Prueba de Estado de Acceso a la Abogacía
La Prueba de Estado de Acceso a la Abogacía, Prueba de Acceso a la Profesión de Abogado o, simplemente, Prueba de Acceso, es una prueba de evaluación obligatoria para poder acceder a la profesión de abogado en España, mediante la cual se consigue el Título Profesional de Abogado (TPA) y se puede ejercer la abogacía. Se hace después del Máster de Acceso a la Abogacía y la pasantía jurídica, conocido coloquialmente como "el MIR jurídico".
Historia
Desde la entrada en vigor de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales[1] y la aprobación de su reglamento en virtud del Real Decreto 775/2011, de 3 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales[2], se modificó el sistema de acceso a la profesión de abogado.
El nuevo acceso requiere: Grado en Derecho (4 años), Máster de Acceso a la Abogacía y Práctica Jurídica (2 años) y la Prueba de acceso, como paso previo a la colegiación y el ejercicio profesional.
Las especialidades a elegir en la pasantía y el EACA son cuatro:
- Derecho Civil y Mercantil
- Derecho Penal
- Derecho Administrativo y Contencioso-Administrativo
- Derecho Laboral
Después de los 6 años de formación y aprobar el EACA, los profesionales que quieran ejercer se deben colegiar y hacer el juramento deontológico y jurar la constitución española.
Características
Según el artículo 17 del Real Decreto 775/2011 el examen es escrito y consta de dos partes que se realizan en el mismo día. El primer ejercicio consistirá en una prueba objetiva de contestaciones o respuestas múltiples y el segundo ejercicio de la evaluación consistirá en resolver un caso práctico previamente elegido por el aspirante entre varias alternativas.
La prueba de evaluación tiene una duración total de 4 horas y consiste en:
- 50 preguntas sobre «Materias comunes al ejercicio de la profesión de abogado».
- 25 preguntas sobre «Materias específicas» según la especialidad jurídica (civil y mercantil, penal, administrativo y contencioso-administrativo, y laboral)
- Además, el cuestionario incluye seis preguntas de reserva para el apartado «Materias comunes ejercicio de la profesión de abogado» y dos por cada especialidad jurídica del apartado «Materias específicas».
El resultado final de la Prueba estatal es una calificación de "Apto" o "No apto", sin resultado numérico. El resultado de la prueba se pondera con el Máster de Acceso a la Abogacía y Práctica Jurídica, siendo la prueba un 70% y el máster un 30% del resultado final.
Polémicas
La abogacía pidió hace muchos años un examen para regular el acceso a la abogacía por el gran número de profesionales de la abogacía que había, pero muchos se han tomado este "MIR jurídico" como una criba que limita las posibilidades de ejercer.
En 2017 ante muchas quejas de diferentes colectivos de la abogacía tachando el examen de "fácil"[3], el Ministro de Justicia Rafael Catalá endureció el examen[4], pero aun así no contentó a la abogacía y el Ministro dijo que tomaría medidas y subiría el grado de dificultad. Ese año 2017 hubo 5.400 aspirantes al EACA.[5]
Otra polémica surgió por el lugar y el idioma de realización de las pruebas. Al principio, el examen sólo se podía realizar en Madrid y en castellano. Los residentes que vivían lejos y/o que estudiaron la formación jurídica en alguno de los idiomas cooficiales se quejaron, por lo que se habilitaron otras sedes para hacer las pruebas.[6][7]
Referencias
- «BOE.es - Documento consolidado BOE-A-2006-18870». www.boe.es. Consultado el 16 de febrero de 2018.
- «BOE.es - Documento BOE-A-2011-10459». www.boe.es. Consultado el 16 de febrero de 2018.
- «http://www.abogacia.es/2016/09/30/el-80-de-los-aspirantes-a-abogado-aprobo-la-prueba-de-aptitud-en-la-ultima-convocatoria/». www.abogacia.es. Consultado el 16 de febrero de 2018.
- «Indignación entre los futuros abogados: Justicia endurece por sorpresa el examen de acceso». El Confidencial Digital. Consultado el 16 de febrero de 2018.
- «http://www.abogacia.es/2017/02/24/el-colegio-de-barcelona-reclama-que-el-examen-de-acceso-evalue-los-alumnos-en-relacion-a-las-competencias-para-ejercer-la-abogacia/». www.abogacia.es. Consultado el 16 de febrero de 2018.
- «http://www.abogacia.es/2016/10/03/el-ministerio-de-justicia-publica-las-sedes-para-el-segundo-examen-de-acceso-a-la-profesion-de-abogado/». www.abogacia.es. Consultado el 16 de febrero de 2018.
- «http://www.abogacia.es/2016/09/06/el-examen-de-acceso-para-abogado-se-podra-realizar-en-castellano-y-en-las-lenguas-cooficiales/». www.abogacia.es. Consultado el 16 de febrero de 2018.