fbpx
Wikipedia

Casa de maternidad

Se llama casa de maternidad a aquellos establecimientos públicos que estaban destinados al refugio y subsistencia de las mujeres que concebían ilegítimamente y trataban de ocultar el embarazo y el parto.

Casa de maternidad, Puebla, México

Historia

El objeto principal de estas casas era evitar los infanticidios y salvar el honor de las madres. La administración pública practicaba así los deberes de protección y beneficencia que tiene para con las personas.

El abandono infantil en el siglo XIX hasta mediados del siglo XX fue de unos 20000 niños al año en España[1]​ y se producía mayormente en las casas de maternidad desde finales del siglo XIX. Hasta entonces era más frecuente el abandono en el torno o la exposición que era el abandono en sitios públicos como la casa del cura, alcalde , médico etc.[2]

Por regla general, debían ser admitidas en las casas de maternidad todas las mujeres que habiendo concebido ilegítimamente se hallaran en la precisión de reclamar este socorro. La administración, sin embargo, para que la beneficencia no degenerara en inmerecida protección señaló la época del embarazo desde la que sean admisibles las mujeres en las casas de maternidad. En España, tomó como punto de partida el séptimo mes del embarazo al ser cuando comenzaba a ser inminente el público deshonor y entonces cuando había certeza de que las mujeres necesitan el benéfico refugio del establecimiento. Esta regla tenía excepciones admitiéndose a las mujeres antes del séptimo mes de embarazo ya cuando mediaran causas justas y graves a juicio del director, ya cuando aquellas pagaran una pensión, ya en fin, cuando ganen el sustento con su propio trabajo.

Siendo uno de los principales objetos de las casas de maternidad poner a salvo el honor de las mujeres que venían a buscar refugio en ellas, no podía la administración por su parte dar ocasión a que ese objeto se contrariase, ni dentro del establecimiento, ni menos respecto a la sociedad. Así, en las casas se observaba el más inviolable secreto, no debiendo hacerse pregunta ni información alguna sobre la conducta privada de las mujeres refugiadas y siendo expelido inmediatamente el empleado o dependiente que fallase de cualquier modo a tan importante obligación. La ley llegó a declarar que el descubrimiento de alguna mujer en las casas de maternidad no podrá servir de prueba legal contra ella.

La beneficencia social, al mismo tiempo que otorgaba asilo a las mujeres que concibieron ilegítimamente proveía con no menor interés a la subsistencia y cuidado de los niños que nacían en aquel asilo. La legislación española de 1822 dio tanta importancia a esta relación que los reunió y redujo a una sola clase. Según su sistema las casas de maternidad comprendían tres departamentos:

  • uno para las mujeres embarazadas y paridas
  • otro para la lactancia de los niños
  • y otro para conservar y educar a estos hasta la edad de seis años.

La legislación distinguía los establecimientos de maternidad de los de expósitos. La ley recomendaba no obstante, que fueran aprovechadas las casas de maternidad para la lactancia de los niños que hubiere en las de expósitos.

Véase también

Referencias

  1. Pérez Moreda, Vicente. «La infancia abandonada en España». Real Academia de la Historia. 
  2. Valverde Lamfus, Lola. «Niño, Niña. El niño abandonado». Enciclopedia Auñamendi. 

Bibliografía

  • Enciclopedia española de derecho y administración, Lorenzo Arrazola, 1853
  •   Datos: Q5755358

casa, maternidad, llama, casa, maternidad, aquellos, establecimientos, públicos, estaban, destinados, refugio, subsistencia, mujeres, concebían, ilegítimamente, trataban, ocultar, embarazo, parto, puebla, méxicoÍndice, historia, véase, también, referencias, bi. Se llama casa de maternidad a aquellos establecimientos publicos que estaban destinados al refugio y subsistencia de las mujeres que concebian ilegitimamente y trataban de ocultar el embarazo y el parto Casa de maternidad Puebla MexicoIndice 1 Historia 2 Vease tambien 3 Referencias 4 BibliografiaHistoria EditarEl objeto principal de estas casas era evitar los infanticidios y salvar el honor de las madres La administracion publica practicaba asi los deberes de proteccion y beneficencia que tiene para con las personas El abandono infantil en el siglo XIX hasta mediados del siglo XX fue de unos 20000 ninos al ano en Espana 1 y se producia mayormente en las casas de maternidad desde finales del siglo XIX Hasta entonces era mas frecuente el abandono en el torno o la exposicion que era el abandono en sitios publicos como la casa del cura alcalde medico etc 2 Por regla general debian ser admitidas en las casas de maternidad todas las mujeres que habiendo concebido ilegitimamente se hallaran en la precision de reclamar este socorro La administracion sin embargo para que la beneficencia no degenerara en inmerecida proteccion senalo la epoca del embarazo desde la que sean admisibles las mujeres en las casas de maternidad En Espana tomo como punto de partida el septimo mes del embarazo al ser cuando comenzaba a ser inminente el publico deshonor y entonces cuando habia certeza de que las mujeres necesitan el benefico refugio del establecimiento Esta regla tenia excepciones admitiendose a las mujeres antes del septimo mes de embarazo ya cuando mediaran causas justas y graves a juicio del director ya cuando aquellas pagaran una pension ya en fin cuando ganen el sustento con su propio trabajo Siendo uno de los principales objetos de las casas de maternidad poner a salvo el honor de las mujeres que venian a buscar refugio en ellas no podia la administracion por su parte dar ocasion a que ese objeto se contrariase ni dentro del establecimiento ni menos respecto a la sociedad Asi en las casas se observaba el mas inviolable secreto no debiendo hacerse pregunta ni informacion alguna sobre la conducta privada de las mujeres refugiadas y siendo expelido inmediatamente el empleado o dependiente que fallase de cualquier modo a tan importante obligacion La ley llego a declarar que el descubrimiento de alguna mujer en las casas de maternidad no podra servir de prueba legal contra ella La beneficencia social al mismo tiempo que otorgaba asilo a las mujeres que concibieron ilegitimamente proveia con no menor interes a la subsistencia y cuidado de los ninos que nacian en aquel asilo La legislacion espanola de 1822 dio tanta importancia a esta relacion que los reunio y redujo a una sola clase Segun su sistema las casas de maternidad comprendian tres departamentos uno para las mujeres embarazadas y paridas otro para la lactancia de los ninos y otro para conservar y educar a estos hasta la edad de seis anos La legislacion distinguia los establecimientos de maternidad de los de expositos La ley recomendaba no obstante que fueran aprovechadas las casas de maternidad para la lactancia de los ninos que hubiere en las de expositos Vease tambien EditarAbandono infantil en Espana Ama de crianzaReferencias Editar Perez Moreda Vicente La infancia abandonada en Espana Real Academia de la Historia Valverde Lamfus Lola Nino Nina El nino abandonado Enciclopedia Aunamendi Bibliografia EditarEnciclopedia espanola de derecho y administracion Lorenzo Arrazola 1853 Datos Q5755358Obtenido de https es wikipedia org w index php title Casa de maternidad amp oldid 132991452, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

español

, española, descargar, gratis, descargar gratis, mp3, video, mp4, 3gp, jpg, jpeg, gif, png, imagen, música, canción, película, libro, juego, juegos