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Constitución de Honduras de 1894

La Constitución de Honduras de 1894 fue la sexta constitución vigente del país, promulgada el 14 de octubre de 1894 en la capital Tegucigalpa. Entró en vigencia el 1 de enero de 1895.

En ella se prohíbe nuevamente la reelección presidencial que había sido legalizada en la anterior constitución. Trae conceptos nuevos como el Derecho a poseer armas, el allanamiento y el secreto de la correspondencia. Los Magistrados de la Corte pasan a ser elegidos popularmente.

La constitución fue abolida el 1 de enero de 1906 durante el mandato dictatorial de Manuel Bonilla, siendo reemplazada por una nueva. Tras ser derrocado y puesto el mandato presidencial en Miguel R. Dávila, se convocó a una Asamblea Nacional Constituyente que se reunió en Tegucigalpa el 1 de enero de 1908, la cual restituyó la constitución de 1894, el 8 de febrero de 1908.

Asamblea Constituyente

En febrero de 1894, el liberal Policarpo Bonilla toma el poder del país por la fuerza de las armas, derrocando a Domingo Vásquez Toruño. El 26 de abril del mismo año Bonilla emite un decreto convocando a elecciones el 3, 4 y 5 de junio, para una integrar una Asamblea Nacional Constituyente que se reuniría en Tegucigalpa del 1 al 10 de julio.

La misma inició funciones el 11 de julio. En ella tres diputados abogaron por primera vez en la historia legislativa de Honduras por el derecho al sufragio femenino.[1]
Estuvo compuesta por:

1. Manuel Gamero Presidente, Diputado por el Departamento de Valle.
2. Joaquín Sanson Vicepresidente, Diputado por el Departamento de Valle.
3. Rosendo Aguero Diputado por el Departamento de Valle.
4. Santos Soto Diputado por el Departamento de Tegucigalpa.
5. Cesar Lagos Diputado por el Departamento de Yoro.
6. Mariano Vásquez Diputado por el Departamento de Copán.
7. Teodoro Funes Diputado por el Departamento de Intibucá.
8. Gonzalo Mejía Nolasco Diputado por el Departamento de Santa Bárbara.
9. Pedro H. Bonilla Diputado por el Departamento de Comayagua.
10. Rosendo Gómez Diputado por el Departamento de Santa Bárbara.
11. Ramón M. Nolasco Diputado por el Departamento de Intibucá.
12. Nicolás Ochoa Velásquez Diputado por el Departamento de La Paz.
13. Julián Baires Diputado por el Departamento de Comayagua.
14. Miguel A. Ruiz Diputado por el Departamento de La Paz.
15. Marcos Figueroa Diputado por el Departamento de Gracias.
16. Antonio S. Maradiaga Diputado por el Departamento de Cortés.
17. J. Tomás Idiaquez Diputado por el Departamento de El Paraíso.
18. Hipólito Moncada Diputado por el Departamento de Colón.
19. E. Constantino Fiallos Diputado por el Departamento de Colón.
20. J. Santos del Valle Diputado por el Departamento de Gracias.
21. Dionisio Gutiérrez Diputado por el Departamento de El Paraíso.
22. Carlos Bulnes Diputado por el Departamento de Colón.
23. Domingo Zambrano Diputado por el Departamento de Choluteca.
24. Julio César Durón Diputado por el Departamento de El Paraíso.
25. Francisco Leiva Diputado por el Departamento de Cortés.
26. Terencio Sierra Diputado por el Departamento de Tegucigalpa.
27. José María Ochoa V. Diputado por el Departamento de La Paz.
28. Antonio Midence Diputado por el Departamento de Choluteca.
29. R. Meza Diputado por el Departamento de Comayagua.
30. Samuel Gómez E. Diputado por el Departamento de Yoro.
31. Jesús B. Guillén Diputado por el Departamento de Choluteca.
32. Perfecto Aldana Diputado por el Departamento de Copán.
33. L. Irias Diputado por el Departamento de Las Islas.
34. Carlos Torres Diputado por el Departamento de Yoro.
35. Maximiliano Hernández Diputado por el Departamento de Gracias.
36. Francisco Argueta Vargas Diputado por el Departamento de Olancho.
37. Ángel Ugarte Diputado por el Departamento de Tegucigalpa.
38. F. Calix H. Diputado por el Departamento de Olancho.
39. Juan E. Paredes Secretario, Diputado por el Departamento de Santa Bárbara.
40. R. Maldonado Secretario, Diputado por el Departamento de Intibucá.
41. Gregorio Reyes Vicesecretario, Diputado por el Departamento de Olancho.
42. Miguel O. Bustillo Vicesecretario, Diputado por el Departamento de Tegucigalpa.

Contenido

La constitución consta de 168 artículos y está estructurada de la siguiente manera:

Preámbulo:
Nosotros, los representantes del pueblo hondureño, reunidos para dar Ley Fundamental de la Nación, decretamos y sancionamos la siguiente Constitución Política.
Título I. De la Nación
Título II. De los hondureños
Título III. De los extranjeros
Título IV. De los ciudadanos
Título V. De los derechos y garantías
Título VI. De la forma de gobierno
Título VII. Del Poder Legislativo
Título VIII. De las atribuciones del Poder Legislativo
Título IX. De la formación, sanción y promulgación de la ley
Título X. Del Poder Ejecutivo
Título XI. De los deberes y atribuciones del Poder Ejecutivo
Título XII. De los Secretarios de Estado
Título XIII. Del Poder Judicial
Título XIV. Del presupuesto
Título XV. Del Tesoro Público
Título XVI. Del Ejército
Título XVII. Del gobierno departamental
Título XVIII. Del gobierno municipal
Título XIX. De las responsabilidades de los empleados públicos
Título XX. De las leyes constitutivas
Título XXI. De las reformas a la constitución y leyes constitutivas
Estructura de gobierno

Al igual que la anterior constitución, esta comienza abogando por la reinstauración de la disuelta República de Centroamérica, pero añade que puede conformarse con uno o más Estados centroamericanos. El gobierno es nuevamente «republicano, democrático y representativo», y «se ejerce por tres Poderes independientes: Legislativo, Ejecutivo y Judicial» (art. 76).

Poderes del Estado

El Presidente, Vicepresidente y Designados debían ser hondureños naturales mayores de 25 años. El Presidente era el jefe de las fuerzas terrestres y marítimas, además de cabeza de la policía (art. 108). Podía «ponerse al frente del ejército», para lo cual designaba la presidencia a su sucesor legar y quedaba envestido «sólo del carácter de general en Jefe, y con las atribuciones de Comandante General» (art. 110). En caso de ausencia del Presidente, lo reemplazaría el Vicepresidente, y en ausencia de este, los Designados (art. 106). Si el Vicepresidente o los Designados ejercían la presidencia constitucional durante 6 meses ya no podían aspirar a ser electos presidentes. El periodo continúa siendo de 4 años iniciando el 1 de febrero, pero ahora sin posibilidad de reelección o de ser elegido Vicepresidente. También se añaden esta restricción a los parientes cercanos del presidente (art. 104). Podían nombrarse de 3 a 6 Secretarios de Estado (art. 111).

La Corte Suprema de Justicia se mantiene de 5 magistrados, pero ahora electos popularmente; y se eligen además 3 suplentes. Se establece que el Congreso puede iniciar sesiones con 2 tercios de sus miembros, y tiene facultades para «aprobar o improbar la conducta del Ejecutivo». Asimismo, el Congreso hace el escrutinio de votos para Presidente, Vicepresidente y Magistrados de la Corte; escogiendo al Presidente de entre los candidatos cuando ninguno de ellos alcanzara la mayoría absoluta (art. 90). Los diputados además gozan de prerrogativas (art. 87). Tanto los diputados como los Magistrados podían reelegirse indefinidamente.

Ciudadanía

Eran ciudadanos «todos los hondureños mayores de veintiún años, y los mayores de dieciocho que sean casados o sepan leer y escribir.» Al igual que en la constitución anterior, la ciudadanía se perdía, entre otras cosas, por aceptar empleos de naciones extranjeras, no siendo consideradas extranjeras las naciones centroamericanas (art. 22). Eran hondureños «naturales» (por nacimiento) los centroamericanos que manifestaran su deseo de ser hondureños ante una autoridad departamental, mientras que los hispanoamericanos podían volverse hondureños «naturalizados» tras una residencia de un año, y de dos para el resto de extranjeros. Se reitera que los extranjeros gozan de los mismos derechos que los hondureños, pudiendo entrar y permanecer en el país sin pasaporte (art. 64), pero se añaden prohibiciones para este derecho y la figura de la extradición en caso de perjuicios al país (art. 12-17).

Garantías y prohibiciones

La constitución reconoce como derechos y garantías «la inviolabilidad de la vida humana, la seguridad individual, la libertad, la igualdad y la propiedad» (art. 26), la institución de habeas corpus y el derecho a la defensa y al debido proceso. La detención para inquirir no podía pasar los 6 días y un detenido no podía someterse a falta de comunicación por más de 24 horas (art. 31-32). También «se garantiza el libre ejercicio de todas las religiones» y la libertad de credo en el matrimonio (art. 54-55). Se reitera la educación laica y la prohibición de los ministros religiosos de ejercer cargos públicos. El estado de sitio no podía extenderse por más de 60 días y, a diferencia de la anterior constitución, señalaba 3 a artículos que no podían suspenderse. También podían dictarse disposiciones sanitarias con suspensión de garantías constitucionales en caso de epidemia (art. 74-75). Se prohíbe comerciar aguardiente, pólvora, salitre y tabaco (art. 59).  

Novedades

Es hasta esta constitución cuando se establece el voto universal, directo y secreto —aunque solo para los hombres—,[2][3]​ reiterando además que es irrenunciable y obligatorio (art. 35). Se reconoce por primera vez el derecho a poseer y portar armas (art. 21), pero se reitera la prohibición de reunirse con armas (art. 58). Queda abolida la pena de muerte (art. 27). Surgen por primera vez la figura del allanamiento y la secretividad de la correspondencia (art. 44-48). El allanamiento para aprehender a un reo o extraer objetos necesitaba una orden judicial, y no podía realizarse de 7 p.m. a 6 a.m. Se reduce el tiempo para ejercer como soldados del ejército activo, de 21 a 30 años, y de 30 a 40 como soldado de la reserva.

Reformas

Las reformas a la constitución debían ser aprobadas por 2 tercios del Congreso en sesión ordinaria, y luego instalarse una Asamblea Constituyente que las verificase. La Asamblea Constituyente sería electa igual que el Congreso y tendría el mismo número de Representantes, con las mismas inmunidades. «En ningún caso» se podían reformar los artículos constitucionales que prohibían la reelección del Presidente o de su sucesor, ni los que establecían la duración del periodo presidencial si sus efectos se producían en el periodo en curso o en el siguiente (art. 163-165). Las leyes solo podían tener efecto retroactivo en materia penal y cuando la nueva ley fuera favorable a un delincuente (art. 50).

Véase también


Predecesor:
Constitución de Honduras de 1904
Reestablecida
 

1908 - 1924
(16 años)
Sucesor:
Constitución de Honduras de 1924
Predecesor:
Constitución de Honduras de 1880
6ta Constitución Política de Honduras
 

1894 - 1904
(10 años)
Sucesor:
Constitución de Honduras de 1904

Referencias

  1. Villars 2004, p. 157.
  2. Villanueva 1994, p. 133-134.
  3. Somoza 2005, p. 402.

Fuentes

  • Constitución de 1894 en la Biblioteca Virtual Miguel de Cervantes. Consultado el 29 de agosto de 2018.
  • Lindvall-Larson, Karen. «Elections and Events 1875-1899». Latin American Election Statistics: A Guide to Sources [Estadísticas de elecciones latino americanas: una guía de fuentes]. Librería de la Universidad de California en San Diego. Consultado el 17 de agosto de 2018. 

Enlaces externos

  •   Datos: Q60823568

constitución, honduras, 1894, sexta, constitución, vigente, país, promulgada, octubre, 1894, capital, tegucigalpa, entró, vigencia, enero, 1895, ella, prohíbe, nuevamente, reelección, presidencial, había, sido, legalizada, anterior, constitución, trae, concept. La Constitucion de Honduras de 1894 fue la sexta constitucion vigente del pais promulgada el 14 de octubre de 1894 en la capital Tegucigalpa Entro en vigencia el 1 de enero de 1895 En ella se prohibe nuevamente la reeleccion presidencial que habia sido legalizada en la anterior constitucion Trae conceptos nuevos como el Derecho a poseer armas el allanamiento y el secreto de la correspondencia Los Magistrados de la Corte pasan a ser elegidos popularmente La constitucion fue abolida el 1 de enero de 1906 durante el mandato dictatorial de Manuel Bonilla siendo reemplazada por una nueva Tras ser derrocado y puesto el mandato presidencial en Miguel R Davila se convoco a una Asamblea Nacional Constituyente que se reunio en Tegucigalpa el 1 de enero de 1908 la cual restituyo la constitucion de 1894 el 8 de febrero de 1908 Indice 1 Asamblea Constituyente 2 Contenido 3 Vease tambien 4 Referencias 5 Fuentes 6 Enlaces externosAsamblea Constituyente EditarEn febrero de 1894 el liberal Policarpo Bonilla toma el poder del pais por la fuerza de las armas derrocando a Domingo Vasquez Toruno El 26 de abril del mismo ano Bonilla emite un decreto convocando a elecciones el 3 4 y 5 de junio para una integrar una Asamblea Nacional Constituyente que se reuniria en Tegucigalpa del 1 al 10 de julio La misma inicio funciones el 11 de julio En ella tres diputados abogaron por primera vez en la historia legislativa de Honduras por el derecho al sufragio femenino 1 Estuvo compuesta por 1 Manuel Gamero Presidente Diputado por el Departamento de Valle 2 Joaquin Sanson Vicepresidente Diputado por el Departamento de Valle 3 Rosendo Aguero Diputado por el Departamento de Valle 4 Santos Soto Diputado por el Departamento de Tegucigalpa 5 Cesar Lagos Diputado por el Departamento de Yoro 6 Mariano Vasquez Diputado por el Departamento de Copan 7 Teodoro Funes Diputado por el Departamento de Intibuca 8 Gonzalo Mejia Nolasco Diputado por el Departamento de Santa Barbara 9 Pedro H Bonilla Diputado por el Departamento de Comayagua 10 Rosendo Gomez Diputado por el Departamento de Santa Barbara 11 Ramon M Nolasco Diputado por el Departamento de Intibuca 12 Nicolas Ochoa Velasquez Diputado por el Departamento de La Paz 13 Julian Baires Diputado por el Departamento de Comayagua 14 Miguel A Ruiz Diputado por el Departamento de La Paz 15 Marcos Figueroa Diputado por el Departamento de Gracias 16 Antonio S Maradiaga Diputado por el Departamento de Cortes 17 J Tomas Idiaquez Diputado por el Departamento de El Paraiso 18 Hipolito Moncada Diputado por el Departamento de Colon 19 E Constantino Fiallos Diputado por el Departamento de Colon 20 J Santos del Valle Diputado por el Departamento de Gracias 21 Dionisio Gutierrez Diputado por el Departamento de El Paraiso 22 Carlos Bulnes Diputado por el Departamento de Colon 23 Domingo Zambrano Diputado por el Departamento de Choluteca 24 Julio Cesar Duron Diputado por el Departamento de El Paraiso 25 Francisco Leiva Diputado por el Departamento de Cortes 26 Terencio Sierra Diputado por el Departamento de Tegucigalpa 27 Jose Maria Ochoa V Diputado por el Departamento de La Paz 28 Antonio Midence Diputado por el Departamento de Choluteca 29 R Meza Diputado por el Departamento de Comayagua 30 Samuel Gomez E Diputado por el Departamento de Yoro 31 Jesus B Guillen Diputado por el Departamento de Choluteca 32 Perfecto Aldana Diputado por el Departamento de Copan 33 L Irias Diputado por el Departamento de Las Islas 34 Carlos Torres Diputado por el Departamento de Yoro 35 Maximiliano Hernandez Diputado por el Departamento de Gracias 36 Francisco Argueta Vargas Diputado por el Departamento de Olancho 37 Angel Ugarte Diputado por el Departamento de Tegucigalpa 38 F Calix H Diputado por el Departamento de Olancho 39 Juan E Paredes Secretario Diputado por el Departamento de Santa Barbara 40 R Maldonado Secretario Diputado por el Departamento de Intibuca 41 Gregorio Reyes Vicesecretario Diputado por el Departamento de Olancho 42 Miguel O Bustillo Vicesecretario Diputado por el Departamento de Tegucigalpa Contenido EditarLa constitucion consta de 168 articulos y esta estructurada de la siguiente manera Preambulo dd Nosotros los representantes del pueblo hondureno reunidos para dar Ley Fundamental de la Nacion decretamos y sancionamos la siguiente Constitucion Politica Titulo I De la Nacion Titulo II De los hondurenos Titulo III De los extranjeros Titulo IV De los ciudadanos Titulo V De los derechos y garantias Titulo VI De la forma de gobierno Titulo VII Del Poder Legislativo Titulo VIII De las atribuciones del Poder Legislativo Titulo IX De la formacion sancion y promulgacion de la ley Titulo X Del Poder Ejecutivo Titulo XI De los deberes y atribuciones del Poder Ejecutivo Titulo XII De los Secretarios de Estado Titulo XIII Del Poder Judicial Titulo XIV Del presupuesto Titulo XV Del Tesoro Publico Titulo XVI Del Ejercito Titulo XVII Del gobierno departamental Titulo XVIII Del gobierno municipal Titulo XIX De las responsabilidades de los empleados publicos Titulo XX De las leyes constitutivas Titulo XXI De las reformas a la constitucion y leyes constitutivasEstructura de gobiernoAl igual que la anterior constitucion esta comienza abogando por la reinstauracion de la disuelta Republica de Centroamerica pero anade que puede conformarse con uno o mas Estados centroamericanos El gobierno es nuevamente republicano democratico y representativo y se ejerce por tres Poderes independientes Legislativo Ejecutivo y Judicial art 76 Poderes del EstadoEl Presidente Vicepresidente y Designados debian ser hondurenos naturales mayores de 25 anos El Presidente era el jefe de las fuerzas terrestres y maritimas ademas de cabeza de la policia art 108 Podia ponerse al frente del ejercito para lo cual designaba la presidencia a su sucesor legar y quedaba envestido solo del caracter de general en Jefe y con las atribuciones de Comandante General art 110 En caso de ausencia del Presidente lo reemplazaria el Vicepresidente y en ausencia de este los Designados art 106 Si el Vicepresidente o los Designados ejercian la presidencia constitucional durante 6 meses ya no podian aspirar a ser electos presidentes El periodo continua siendo de 4 anos iniciando el 1 de febrero pero ahora sin posibilidad de reeleccion o de ser elegido Vicepresidente Tambien se anaden esta restriccion a los parientes cercanos del presidente art 104 Podian nombrarse de 3 a 6 Secretarios de Estado art 111 La Corte Suprema de Justicia se mantiene de 5 magistrados pero ahora electos popularmente y se eligen ademas 3 suplentes Se establece que el Congreso puede iniciar sesiones con 2 tercios de sus miembros y tiene facultades para aprobar o improbar la conducta del Ejecutivo Asimismo el Congreso hace el escrutinio de votos para Presidente Vicepresidente y Magistrados de la Corte escogiendo al Presidente de entre los candidatos cuando ninguno de ellos alcanzara la mayoria absoluta art 90 Los diputados ademas gozan de prerrogativas art 87 Tanto los diputados como los Magistrados podian reelegirse indefinidamente CiudadaniaEran ciudadanos todos los hondurenos mayores de veintiun anos y los mayores de dieciocho que sean casados o sepan leer y escribir Al igual que en la constitucion anterior la ciudadania se perdia entre otras cosas por aceptar empleos de naciones extranjeras no siendo consideradas extranjeras las naciones centroamericanas art 22 Eran hondurenos naturales por nacimiento los centroamericanos que manifestaran su deseo de ser hondurenos ante una autoridad departamental mientras que los hispanoamericanos podian volverse hondurenos naturalizados tras una residencia de un ano y de dos para el resto de extranjeros Se reitera que los extranjeros gozan de los mismos derechos que los hondurenos pudiendo entrar y permanecer en el pais sin pasaporte art 64 pero se anaden prohibiciones para este derecho y la figura de la extradicion en caso de perjuicios al pais art 12 17 Garantias y prohibicionesLa constitucion reconoce como derechos y garantias la inviolabilidad de la vida humana la seguridad individual la libertad la igualdad y la propiedad art 26 la institucion de habeas corpus y el derecho a la defensa y al debido proceso La detencion para inquirir no podia pasar los 6 dias y un detenido no podia someterse a falta de comunicacion por mas de 24 horas art 31 32 Tambien se garantiza el libre ejercicio de todas las religiones y la libertad de credo en el matrimonio art 54 55 Se reitera la educacion laica y la prohibicion de los ministros religiosos de ejercer cargos publicos El estado de sitio no podia extenderse por mas de 60 dias y a diferencia de la anterior constitucion senalaba 3 a articulos que no podian suspenderse Tambien podian dictarse disposiciones sanitarias con suspension de garantias constitucionales en caso de epidemia art 74 75 Se prohibe comerciar aguardiente polvora salitre y tabaco art 59 NovedadesEs hasta esta constitucion cuando se establece el voto universal directo y secreto aunque solo para los hombres 2 3 reiterando ademas que es irrenunciable y obligatorio art 35 Se reconoce por primera vez el derecho a poseer y portar armas art 21 pero se reitera la prohibicion de reunirse con armas art 58 Queda abolida la pena de muerte art 27 Surgen por primera vez la figura del allanamiento y la secretividad de la correspondencia art 44 48 El allanamiento para aprehender a un reo o extraer objetos necesitaba una orden judicial y no podia realizarse de 7 p m a 6 a m Se reduce el tiempo para ejercer como soldados del ejercito activo de 21 a 30 anos y de 30 a 40 como soldado de la reserva ReformasLas reformas a la constitucion debian ser aprobadas por 2 tercios del Congreso en sesion ordinaria y luego instalarse una Asamblea Constituyente que las verificase La Asamblea Constituyente seria electa igual que el Congreso y tendria el mismo numero de Representantes con las mismas inmunidades En ningun caso se podian reformar los articulos constitucionales que prohibian la reeleccion del Presidente o de su sucesor ni los que establecian la duracion del periodo presidencial si sus efectos se producian en el periodo en curso o en el siguiente art 163 165 Las leyes solo podian tener efecto retroactivo en materia penal y cuando la nueva ley fuera favorable a un delincuente art 50 Vease tambien EditarConstitucion de Honduras Historia del Derecho en Honduras Gobernantes de Honduras Predecesor Constitucion de Honduras de 1904 Reestablecida 1908 1924 16 anos Sucesor Constitucion de Honduras de 1924Predecesor Constitucion de Honduras de 1880 6ta Constitucion Politica de Honduras 1894 1904 10 anos Sucesor Constitucion de Honduras de 1904Referencias Editar Villars 2004 p 157 Villanueva 1994 p 133 134 Somoza 2005 p 402 Fuentes EditarConstitucion de 1894 en la Biblioteca Virtual Miguel de Cervantes Consultado el 29 de agosto de 2018 Lindvall Larson Karen Elections and Events 1875 1899 Latin American Election Statistics A Guide to 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