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Gobierno de Chile

El Gobierno de Chile es el conjunto de órganos estatales de dicho país a los cuales corresponde el ejercicio de las funciones política, administrativa y ejecutiva, de conformidad a la Constitución y las leyes.[1]

Gobierno de Chile
Gobierno de la República de Chile


Frontis del Palacio de La Moneda, sede del Gobierno de Chile.
Información general
Sigla Gob CL
Ámbito Chile Chile
Jurisdicción Territorio nacional
Tipo Gobierno (poder ejecutivo)
Sede Palacio de La Moneda, Santiago de Chile
Sistema República presidencialista democrática
Organización
Presidente de la República Sebastián Piñera Echenique
(jefe de Estado y de Gobierno)
Presidenta del Senado de la República Ximena Rincón González
Presidente de la Cámara de Diputados de la República Diego Paulsen Kehr
Presidente de la Corte Suprema Guillermo Silva Gundelach
Composición Presidente y Gabinete
Dependencias Ministerios
Subsecretarías
Secretarías Regionales Ministeriales
Intendencias Regionales
Gobernaciones provinciales
Municipalidades
Historia
Fundación 1810 (inicio del proceso independentista)
1817-1818 (gobierno independiente)
Sitio web

La expresión «gobierno» en la Constitución chilena[2]​ incluye, por una parte, todas las tareas que le competen al presidente de la República en la dirección política de Chile, como jefe máximo del poder ejecutivo y, por otra, las que le caben dentro de la administración estatal, al participar en esta, aunque sin ostentar su monopolio.[3][4]

En la actualidad, el Gobierno de Chile está presidido por Sebastián Piñera Echenique, quien tomó posesión del cargo el 11 de marzo de 2018.[5]

Noción

"El gobierno y la administración del Estado corresponden al Presidente de la República, quien es el Jefe del Estado", dice la Constitución, en su artículo 24. No define lo que se entiende por gobierno, pero en términos generales, le corresponde la conservación del orden público en el interior y la seguridad externa de la República, determinar la política nacional, disponer de la hacienda pública, ejercer el mando de las fuerzas armadas, disponer de la administración pública no descentralizada, y dirigir las relaciones exteriores del país.

"Determinar la política nacional", significa adoptar las definiciones programáticas y los objetivos que el gobierno se propone. Por ejemplo, fijar las prioridades del gasto público (lo cual implica asignar los cuantiosísimos fondos del erario en determinado sentido, aumentándolo o disminuyéndolo en vivienda, o en justicia, o salud, o educación y un casi inacabable etcétera); decidir la realización de reformas o la mantenimiento de lo existente, en los más variados ámbitos de la vida nacional, tales como educacional, administrativo, económico, tributario, judicial, y cualquier otro que sea imaginable; y tomar las decisiones concretar para todo lo anterior.

No toda la administración pública es dirigida por el presidente de la República. Existen numerosos organismos que gozan de una mayor o menor autonomía funcional, lo cual significa que no dependen del presidente, a través de un ministro de Estado. La autonomía se traduce en la práctica, en una serie de limitaciones que tiene el jefe de Estado para nombrar a sus directivos, y sobre todo, para destituirlos.

En consecuencia, están excluidos de la administración dirigida por el presidente [6]​ una serie de organismos o servicios constitucionalmente autónomos: Ministerio Público, Contraloría General de la República, Banco Central, municipalidades; y otros órganos que, por su especial configuración jurídica, no pueden concebirse como integrantes del gobierno, como el Consejo de Seguridad Nacional.[1]​ También se excluyen por ejemplo, Televisión Nacional de Chile y el Servicio Electoral, cuyos directorios nombra el presidente con acuerdo del Senado, y que el jefe de Estado no puede remover a su voluntad.

Dicho de otro modo, al presidente se le confía constitucionalmente la administración, pero no en forma exclusiva y excluyente, pues existen órganos que no están subordinados directamente a él, a los cuales también les corresponde administrar. Por ello, existe una administración pública que efectivamente le corresponde al Presidente y a otros órganos dependientes de él; y una administración pública que compete a organismos autónomos.[3]

Desde el punto de vista de la ciencia política y en sentido amplio, el gobierno es el conjunto de órganos que ejercen autoridad y participan en el ejercicio de la soberanía estatal y, en general, a toda acción directiva en orden al bien común.[4]​ El concepto de «gobierno» que emplea la Constitución y la legislación complementaria, tiene un alcance restringido, pues esa es forma como se le ha concebido históricamente en Chile, a diferencia, por ejemplo, de lo que ocurre en el mundo anglosajón.[1]

En Chile, el gobierno supone una noción principalmente orgánica y también funcional.[1]​ En efecto, el capítulo IV de la Constitución está estructurado de manera que evidencia claramente el criterio orgánico de configuración del gobierno, al destinar un párrafo al presidente de la República, uno a los ministros de Estado y otro a la administración del Estado; lo mismo ocurre en el artículo 1º de la Ley Orgánica Constitucional de bases generales de administración del estado. Sin embargo, existen órganos estatales que forman parte del gobierno y que no aparecen en los textos citados, como las Secretarías Regionales Ministeriales; y existen órganos estatales incorporados en la citada ley orgánica constitucional —como el Banco Central, la Contraloría General de la República y las municipalidades—, que no forman parte del gobierno.[1]

En sentido funcional, al gobierno le corresponde el ejercicio de la función política, consistente en la dirección y conducción de la comunidad estatal al logro de fines esenciales, adoptando decisiones antes situaciones nuevas y únicas, no subsumibles en normas o precedentes;[1]​ la función administrativa, satisfaciendo de manera regular y continua las necesidades colectivas, a través de los servicios públicos;[1]​ y la función ejecutiva, esto es, el ejercicio de atribuciones vinculadas con la dictación de normas jurídicas, que ejecutan o complementan la Constitución o las leyes.[1]

Cabe destacar que el gobierno de Chile incluye al presidente de la República, sin embargo no se confunde con él;[4]​ con todo, el presidente tiene la superioridad en la esfera de gobierno.[3]

Componentes

El Gobierno de Chile está compuesto por todos los órganos estatales vinculados con el presidente de la República, de forma más o menos intensa, sea por centralización, desconcentración, descentralización u otra forma de relación administrativa, para el desempeño de sus funciones propias. De ese modo, el gobierno está constituido por el presidente de la República, los ministros de Estado y sus subsecretarías, las intendencias regionales, las gobernaciones provinciales, las secretarías regionales ministeriales y los demás servicios públicos creados para la administración pública.

Presidente de la República

 
Retrato oficial de Sebastián Piñera, presidente de la República de Chile desde 2018.

El presidente de la República, quien además de ser el jefe de Estado es precisamente el jefe de gobierno. Su autoridad se extiende a todo cuanto tiene por objeto la conservación del orden público en el interior y la seguridad externa de la República, de acuerdo con la Constitución y las leyes. Además, el 1 de junio de cada año, el presidente de la República debe dar cuenta al país del estado administrativo y político de la nación ante el Congreso Pleno.[7]

Ministerios de Estado

 
Fotografía oficial de los ministros de Estado del segundo gobierno de Sebastián Piñera en julio de 2020.

Los ministros son los colaboradores directos e inmediatos del presidente de la República en el gobierno y administración del Estado.[8]​ Los ministerios, como órganos superiores de colaboración del presidente de la República en las funciones de gobierno y administración de sus respectivos sectores, deben proponer y evaluar las políticas y planes correspondientes, estudiar y proponer las normas aplicables a los sectores a su cargo, velar por el cumplimiento de las normas dictadas, asignar recursos y fiscalizar las actividades del respectivo sector.[9]​ Los ministerios son:

Subsecretarías

En cada ministerio existe una o más Subsecretarías, cuyos jefes superiores son los subsecretarios, quienes tienen el carácter de colaboradores inmediatos de los ministros. Les corresponde coordinar la acción de los órganos y servicios públicos del sector, actuar como ministros de fe, ejercer la administración interna del Ministerio y cumplir las demás funciones que les señale la ley.[10]

Secretarías Regionales Ministeriales

Los ministerios se desconcentran territorialmente mediante Secretarías Regionales Ministeriales, las que están a cargo de un Secretario Regional Ministerial (SEREMI).[11]​ Representan al ministerio respectivo en cada una de las regiones del país, y son designados por el presidente de la República, a propuesta en terna del Intendente, oyendo al ministro respectivo. El Intendente puede proponer reservadamente al presidente de la República, la remoción de los secretarios regionales ministeriales, informando al ministro del ramo. [12]

Gobiernos Regionales de Chile

El gobierno interior de cada región residía hasta el 2021 en el intendente regional, quien era el representante natural e inmediato del presidente de la República en el territorio de su jurisdicción. Ese rol hoy lo cumple el Delegado Presidencial, a cargo de facto del ejecutivo, pese a la existencia de los gobernadores regionales electos por el pueblo en las elecciones de mayo de 2021, generando una bicefalía en el Gobierno Regional. Al igual que el antiguo intendente, el Delegado Presidencial Regional es nombrado por el Presidente de la República y se mantiene en sus funciones mientras cuente con su confianza.[13]

Gobernaciones provinciales

En cada provincia existe una Gobernación provincial, órgano territorialmente desconcentrado del intendente, y que está a cargo de un gobernador, quien es nombrado y removido libremente por el presidente de la República. Corresponde al gobernador ejercer, de acuerdo con las instrucciones del intendente, la supervigilancia de los servicios públicos creados por ley para el cumplimiento de la función administrativa, existentes en la provincia.[14]

Otros servicios públicos

Los servicios públicos son órganos administrativos encargados de satisfacer necesidades colectivas, de manera regular y continua. Están sometidos a la dependencia o supervigilancia del presidente de la República a través de los respectivos ministerios, cuyas políticas, planes y programas les corresponde aplicar.[15]

Rol institucional

Conforme a la Constitución, el Estado está al servicio de la persona humana y su finalidad es promover el bien común, el gobierno debe contribuir a crear las condiciones sociales que permitan a todos y a cada uno de los integrantes de la comunidad chilena su mayor realización espiritual y material posible, con pleno respeto a los derechos y garantías que la Constitución establece. Junto con ello, debe resguardar la seguridad nacional, dar protección a la población y a la familia, propender al fortalecimiento de esta, promover la integración armónica de todos los sectores de la nación y asegurar el derecho de las personas a participar con igualdad de oportunidades en la vida nacional.[16]

De la misma manera, la administración del Estado está al servicio de la persona humana, su finalidad es promover el bien común atendiendo las necesidades públicas en forma continua y permanente y fomentando el desarrollo del país a través del ejercicio de las atribuciones que le confiere la Constitución y la ley, y de la aprobación, ejecución y control de políticas, planes, programas y acciones de alcance nacional, regional y comunal.[17]

Véase también

Referencias

  1. Fernández González, Miguel Ángel (1997). «Acerca del concepto de Gobierno y hacia una nueva división de funciones». Revista de Derecho (Universidad de Concepción) 202 (LXV): 85-91. ISSN 0718-591X. 
  2. Capítulo IV de la Constitución Política de la República de Chile.
  3. Silva Bascuñán, Alejandro (1997). «Qué es "Gobierno" según la Constitución». Revista de Derecho (Universidad de Concepción) 202 (LXV): 79-84. ISSN 0718-591X. 
  4. Silva Bascuñán, Alejandro (2004). Tratado de Derecho Constitucional. Tomo V: La Constitución de 1980. Gobierno. Santiago de Chile: Editorial Jurídica de Chile. pp. 9-14. 
  5. «Sebastián Piñera asumió como Presidente de Chile». Radio Cooperativa. 11 de marzo de 2018. Consultado el 4 de abril de 2020. 
  6. además del Congreso Nacional, el Poder Judicial, el Tribunal Constitucional, el Tribunal Calificador de Elecciones y los Tribunales Electorales Regionales.
  7. Artículo 24 inciso 2.° de la Constitución Política de Chile
  8. Artículo 33 inciso 1.° de la Constitución Política de Chile
  9. Artículo 22 incisos 1.° y 2.° de la Ley Orgánica Constitucional de Bases de la Administración del Estado
  10. Artículo 24 de la Ley Orgánica Constitucional de Bases de la Administración del Estado
  11. Artículo 26 de la Ley Orgánica Constitucional de Bases de la Administración del Estado
  12. Artículo 2° letras k) y l) de la Ley Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional. Apéndice de la Constitución Política, ed. actualizada a febrero de 2010, Ed. Jurídica, Santiago, 2010, pp. 655.
  13. Artículo 1.° de la ley 19175 Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional
  14. Artículo 3.° de la ley 19175 Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional
  15. Artículo 28 de la Ley Orgánica Constitucional de Bases de la Administración del Estado
  16. Artículo 1.° incisos 4.° y 5.° de la Constitución Política de Chile.
  17. Artículo 3.° de la Ley Orgánica Constitucional de Bases de la Administración del Estado

Bibliografía

  • Silva Bascuñán, Alejandro (2004). Tratado de Derecho Constitucional. Tomo V: La Constitución de 1980. Gobierno. Santiago de Chile: Editorial Jurídica de Chile. ISBN 956-10-1178-6. 

Enlaces externos

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El Gobierno de Chile es el conjunto de organos estatales de dicho pais a los cuales corresponde el ejercicio de las funciones politica administrativa y ejecutiva de conformidad a la Constitucion y las leyes 1 Gobierno de ChileGobierno de la Republica de ChileLogotipo del Gobierno de ChileEscudo de ChileFrontis del Palacio de La Moneda sede del Gobierno de Chile Informacion generalSiglaGob CLAmbitoChile ChileJurisdiccionTerritorio nacionalTipoGobierno poder ejecutivo SedePalacio de La Moneda Santiago de ChileSistemaRepublica presidencialista democraticaOrganizacionPresidente de la RepublicaSebastian Pinera Echenique jefe de Estado y de Gobierno Presidenta del Senado de la RepublicaXimena Rincon GonzalezPresidente de la Camara de Diputados de la RepublicaDiego Paulsen KehrPresidente de la Corte SupremaGuillermo Silva GundelachComposicionPresidente y GabineteDependenciasMinisteriosSubsecretariasSecretarias Regionales MinisterialesIntendencias RegionalesGobernaciones provincialesMunicipalidadesHistoriaFundacion1810 inicio del proceso independentista 1817 1818 gobierno independiente Sitio web editar datos en Wikidata La expresion gobierno en la Constitucion chilena 2 incluye por una parte todas las tareas que le competen al presidente de la Republica en la direccion politica de Chile como jefe maximo del poder ejecutivo y por otra las que le caben dentro de la administracion estatal al participar en esta aunque sin ostentar su monopolio 3 4 En la actualidad el Gobierno de Chile esta presidido por Sebastian Pinera Echenique quien tomo posesion del cargo el 11 de marzo de 2018 5 Indice 1 Nocion 2 Componentes 2 1 Presidente de la Republica 2 2 Ministerios de Estado 2 2 1 Subsecretarias 2 2 2 Secretarias Regionales Ministeriales 2 3 Gobiernos Regionales de Chile 2 4 Gobernaciones provinciales 2 5 Otros servicios publicos 3 Rol institucional 4 Vease tambien 5 Referencias 6 Bibliografia 7 Enlaces externosNocion Editar El gobierno y la administracion del Estado corresponden al Presidente de la Republica quien es el Jefe del Estado dice la Constitucion en su articulo 24 No define lo que se entiende por gobierno pero en terminos generales le corresponde la conservacion del orden publico en el interior y la seguridad externa de la Republica determinar la politica nacional disponer de la hacienda publica ejercer el mando de las fuerzas armadas disponer de la administracion publica no descentralizada y dirigir las relaciones exteriores del pais Determinar la politica nacional significa adoptar las definiciones programaticas y los objetivos que el gobierno se propone Por ejemplo fijar las prioridades del gasto publico lo cual implica asignar los cuantiosisimos fondos del erario en determinado sentido aumentandolo o disminuyendolo en vivienda o en justicia o salud o educacion y un casi inacabable etcetera decidir la realizacion de reformas o la mantenimiento de lo existente en los mas variados ambitos de la vida nacional tales como educacional administrativo economico tributario judicial y cualquier otro que sea imaginable y tomar las decisiones concretar para todo lo anterior No toda la administracion publica es dirigida por el presidente de la Republica Existen numerosos organismos que gozan de una mayor o menor autonomia funcional lo cual significa que no dependen del presidente a traves de un ministro de Estado La autonomia se traduce en la practica en una serie de limitaciones que tiene el jefe de Estado para nombrar a sus directivos y sobre todo para destituirlos En consecuencia estan excluidos de la administracion dirigida por el presidente 6 una serie de organismos o servicios constitucionalmente autonomos Ministerio Publico Contraloria General de la Republica Banco Central municipalidades y otros organos que por su especial configuracion juridica no pueden concebirse como integrantes del gobierno como el Consejo de Seguridad Nacional 1 Tambien se excluyen por ejemplo Television Nacional de Chile y el Servicio Electoral cuyos directorios nombra el presidente con acuerdo del Senado y que el jefe de Estado no puede remover a su voluntad Dicho de otro modo al presidente se le confia constitucionalmente la administracion pero no en forma exclusiva y excluyente pues existen organos que no estan subordinados directamente a el a los cuales tambien les corresponde administrar Por ello existe una administracion publica que efectivamente le corresponde al Presidente y a otros organos dependientes de el y una administracion publica que compete a organismos autonomos 3 Desde el punto de vista de la ciencia politica y en sentido amplio el gobierno es el conjunto de organos que ejercen autoridad y participan en el ejercicio de la soberania estatal y en general a toda accion directiva en orden al bien comun 4 El concepto de gobierno que emplea la Constitucion y la legislacion complementaria tiene un alcance restringido pues esa es forma como se le ha concebido historicamente en Chile a diferencia por ejemplo de lo que ocurre en el mundo anglosajon 1 En Chile el gobierno supone una nocion principalmente organica y tambien funcional 1 En efecto el capitulo IV de la Constitucion esta estructurado de manera que evidencia claramente el criterio organico de configuracion del gobierno al destinar un parrafo al presidente de la Republica uno a los ministros de Estado y otro a la administracion del Estado lo mismo ocurre en el articulo 1º de la Ley Organica Constitucional de bases generales de administracion del estado Sin embargo existen organos estatales que forman parte del gobierno y que no aparecen en los textos citados como las Secretarias Regionales Ministeriales y existen organos estatales incorporados en la citada ley organica constitucional como el Banco Central la Contraloria General de la Republica y las municipalidades que no forman parte del gobierno 1 En sentido funcional al gobierno le corresponde el ejercicio de la funcion politica consistente en la direccion y conduccion de la comunidad estatal al logro de fines esenciales adoptando decisiones antes situaciones nuevas y unicas no subsumibles en normas o precedentes 1 la funcion administrativa satisfaciendo de manera regular y continua las necesidades colectivas a traves de los servicios publicos 1 y la funcion ejecutiva esto es el ejercicio de atribuciones vinculadas con la dictacion de normas juridicas que ejecutan o complementan la Constitucion o las leyes 1 Cabe destacar que el gobierno de Chile incluye al presidente de la Republica sin embargo no se confunde con el 4 con todo el presidente tiene la superioridad en la esfera de gobierno 3 Componentes EditarEl Gobierno de Chile esta compuesto por todos los organos estatales vinculados con el presidente de la Republica de forma mas o menos intensa sea por centralizacion desconcentracion descentralizacion u otra forma de relacion administrativa para el desempeno de sus funciones propias De ese modo el gobierno esta constituido por el presidente de la Republica los ministros de Estado y sus subsecretarias las intendencias regionales las gobernaciones provinciales las secretarias regionales ministeriales y los demas servicios publicos creados para la administracion publica Presidente de la Republica Editar Retrato oficial de Sebastian Pinera presidente de la Republica de Chile desde 2018 Articulo principal Presidente de Chile El presidente de la Republica quien ademas de ser el jefe de Estado es precisamente el jefe de gobierno Su autoridad se extiende a todo cuanto tiene por objeto la conservacion del orden publico en el interior y la seguridad externa de la Republica de acuerdo con la Constitucion y las leyes Ademas el 1 de junio de cada ano el presidente de la Republica debe dar cuenta al pais del estado administrativo y politico de la nacion ante el Congreso Pleno 7 Ministerios de Estado Editar Fotografia oficial de los ministros de Estado del segundo gobierno de Sebastian Pinera en julio de 2020 Articulo principal Ministro de Estado de Chile Los ministros son los colaboradores directos e inmediatos del presidente de la Republica en el gobierno y administracion del Estado 8 Los ministerios como organos superiores de colaboracion del presidente de la Republica en las funciones de gobierno y administracion de sus respectivos sectores deben proponer y evaluar las politicas y planes correspondientes estudiar y proponer las normas aplicables a los sectores a su cargo velar por el cumplimiento de las normas dictadas asignar recursos y fiscalizar las actividades del respectivo sector 9 Los ministerios son Ministerio del Interior y Seguridad Publica Ministerio de Relaciones Exteriores Ministerio de Defensa Nacional Ministerio de Hacienda Ministerio Secretaria General de la Presidencia Ministerio Secretaria General de Gobierno Ministerio de Economia Fomento y Turismo Ministerio de Desarrollo Social Ministerio de Educacion Ministerio de Justicia y Derechos Humanos Ministerio del Trabajo y Prevision Social Ministerio de Obras Publicas Ministerio de Salud Ministerio de Vivienda y Urbanismo Ministerio de Agricultura Ministerio de Mineria Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones Ministerio de Bienes Nacionales Ministerio de Energia Ministerio de Medio Ambiente Ministerio del Deporte Ministerio de la Mujer y la Equidad de Genero Ministerio de las Culturas las Artes y el Patrimonio Ministerio de Ciencia Tecnologia Conocimiento e InnovacionSubsecretarias Editar Articulo principal Subsecretaria de Estado de Chile En cada ministerio existe una o mas Subsecretarias cuyos jefes superiores son los subsecretarios quienes tienen el caracter de colaboradores inmediatos de los ministros Les corresponde coordinar la accion de los organos y servicios publicos del sector actuar como ministros de fe ejercer la administracion interna del Ministerio y cumplir las demas funciones que les senale la ley 10 Secretarias Regionales Ministeriales Editar Articulo principal Secretaria Regional Ministerial de Chile Los ministerios se desconcentran territorialmente mediante Secretarias Regionales Ministeriales las que estan a cargo de un Secretario Regional Ministerial SEREMI 11 Representan al ministerio respectivo en cada una de las regiones del pais y son designados por el presidente de la Republica a propuesta en terna del Intendente oyendo al ministro respectivo El Intendente puede proponer reservadamente al presidente de la Republica la remocion de los secretarios regionales ministeriales informando al ministro del ramo 12 Intendencia Metropolitana de Santiago Gobiernos Regionales de Chile Editar Articulo principal Intendente regional de Chile El gobierno interior de cada region residia hasta el 2021 en el intendente regional quien era el representante natural e inmediato del presidente de la Republica en el territorio de su jurisdiccion Ese rol hoy lo cumple el Delegado Presidencial a cargo de facto del ejecutivo pese a la existencia de los gobernadores regionales electos por el pueblo en las elecciones de mayo de 2021 generando una bicefalia en el Gobierno Regional Al igual que el antiguo intendente el Delegado Presidencial Regional es nombrado por el Presidente de la Republica y se mantiene en sus funciones mientras cuente con su confianza 13 Gobernaciones provinciales Editar Articulo principal Gobernador provincial de Chile En cada provincia existe una Gobernacion provincial organo territorialmente desconcentrado del intendente y que esta a cargo de un gobernador quien es nombrado y removido libremente por el presidente de la Republica Corresponde al gobernador ejercer de acuerdo con las instrucciones del intendente la supervigilancia de los servicios publicos creados por ley para el cumplimiento de la funcion administrativa existentes en la provincia 14 Otros servicios publicos Editar Los servicios publicos son organos administrativos encargados de satisfacer necesidades colectivas de manera regular y continua Estan sometidos a la dependencia o supervigilancia del presidente de la Republica a traves de los respectivos ministerios cuyas politicas planes y programas les corresponde aplicar 15 Rol institucional EditarConforme a la Constitucion el Estado esta al servicio de la persona humana y su finalidad es promover el bien comun el gobierno debe contribuir a crear las condiciones sociales que permitan a todos y a cada uno de los integrantes de la comunidad chilena su mayor realizacion espiritual y material posible con pleno respeto a los derechos y garantias que la Constitucion establece Junto con ello debe resguardar la seguridad nacional dar proteccion a la poblacion y a la familia propender al fortalecimiento de esta promover la integracion armonica de todos los sectores de la nacion y asegurar el derecho de las personas a participar con igualdad de oportunidades en la vida nacional 16 De la misma manera la administracion del Estado esta al servicio de la persona humana su finalidad es promover el bien comun atendiendo las necesidades publicas en forma continua y permanente y fomentando el desarrollo del pais a traves del ejercicio de las atribuciones que le confiere la Constitucion y la ley y de la aprobacion ejecucion y control de politicas planes programas y acciones de alcance nacional regional y comunal 17 Vease tambien EditarAutoridades de Chile Partidos politicos de Chile Politica de ChileReferencias Editar a b c d e f g h Fernandez Gonzalez Miguel Angel 1997 Acerca del concepto de Gobierno y hacia una nueva division de funciones Revista de Derecho Universidad de Concepcion 202 LXV 85 91 ISSN 0718 591X Capitulo IV de la Constitucion Politica de la Republica de Chile a b c Silva Bascunan Alejandro 1997 Que es Gobierno segun la Constitucion Revista de Derecho Universidad de Concepcion 202 LXV 79 84 ISSN 0718 591X a b c Silva Bascunan Alejandro 2004 Tratado de Derecho Constitucional Tomo V La Constitucion de 1980 Gobierno Santiago de Chile Editorial Juridica de Chile pp 9 14 Sebastian Pinera asumio como Presidente de Chile Radio Cooperativa 11 de marzo de 2018 Consultado el 4 de abril de 2020 ademas del Congreso Nacional el Poder Judicial el Tribunal Constitucional el Tribunal Calificador de Elecciones y los Tribunales Electorales Regionales Articulo 24 inciso 2 de la Constitucion Politica de Chile Articulo 33 inciso 1 de la Constitucion Politica de Chile Articulo 22 incisos 1 y 2 de la Ley Organica Constitucional de Bases de la Administracion del Estado Articulo 24 de la Ley Organica Constitucional de Bases de la Administracion del Estado Articulo 26 de la Ley Organica Constitucional de Bases de la Administracion del Estado Articulo 2 letras k y l de la Ley Organica Constitucional sobre Gobierno y Administracion Regional Apendice de la Constitucion Politica ed actualizada a febrero de 2010 Ed Juridica Santiago 2010 pp 655 Articulo 1 de la ley 19175 Organica Constitucional sobre Gobierno y Administracion Regional Articulo 3 de la ley 19175 Organica Constitucional sobre Gobierno y Administracion Regional Articulo 28 de la Ley Organica Constitucional de Bases de la Administracion del Estado Articulo 1 incisos 4 y 5 de la Constitucion Politica de Chile Articulo 3 de la Ley Organica Constitucional de Bases de la Administracion del EstadoBibliografia EditarSilva Bascunan Alejandro 2004 Tratado de Derecho Constitucional Tomo V La Constitucion de 1980 Gobierno Santiago de Chile Editorial Juridica de Chile ISBN 956 10 1178 6 Enlaces externos Editar Wikimedia Commons alberga una categoria multimedia sobre Gobierno de Chile Sitio web oficial del Gobierno de Chile Prensa Presidencia Biblioteca Digital del Gobierno de Chile Gobierno de Chile en Twitter Gobierno de Chile en Instagram Gobierno de Chile en Facebook Gobierno de Chile en Flickr Gobierno de Chile en YouTube Datos Q17633149 Multimedia Government ministers of Chile Obtenido de https es wikipedia org w index php title Gobierno de Chile amp oldid 139645519, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, 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