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Derecho penal del enemigo

Derecho penal del enemigo es la expresión acuñada por Günther Jakobs en 1985,​ para referirse a las normas que en el Código Penal alemán (Strafgesetzbuch o StGB) sancionaban penalmente conductas, sin que se hubiere afectado el bien jurídico, pues ni siquiera se trataba del inicio de la ejecución. Estas normas no castigan al autor por el hecho delictivo cometido sino por el hecho de considerarlo peligroso.[1]

Según Jakobs, ciertas personas, porque son enemigos de la sociedad (o estado), no tienen todas las protecciones y procedimientos penales que se dan a otras personas. Jakobs propone la distinción entre un derecho penal del ciudadano (Bürgerstrafrecht), que se caracteriza por el mantenimiento de la vigencia de la norma, y un derecho penal para enemigos (Feindstrafrecht), orientado a combatir los peligros, y que permite que cualquier medio disponible sea utilizado para castigar estos enemigos.[2]

Por lo tanto, el derecho penal del enemigo no constituye en sí mismo un corpus legislativo, sino que significa la suspensión de ciertas leyes, justificada por la necesidad de proteger la sociedad o el Estado contra determinados peligros. La mayoría de los estudiosos del derecho penal y de la filosofía del derecho se oponen al concepto de Feindstrafrecht. Günther Jakobs, a su vez, señala que sólo describe algo que ya existe, mientras que sus críticos dicen que asume una posición afirmativa en su publicación de 2004.

En esta publicación, Jakobs propone que cualquier persona que no respete las leyes y el orden legal de un Estado -o que pretenda destruirlos- debe perder todos los derechos como ciudadano y como ser humano y que el Estado debe permitir a esta persona sea perseguida por todos los medios disponibles. Esto significa, por ejemplo, que un terrorista que quiera subvertir las normas de la sociedad, un criminal que ignora las leyes y un miembro de la mafia que sólo respete las reglas de su clan, deberían ser designados como «no-personas »y ya no merecerían ser tratados ser tratados como personas, sino como enemigos.

Jakobs justifica la necesidad de un derecho penal del enemigo filosóficamente, y se refiere al la teoría hobbesiana del contrato social y su interpretación por Immanuel Kant. Quien acaba con este contrato social mediante su deshonra, deja la sociedad y entra en el estado natural sin ley. De este modo, pierde sus derechos como persona y se convierte en un enemigo, y como tal, debe ser perseguido por la sociedad.

Legitimidad del Derecho Penal del Enemigo editar

Jakobs en 1985 consideraba que en un Estado de libertades solo tiene cabida un derecho penal de ciudadanos.[3]​ Después del Congreso, el tema no fue tratado apenas durante algunos años, si bien Jakobs seguía publicando.

Cuando se produjeron los sucesos del 11 de septiembre y se declaró el Estado de guerra declarada, Jakobs se refirió a estos acontecimientos como un ejemplo de derecho penal del enemigo, pero ya no la consideró tan peyorativo.

Se habla por ello de un segundo Jakobs (1999/2003) que fundamenta la legitimidad del Derecho Penal del enemigo, en el derecho de los ciudadanos a la obtención de un mínimo de seguridad frente a quienes no cabe establecer cognitivas. Ahora bien, este segundo Jakobs insiste en que hay que mantener separados ambos ordenamientos jurídicos pues obedecen a dos lógicas distintas.[4]

Garantía cognitiva editar

Günther sostiene que hay que distinguir entre delincuentes que han cometido un error y aquellos que pueden destruir el ordenamiento jurídico. Los primeros son personas y deben ser tratados como tales, pues ofrecen garantía cognitiva suficiente de un comportamiento personal. A quienes no ofrecen esa seguridad cognitiva, el Estado no debe tratarlos como persona, pues entonces vulneraría el derecho a la seguridad de las demás personas. En palabras de Kant, según Jakobs, separarse de los enemigos significa protegerse frente a ellos.[5]

Desarrollo del concepto de derecho penal del enemigo editar

El concepto de derecho penal del enemigo se ha venido desarrollando desde entonces, bien para cuestionarlo y rechazarlo como contrario a un modelo de Estado democrático y de derecho, bien para justificarlo por quienes lo consideran filosóficamente bien fundamentado.

Se han propuesto diversas tesis, otras denominaciones y otros marcos como "el derecho penal de autor". Raúl Zaffaroni, aborda lo que ha sido el enemigo en la Historia del Derecho Penal y llega a la conclusión:

la admisión jurídica del concepto de enemigo en el derecho (que no sea estrictamente de guerra) siempre ha sido lógica e históricamente, el germen o primer síntoma de la destrucción autoritaria del estado de derecho[6]

Lo cierto es que los legisladores están produciendo normas que tienen la naturaleza del derecho penal del enemigo. Esto no lo dudan ni quienes las consideran conformes a los principios del Estado de Derecho ni quienes las consideran "estados de excepción no declarada".[7]

Ideas clave editar

En el concepto Derecho Penal del enemigo se arraciman ideas clave que Jakobs desarrolla a partir de lo que, en su opinión, tiene fundamento en teorías filosóficas:

  • Persona: "todo aquel que presta fidelidad al ordenamiento jurídico con cierta fiabilidad tiene derecho a ser tratado como persona y quien no lleve a cabo esta prestación puede ser heteroadministrado, lo que significa que no será tratado como persona".[8]
  • Ciudadano: "presta el apoyo cognitivo de la norma, orientándose cotidianamente con base al Derecho. Un individuo que no admite ser obligado a entrar en un estado de ciudadanía, no puede participar de los beneficios del concepto de persona".[9]
  • Función de la pena: "en el caso normal del delito, la pena es una especie de indemnización que es ejecutada forzosamente a costa de la persona del delincuente. El derecho penal dirigido específicamente contra terroristas, tiene más bien el cometido de garantizar la seguridad, que el de mantener la vigencia del ordenamiento jurídico".[10]

Delincuencia Organizada como inserción del Derecho Penal del Enemigo en la legislación mexicana editar

En la legislación mexicana se pueden encontrar rasgos muy distintivos del Derecho Penal del Enemigo a partir de la Constitución, que en su artículo 16, párrafo octavo decreta que se puede arraigar a una persona hasta por ochenta días si se le acusa de Delincuencia Organizada; mientras en el párrafo noveno del mismo artículo se especifica que se debe entender por Delincuencia Organizada a una organización de hecho de tres o más personas para cometer delitos en forma permanente o reiterada, en los términos de la ley en la materia.[11]

La ley en la materia a la que se refiere es la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, que en su artículo segundo refiere que cuando tres o más personas se organicen de hecho para realizar, en forma permanente o reiterada, conductas que por sí o unidas a otras, tengan como fin o resultado cometer delitos como el terrorismo, delitos contra la salud, falsificación de moneda, tráfico de armas u órganos o secuestro, entre otros, serán considerados y sancionados como miembros de la Delincuencia Organizada y en su artículo cuarto nos habla de los excedentes en las penas independientemente de la pena aplicable por el delito cometido.[12]

En ambos textos legislativos se pueden observar los principios bajo los que se rige el Derecho Penal del Enemigo que son:

I. Distinguir a las personas de las no personas, lo que queda de manifiesto desde el momento mismo de generar una ley que los diferencia.

II. Anticiparse al peligro, teniendo la posibilidad de castigar los fines de la conducta sin que esta se haya concretado.

III. Aplicar penas más severas a los enemigos del Estado que como se mencionó, está perfectamente representado por el artículo cuarto de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada.

Referencias editar

  1. JAKOBS, Günther. Sociedad, norma y persona en una teoría de un Derecho penal funcional. Editorial Civitas S.A., Madrid, 1996. pp. 43 – 49
  2. Leiva, Núñez; Ignacio, José (2009-12). «Un análisis abstracto del Derecho Penal del Enemigo a partir del Constitucionalismo Garantista y Dignatario». Política criminal 4 (8): 383-407. ISSN 0718-3399. doi:10.4067/S0718-33992009000200003. Consultado el 9 de febrero de 2023. 
  3. Jakobs, G. (1995). Derecho Penal, Parte General. Madrid: Edit. Marcial Pons. p. 44
  4. Gómez Martín, Víctor (2007). El Derecho Penal de autor. Tirant lo blanch. pp. 268.a 279. ISBN 978-84-8456-866-7. 
  5. Günther, Jakobs; Cancio Meliá (2006). «Manuel». Derecho Penal del enemigo (Thomson,Civitas,Cuadernos Civitas): 47 y 48. ISBN 84-470-2536-5. 
  6. Zaffaroni, E.Raúl (2006). El Derecho Penal del enemigo. Dykinson. ISBN 978-84-9772-973-4. 
  7. Cancio Meliá, Manuel; Gómez-Jara Díez, Carlos (2006). Derecho Penal del Enemigo. El discurso penal de la exclusión. Vol I y II. Edifoser SL. ISBN 84-9261-28-X |isbn= incorrecto (ayuda).  |autor= y |apellidos= redundantes (ayuda)
  8. Günther, Jakobs; Cancio Meliá (2006). Derecho Penal del enemigo. Thomson-Civitas. pp. 68-69. ISBN 84-470-2536-5. 
  9. Günther, Jakobs; Cancio Meliá (2006). Derecho Penal del enemigo. Thomson-Civitas. ISBN 84-470-2536-5. 
  10. Günther, Jakobs; Cancio Meliá (2006). Derecho Penal del enemigo. Thomson-Civitas. pp. 71-72. ISBN 84-470-2536-5. 
  11. «Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos». Consultado el 11 - 12 - 2015. 
  12. . Archivado desde el original el 1 de agosto de 2010. Consultado el 11 - 12 - 2015. 
  •   Datos: Q905314

derecho, penal, enemigo, expresión, acuñada, günther, jakobs, 1985, para, referirse, normas, código, penal, alemán, strafgesetzbuch, stgb, sancionaban, penalmente, conductas, hubiere, afectado, bien, jurídico, pues, siquiera, trataba, inicio, ejecución, estas,. Derecho penal del enemigo es la expresion acunada por Gunther Jakobs en 1985 para referirse a las normas que en el Codigo Penal aleman Strafgesetzbuch o StGB sancionaban penalmente conductas sin que se hubiere afectado el bien juridico pues ni siquiera se trataba del inicio de la ejecucion Estas normas no castigan al autor por el hecho delictivo cometido sino por el hecho de considerarlo peligroso 1 Segun Jakobs ciertas personas porque son enemigos de la sociedad o estado no tienen todas las protecciones y procedimientos penales que se dan a otras personas Jakobs propone la distincion entre un derecho penal del ciudadano Burgerstrafrecht que se caracteriza por el mantenimiento de la vigencia de la norma y un derecho penal para enemigos Feindstrafrecht orientado a combatir los peligros y que permite que cualquier medio disponible sea utilizado para castigar estos enemigos 2 Por lo tanto el derecho penal del enemigo no constituye en si mismo un corpus legislativo sino que significa la suspension de ciertas leyes justificada por la necesidad de proteger la sociedad o el Estado contra determinados peligros La mayoria de los estudiosos del derecho penal y de la filosofia del derecho se oponen al concepto de Feindstrafrecht Gunther Jakobs a su vez senala que solo describe algo que ya existe mientras que sus criticos dicen que asume una posicion afirmativa en su publicacion de 2004 En esta publicacion Jakobs propone que cualquier persona que no respete las leyes y el orden legal de un Estado o que pretenda destruirlos debe perder todos los derechos como ciudadano y como ser humano y que el Estado debe permitir a esta persona sea perseguida por todos los medios disponibles Esto significa por ejemplo que un terrorista que quiera subvertir las normas de la sociedad un criminal que ignora las leyes y un miembro de la mafia que solo respete las reglas de su clan deberian ser designados como no personas y ya no merecerian ser tratados ser tratados como personas sino como enemigos Jakobs justifica la necesidad de un derecho penal del enemigo filosoficamente y se refiere al la teoria hobbesiana del contrato social y su interpretacion por Immanuel Kant Quien acaba con este contrato social mediante su deshonra deja la sociedad y entra en el estado natural sin ley De este modo pierde sus derechos como persona y se convierte en un enemigo y como tal debe ser perseguido por la sociedad Indice 1 Legitimidad del Derecho Penal del Enemigo 2 Garantia cognitiva 3 Desarrollo del concepto de derecho penal del enemigo 3 1 Ideas clave 4 Delincuencia Organizada como insercion del Derecho Penal del Enemigo en la legislacion mexicana 5 ReferenciasLegitimidad del Derecho Penal del Enemigo editarJakobs en 1985 consideraba que en un Estado de libertades solo tiene cabida un derecho penal de ciudadanos 3 Despues del Congreso el tema no fue tratado apenas durante algunos anos si bien Jakobs seguia publicando Cuando se produjeron los sucesos del 11 de septiembre y se declaro el Estado de guerra declarada Jakobs se refirio a estos acontecimientos como un ejemplo de derecho penal del enemigo pero ya no la considero tan peyorativo Se habla por ello de un segundo Jakobs 1999 2003 que fundamenta la legitimidad del Derecho Penal del enemigo en el derecho de los ciudadanos a la obtencion de un minimo de seguridad frente a quienes no cabe establecer cognitivas Ahora bien este segundo Jakobs insiste en que hay que mantener separados ambos ordenamientos juridicos pues obedecen a dos logicas distintas 4 Garantia cognitiva editarGunther sostiene que hay que distinguir entre delincuentes que han cometido un error y aquellos que pueden destruir el ordenamiento juridico Los primeros son personas y deben ser tratados como tales pues ofrecen garantia cognitiva suficiente de un comportamiento personal A quienes no ofrecen esa seguridad cognitiva el Estado no debe tratarlos como persona pues entonces vulneraria el derecho a la seguridad de las demas personas En palabras de Kant segun Jakobs separarse de los enemigos significa protegerse frente a ellos 5 Desarrollo del concepto de derecho penal del enemigo editarEl concepto de derecho penal del enemigo se ha venido desarrollando desde entonces bien para cuestionarlo y rechazarlo como contrario a un modelo de Estado democratico y de derecho bien para justificarlo por quienes lo consideran filosoficamente bien fundamentado Se han propuesto diversas tesis otras denominaciones y otros marcos como el derecho penal de autor Raul Zaffaroni aborda lo que ha sido el enemigo en la Historia del Derecho Penal y llega a la conclusion la admision juridica del concepto de enemigo en el derecho que no sea estrictamente de guerra siempre ha sido logica e historicamente el germen o primer sintoma de la destruccion autoritaria del estado de derecho 6 Lo cierto es que los legisladores estan produciendo normas que tienen la naturaleza del derecho penal del enemigo Esto no lo dudan ni quienes las consideran conformes a los principios del Estado de Derecho ni quienes las consideran estados de excepcion no declarada 7 Ideas clave editar En el concepto Derecho Penal del enemigo se arraciman ideas clave que Jakobs desarrolla a partir de lo que en su opinion tiene fundamento en teorias filosoficas Persona todo aquel que presta fidelidad al ordenamiento juridico con cierta fiabilidad tiene derecho a ser tratado como persona y quien no lleve a cabo esta prestacion puede ser heteroadministrado lo que significa que no sera tratado como persona 8 Ciudadano presta el apoyo cognitivo de la norma orientandose cotidianamente con base al Derecho Un individuo que no admite ser obligado a entrar en un estado de ciudadania no puede participar de los beneficios del concepto de persona 9 Funcion de la pena en el caso normal del delito la pena es una especie de indemnizacion que es ejecutada forzosamente a costa de la persona del delincuente El derecho penal dirigido especificamente contra terroristas tiene mas bien el cometido de garantizar la seguridad que el de mantener la vigencia del ordenamiento juridico 10 Delincuencia Organizada como insercion del Derecho Penal del Enemigo en la legislacion mexicana editar nbsp Este articulo o seccion tiene una redaccion con un sesgo cultural especificamente centrado en Mexico Por favor editalo para globalizarlo Mientras tanto no elimines este aviso En la legislacion mexicana se pueden encontrar rasgos muy distintivos del Derecho Penal del Enemigo a partir de la Constitucion que en su articulo 16 parrafo octavo decreta que se puede arraigar a una persona hasta por ochenta dias si se le acusa de Delincuencia Organizada mientras en el parrafo noveno del mismo articulo se especifica que se debe entender por Delincuencia Organizada a una organizacion de hecho de tres o mas personas para cometer delitos en forma permanente o reiterada en los terminos de la ley en la materia 11 La ley en la materia a la que se refiere es la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada que en su articulo segundo refiere que cuando tres o mas personas se organicen de hecho para realizar en forma permanente o reiterada conductas que por si o unidas a otras tengan como fin o resultado cometer delitos como el terrorismo delitos contra la salud falsificacion de moneda trafico de armas u organos o secuestro entre otros seran considerados y sancionados como miembros de la Delincuencia Organizada y en su articulo cuarto nos habla de los excedentes en las penas independientemente de la pena aplicable por el delito cometido 12 En ambos textos legislativos se pueden observar los principios bajo los que se rige el Derecho Penal del Enemigo que son I Distinguir a las personas de las no personas lo que queda de manifiesto desde el momento mismo de generar una ley que los diferencia II Anticiparse al peligro teniendo la posibilidad de castigar los fines de la conducta sin que esta se haya concretado III Aplicar penas mas severas a los enemigos del Estado que como se menciono esta perfectamente representado por el articulo cuarto de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada Referencias editar JAKOBS Gunther Sociedad norma y persona en una teoria de un Derecho penal funcional Editorial Civitas S A Madrid 1996 pp 43 49 Leiva Nunez Ignacio Jose 2009 12 Un analisis abstracto del Derecho Penal del Enemigo a partir del Constitucionalismo Garantista y Dignatario Politica criminal 4 8 383 407 ISSN 0718 3399 doi 10 4067 S0718 33992009000200003 Consultado el 9 de febrero de 2023 Jakobs G 1995 Derecho Penal Parte General Madrid Edit Marcial Pons p 44 Gomez Martin Victor 2007 El Derecho Penal de autor Tirant lo blanch pp 268 a 279 ISBN 978 84 8456 866 7 Gunther Jakobs Cancio Melia 2006 Manuel Derecho Penal del enemigo Thomson Civitas Cuadernos Civitas 47 y 48 ISBN 84 470 2536 5 Zaffaroni E Raul 2006 El Derecho Penal del enemigo Dykinson ISBN 978 84 9772 973 4 Cancio Melia Manuel Gomez Jara Diez Carlos 2006 Derecho Penal del Enemigo El discurso penal de la exclusion Vol I y II Edifoser SL ISBN 84 9261 28 X isbn incorrecto ayuda autor y apellidos redundantes ayuda Gunther Jakobs Cancio Melia 2006 Derecho Penal del enemigo Thomson Civitas pp 68 69 ISBN 84 470 2536 5 Gunther Jakobs Cancio Melia 2006 Derecho Penal del enemigo Thomson Civitas ISBN 84 470 2536 5 Gunther Jakobs Cancio Melia 2006 Derecho Penal del enemigo Thomson Civitas pp 71 72 ISBN 84 470 2536 5 Constitucion Politica de los Estados Unidos Mexicanos Consultado el 11 12 2015 Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada Archivado desde el original el 1 de agosto de 2010 Consultado el 11 12 2015 nbsp Datos Q905314 Obtenido de https es wikipedia org w index php title Derecho penal del enemigo amp oldid 149168002, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

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