulado salvo que la ley o el contrato exijan que el acreedor deba requerir primero al deudor el cumplimiento para constituirlo en mora Cuando la deuda debio de ser dada o ejecutada dentro de cierto tiempo por haberse fijado un termino o senalado un plazo para ello y el deudor lo ha dejado pasar sin darla o ejecutarla En todo caso es necesario que la causa del retraso en el cumplimiento pueda ser imputada a la accion u omision voluntaria o negligente del deudor sin concurrir mora del acreedor caso fortuito ni fuerza mayor Iniciacion EditarSu iniciacion se produce a En las obligaciones a plazo suspensivo a partir de su vencimiento b En las obligaciones sin plazo suspensivo Si es obligacion de dar la mora comienza en el Derecho mexicano despues de 30 dias de la interpelacion al deudor Si es de hacer comienza a partir del momento en que el acreedor exige su cumplimiento y haya transcurrido un tiempo razonable y prudente para el cumplimiento de la obligacion Consecuencias de la mora EditarSi bien las consecuencias concretas de la mora en una obligacion dependeran de lo pactado y del tipo de obligacion son habituales las siguientes consecuencias 2 Supone un incumplimiento contractual que podria acarrear una resciliacion si el contrato es de tracto sucesivo y la mora tiene cierta gravedad Es habitual que se obligue al deudor a indemnizar con el pago de intereses de demora A falta de convenio expreso suscrito entre las partes interesadas que establezca la cuantia de estos intereses en Espana se aplica la legislacion sobre el Interes legal del dinero Tambien cabe reclamar otros danos y perjuicios provocados por el incumplimiento que se han de acreditar Mora en obligaciones de hacer EditarSi la obligacion es de hacer y el deudor se constituye en mora el acreedor podra pedir junto con la indemnizacion de la mora a eleccion suya La ejecucion por parte del deudor de lo convenido Que se le autorice a el mismo para hacerlo ejecutar a un tercero a expensas del deudor Que el deudor la indemnice de los prejuicios resultantes de la infraccion del pico mora Sobrestadia o demora EditarEn el trafico de mercancias y especialmente en el transporte maritimo es posible que la estadia del buque en puerto se sobrepase si el fletador no realiza a tiempo la correspondiente carga o descarga En tal caso se dice que ha incurrido en demora y debe indemnizar al armador en ingles demurrage Tal concepto se aplica tambien a la convertibilidad de algunas monedas que exigen una tasa a su devolucion por ejemplo E gold la libremoneda o Terra Vease tambien Editar Portal Derecho Contenido relacionado con Derecho Moroso Indemnizacion de perjuicios Caso fortuitoReferencias Editar http www monografias com trabajos55 la mora la mora2 shtml http www infoderechocivil es 2012 07 mora del deudor htmlBibliografia EditarAbeliuk Manasevich Rene 2001 Las Obligaciones 4ª edicion Santiago de Chile Editorial Juridica ISBN 978 956 10 1352 0 Alessandri Rodriguez Arturo 1988 Teoria de las Obligaciones 1ª edicion Santiago de Chile Editorial Juridica Ediar Conosur Registro de propiedad intelectual N 70 074 Claro Solar Luis 1936 Explicaciones de Derecho Civil Chileno y comparado V De las Obligaciones Santiago de Chile Editorial Juridica Fueyo Laneri Fernando 1958 Derecho Civil De las Obligaciones 1ª edicion Valparaiso Chile Im y Lit Universo S A Meza Barros Ramon 1997 Manual de Derecho Civil De las Obligaciones Santiago de Chile Editorial Juridica ISBN 978 956 10 1184 7 Ramos Pazos Rene 1999 De las Obligaciones 1ª edicion Santiago de Chile Editorial Juridica ISBN 978 956 10 1263 9 Somarriva Undurraga Manual 1939 Las Obligaciones y los contratos ante la jurisprudencia 1ª edicion Santiago de Chile Editorial Nascimiento Datos Q13422045Obtenido de https es wikipedia org w index php title Mora Derecho amp oldid 135451228, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

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