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Discurso de odio

El discurso de odio (en inglés: hate speech) es la acción comunicativa que tiene como objetivo promover y alimentar un dogma, cargado de connotaciones discriminatorias, que atenta contra la dignidad de un grupo de individuos.[1]​ Dicho discurso es propagado con intención maligna[1]​ para incitar al interlocutor, o lector, a que lleve a cabo acciones destructivas en contra de un grupo, por lo general, históricamente discriminado.[1]

Según la Recomendación No.R (97) 20 del Comité de Ministros del Consejo de Europa, las formas más comunes del discurso de odio son el racismo, la xenofobia, el antisemitismo, entre otras basadas en la intolerancia.[2]

El discurso de odio ha generado un debate académico debido a que tanto la acción misma ejercida por los victimarios contra las víctimas como la censura a aquellos, como consecuencia de la defensa esgrimida por las víctimas contra los victimarios o por prevención, entra en conflicto con los derechos de las dos partes: hacia la víctima contra todo tipo de derechos, destacando la dignidad, y contra el victimario, principalmente, en su derecho de libertad de expresión.[3]​ En este sentido, si las expresiones de, por ejemplo, nacionalismo exacerbado o etnocentrismo, no contienen en sí intencionalidad de atacar a un grupo determinado, entonces "no constituyen problemas suficientemente graves como para justificar la utilización de los instrumentos legales que protegen a las víctimas"[1]​ del discurso de odio.

Criterios para determinar la existencia de discurso de odio

Al estar sujetas a diversas interpretaciones y opiniones, las manifestaciones de los discursos de odio. se vuelven difíciles de definir. Por esta razón, establecer criterios "homogéneos y uniformes"[1]​ que permitan identificar dicho discurso, ha sido un tema controversial puesto a debate.

Kaufman propone una fórmula que establece que para afirmar que un discurso de odio ha sido emitido, "se debe contar con los criterios A+B+C o A+B+D, siempre en un contexto dado".[1]​ Dichos criterios son:

  • A) Criterio de grupo en situación de vulnerabilidad tipificado: Se expresan de forma explícita o implícita, pero indudablemente, con referencias "a un grupo históricamente discriminado, en un tiempo y lugar determinados".[1]
  • B) Criterio de humillación: Se puede manifestar de tres formas distintas. La primera implica la existencia de opiniones que degradan o humillan a un determinado grupo en situación vulnerable.[1]​ La segunda forma consiste en la identificación de una referencia "simbólica o histórica precisa"[1]​ que expresa apoyo hacia eventos cuyo propósito es humillar a los miembros de un grupo vulnerable. Por último, la tercera se manifiesta cuando a una persona se le atribuyen características denigrantes asociadas con prejuicios, claramente discriminatorios, sobre el grupo al que pertenece.
  • C) Criterio de malignidad: Se extiende una invitación dirigida hacia terceras personas, ya sea de forma explícita o implícita, para ser partícipes de acciones cuyo objetivo sea atentar contra la integridad de un grupo vulnerable.
  • D) Criterio de intencionalidad: Se caracteriza por la existencia de una intención deliberada para llevar a cabo acciones con las que se persiga humillar y degradar a los integrantes de un grupo discriminado.

Para que la fórmula propuesta por Kaufman funcione, es necesario que dichos criterios se desarrollen en contextos dados. Por contexto, el autor se refiere a una situación desarrollada en un lugar y tiempo determinados, en la que un grupo de individuos deba ser reconocido como discriminado; el discurso pueda ser considerado, con base en buenas razones, como humillante y perjudicial por los integrantes del grupo en cuestión; y que la malignidad y la intencionalidad de tal discurso se identifiqué en las acciones del emisor.[1]

Discurso y racismo

Marta Casaús Arzú nos dice que “para algunos estudiosos, el odio es el antecedente del racismo[4]​ ya que entendiendo al racismo como la exclusión del otro mediante la desvalorización se llega, finalmente, a odiarlo. Este odio es una forma que puede negar la existencia del otro y se constituye en un lazo social que une a grupo frente a otro.

El racismo se aprende mediante un proceso de adquisición ideológica y práctica. Una de las causas con la que el racismo y el odio se retroalimentan es el papel que juega el discurso de odio en los medios de comunicación, en la escuelas y en diversas fuentes. El análisis crítico del discurso, enfatiza la importancia del estudio de los responsables de la producción y reproducción de los discursos racistas dominantes que forman opiniones estereotipadas y humillantes de grupos diferentes. Para Teun van Dijk, las "élites simbólicas blancas", que son las instituciones o corporativos que fabrican las creencias, las actitudes, las normas y las ideologías públicas son especialmente responsables, de la producción ya que cuentan con mayores recursos puesto que poseen los medios y el control de los discursos públicos.[5]

La estructura del discurso racista contribuye a la reproducción de los prejuicios, la ideología racista y la discriminación. Estos discursos enfatizan lo positivo del grupo dominante y lo negativo del otro, no obstante, esta diferenciación se hace en términos absolutos negando la posibilidad de interacción.

El discurso dominador es difundido mediante diversas fuentes que ha logrado penetrar en el modo en que las personas forman sus opiniones y actitudes. Sin contar con las acepciones que se desvían del consenso grupal, la mayoría de los miembros aceptan y reproducen esta ideología dándole un valor absoluto de veracidad, incluso puede llegar a ser una ley. Un ejemplo de esto fueron las Leyes Jim Crow que privaban del sufragio a los negros y a blancos de clases económicamente bajas a través de impuestos, pruebas de alfabetización, compresión lectora, documentos de residencia para ejercer el derecho a votar. Es decir que estos grupos eran incapaces de influir política y económicamente ante el latente ejercicio de los blancos en el poder.

Los grupos tienen la libertad relativa de ignorar el discurso dominante y formar una ideología alternativa. Según Judith Butler, esta vulnerabilidad lingüística de los grupos minoritarios puede representar una alternativa de resistencia, ya que al nombrar, das existencia a grupos ignorados posibilitando el actuar de estos.[6]

Van Dijk dice que “si el discurso público de los grupos étnicos minoritarios no hacen del racismo una cuestión pública, la dominación étnica por lo general no cambia.”[7]​ Sin embargo, el discurso dominante, en el contexto occidental, se reproduce a través de las fuentes que son las élites simbólicas blancas. Estas élites se definen como liberales, democráticas, civilizadas, No obstante, estas descripciones entran en contradicción cuando se encuentran con un discurso a defensa de la diversidad, ya que se ve amenazada su predominio ideológico supuestamente “liberal”. Esta amenaza puede desatar grandes catástrofes ya que se puede usar como justificante de ataques contra grupos minoritarios o diferentes.

Tratados internacionales

Diferentes convenciones y tratados internacionales condenan el discurso de odio de diversas maneras:

  • La Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial condena, en su artículo 4, la difusión de ideas de superioridad racial. Concretamente, hace referencia a la propaganda de ideas basadas en la superioridad de un grupo de personas por su raza, color u origen étnico, justificando a la vez el odio o discriminación.[8]
  • Recomendación 97(20) del Comité de Ministros del Consejo de Europa. Este Comité es el órgano de decisión del Consejo de Europa. Entre sus poderes, está el de emitir recomendaciones para la política común, aunque no tienen carácter vinculante para los Estados. En su recomendación 97(20), define el discurso de odio y recomienda realizar políticas con enfoques que analicen las causas del fenómeno, la ratificación de la Convención y que se aúnen las medidas que conjuguen tanto el respeto por la libertad de expresión como el respeto por la dignidad, reputación y otros derechos. Insta a no realizar ni amparar este tipo de declaraciones, desautorizándolas públicamente y estableciendo un margo legislativo en el que las limitaciones sean proporcionales a la gravedad de las actuaciones.[2]
  • Recomendación 7 de la Comisión Europea contra el Racismo y la Intolerancia del Consejo de Europa. Afirma que la libertad de expresión, de reunión y de asociación deben restringirse con el objetivo de combatir el racismo, respetando los límites que establece el Convención Europea de Derechos Humanos. Además, insta a penalizar a organizaciones y propaganda racistas.[9]

Discurso de odio por países

Chile

En Chile el discurso de odio está tipificado directamente en el artículo 31 de la ley sobre Libertades de Opinión e Información y Ejercicio del Periodismo, que establece una alta pena de multa para quienes “por cualquier medio de comunicación social, realizare publicaciones o transmisiones destinadas a promover odio u hostilidad respecto de personas o colectividades en razón de su raza, sexo, religión o nacionalidad".[10]​ Esta norma ha sido aplicada por expresiones proferidas a través de internet.[10]​ También existe una circunstancia agravante de la responsabilidad penal cuando se cometen crímenes movidos por el odio discriminatorio.

México

El racismo en México es una consecuencia de los siglos de colonialismo español.[11]​ En este sistema de dominación, los no europeos fueron tratados como diferentes e inferiores; como consecuencia, esta ideología sirvió para justificar la esclavitud, la explotación y la discriminación.

La emancipación de México se realizó bajo el liderazgo de la élite criolla, cuya ideología racista era compartida por los dirigentes mestizos. La casta mestiza se elevó como ejemplo de una mezcla deseable entre sus orígenes indígenas y europeos. Esta raza nueva era glorificada, sin embargo, para los pueblos indígenas y negros la forma básica de desigualdad seguía intacta. Las comunidades indígenas siguieron siendo explotadas con formas más o menos explícitas de legitimación basadas en su supuesta inferioridad e incapacidad de integración. En México, el racismo continúa a pesar de las resistencias de los pueblos indígenas y afrodescendientes.

España

El Código Penal de 1995 tipifica conductas relacionadas con el discurso de odio en artículos diferentes. Por ejemplo, el artículo 510, dentro de los delitos contra la Constitución, y el 607, dentro de los delitos de genocidio. Ambos artículos han sido criticados numerosas veces debido a su vaga redacción.[3]

El Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial controla el cumplimiento de la mencionada Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial en cada país. En su informe de 2011 sobre España, en la recomendación 14, muestra preocupación por la persistencia de manifestaciones que propagan estereotipos racistas y prejuicios en contra de ciertos grupos de migrantes como los africanos del Norte, los latinoamericanos y los musulmanes a través de los medios de comunicación.

El Comité insta al Gobierno de España a que continúe la puesta en marcha de la Estrategia Nacional e Integral de lucha contra el racismo y la xenofobia, a que vigile atentamente todas las tendencias que puedan suscitar un comportamiento racista y xenófobo y a que combata las consecuencias negativas de esas tendencias.[12]

Véase también

Referencias

  1. Kaufman, Gustavo Ariel (2015). Carlos Sánchez Gutiérrez, ed. Odium dicta. Libertad de expresión y protección de grupos discriminados en internet. México, D.F.: CONAPRED. ISBN 978-607-8418-15-2. 
  2. Committee of Ministers. Council of Europe (30 de octubre de 1997). Recommendation Nº R (97) 20 of the Committee of Ministers to Member States on "Hate Speech". Consultado el 2 de mayo de 2015. 
  3. Güerri Ferrández, Cristina (Enero de 2015). «La especialización de la fiscalía en materia de delitos de odio y discriminación». InDret. Revista para el análisis del derecho: 15. Consultado el 2 de mayo de 2015. 
  4. Casaús Arzú, Marta (2014). «Las Expresiones De Odio Y Racismo En La Opinión Pública Guatemalteca Durante El Juicio Por Genocidio Contra El General Ríos Montt». INTERdisciplina. Consultado el 14 de noviembre de 2015. 
  5. Van Dijk, Teun A.. Discurso y poder. Gedisa. 
  6. Butler, Judith. «Introducción: de la vulnerabilidad lingüística». Lenguaje, poder e identidad. 
  7. Teun A, van Dijk (2007). Racismo y discurso en América Latina. Barcelona, España: Gedisa. 
  8. «Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial». 21 de diciembre de 1965. Consultado el 2 de mayo de 2015. 
  9. Comisión Europea contra el Racismo y la Intolerancia del Consejo de Europa (17 de febrero de 2003). Recomendación 7 (Apartado 3, artículo 11 de la Recomendación). p. 57. Consultado el 2 de mayo de 2015. 
  10. Alvaro Paul Díaz, La Penalización de la Incitación al Odio a la Luz de la Jurisprudencia Comparada, Rev. chil. derecho, 2011, vol.38, n.3, pp. 573-609.
  11. Van Dijk (2007). «Racismo y discurso en América Latina: una introducción». Racismo y discurso en américa latina. Barcelona, España: Gedisa. p. 21. 
  12. Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial (10 de marzo de 2011). Examen de los informes presentados por los Estados partes de conformidad con el artículo 9 de la Convención. Observaciones finales del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial. España. p. 4. Consultado el 2 de mayo de 2015. 
  •   Datos: Q653347

discurso, odio, discurso, odio, inglés, hate, speech, acción, comunicativa, tiene, como, objetivo, promover, alimentar, dogma, cargado, connotaciones, discriminatorias, atenta, contra, dignidad, grupo, individuos, dicho, discurso, propagado, intención, maligna. El discurso de odio en ingles hate speech es la accion comunicativa que tiene como objetivo promover y alimentar un dogma cargado de connotaciones discriminatorias que atenta contra la dignidad de un grupo de individuos 1 Dicho discurso es propagado con intencion maligna 1 para incitar al interlocutor o lector a que lleve a cabo acciones destructivas en contra de un grupo por lo general historicamente discriminado 1 Segun la Recomendacion No R 97 20 del Comite de Ministros del Consejo de Europa las formas mas comunes del discurso de odio son el racismo la xenofobia el antisemitismo entre otras basadas en la intolerancia 2 El discurso de odio ha generado un debate academico debido a que tanto la accion misma ejercida por los victimarios contra las victimas como la censura a aquellos como consecuencia de la defensa esgrimida por las victimas contra los victimarios o por prevencion entra en conflicto con los derechos de las dos partes hacia la victima contra todo tipo de derechos destacando la dignidad y contra el victimario principalmente en su derecho de libertad de expresion 3 En este sentido si las expresiones de por ejemplo nacionalismo exacerbado o etnocentrismo no contienen en si intencionalidad de atacar a un grupo determinado entonces no constituyen problemas suficientemente graves como para justificar la utilizacion de los instrumentos legales que protegen a las victimas 1 del discurso de odio Indice 1 Criterios para determinar la existencia de discurso de odio 2 Discurso y racismo 3 Tratados internacionales 4 Discurso de odio por paises 4 1 Chile 4 2 Mexico 4 3 Espana 5 Vease tambien 6 ReferenciasCriterios para determinar la existencia de discurso de odio EditarAl estar sujetas a diversas interpretaciones y opiniones las manifestaciones de los discursos de odio se vuelven dificiles de definir Por esta razon establecer criterios homogeneos y uniformes 1 que permitan identificar dicho discurso ha sido un tema controversial puesto a debate Kaufman propone una formula que establece que para afirmar que un discurso de odio ha sido emitido se debe contar con los criterios A B C o A B D siempre en un contexto dado 1 Dichos criterios son A Criterio de grupo en situacion de vulnerabilidad tipificado Se expresan de forma explicita o implicita pero indudablemente con referencias a un grupo historicamente discriminado en un tiempo y lugar determinados 1 B Criterio de humillacion Se puede manifestar de tres formas distintas La primera implica la existencia de opiniones que degradan o humillan a un determinado grupo en situacion vulnerable 1 La segunda forma consiste en la identificacion de una referencia simbolica o historica precisa 1 que expresa apoyo hacia eventos cuyo proposito es humillar a los miembros de un grupo vulnerable Por ultimo la tercera se manifiesta cuando a una persona se le atribuyen caracteristicas denigrantes asociadas con prejuicios claramente discriminatorios sobre el grupo al que pertenece C Criterio de malignidad Se extiende una invitacion dirigida hacia terceras personas ya sea de forma explicita o implicita para ser participes de acciones cuyo objetivo sea atentar contra la integridad de un grupo vulnerable D Criterio de intencionalidad Se caracteriza por la existencia de una intencion deliberada para llevar a cabo acciones con las que se persiga humillar y degradar a los integrantes de un grupo discriminado Para que la formula propuesta por Kaufman funcione es necesario que dichos criterios se desarrollen en contextos dados Por contexto el autor se refiere a una situacion desarrollada en un lugar y tiempo determinados en la que un grupo de individuos deba ser reconocido como discriminado el discurso pueda ser considerado con base en buenas razones como humillante y perjudicial por los integrantes del grupo en cuestion y que la malignidad y la intencionalidad de tal discurso se identifique en las acciones del emisor 1 Discurso y racismo EditarMarta Casaus Arzu nos dice que para algunos estudiosos el odio es el antecedente del racismo 4 ya que entendiendo al racismo como la exclusion del otro mediante la desvalorizacion se llega finalmente a odiarlo Este odio es una forma que puede negar la existencia del otro y se constituye en un lazo social que une a grupo frente a otro El racismo se aprende mediante un proceso de adquisicion ideologica y practica Una de las causas con la que el racismo y el odio se retroalimentan es el papel que juega el discurso de odio en los medios de comunicacion en la escuelas y en diversas fuentes El analisis critico del discurso enfatiza la importancia del estudio de los responsables de la produccion y reproduccion de los discursos racistas dominantes que forman opiniones estereotipadas y humillantes de grupos diferentes Para Teun van Dijk las elites simbolicas blancas que son las instituciones o corporativos que fabrican las creencias las actitudes las normas y las ideologias publicas son especialmente responsables de la produccion ya que cuentan con mayores recursos puesto que poseen los medios y el control de los discursos publicos 5 La estructura del discurso racista contribuye a la reproduccion de los prejuicios la ideologia racista y la discriminacion Estos discursos enfatizan lo positivo del grupo dominante y lo negativo del otro no obstante esta diferenciacion se hace en terminos absolutos negando la posibilidad de interaccion El discurso dominador es difundido mediante diversas fuentes que ha logrado penetrar en el modo en que las personas forman sus opiniones y actitudes Sin contar con las acepciones que se desvian del consenso grupal la mayoria de los miembros aceptan y reproducen esta ideologia dandole un valor absoluto de veracidad incluso puede llegar a ser una ley Un ejemplo de esto fueron las Leyes Jim Crow que privaban del sufragio a los negros y a blancos de clases economicamente bajas a traves de impuestos pruebas de alfabetizacion compresion lectora documentos de residencia para ejercer el derecho a votar Es decir que estos grupos eran incapaces de influir politica y economicamente ante el latente ejercicio de los blancos en el poder Los grupos tienen la libertad relativa de ignorar el discurso dominante y formar una ideologia alternativa Segun Judith Butler esta vulnerabilidad linguistica de los grupos minoritarios puede representar una alternativa de resistencia ya que al nombrar das existencia a grupos ignorados posibilitando el actuar de estos 6 Van Dijk dice que si el discurso publico de los grupos etnicos minoritarios no hacen del racismo una cuestion publica la dominacion etnica por lo general no cambia 7 Sin embargo el discurso dominante en el contexto occidental se reproduce a traves de las fuentes que son las elites simbolicas blancas Estas elites se definen como liberales democraticas civilizadas No obstante estas descripciones entran en contradiccion cuando se encuentran con un discurso a defensa de la diversidad ya que se ve amenazada su predominio ideologico supuestamente liberal Esta amenaza puede desatar grandes catastrofes ya que se puede usar como justificante de ataques contra grupos minoritarios o diferentes Tratados internacionales EditarDiferentes convenciones y tratados internacionales condenan el discurso de odio de diversas maneras La Convencion Internacional sobre la Eliminacion de todas las Formas de Discriminacion Racial condena en su articulo 4 la difusion de ideas de superioridad racial Concretamente hace referencia a la propaganda de ideas basadas en la superioridad de un grupo de personas por su raza color u origen etnico justificando a la vez el odio o discriminacion 8 Recomendacion 97 20 del Comite de Ministros del Consejo de Europa Este Comite es el organo de decision del Consejo de Europa Entre sus poderes esta el de emitir recomendaciones para la politica comun aunque no tienen caracter vinculante para los Estados En su recomendacion 97 20 define el discurso de odio y recomienda realizar politicas con enfoques que analicen las causas del fenomeno la ratificacion de la Convencion y que se aunen las medidas que conjuguen tanto el respeto por la libertad de expresion como el respeto por la dignidad reputacion y otros derechos Insta a no realizar ni amparar este tipo de declaraciones desautorizandolas publicamente y estableciendo un margo legislativo en el que las limitaciones sean proporcionales a la gravedad de las actuaciones 2 Recomendacion 7 de la Comision Europea contra el Racismo y la Intolerancia del Consejo de Europa Afirma que la libertad de expresion de reunion y de asociacion deben restringirse con el objetivo de combatir el racismo respetando los limites que establece el Convencion Europea de Derechos Humanos Ademas insta a penalizar a organizaciones y propaganda racistas 9 Discurso de odio por paises EditarChile Editar En Chile el discurso de odio esta tipificado directamente en el articulo 31 de la ley sobre Libertades de Opinion e Informacion y Ejercicio del Periodismo que establece una alta pena de multa para quienes por cualquier medio de comunicacion social realizare publicaciones o transmisiones destinadas a promover odio u hostilidad respecto de personas o colectividades en razon de su raza sexo religion o nacionalidad 10 Esta norma ha sido aplicada por expresiones proferidas a traves de internet 10 Tambien existe una circunstancia agravante de la responsabilidad penal cuando se cometen crimenes movidos por el odio discriminatorio Mexico Editar El racismo en Mexico es una consecuencia de los siglos de colonialismo espanol 11 En este sistema de dominacion los no europeos fueron tratados como diferentes e inferiores como consecuencia esta ideologia sirvio para justificar la esclavitud la explotacion y la discriminacion La emancipacion de Mexico se realizo bajo el liderazgo de la elite criolla cuya ideologia racista era compartida por los dirigentes mestizos La casta mestiza se elevo como ejemplo de una mezcla deseable entre sus origenes indigenas y europeos Esta raza nueva era glorificada sin embargo para los pueblos indigenas y negros la forma basica de desigualdad seguia intacta Las comunidades indigenas siguieron siendo explotadas con formas mas o menos explicitas de legitimacion basadas en su supuesta inferioridad e incapacidad de integracion En Mexico el racismo continua a pesar de las resistencias de los pueblos indigenas y afrodescendientes Espana Editar El Codigo Penal de 1995 tipifica conductas relacionadas con el discurso de odio en articulos diferentes Por ejemplo el articulo 510 dentro de los delitos contra la Constitucion y el 607 dentro de los delitos de genocidio Ambos articulos han sido criticados numerosas veces debido a su vaga redaccion 3 El Comite para la Eliminacion de la Discriminacion Racial controla el cumplimiento de la mencionada Convencion Internacional sobre la Eliminacion de todas las Formas de Discriminacion Racial en cada pais En su informe de 2011 sobre Espana en la recomendacion 14 muestra preocupacion por la persistencia de manifestaciones que propagan estereotipos racistas y prejuicios en contra de ciertos grupos de migrantes como los africanos del Norte los latinoamericanos y los musulmanes a traves de los medios de comunicacion El Comite insta al Gobierno de Espana a que continue la puesta en marcha de la Estrategia Nacional e Integral de lucha contra el racismo y la xenofobia a que vigile atentamente todas las tendencias que puedan suscitar un comportamiento racista y xenofobo y a que combata las consecuencias negativas de esas tendencias 12 Vease tambien EditarDelito de odio Discurso de odio en linea Grupo de odio Incitacion al odio Libertad de expresion Piramide del odio Racismo Apartheid Nazismo Ku Klux Klan Etnocentrismo Intolerancia religiosa Antisemitismo Anticristianismo IslamofobiaReferencias Editar a b c d e f g h i j Kaufman Gustavo Ariel 2015 Carlos Sanchez Gutierrez ed Odium dicta Libertad de expresion y proteccion de grupos discriminados en internet Mexico D F CONAPRED ISBN 978 607 8418 15 2 a b Committee of Ministers Council of Europe 30 de octubre de 1997 Recommendation Nº R 97 20 of the Committee of Ministers to Member States on Hate Speech Consultado el 2 de mayo de 2015 a b Guerri Ferrandez Cristina Enero de 2015 La especializacion de la fiscalia en materia de delitos de odio y discriminacion InDret Revista para el analisis del derecho 15 Consultado el 2 de mayo de 2015 Casaus Arzu Marta 2014 Las Expresiones De Odio Y Racismo En La Opinion Publica Guatemalteca Durante El Juicio Por Genocidio Contra El General Rios Montt INTERdisciplina Consultado el 14 de noviembre de 2015 Van Dijk Teun A Discurso y poder Gedisa Butler Judith Introduccion de la vulnerabilidad linguistica Lenguaje poder e identidad Teun A van Dijk 2007 Racismo y discurso en America Latina Barcelona Espana Gedisa Convencion Internacional sobre la Eliminacion de todas las Formas de Discriminacion Racial 21 de diciembre de 1965 Consultado el 2 de mayo de 2015 Comision Europea contra el Racismo y la Intolerancia del Consejo de Europa 17 de febrero de 2003 Recomendacion 7 Apartado 3 articulo 11 de la Recomendacion p 57 Consultado el 2 de mayo de 2015 a b Alvaro Paul Diaz La Penalizacion de la Incitacion al Odio a la Luz de la Jurisprudencia Comparada Rev chil derecho 2011 vol 38 n 3 pp 573 609 Van Dijk 2007 Racismo y discurso en America Latina una introduccion Racismo y discurso en america latina Barcelona Espana Gedisa p 21 Comite para la Eliminacion de la Discriminacion Racial 10 de marzo de 2011 Examen de los informes presentados por los Estados partes de conformidad con el articulo 9 de la Convencion Observaciones finales del Comite para la Eliminacion de la Discriminacion Racial Espana p 4 Consultado el 2 de mayo de 2015 Datos Q653347Obtenido de https es wikipedia org w index php title Discurso de odio amp oldid 136177323, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

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