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Declaratoria de la independencia (Uruguay)

En Uruguay, la expresión Declaratoria de la independencia refiere al acto realizado el 25 de agosto de 1825 por el Congreso de la Florida, integrado por representantes de los cabildos de los pueblos de la Provincia Oriental. Por medio de este, la Provincia Oriental proclamaba su independencia del Imperio del Brasil y se declaraba parte de las Provincias Unidas del Río de la Plata "a las que siempre perteneció por los vínculos más sagrados que el mundo conoce";[1]​ por lo mismo, no se trató de una declaración de independencia de una nación autónoma, aunque expresaba su soberanía.[2]

Declaratoria de la Independencia de la Provincia Oriental

Facsímil de la versión manuscrita de la Ley de Independencia
Función declarar la independencia de la Provincia Oriental con respecto del Reino de Portugal y el Imperio del Brasil
Creación 20, 21 y 22 de agosto de 1825
Signatario(s) 14 diputados de la Sala de Representantes de la Provincia Oriental
Ubicación Palacio Legislativo del Uruguay

Texto completo en Wikisource

Generalidades de la Independencia del Uruguay

Las deliberaciones tuvieron lugar en el paraje conocido como Piedra Alta, próximo a la ciudad de Florida, a 98 km de la actual capital (Montevideo). Esta declaración también es conocida como «de la Florida» o «de la Piedra Alta». Sus tres leyes reciben asimismo el nombre de «Leyes de la Florida» o «Leyes fundamentales de 1825».

Fue la continuación del proceso histórico iniciado con el desembarco de la cruzada libertadora el 19 de abril de 1825, conocido como desembarco de los Treinta y Tres Orientales, comandados por Juan Antonio Lavalleja, y uno de los puntos álgidos del proceso independentista oriental que culminó en la Jura de la Constitución en 1830.

El 25 de agosto de 1825 se declararon tres leyes:

  • Ley de Independencia: con respecto al Imperio del Brasil, Portugal y cualquier otro poder extranjero.
  • Ley de Unión: de la Provincia Oriental a las otras Provincias Unidas del Río de la Plata.
  • Ley de Pabellón: que estableció como pabellón de la Provincia Oriental la tricolor: «celeste, blanca y punzó» hasta tanto las demás provincias aceptaran la incorporación de la Provincia Oriental, momento a partir del cual se utilizaría la bandera de las Provincias Unidas del Río de la Plata.

La asamblea del 25 de agosto de 1825 tuvo como presidente al presbítero Juan Francisco Larrobla.

Interpretación del significado y alcance de las leyes del 25 de agosto de 1825.


Transcripción de las leyes fundamentales

Ley de independencia

 
La Piedra Alta en Florida, Uruguay fue el lugar en donde se proclamó la independencia.

La Sala de Representantes de la Provincia Oriental del Río de la Plata, en uso de la Soberanía ordinaria y extraordinaria que legalmente inviste, para constituir la existencia política de los pueblos que la componen, y establecer su independencia y felicidad, satisfaciendo el constante, universal y decidido voto de sus representados; después de consagrar á tan alto fin su más profunda consideración; obedeciendo la rectitud de su íntima conciencia, en el nombre y por la voluntad de ellos, sanciona con valor y fuerza de ley fundamental lo siguiente:

1 - Declara írritos, nulos, disueltos y de ningún valor para siempre, todos los actos de incorporación, reconocimientos, aclamaciones y juramentos arrancados á los pueblos de la Provincia Oriental, por la violencia de la fuerza unida á la perfidia de los intrusos poderes de Portugal y el Brasil que la han tiranizado, hollado y usurpado sus inalienables derechos, y sujetándole al yugo de un absoluto despotismo desde el año de 1817 hasta el presente de 1825. Y por cuanto el Pueblo Oriental, aborrece y detesta hasta el recuerdo de los documentos que comprenden tan ominosos actos, los Magistrados Civiles de los pueblos en cuyos archivos se hallan depositados aquellos, luego que reciban la presente disposición, concurrirán el primer día festivo en unión del Párroco y vecindario y con asistencia del Escribano, Secretario, o quien haga sus veces á la casa de Justicia, y antecedida la lectura de este Decreto se testará y borrará desde la primera línea hasta la última firma de dichos documentos, extendiendo en seguida un certificado que haga constar haberlo verificado, con el que deberá darse cuenta oportunamente al Gobierno de la Provincia.

2 - En consecuencia de la antecedente declaración, reasumiendo la Provincia Oriental la plenitud de los derechos, libertades y prerrogativas, inherentes á los demás pueblos de la tierra, se declara de hecho y de derecho libre é independiente del Rey de Portugal, del Emperador del Brasil, y de cualquiera otro del universo y con amplio y pleno poder para darse las formas que en uso y ejercicio de su soberanía estime convenientes.


Ley de unión

La Sala de Representantes de la Provincia Oriental del Río de la Plata, en virtud de la soberanía ordinaria y extraordinaria que legalmente reviste, para resolver y sancionar todo cuanto tienda á la felicidad de ella, declara: que su voto general, constante, solemne y decidido, es y debe ser por la unión con las demás Provincias Argentinas, á que siempre perteneció por los vínculos más sagrado que el mundo conoce. Por tanto ha sancionado y decreta por ley fundamental la siguiente:

Queda la Provincia Oriental del Río de la Plata unida á las demás de este nombre en el territorio de Sud América, por ser la libre y espontánea voluntad de los pueblos que la componen, manifestada en testimonios irrefragables y esfuerzos heroicos desde el primer periodo de la regeneración política de dichas Provincias.

 
Pabellón de la Provincia Oriental aprobado por la Ley de Pabellón.


Ley de pabellón

La Sala de Representantes de la Provincia Oriental del Río de la Plata, en uso de la soberanía ordinaria y extraordinaria que legalmente reviste, ha sancionado y decreta con valor y fuerza de ley, lo siguiente:

Siendo una consecuencia necesaria del rango de Independencia y Libertad que ha recobrado de hecho y de derecho la Provincia Oriental, fijar el pabellón que debe señalar su Ejército y flamear en los pueblos de su territorio, le declara por tal, el que tiene admitido, compuesto de tres fajas horizontales, celeste, blanca, y punzó, por ahora, y hasta tanto que incorporados los Diputados de esta Provincia, a la Soberanía Nacional, se enarbole el reconocido por el de las Unidas del Río de la Plata, a que pertenece.[1]

Interpretación de las leyes fundamentales

Las primeras dos de estas tres leyes es necesario considerarlas en su conjunto para entender por qué se dictaron y que significan.

Si analizamos que por un lado se declara la independencia y por otro lado esa nueva provincia, en uso de su autonomía, libertad e independencia, resuelve unirse a las Provincias Unidas del Río de la Plata, que hoy se llama Argentina, no es una verdadera declaración de la independencia de un país, como erróneamente se ha dicho y enseñado a los uruguayos desde la época escolar.

Y también convengamos que si lo declarado en esa fecha se hubiese llevado a cabo, hoy no existiría Uruguay como país independiente, sino que sería una provincia argentina, de modo que de ninguna manera es aceptable creer o festejar el 25 de agosto como fecha de la independencia.

Esta no fue la verdadera declaración de la independencia de Uruguay ni mucho menos significó la creación e independencia del mismo. Fue una declaración que significaba otra cosa y que lamentablemente se confundió con la verdadera declaración de la independencia del Uruguay que ocurrió el 27 de agosto de 1828 en Río de Janeiro en la Convención Preliminar de Paz entre las Provincias Unidas del Río de la Plata y el Imperio del Brasil.

El Uruguay como Estado independiente surge en Montevideo, el 4 de octubre de 1828, cuando en cumplimiento de las estipulaciones de la Convención Preliminar de Paz, ésta se ratificó y se produjo la creación del Estado que luego pasó a llamarse República Oriental del Uruguay. Esperemos que algún día los uruguayos reconozcan y festejen este día como la fecha de su independencia.

Para entender por qué se dictaron esas leyes, hay que ponerse en la situación y el pensamiento de quienes las impulsaron.

Cuando comenzó el proceso libertador en el Río de La Plata, aquellos territorios que formaban el Virreinato del mismo nombre iniciaron un camino hacia la formación de un estado independiente, en el cual estarían unidos.

En ese Estado en formación existieron fuertes intereses contrapuestos que llevaron a una guerra civil. Las partes en esa guerra civil eran por un lado, la Provincia de Buenos Aires, que quería mantener la centralización del poder, que le permitía privilegios económicos de los que había gozado durante toda la vida del Virreinato. Por otro lado estaban las Provincias lideradas por Artigas, el Protector de los Pueblos Libres, entre las que se encontraban Córdoba, Corrientes, Entre Ríos, Santa Fé, Misiones y la Provincia Oriental. Estas provincias luchaban por una organización estatal que les diera una gran autonomía. Ambos bandos estaban en guerra armada pero ninguna buscaba una separación, sino que luchaban por imponer su forma de concebir el Estado a los otros.

En agosto de 1828, el impulsor de las leyes a las que se hizo referencia fue Don Juan Antonio Lavalleja, un lugarteniente de Artigas, quien no hizo otra cosa que impulsar las ideas de su general.

¿Qué pregonaba Artigas? Artigas quería implantar en el Estado en formación un gobierno confederado, donde las provincias debían declararse independientes en primer lugar y en segundo lugar realizar pactos entre ellas, que les permitiera defenderse del exterior, transitar libremente los ciudadanos, comerciar, etc. En ese Estado, las provincias tenían una autonomía de gobierno casi total.

Las leyes del 25 de agosto de 1825 no creaban ningún Estado independiente, sino que siguiendo los principios de Artigas lo que hacían era proclamar la libertad de la Provincia Oriental de los portugueses que la habían invadido y volver a formar parte de las Provincias Unidas del Río de la Plata.

Nomenclátor y homenajes

Véase también

Referencias

  1. «25 de agosto de 1825 DECLARACION DE LA INDEPENDENCIA NACIONAL - Uruguay@s en Francia». www.uruguayos.fr. Consultado el 12 de junio de 2020. 
  2. . Archivado desde el original el 27 de agosto de 2016. Consultado el 6 de julio de 2016. 

Enlaces externos

  •   Wikimedia Commons alberga una categoría multimedia sobre Declaratoria de la independencia.
  •   Wikisource contiene obras originales de o sobre Texto de las tres leyes del 25 de agosto de 1825.
  •   Datos: Q5801144

declaratoria, independencia, uruguay, uruguay, expresión, declaratoria, independencia, refiere, acto, realizado, agosto, 1825, congreso, florida, integrado, representantes, cabildos, pueblos, provincia, oriental, medio, este, provincia, oriental, proclamaba, i. En Uruguay la expresion Declaratoria de la independencia refiere al acto realizado el 25 de agosto de 1825 por el Congreso de la Florida integrado por representantes de los cabildos de los pueblos de la Provincia Oriental Por medio de este la Provincia Oriental proclamaba su independencia del Imperio del Brasil y se declaraba parte de las Provincias Unidas del Rio de la Plata a las que siempre pertenecio por los vinculos mas sagrados que el mundo conoce 1 por lo mismo no se trato de una declaracion de independencia de una nacion autonoma aunque expresaba su soberania 2 Declaratoria de la Independencia de la Provincia OrientalFacsimil de la version manuscrita de la Ley de IndependenciaFunciondeclarar la independencia de la Provincia Oriental con respecto del Reino de Portugal y el Imperio del BrasilCreacion20 21 y 22 de agosto de 1825Signatario s 14 diputados de la Sala de Representantes de la Provincia OrientalUbicacionPalacio Legislativo del UruguayTexto completo en Wikisource editar 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Independencia con respecto al Imperio del Brasil Portugal y cualquier otro poder extranjero Ley de Union de la Provincia Oriental a las otras Provincias Unidas del Rio de la Plata Ley de Pabellon que establecio como pabellon de la Provincia Oriental la tricolor celeste blanca y punzo hasta tanto las demas provincias aceptaran la incorporacion de la Provincia Oriental momento a partir del cual se utilizaria la bandera de las Provincias Unidas del Rio de la Plata La asamblea del 25 de agosto de 1825 tuvo como presidente al presbitero Juan Francisco Larrobla Interpretacion del significado y alcance de las leyes del 25 de agosto de 1825 Transcripcion de las leyes fundamentales EditarLey de independencia La Piedra Alta en Florida Uruguay fue el lugar en donde se proclamo la independencia La Sala de Representantes de la Provincia Oriental del Rio de la Plata en uso de la Soberania ordinaria y extraordinaria que legalmente inviste para constituir la existencia politica de los pueblos que la componen y establecer su independencia y felicidad satisfaciendo el constante universal y decidido voto de sus representados despues de consagrar a tan alto fin su mas profunda consideracion obedeciendo la rectitud de su intima conciencia en el nombre y por la voluntad de ellos sanciona con valor y fuerza de ley fundamental lo siguiente 1 Declara irritos nulos disueltos y de ningun valor para siempre todos los actos de incorporacion reconocimientos aclamaciones y juramentos arrancados a los pueblos de la Provincia Oriental por la violencia de la fuerza unida a la perfidia de los intrusos poderes de Portugal y el Brasil que la han tiranizado hollado y usurpado sus inalienables derechos y sujetandole al yugo de un absoluto despotismo desde el ano de 1817 hasta el presente de 1825 Y por cuanto el Pueblo Oriental aborrece y detesta hasta el recuerdo de los documentos que comprenden tan ominosos actos los Magistrados Civiles de los pueblos en cuyos archivos se hallan depositados aquellos luego que reciban la presente disposicion concurriran el primer dia festivo en union del Parroco y vecindario y con asistencia del Escribano Secretario o quien haga sus veces a la casa de Justicia y antecedida la lectura de este Decreto se testara y borrara desde la primera linea hasta la ultima firma de dichos documentos extendiendo en seguida un certificado que haga constar haberlo verificado con el que debera darse cuenta oportunamente al Gobierno de la Provincia 2 En consecuencia de la antecedente declaracion reasumiendo la Provincia Oriental la plenitud de los derechos libertades y prerrogativas inherentes a los demas pueblos de la tierra se declara de hecho y de derecho libre e independiente del Rey de Portugal del Emperador del Brasil y de cualquiera otro del universo y con amplio y pleno poder para darse las formas que en uso y ejercicio de su soberania estime convenientes Ley de unionLa Sala de Representantes de la Provincia Oriental del Rio de la Plata en virtud de la soberania ordinaria y extraordinaria que legalmente reviste para resolver y sancionar todo cuanto tienda a la felicidad de ella declara que su voto general constante solemne y decidido es y debe ser por la union con las demas Provincias Argentinas a que siempre pertenecio por los vinculos mas sagrado que el mundo conoce Por tanto ha sancionado y decreta por ley fundamental la siguiente Queda la Provincia Oriental del Rio de la Plata unida a las demas de este nombre en el territorio de Sud America por ser la libre y espontanea voluntad de los pueblos que la componen manifestada en testimonios irrefragables y esfuerzos heroicos desde el primer periodo de la regeneracion politica de dichas Provincias Pabellon de la Provincia Oriental aprobado por la Ley de Pabellon Ley de pabellonLa Sala de Representantes de la Provincia Oriental del Rio de la Plata en uso de la soberania ordinaria y extraordinaria que legalmente reviste ha sancionado y decreta con valor y fuerza de ley lo siguiente Siendo una consecuencia necesaria del rango de Independencia y Libertad que ha recobrado de hecho y de derecho la Provincia Oriental fijar el pabellon que debe senalar su Ejercito y flamear en los pueblos de su territorio le declara por tal el que tiene admitido compuesto de tres fajas horizontales celeste blanca y punzo por ahora y hasta tanto que incorporados los Diputados de esta Provincia a la Soberania Nacional se enarbole el reconocido por el de las Unidas del Rio de la Plata a que pertenece 1 Interpretacion de las leyes fundamentales Editar Las primeras dos de estas tres leyes es necesario considerarlas en su conjunto para entender por que se dictaron y que significan Si analizamos que por un lado se declara la independencia y por otro lado esa nueva provincia en uso de su autonomia libertad e independencia resuelve unirse a las Provincias Unidas del Rio de la Plata que hoy se llama Argentina no es una verdadera declaracion de la independencia de un pais como erroneamente se ha dicho y ensenado a los uruguayos desde la epoca escolar Y tambien convengamos que si lo declarado en esa fecha se hubiese llevado a cabo hoy no existiria Uruguay como pais independiente sino que seria una provincia argentina de modo que de ninguna manera es aceptable creer o festejar el 25 de agosto como fecha de la independencia Esta no fue la verdadera declaracion de la independencia de Uruguay ni mucho menos significo la creacion e independencia del mismo Fue una declaracion que significaba otra cosa y que lamentablemente se confundio con la verdadera declaracion de la independencia del Uruguay que ocurrio el 27 de agosto de 1828 en Rio de Janeiro en la Convencion Preliminar de Paz entre las Provincias Unidas del Rio de la Plata y el Imperio del Brasil El Uruguay como Estado independiente surge en Montevideo el 4 de octubre de 1828 cuando en cumplimiento de las estipulaciones de la Convencion Preliminar de Paz esta se ratifico y se produjo la creacion del Estado que luego paso a llamarse Republica Oriental del Uruguay Esperemos que algun dia los uruguayos reconozcan y festejen este dia como la fecha de su independencia Para entender por que se dictaron esas leyes hay que ponerse en la situacion y el pensamiento de quienes las impulsaron Cuando comenzo el proceso libertador en el Rio de La Plata aquellos territorios que formaban el Virreinato del mismo nombre iniciaron un camino hacia la formacion de un estado independiente en el cual estarian unidos En ese Estado en formacion existieron fuertes intereses contrapuestos que llevaron a una guerra civil Las partes en esa guerra civil eran por un lado la Provincia de Buenos Aires que queria mantener la centralizacion del poder que le permitia privilegios economicos de los que habia gozado durante toda la vida del Virreinato Por otro lado estaban las Provincias lideradas por Artigas el Protector de los Pueblos Libres entre las que se encontraban Cordoba Corrientes Entre Rios Santa Fe Misiones y la Provincia Oriental Estas provincias luchaban por una organizacion estatal que les diera una gran autonomia Ambos bandos estaban en guerra armada pero ninguna buscaba una separacion sino que luchaban por imponer su forma de concebir el Estado a los otros En agosto de 1828 el impulsor de las leyes a las que se hizo referencia fue Don Juan Antonio Lavalleja un lugarteniente de Artigas quien no hizo otra cosa que impulsar las ideas de su general Que pregonaba Artigas Artigas queria implantar en el Estado en formacion un gobierno confederado donde las provincias debian declararse independientes en primer lugar y en segundo lugar realizar pactos entre ellas que les permitiera defenderse del exterior transitar libremente los ciudadanos comerciar etc En ese Estado las provincias tenian una autonomia de gobierno casi total Las leyes del 25 de agosto de 1825 no creaban ningun Estado independiente sino que siguiendo los principios de Artigas lo que hacian era proclamar la libertad de la Provincia Oriental de los portugueses que la habian invadido y volver a formar parte de las Provincias Unidas del Rio de la Plata Nomenclator y homenajes EditarVarias vias publicas en Uruguay llevan por nombre 25 de Agosto en conmemoracion de esta fecha La localidad de Veinticinco de Agosto en el departamento de Florida La marcha militar 25 de Agosto del Ejercito Nacional uruguayo El 25 de agosto es feriado no laborable en Uruguay El Teatro 25 de Agosto en la ciudad de FloridaVease tambien EditarBicentenario de Uruguay Piedra Alta Congreso de la Florida Juan Francisco Larrobla Convencion Preliminar de Paz 1828 Cruzada Libertadora Bandera de Uruguay Ines MedinaReferencias Editar a b 25 de agosto de 1825 DECLARACION DE LA INDEPENDENCIA NACIONAL Uruguay s en Francia www uruguayos fr Consultado el 12 de junio de 2020 Copia archivada Archivado desde el original el 27 de agosto de 2016 Consultado el 6 de julio de 2016 Enlaces externos Editar Wikimedia Commons alberga una categoria multimedia sobre Declaratoria de la 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