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Código Penal de la Nación Argentina

El Código Penal Argentino es la ley que rige en materia de delitos y su sanción en la República Argentina.[1]


Código Penal de la Nación Argentina
Archivo:Código Penal de la República Argentina.jpg
Tapa del Código Penal Argentino
Tipo Código penal
Idioma Español
Promulgación 29 de octubre de 1921
En vigor 30 de abril de 1922

Antecedentes

Período hispánico

Antes y después de 1810, hasta la iniciación de la codificación del derecho penal con el Proyecto Tejedor, la fuente exclusiva de la legislación represiva vigente en el territorio del Río de la Plata, que en su mayor parte pasó a ser de las Provincias Unidas y luego el de la República Argentina, eran las leyes penales españolas anteriores al Código Penal de 1822. La nueva Recopilación, las Leyes de Indias, Las Partidas, el Fuero Juzgo, las Leyes de Toro y la Novísima Recopilación1, que constituyen esa fuente reflejaban la recepción del derecho romano y del canónico.

Revolución de Mayo

A partir de 1810, junto a las leyes españolas que subsistían como legislación represiva común, rigieron leyes especiales, en su mayoría con vigencia local en las distintas provincias. La más importante ley de alcance nacional fue la n.º 49 (14-09-1863) que designaba los crímenes cuyo juzgamiento competía a los tribunales nacionales y establecía su penalidad. Esta ley, reconociendo la potestad de las provincias para dictar sus propios códigos penales, los declaró supletorios respecto de los delitos contra la Nación no previstos en ella y comunes cometidos en los lugares sujetos a su jurisdicción (art. 93). Reconoció así de manera expresa, la doble fuente del derecho penal común existente en esa época del país.

El Proyecto de Carlos Tejedor

Primer intento de codificación penal general, fue redactado por encargo del Poder Ejecutivo Nacional (05-12-1864), por Carlos Tejedor, profesor de la Universidad de Buenos Aires. En las disposiciones generales de su Parte General, el Proyecto sigue, en gran medida al Código Penal de Baviera de 1813, obra de Paul Johann Anselm Von Feuerbach. En menor medida recibió el aporte de la doctrina española a través de Joaquín Francisco Pacheco, comentarista del Código español de 1848/50 y de la doctrina francesa a través de Chauveau. En la Parte segunda, predominan como fuentes inmediatas el código peruano de 1862 y el español antes mencionado. El Proyecto Tejedor, no fue sancionado como código nacional, pero en virtud de la autorización concedida por el art. 108 de la Constitución Nacional, fue adoptado como código penal por once provincias, con algunas modificaciones hechas en la de Buenos Aires. Representa, a través del código de 1886, un importante precedente de muchas disposiciones del código vigente.

El proyecto de 1881

En el Proyecto de 1881 (03-01-1880), redactado por Sixto Villegas, Andrés Ugarriza y Juan A. García, encargados de examinar el Proyecto Tejedor por el Poder Ejecutivo Nacional, predomina la influencia del Código español de 1870. Córdoba lo adoptó como código penal, con algunas modificaciones (14-08-1882). Presentado este proyecto a la Cámara de Diputados (11-05-1881) no fue aceptado.

El Código de 1886

El primer Código Penal para la Nación (Ley 1920 – 07-12-1886) fue sancionado por el Congreso sobre la base del proyecto de Tejedor y entró a regir el 1 de febrero de 1887. No incluye la legislación penal en su totalidad, sino que deja al margen, contenida en la Ley n.º 49, la federal sobre crímenes y delitos contra la Nación.

La reforma de 1890

El 7 de junio de 1890, el Poder Ejecutivo Nacional comisionó a Norberto Piñero, Rodolfo Rivarola y José Nicolás Matienzo para proyectar la reforma del Código. El Proyecto, presentado en junio de 1891, legislaba sobre delitos y faltas nacionales, unificó la legislación penal común. Además de revisar el elenco de los delitos del Código de 1886, llenó sus vacíos respecto a la aplicación de la ley penal en el espacio. Conservó las fuentes de origen español. Este Proyecto presentó el aporte preponderante de los códigos italiano de 1889, húngaro de 1878, holandés de 1881 y belga de 1867, que contenían la última y mejor legislación criminal. Su texto constituye un valioso precedente para interpretar el texto original del código vigente. El Proyecto de 1891, que sólo logró dictamen favorable de la Comisión de Diputados, sirvió de base para las reformas introducidas en el Código de 1886 por la Ley 4.189 (21-08-1903). La opinión, especialmente la de parte de los positivistas, fue adversa a la reforma.

Proyecto de reforma

Frente a la situación enunciada precedentemente, el Poder Ejecutivo dispuso la revisión del Código de 1886 por una comisión formada, además de Piñero y Rivarola, redactores del Proyecto de 1891, por F. Beagley, D. Saavedra, Moyano Gacitúa y Ramos Mejía (09-12-1904). El Proyecto que se denomina de 1906, y fue presentado al Poder Ejecutivo Nacional, el 10 de marzo de ese año y remitido al Congreso el 1º de septiembre, sigue la orientación de 1891. El Diputado Rodolfo Moreno (h) fue quien dio el último impulso al ya largo proceso de reforma del Código de 1886. Con algunas modificaciones. Presentó como proyecto de reforma el de 1906, sobre el cual, una comisión de diputados, presidida por Moreno, redactó el Proyecto de 1917. Sólo legislaba sobre delitos. Fue objeto de críticas por el sector positivista, “porque hace tabla rasa de los delitos de los adelantos producidos en el derecho penal durante el siglo XX”.

El código de 1921

El Proyecto de 1917, que en el senado fue objeto de reformas que no alteraran su estructura, recibió sanción como Código Penal, el 30 de septiembre de 1921. Fue promulgado como Ley 11.179 el 29 de octubre del mismo año y entró a regir a partir del 30 de abril de 1922. Este Código, nacido en pleno auge de la Escuela Positiva en el país, en su primer cuarto de siglo fue objeto más de consideración crítica que de una interpretación positiva. Incorporó al derecho positivo instituciones como: la libertad condicional y la condenación condicional, las medidas aplicables a los inimputables, menores y reincidentes, así como las circunstancias atenuantes y agravantes de la pena.

Proyectos de reforma posteriores a 1945

Ha habido numerosos proyectos de reformas al Código entre otros, los parciales sobre el estado peligroso de 1924, 1926, 1928 y 1932 y el del senado de 1933 y los de reforma total de Coll – Gómez (1936), de orientación positivista; de Peco (1941), neo – positivista y con una importante Exposición de Motivos; de 1951, autoritario y positivista; y el de 1960, redactado por Soler y revisado por una comisión asesora. Después del Proyecto de 1960, vinieron el de 1963, redactado por una comisión designada por el Poder Ejecutivo; el proyecto de 1973, elaborado por la comisión designada por resolución ministerial del 19-12-2000,actado por una subcomisión, que en general se aparta menos del Código Penal que los dos anteriores. Por último están el Proyecto de Soler de 1979 (Soler – Aguirre Cabral y Rizzi) y el que en 1994 propiciara el Poder Ejecutivo, sobre la base de las innovaciones que sugirió el Profesor Eugenio Raúl Zaffaroni en su anteproyecto de reformas elevado al Ministerio de Justicia de la Nación el 15 de agosto de 1991. A partir de ese año, el Código Penal, si bien ha resistido a los múltiples intentos de reforma general, las ha sufrido en muy buena medida, mediante leyes, decretos – leyes y las llamadas leyes. La Ley 17.567 (del 12 de enero de 1968) reformó el Código Penal, inspirada en el Proyecto de Soler. La Ley 21.338 (del 25 de junio de 1976) restableció todas las reformas que la Ley 17.567 le hizo al Código Penal en el año 1967. Finalmente el Congreso de la Nación, mediante la Ley 23.077, del 27 de agosto de 1984, restauró la mayoría de los textos de la Ley 11.179.

Sistematización

El Código Penal consta de dos libros:

Libro primero, disposiciones generales

Es la parte general del código y en ella se describen los principios legales que regirán, consta de 13 títulos que tratan:

TÍTULO I

Aplicación de la ley penal Arts.1 a 4

TÍTULO II

De las penas Arts. 5 a 25

TÍTULO III

Condenación condicional Arts. 26 a 29

TÍTULO IV

Reparación de perjuicios Arts. 30 a 33

TÍTULO V

Imputabilidad Arts. 34 a 41

TÍTULO VI

Tentativa Arts. 42 a 44

TÍTULO VII

Participación criminal Arts. 45 a 49

TÍTULO VIII

Reincidencia Arts. 50 a 53

TÍTULO IX

Concurso de delitos Arts. 54 a 58

TÍTULO X

Extinción de acciones y de penas Arts. 59 a 70

TÍTULO XI

Del ejercicio de las acciones Arts. 71 a 76

TÍTULO XII

De la suspensión del juicio a prueba Arts. 76 bis a 76 quater

TÍTULO XIII

Significación de los conceptos empleados en el código Arts. 77 a 78 bis

Libro segundo, de los delitos

Es la parte especial del código y en ella se describen todos los delitos en sus distintas modalidades y la graduación penal correspondiente, consta de 13 títulos y una sección de disposiciones complementarias que tratan:

TÍTULO I

Delitos contra las personas Arts. 79 a 108

TÍTULO II

Delitos contra el honor Arts. 109 a 117 bis

TÍTULO III

Delitos contra la integridad sexual Arts. 118 a 133

TÍTULO IV

Delitos contra el estado civil Arts. 134 a 139 bis

TÍTULO V

Delitos contra la libertad Arts. 140 a 161

TÍTULO VI

Delitos contra la propiedad Arts. 162 a 185

TÍTULO VII

Delitos contra la seguridad pública Arts. 186 a 208

TÍTULO VIII

Delitos contra el orden público Arts. 209 a 213 bis

TÍTULO IX

Delitos contra la seguridad de la Nación Arts. 214 a 225

TÍTULO X

Delitos contra los poderes públicos y el orden constitucional Arts. 226 a 236

TÍTULO XI

Delitos contra la administración pública Arts. 237 a 281 bis

TÍTULO XII

Delitos contra la fe pública Arts. 282 a 302

TÌTULO XIII

Delitos contra el orden económico y financiero Art. 303 al 313

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

Arts. 314 a 316

Véase también

Referencias

  1. Código Penal de la Nación Argentina

Enlaces externos

  • Código Penal de la Nación Argentina (vinculado con las Fuentes del Derecho)

Bibliografía

  • Derecho Penal Parte General - Ricardo C. Nuñez (enlace roto disponible en Internet Archive; véase el historial, la primera versión y la última).
  •   Datos: Q5796704

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El Codigo Penal Argentino es la ley que rige en materia de delitos y su sancion en la Republica Argentina 1 Codigo Penal de la Nacion ArgentinaArchivo Codigo Penal de la Republica Argentina jpgTapa del Codigo Penal ArgentinoTipoCodigo penalIdiomaEspanolPromulgacion29 de octubre de 1921En vigor30 de abril de 1922 editar datos en Wikidata Indice 1 Antecedentes 1 1 Periodo hispanico 1 2 Revolucion de Mayo 1 3 El Proyecto de Carlos Tejedor 1 4 El proyecto de 1881 2 El Codigo de 1886 2 1 La reforma de 1890 2 2 Proyecto de reforma 3 El codigo de 1921 3 1 Proyectos de reforma posteriores a 1945 4 Sistematizacion 4 1 Libro primero disposiciones generales 4 2 Libro segundo de los delitos 5 Vease tambien 6 Referencias 7 Enlaces externos 8 BibliografiaAntecedentes EditarPeriodo hispanico Editar Antes y despues de 1810 hasta la iniciacion de la codificacion del derecho penal con el Proyecto Tejedor la fuente exclusiva de la legislacion represiva vigente en el territorio del Rio de la Plata que en su mayor parte paso a ser de las Provincias Unidas y luego el de la Republica Argentina eran las leyes penales espanolas anteriores al Codigo Penal de 1822 La nueva Recopilacion las Leyes de Indias Las Partidas el Fuero Juzgo las Leyes de Toro y la Novisima Recopilacion1 que constituyen esa fuente reflejaban la recepcion del derecho romano y del canonico Revolucion de Mayo Editar A partir de 1810 junto a las leyes espanolas que subsistian como legislacion represiva comun rigieron leyes especiales en su mayoria con vigencia local en las distintas provincias La mas importante ley de alcance nacional fue la n º 49 14 09 1863 que designaba los crimenes cuyo juzgamiento competia a los tribunales nacionales y establecia su penalidad Esta ley reconociendo la potestad de las provincias para dictar sus propios codigos penales los declaro supletorios respecto de los delitos contra la Nacion no previstos en ella y comunes cometidos en los lugares sujetos a su jurisdiccion art 93 Reconocio asi de manera expresa la doble fuente del derecho penal comun existente en esa epoca del pais El Proyecto de Carlos Tejedor Editar Primer intento de codificacion penal general fue redactado por encargo del Poder Ejecutivo Nacional 05 12 1864 por Carlos Tejedor profesor de la Universidad de Buenos Aires En las disposiciones generales de su Parte General el Proyecto sigue en gran medida al Codigo Penal de Baviera de 1813 obra de Paul Johann Anselm Von Feuerbach En menor medida recibio el aporte de la doctrina espanola a traves de Joaquin Francisco Pacheco comentarista del Codigo espanol de 1848 50 y de la doctrina francesa a traves de Chauveau En la Parte segunda predominan como fuentes inmediatas el codigo peruano de 1862 y el espanol antes mencionado El Proyecto Tejedor no fue sancionado como codigo nacional pero en virtud de la autorizacion concedida por el art 108 de la Constitucion Nacional fue adoptado como codigo penal por once provincias con algunas modificaciones hechas en la de Buenos Aires Representa a traves del codigo de 1886 un importante precedente de muchas disposiciones del codigo vigente El proyecto de 1881 Editar En el Proyecto de 1881 03 01 1880 redactado por Sixto Villegas Andres Ugarriza y Juan A Garcia encargados de examinar el Proyecto Tejedor por el Poder Ejecutivo Nacional predomina la influencia del Codigo espanol de 1870 Cordoba lo adopto como codigo penal con algunas modificaciones 14 08 1882 Presentado este proyecto a la Camara de Diputados 11 05 1881 no fue aceptado El Codigo de 1886 EditarEl primer Codigo Penal para la Nacion Ley 1920 07 12 1886 fue sancionado por el Congreso sobre la base del proyecto de Tejedor y entro a regir el 1 de febrero de 1887 No incluye la legislacion penal en su totalidad sino que deja al margen contenida en la Ley n º 49 la federal sobre crimenes y delitos contra la Nacion La reforma de 1890 Editar El 7 de junio de 1890 el Poder Ejecutivo Nacional comisiono a Norberto Pinero Rodolfo Rivarola y Jose Nicolas Matienzo para proyectar la reforma del Codigo El Proyecto presentado en junio de 1891 legislaba sobre delitos y faltas nacionales unifico la legislacion penal comun Ademas de revisar el elenco de los delitos del Codigo de 1886 lleno sus vacios respecto a la aplicacion de la ley penal en el espacio Conservo las fuentes de origen espanol Este Proyecto presento el aporte preponderante de los codigos italiano de 1889 hungaro de 1878 holandes de 1881 y belga de 1867 que contenian la ultima y mejor legislacion criminal Su texto constituye un valioso precedente para interpretar el texto original del codigo vigente El Proyecto de 1891 que solo logro dictamen favorable de la Comision de Diputados sirvio de base para las reformas introducidas en el Codigo de 1886 por la Ley 4 189 21 08 1903 La opinion especialmente la de parte de los positivistas fue adversa a la reforma Proyecto de reforma Editar Frente a la situacion enunciada precedentemente el Poder Ejecutivo dispuso la revision del Codigo de 1886 por una comision formada ademas de Pinero y Rivarola redactores del Proyecto de 1891 por F Beagley D Saavedra Moyano Gacitua y Ramos Mejia 09 12 1904 El Proyecto que se denomina de 1906 y fue presentado al Poder Ejecutivo Nacional el 10 de marzo de ese ano y remitido al Congreso el 1º de septiembre sigue la orientacion de 1891 El Diputado Rodolfo Moreno h fue quien dio el ultimo impulso al ya largo proceso de reforma del Codigo de 1886 Con algunas modificaciones Presento como proyecto de reforma el de 1906 sobre el cual una comision de diputados presidida por Moreno redacto el Proyecto de 1917 Solo legislaba sobre delitos Fue objeto de criticas por el sector positivista porque hace tabla rasa de los delitos de los adelantos producidos en el derecho penal durante el siglo XX El codigo de 1921 EditarEl Proyecto de 1917 que en el senado fue objeto de reformas que no alteraran su estructura recibio sancion como Codigo Penal el 30 de septiembre de 1921 Fue promulgado como Ley 11 179 el 29 de octubre del mismo ano y entro a regir a partir del 30 de abril de 1922 Este Codigo nacido en pleno auge de la Escuela Positiva en el pais en su primer cuarto de siglo fue objeto mas de consideracion critica que de una interpretacion positiva Incorporo al derecho positivo instituciones como la libertad condicional y la condenacion condicional las medidas aplicables a los inimputables menores y reincidentes asi como las circunstancias atenuantes y agravantes de la pena Proyectos de reforma posteriores a 1945 Editar Ha habido numerosos proyectos de reformas al Codigo entre otros los parciales sobre el estado peligroso de 1924 1926 1928 y 1932 y el del senado de 1933 y los de reforma total de Coll Gomez 1936 de orientacion positivista de Peco 1941 neo positivista y con una importante Exposicion de Motivos de 1951 autoritario y positivista y el de 1960 redactado por Soler y revisado por una comision asesora Despues del Proyecto de 1960 vinieron el de 1963 redactado por una comision designada por el Poder Ejecutivo el proyecto de 1973 elaborado por la comision designada por resolucion ministerial del 19 12 2000 actado por una subcomision que en general se aparta menos del Codigo Penal que los dos anteriores Por ultimo estan el Proyecto de Soler de 1979 Soler Aguirre Cabral y Rizzi y el que en 1994 propiciara el Poder Ejecutivo sobre la base de las innovaciones que sugirio el Profesor Eugenio Raul Zaffaroni en su anteproyecto de reformas elevado al Ministerio de Justicia de la Nacion el 15 de agosto de 1991 A partir de ese ano el Codigo Penal si bien ha resistido a los multiples intentos de reforma general las ha sufrido en muy buena medida mediante leyes decretos leyes y las llamadas leyes La Ley 17 567 del 12 de enero de 1968 reformo el Codigo Penal inspirada en el Proyecto de Soler La Ley 21 338 del 25 de junio de 1976 restablecio todas las reformas que la Ley 17 567 le hizo al Codigo Penal en el ano 1967 Finalmente el Congreso de la Nacion mediante la Ley 23 077 del 27 de agosto de 1984 restauro la mayoria de los textos de la Ley 11 179 Sistematizacion EditarEl Codigo Penal consta de dos libros Libro primero disposiciones generales Editar Es la parte general del codigo y en ella se describen los principios legales que regiran consta de 13 titulos que tratan TITULO IAplicacion de la ley penal Arts 1 a 4 TITULO IIDe las penas Arts 5 a 25 TITULO IIICondenacion condicional Arts 26 a 29 TITULO IVReparacion de perjuicios Arts 30 a 33 TITULO VImputabilidad Arts 34 a 41 TITULO VITentativa Arts 42 a 44 TITULO VIIParticipacion criminal Arts 45 a 49 TITULO VIIIReincidencia Arts 50 a 53 TITULO IXConcurso de delitos Arts 54 a 58 TITULO XExtincion de acciones y de penas Arts 59 a 70 TITULO XIDel ejercicio de las acciones Arts 71 a 76 TITULO XIIDe la suspension del juicio a prueba Arts 76 bis a 76 quater TITULO XIIISignificacion de los conceptos empleados en el codigo Arts 77 a 78 bis Libro segundo de los delitos Editar Es la parte especial del codigo y en ella se describen todos los delitos en sus distintas modalidades y la graduacion penal correspondiente consta de 13 titulos y una seccion de disposiciones complementarias que tratan TITULO IDelitos contra las personas Arts 79 a 108 TITULO IIDelitos contra el honor Arts 109 a 117 bis TITULO IIIDelitos contra la integridad sexual Arts 118 a 133 TITULO IVDelitos contra el estado civil Arts 134 a 139 bis TITULO VDelitos contra la libertad Arts 140 a 161 TITULO VIDelitos contra la propiedad Arts 162 a 185 TITULO VIIDelitos contra la seguridad publica Arts 186 a 208 TITULO VIIIDelitos contra el orden publico Arts 209 a 213 bis TITULO IXDelitos contra la seguridad de la Nacion Arts 214 a 225 TITULO XDelitos contra los poderes publicos y el orden constitucional Arts 226 a 236 TITULO XIDelitos contra la administracion publica Arts 237 a 281 bis TITULO XIIDelitos contra la fe publica Arts 282 a 302 TITULO XIIIDelitos contra el orden economico y financiero Art 303 al 313 DISPOSICIONES COMPLEMENTARIASArts 314 a 316Vease tambien EditarDerecho penal Delito Tipicidad Antijuridicidad Codificacion derecho Codigo Penal de EspanaReferencias Editar Codigo Penal de la Nacion ArgentinaEnlaces externos EditarCodigo Penal de la Nacion Argentina vinculado con las Fuentes del Derecho Bibliografia EditarDerecho Penal Parte General Ricardo C Nunez enlace roto disponible en Internet Archive vease el historial la primera version y la ultima Codigo Penal comentado Datos Q5796704 Obtenido de https es wikipedia org w index php title Codigo Penal de la Nacion Argentina amp oldid 144887399, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

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