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Consejo Legislativo del Estado Zulia


El Consejo Legislativo del Estado Zulia (CLEZ) nace en 1999 en sustitución de la Asamblea Legislativa en términos del artículo 162 de la Constitución Nacional y 38 de la Constitución del Estado Zulia de 2003, es una asamblea de Legisladores de tipo unicameral en la que se deposita el ejercicio del Poder Legislativo del Estado Zulia. Ello deviene de lo dispuesto en el artículo 1°, que a la letra dictan que «El Estado Zulia, como entidad político-territorial de la República Bolivariana de Venezuela, tiene carácter autónomo, personalidad jurídica plena e igualdad política con los demás Estados de la Federación Venezolana, sin más limitaciones que su obligación de mantener la independencia, soberanía e integridad nacional y de cumplir y hacer cumplir la Constitución y leyes de la República».

Consejo Legislativo del Estado Zulia


Información general
Creación 17 de febrero de 1864 como Asamblea Federal del Estado Zulia
Atribuciones Constitución del Estado Zulia (Título Cuarto)
Tipo Unicameral
Límite Reelección continua
Liderazgo
Presidente Iraida Villasmil (UNT)
desde el 5 de enero de 2022
Vicepresidente Edgar Antúnez (PJ)
desde el 5 de enero de 2022
Secretario Mervin Bracho
Composición
Miembros 15 Diputados
Duración 4 años
Grupos representados

Oposición (12)

  •   5   UNT
  •   3   PJ
  •   2   AD
  •   2   VP

Oficialismo (3)

Elecciones
Sistema electoral Votación directa
Última elección 2021
Próxima elección 2025
Sitio web
Consejo Legislativo del Estado Zulia

La Constitución del Estado establece que el Poder Legislativo se ejerce por el Consejo Legislativo en su Título IV, Capítulo I, artículo 38, y sus Legisladores son representantes del pueblo zuliano según lo indica el artículo 44 del mismo texto legal.

Historia del Parlamento

En 1864, se decreta la Constitución Federal la cual le otorga a la Provincia de Maracaibo rango de Estado Federal dentro de los Estados Unidos de Venezuela, con una organización de tipo republicana y autoriza a que por medio de la Constitución Estatal siendo la primera la decretada el 17 de febrero de 1864, la cual creó el Parlamento del Estado que recibió el nombre de Asamblea Federal del Estado Soberano del Zulia de tipo unicameral.

Posteriormente a principios del siglo XX cambia el nombre a Asamblea Legislativa siendo la Constitución de 1989 con su reforma parcial de 1993 la última que le dio tal nombre.

En 1999, con el proceso constituyente que vivía el país se reorganizaron todos los poderes de la Nación, Estadales y Municipales. Ese año el Congreso de la República y sus Cámaras fueron disueltas por decreto de la Asamblea Nacional Constituyente, esa misma suerte fue para la Asamblea Legislativa del Estado Zulia para dar paso a la Comisión Legislativa Estadal de manera transitoria hasta que se realizaran las elecciones generales del 2000, para elegir a los nuevos diputados del estado. En agosto del 2003 se aprueba la nueva Constitución Estadal que establece el funcionamiento del nuevo Consejo Legislativo del Estado Zulia.

Funciones

Según el artículo 47 de la Constitución Estatal las competencias del Consejo Legislativo son las siguientes:

  • Cumplir la Consunción y leyes de la República, la Constitución y las demás leyes del Estado.
  • Velar por la merindad territorial del Estado Zulia.
  • Dictar y reformar la Constitución del Estado Zulia.
  • Legislar sobre las materias de competencia estatal.
  • Sancionar la Ley de Presupuesto del Estado.
  • Dictar su Reglamento Interior y de Debates.
  • Ejercer la iniciativa legislativa en cuanto a las leyes relativas a los estados y emitir opinión en el proceso de consulta de las leyes.
  • Ejercer el control, sobre la Administración Pública del Estado.
  • Participar en la designación, juramentan y remoción del Contralor General del Estado.
  • Realizar las investigaciones que juzgue convenientes al interés público y social.
  • Crear los institutos autónomos del Estado.
  • Autorizar al gobernador para el nombramiento del procurador general del Estado.
  • Autorizar al gobernador para salir del territorio de la República.
  • Autorizar las operaciones de crédito público, los créditos adicionales.
  • Aprobar, modificar y ejecutar su presupuesto de gastos.
  • Acordar el traslado al Panteón del Estado Azulina, de los restos de personalidades ilustres que hayan prestado servicios distinguidos al Estado.

Organización del Consejo Legislativo

Según el artículo 38 de la Constitución de la Entidad Federal deberá contar con un Presidente, un Vicepresidente y un Secretario fuera de su seno, elegidos para periodos de un año por la mayoría de los votos afirmativos de la Cámara, y además se nombrarán Comisiones Permanentes, ordinarias y especiales y a su vez Subcomisiones. Las Comisiones Permanentes, en un número no mayor de quince, estarán referidas a los sectores de la actividad estatal. En el receso del Consejo Legislativo funcionará la Comisión Delegada.

Comisiones Permanentes 2018

Comisiones Permanentes
Presidente Diputado(a)
Comisión Permanente de Política, Participación y Derechos Humanos Leg. Alexander Villalobos
Comisión Permanente de Contraloría, Administración y ServiciosLeg. Guyibert Antúnez
Comisión Permanente de Economía, Finanzas, Planificación y Desarrollo RegionalLeg. José Vielma
Comisión Permanente de Asuntos Laborales, Desarrollo Social, Salud y contra el uso indebido de DrogasLeg. Edgar Mujica
Comisión Permanente de Educación, Cultura, Deportes, Asuntos Sociales y de Protección del Niño, del Adolescente y de la MujerLeg. Neira Lathulerie
Comisión Permanente de Pueblos Indígenas, Ambiente y Recursos Naturales Leg. Dorelis Echeto
Comisión Permanente de Descentralización, Límites, Ordenación Territorial y FronterasLeg. Juan Romero

Junta Directiva actual

  • Presidente: Iraida Villasmil
  • Vicepresidente: Edgar Antunéz
  • Secretario: Mervin Bracho

La Comisión Delegada

Es el organismo del Poder Legislativo del Estado Zulia que se encarga de las tareas que son competencia del Consejo Legislativo, cuando ésta se encuentra en receso en dos oportunidades al año cuando termina el Periodo legislativo.

La Comisión Permanente está compuesta por el Presidente del Consejo, el Vicepresidente, cuatro Legisladores que reflejen la composición política del Cuerpo y el Secretario del Consejo.

La Comisión Delegada tiene su base en los artículos 48 al 51 de la Constitución del Estado Zulia y en el Reglamento del Interior y de Debates del Consejo Legislativo.

Periodos Legislativos e Instalación del Consejo Legislativo

El primer período de sesiones ordinarias del Consejo Legislativo comenzará sin convocatoria previa, el 5 de enero de cada año o el día posterior más inmediato posible y durará hasta el 15 de agosto. El segundo período comenzará el 15 de septiembre o el día posterior más inmediato posible y terminará el 15 de diciembre de cada año, según el Reglamento de interior y de debates del Consejo Legislativo Zuliano.

Diputados

Actualmente, El Consejo Legislativo del Estado Zulia se integra con 15 Diputados, de los cuales son electos según lo dicte la ley nacional pero apegado al principio de representación proporcional. Los Diputados del Estado pueden ser reelegidos sin límite debido a la aprobación de la Enmienda Nº 1. de la Constitución Nacional el 15 de febrero de 2009.

Período 2004-2008

Diputados Partido/Alianza
Gerardo Antúnez UNT
Maris Yulys Urdaneta UNT
Marlene Antúnez UNT
Javier Muñoz UNT
Ángel Sanchez UNT
Orlando Simancas UNT
Williams Sandrea UNT
Manuel Peña UNT
Eliseo Fermín UNT
Adaulfo Carrasquero LCR
Magdely Valbuena PSUV
Arnoldo Olivares PSUV
Lisandro Márquez PSUV
José Luis Acosta PSUV
Arcadio Montiel Indígena pro PSUV

Período 2008-2012

Diputados Partido/Alianza
Geraldo Antúnez UNT
Maris Yulys Urdaneta UNT
Freddy Gomez UNT
Elíseo Fermín UNT
Marlene Antúnez UNT
Marianela Fernández UNT
Alejandro Silva PJ
Nerio Romero COPEI
Juan Carlos Velazco AD
Alenis Guerrero AD
Lizandro Gonzalez PSUV
Arnoldo Olivares PSUV
Magdely Valbuela PSUV
José Luis Acosta PSUV
Virgilio Ferrer Indígena pro UNT

Período 2013-2017

Legislador Partido/Alianza
Magdely Valbuena PSUV
Betty Zuleta PSUV
Edgar Mujica PSUV
Lisandro Marquez PSUV
Henry Ramirez PSUV
Jose Luis Acosta PSUV
Eduardo Labrador PSUV
Adelis Nava PSUV
Leonidas Gonzalez PSUV
Omer Muñoz MEP
Neira Lathuleire PCV
Eliseo Fermín UNT
Gerardo Antúnez UNT
Marlene Antúnez UNT
Dorelis Echeto Indígena pro PSUV

Período 2018-2021

  • PSUV y aliados: 14 Legisladores
  • CONIVE: 1 Legislador Indígena

Período 2021-2025

Legislador Partido/Alianza
Iraida Villasmil UNT MUD
José Caldera UNT MUD
José Barboza UNT MUD
Alejandra Barrientos UNT MUD
Yeissel Pérez PJ MUD
Edgar Antúnez PJ MUD
Justo Bermúdez UNT MUD
Otto Piñero AD MUD
Manuel Velazco AD MUD
Eduardo Vale VP MUD
Yover Sánchez VP MUD
Angela Fernández PSUV
Enmanuel Pulgar PSUV
Indígena

Requisitos para ser Diputado Estadal

Los requerimientos para ser diputado estadal son los mismos que para los miembros de la Asamblea Nacional los cuales son:

  • Ser venezolano o venezolana por nacimiento o por naturalización con, por lo menos, quince años de residencia en el territorio venezolano.
  • Ser mayor de veintiún años de edad.
  • Haber residido cuatro años consecutivos en la Entidad Federal correspondiente antes de la fecha de la elección.
  • No pueden ser Diputados estadales el Presidente de la República, Vicepresidente Ejecutivo, los Ministros, el Secretario de la Presidencia de la República, los Presidentes y Directores de los Institutos Autónomos del Estado, hasta después de tres meses de la separación de su cargo.
  • No pueden ser Diputados estadales los Gobernadores y Secretarios de Gobierno, de los Estados y del Distrito Capital, hasta tres meses después de su separación absoluta del cargo, o funcionarios municipales, estadales y nacionales.

Palacio Legislativo

La sede del actual Consejo Legislativo del Estado Zulia es una edificación de finales del siglo XIX construido en ocasión del primer centenario del natalicio del general Rafael Urdaneta. Era un antiguo caserón llamado El Chirimoyo. Al igual que casi todas las edificaciones del Casco Central de la ciudad, es monumento histórico nacional, regional y municipal. Desde el 29 de septiembre de 1890 funciona como sede del Poder Legislativo del Estado Zulia.

Véase también

Referencias

Enlaces externos

  • Web oficial del
  •   Datos: Q579836

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El Consejo Legislativo del Estado Zulia CLEZ nace en 1999 en sustitucion de la Asamblea Legislativa en terminos del articulo 162 de la Constitucion Nacional y 38 de la Constitucion del Estado Zulia de 2003 es una asamblea de Legisladores de tipo unicameral en la que se deposita el ejercicio del Poder Legislativo del Estado Zulia Ello deviene de lo dispuesto en el articulo 1 que a la letra dictan que El Estado Zulia como entidad politico territorial de la Republica Bolivariana de Venezuela tiene caracter autonomo personalidad juridica plena e igualdad politica con los demas Estados de la Federacion Venezolana sin mas limitaciones que su obligacion de mantener la independencia soberania e integridad nacional y de cumplir y hacer cumplir la Constitucion y leyes de la Republica Consejo Legislativo del Estado ZuliaPalacio Legislativo del Estado ZuliaInformacion generalCreacion17 de febrero de 1864 como Asamblea Federal del Estado ZuliaAtribucionesConstitucion del Estado Zulia Titulo Cuarto TipoUnicameralLimiteReeleccion continuaLiderazgoPresidenteIraida Villasmil UNT desde el 5 de enero de 2022VicepresidenteEdgar Antunez PJ desde el 5 de enero de 2022SecretarioMervin BrachoComposicionMiembros15 DiputadosDuracion4 anosGrupos representadosOposicion 12 5 UNT 3 PJ 2 AD 2 VPOficialismo 3 3 PSUVEleccionesSistema electoralVotacion directaUltima eleccion2021Proxima eleccion2025Sitio webConsejo Legislativo del Estado Zulia editar datos en Wikidata La Constitucion del Estado establece que el Poder Legislativo se ejerce por el Consejo Legislativo en su Titulo IV Capitulo I articulo 38 y sus Legisladores son representantes del pueblo zuliano segun lo indica el articulo 44 del mismo texto legal Indice 1 Historia del Parlamento 2 Funciones 3 Organizacion del Consejo Legislativo 4 Comisiones Permanentes 2018 5 Junta Directiva actual 6 La Comision Delegada 7 Periodos Legislativos e Instalacion del Consejo Legislativo 8 Diputados 8 1 Periodo 2004 2008 8 2 Periodo 2008 2012 8 3 Periodo 2013 2017 8 4 Periodo 2018 2021 8 5 Periodo 2021 2025 8 6 Requisitos para ser Diputado Estadal 9 Palacio Legislativo 10 Vease tambien 11 Referencias 12 Enlaces externosHistoria del Parlamento EditarEn 1864 se decreta la Constitucion Federal la cual le otorga a la Provincia de Maracaibo rango de Estado Federal dentro de los Estados Unidos de Venezuela con una organizacion de tipo republicana y autoriza a que por medio de la Constitucion Estatal siendo la primera la decretada el 17 de febrero de 1864 la cual creo el Parlamento del Estado que recibio el nombre de Asamblea Federal del Estado Soberano del Zulia de tipo unicameral Posteriormente a principios del siglo XX cambia el nombre a Asamblea Legislativa siendo la Constitucion de 1989 con su reforma parcial de 1993 la ultima que le dio tal nombre En 1999 con el proceso constituyente que vivia el pais se reorganizaron todos los poderes de la Nacion Estadales y Municipales Ese ano el Congreso de la Republica y sus Camaras fueron disueltas por decreto de la Asamblea Nacional Constituyente esa misma suerte fue para la Asamblea Legislativa del Estado Zulia para dar paso a la Comision Legislativa Estadal de manera transitoria hasta que se realizaran las elecciones generales del 2000 para elegir a los nuevos diputados del estado En agosto del 2003 se aprueba la nueva Constitucion Estadal que establece el funcionamiento del nuevo Consejo Legislativo del Estado Zulia Funciones EditarSegun el articulo 47 de la Constitucion Estatal las competencias del Consejo Legislativo son las siguientes Cumplir la Consuncion y leyes de la Republica la Constitucion y las demas leyes del Estado Velar por la merindad territorial del Estado Zulia Dictar y reformar la Constitucion del Estado Zulia Legislar sobre las materias de competencia estatal Sancionar la Ley de Presupuesto del Estado Dictar su Reglamento Interior y de Debates Ejercer la iniciativa legislativa en cuanto a las leyes relativas a los estados y emitir opinion en el proceso de consulta de las leyes Ejercer el control sobre la Administracion Publica del Estado Participar en la designacion juramentan y remocion del Contralor General del Estado Realizar las investigaciones que juzgue convenientes al interes publico y social Crear los institutos autonomos del Estado Autorizar al gobernador para el nombramiento del procurador general del Estado Autorizar al gobernador para salir del territorio de la Republica Autorizar las operaciones de credito publico los creditos adicionales Aprobar modificar y ejecutar su presupuesto de gastos Acordar el traslado al Panteon del Estado Azulina de los restos de personalidades ilustres que hayan prestado servicios distinguidos al Estado Organizacion del Consejo Legislativo EditarSegun el articulo 38 de la Constitucion de la Entidad Federal debera contar con un Presidente un Vicepresidente y un Secretario fuera de su seno elegidos para periodos de un ano por la mayoria de los votos afirmativos de la Camara y ademas se nombraran Comisiones Permanentes ordinarias y especiales y a su vez Subcomisiones Las Comisiones Permanentes en un numero no mayor de quince estaran referidas a los sectores de la actividad estatal En el receso del Consejo Legislativo funcionara la Comision Delegada Comisiones Permanentes 2018 EditarComisiones Permanentes Presidente Diputado a Comision Permanente de Politica Participacion y Derechos HumanosLeg Alexander VillalobosComision Permanente de Contraloria Administracion y ServiciosLeg Guyibert AntunezComision Permanente de Economia Finanzas Planificacion y Desarrollo RegionalLeg Jose VielmaComision Permanente de Asuntos Laborales Desarrollo Social Salud y contra el uso indebido de DrogasLeg Edgar MujicaComision Permanente de Educacion Cultura Deportes Asuntos Sociales y de Proteccion del Nino del Adolescente y de la MujerLeg Neira LathulerieComision Permanente de Pueblos Indigenas Ambiente y Recursos NaturalesLeg Dorelis EchetoComision Permanente de Descentralizacion Limites Ordenacion Territorial y FronterasLeg Juan RomeroJunta Directiva actual EditarPresidente Iraida VillasmilVicepresidente Edgar AntunezSecretario Mervin BrachoLa Comision Delegada EditarEs el organismo del Poder Legislativo del Estado Zulia que se encarga de las tareas que son competencia del Consejo Legislativo cuando esta se encuentra en receso en dos oportunidades al ano cuando termina el Periodo legislativo La Comision Permanente esta compuesta por el Presidente del Consejo el Vicepresidente cuatro Legisladores que reflejen la composicion politica del Cuerpo y el Secretario del Consejo La Comision Delegada tiene su base en los articulos 48 al 51 de la Constitucion del Estado Zulia y en el Reglamento del Interior y de Debates del Consejo Legislativo Periodos Legislativos e Instalacion del Consejo Legislativo EditarEl primer periodo de sesiones ordinarias del Consejo Legislativo comenzara sin convocatoria previa el 5 de enero de cada ano o el dia posterior mas inmediato posible y durara hasta el 15 de agosto El segundo periodo comenzara el 15 de septiembre o el dia posterior mas inmediato posible y terminara el 15 de diciembre de cada ano segun el Reglamento de interior y de debates del Consejo Legislativo Zuliano Diputados EditarActualmente El Consejo Legislativo del Estado Zulia se integra con 15 Diputados de los cuales son electos segun lo dicte la ley nacional pero apegado al principio de representacion proporcional Los Diputados del Estado pueden ser reelegidos sin limite debido a la aprobacion de la Enmienda Nº 1 de la Constitucion Nacional el 15 de febrero de 2009 Periodo 2004 2008 Editar Diputados Partido AlianzaGerardo Antunez UNTMaris Yulys Urdaneta UNTMarlene Antunez UNTJavier Munoz UNTAngel Sanchez UNTOrlando Simancas UNTWilliams Sandrea UNTManuel Pena UNTEliseo Fermin UNTAdaulfo Carrasquero LCRMagdely Valbuena PSUVArnoldo Olivares PSUVLisandro Marquez PSUVJose Luis Acosta PSUVArcadio Montiel Indigena pro PSUVPeriodo 2008 2012 Editar Diputados Partido AlianzaGeraldo Antunez UNTMaris Yulys Urdaneta UNTFreddy Gomez UNTEliseo Fermin UNTMarlene Antunez UNTMarianela Fernandez UNTAlejandro Silva PJNerio Romero COPEIJuan Carlos Velazco ADAlenis Guerrero ADLizandro Gonzalez PSUVArnoldo Olivares PSUVMagdely Valbuela PSUVJose Luis Acosta PSUVVirgilio Ferrer Indigena pro UNTPeriodo 2013 2017 Editar Legislador Partido AlianzaMagdely Valbuena PSUVBetty Zuleta PSUVEdgar Mujica PSUVLisandro Marquez PSUVHenry Ramirez PSUVJose Luis Acosta PSUVEduardo Labrador PSUVAdelis Nava PSUVLeonidas Gonzalez PSUVOmer Munoz MEPNeira Lathuleire PCVEliseo Fermin UNTGerardo Antunez UNTMarlene Antunez UNTDorelis Echeto IndigenaproPSUVPeriodo 2018 2021 Editar PSUV y aliados 14 Legisladores CONIVE 1 Legislador IndigenaPeriodo 2021 2025 Editar Legislador Partido AlianzaIraida Villasmil UNT MUDJose Caldera UNT MUDJose Barboza UNT MUDAlejandra Barrientos UNT MUDYeissel Perez PJ MUDEdgar Antunez PJ MUDJusto Bermudez UNT MUDOtto Pinero AD MUDManuel Velazco AD MUDEduardo Vale VP MUDYover Sanchez VP MUDAngela Fernandez PSUVEnmanuel Pulgar PSUVIndigenaRequisitos para ser Diputado Estadal Editar Los requerimientos para ser diputado estadal son los mismos que para los miembros de la Asamblea Nacional los cuales son Ser venezolano o venezolana por nacimiento o por naturalizacion con por lo menos quince anos de residencia en el territorio venezolano Ser mayor de veintiun anos de edad Haber residido cuatro anos consecutivos en la Entidad Federal correspondiente antes de la fecha de la eleccion No pueden ser Diputados estadales el Presidente de la Republica Vicepresidente Ejecutivo los Ministros el Secretario de la Presidencia de la Republica los Presidentes y Directores de los Institutos Autonomos del Estado hasta despues de tres meses de la separacion de su cargo No pueden ser Diputados estadales los Gobernadores y Secretarios de Gobierno de los Estados y del Distrito Capital hasta tres meses despues de su separacion absoluta del cargo o funcionarios municipales estadales y nacionales Palacio Legislativo EditarLa sede del actual Consejo Legislativo del Estado Zulia es una edificacion de finales del siglo XIX construido en ocasion del primer centenario del natalicio del general Rafael Urdaneta Era un antiguo caseron llamado El Chirimoyo Al igual que casi todas las edificaciones del Casco Central de la ciudad es monumento historico nacional regional y municipal Desde el 29 de septiembre de 1890 funciona como sede del Poder Legislativo del Estado Zulia Vease tambien EditarGobernador del Estado Zulia Lista de Legislaturas Estadales de Venezuela Consejos Legislativos Estadales de VenezuelaReferencias EditarEnlaces externos EditarWeb oficial del Consejo Legislativo del Estado Zulia Datos Q579836 Obtenido de https es wikipedia org w index php title Consejo Legislativo del Estado Zulia amp oldid 140764760, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

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