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Código Civil y Comercial de la Nación (Argentina)

El Código Civil y Comercial de la Nación es el cuerpo legal que reúne[1]​ las bases del ordenamiento jurídico en materia civil y comercial en la Argentina. Fue redactado por una comisión de juristas designada por decreto 191/2011 y promulgado en octubre de 2014, entrando en vigencia el 1 de agosto de 2015. Reemplazó al Código Civil de 1869, redactado por Dalmacio Velez Sarsfield, y al Código de Comercio de 1862, redactado por Eduardo Acevedo y Velez Sársfield.

Código Civil y Comercial de la Nación.[1]
Tipo Código civil y comercial unificado
Idioma Español
Redactor(es) Comisión para la elaboración del proyecto de ley de reforma, actualización y unificación de los Códigos Civil y Comercial de la Nación
Promulgación 7 de octubre de 2014
Publicación 8 de octubre de 2014
Reemplaza a Código Civil de la República Argentina
Código de Comercio de la República Argentina
En vigor 1 de agosto de 2015[2]

El código contiene 2671 artículos, los que reemplazan a los más de 4500 de los sancionados en 1869,[3]​ y es a la vida privada lo que la Constitución Nacional es a la pública, según las propias palabras de su ideólogo, el presidente de la Corte Suprema de Justicia, Ricardo Lorenzetti.[4]

Historia

Antecedentes

 
Presentación del anteproyecto de reforma del Código Civil y Comercial de la Nación en 2012.

A principios de 2011, mediante el decreto presidencial 191/2011, se constituyó la «Comisión para la elaboración del proyecto de ley de reforma, actualización y unificación de los Códigos Civil y Comercial de la Nación», integrada por el presidente de la Corte Suprema de la Nación Argentina, Ricardo Lorenzetti, la vicepresidenta de ese cuerpo, Elena Highton de Nolasco, y la exmiembro de la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Mendoza Aída Kemelmajer de Carlucci. La comisión recibió propuestas y colaboraciones de numerosos juristas.

Tratamiento en el congreso

El texto final fue aprobado por el Congreso de la Nación el 1 de octubre de 2014, mediante la ley n.° 26 994, promulgada el 7 de octubre de 2014 y publicada en el Boletín Oficial el 8 de octubre del mismo año.

Entrada en vigencia

 
Presentación del Código Civil y Comercial en octubre de 2014.

A inicios de octubre del año 2014 se promulgó el nuevo Código Civil y Comercial Argentino. El mismo entraría en vigencia el 1.° de enero de 2016, pero se adelantó por medio de la ley n.° 27 077 (publicada en el B. O. el 19.12.2014) para el 1.° de agosto de 2015.[2]

A partir de su entrada en vigencia se produjo un gran debate en la Argentina sobre la aplicación del Código Civil y Comercial de la Nación a las situaciones jurídicas en curso de ejecución y a los procesos en trámite. La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Trelew publicó un acuerdo plenario en 2015 tendiente a unificar criterios en su jurisdicción en relación a la entrada en vigencia del nuevo ordenamiento.[5]​ Este acuerdo plenario fue difundido ampliamente en el país, merced a la polémica que generó. Esto desató una disputa entre los sectores que acordaban con la Cámara (como el Dr. Julio César Rivera[6][7]​) y aquellos a favor de la aplicación inmediata del Código (como Aída Kemelmajer de Carlucci).

Principales innovaciones

Los principales cambios que introduce el nuevo Código son:[8][9][10][11]

  • Adopción. Se simplifica el régimen y se agiliza el procedimiento estableciendo un plazo máximo de 90 días. Se incorpora el derecho del niño a ser oído, a conocer sus orígenes y a mantener los vínculos fraternos.
  • Matrimonio. No realiza distinciones entre hombres y mujeres, manteniendo lo legislado en la Ley de Matrimonio Igualitario. Se otorga la posibilidad de optar entre el régimen de comunidad de ganancias o el de separación de bienes. Los hijos pueden llevar el nombre de alguno de los dos padres o de ambos.
  • Unión convivencial. Se incorpora esta figura al Código basada en una relación afectiva y en la convivencia en un mismo hogar
  • Divorcio. Se simplifican los trámites estipulados en el Código Civil por la ley de divorcio vincular y se eliminan los plazos mínimos y la necesidad de justificativos
  • Responsabilidad parental. Es el nuevo nombre que recibe la "patria potestad" en el nuevo Código. Se considera que las tareas de cuidado que realiza el progenitor a cargo del hijo como un aporte económico a la manutención
  • Sucesiones. Se aumenta la porción de la herencia de la que se puede disponer libremente.
  • Reprodución humana asistida. Regula estas técnicas en referencia a la necesidad de consentimiento, los requisitos y la equiparación de la filiación con la reproducción natural y la adopción.
  • Contratación. Se incorporan formas modernas como los contratos de arbitraje, agencia, concesión, franquicia, suministro, leasing y fideicomiso.
  • Defensa del consumidor. Regula el contrato de consumo, así como el deber de trato digno y no discriminatorio y la defensa contra prácticas abusivas.
  • Pagos en moneda extranjera. El deudor puede realizarlos en la moneda convenida o realizar la conversión a pesos.

Estructura

El Código Civil y Comercial está estructurado de la siguiente forma:

Libro Primero. Parte general

  • Título I. Persona humana
  • Título II. Persona jurídica
  • Título III. Bienes
  • Título IV. Hechos y actos jurídicos
  • Título V. Transmisión de los derechos

Libro Segundo. Relaciones de familia

  • Título I. Matrimonio
  • Título II. Régimen patrimonial del matrimonio
  • Título III. Uniones convivenciales
  • Título IV. Parentesco
  • Título V. Filiación
  • Título VI. Adopción
  • Título VII. Responsabilidad parental
  • Título VIII. Procesos de familia

Libro Tercero. Derechos personales

  • Título I. Obligaciones en general
  • Título II. Contratos en general
  • Título III. Contratos de consumo
  • Título IV. Contratos en particular
  • Título V. Otras fuentes de obligaciones

Libro Cuarto. Derechos reales

  • Título I. Disposiciones generales
  • Título II. Posesión y tenencia
  • Título III. Dominio
  • Título IV. Condominio
  • Título V. Propiedad horizontal
  • Título VI. Conjuntos inmobiliarios
  • Título VII. Superficie
  • Título VIII. Usufruto
  • Título IX. Uso
  • Título X. Habitación
  • Título XI. Servidumbre
  • Título XII. Derechos reales de garantía
  • Título XIII. Acciones posesorias y acciones reales

Libro Quinto. Transmisión de derechos por causa de muerte

  • Título I. Sucesiones
  • Título II. Aceptación y renuncia de la herencia
  • Título III. Cesión de herencia
  • Título IV. Petición de herencia
  • Título V. Responsabilidad de los herederos y legatarios. Liquidación del pasivo
  • Título VI. Estado de indivisión
  • Título VII. Proceso sucesorio
  • Título VIII. Partición
  • Título IX. Sucesiones intestadas
  • Título X. Porción legítima
  • Título XI. Sucesiones testamentarias

Libro Sexto. Disposiciones comunes a los Derechos Personales y Reales

  • Título I. Prescripción y caducidad
  • Título II. Privilegios
  • Título III. Derecho de retención
  • Título IV. Disposiciones de derecho internacional privado

Críticas

El jurista Héctor Negri sostiene que si bien todavía era prematuro hacer una valoración más profunda, su opinión era contraria a la metodología utilizada de sustitución total del texto anterior por estimar que en tal forma se perdía gran parte de la experiencia acumulada sobre la interpretación y aplicación del texto anterior y consideró que hubiera sido preferible una actualización del texto tal como la que en su momento se realizara por impulso de Guillermo Borda.[12]

Marcelo López Mesa opina que este Código no consigue conformar un sistema coherente y completo en materia de responsabilidad civil pues si bien sus principales normas están agrupadas en los artículos 1708 a 1780, también tiene en otras partes numerosas normas sueltas sobre supuestos puntuales y particulares sobre la materia, lo que obliga al intérprete a vertebrar esos elementos inconexos en un sistema integrado.[13]

Véase también

Referencias

  1. Ley N° 26.994. Modificación. Vigencia
  2. GA/MEL (7 de abril de 2015). «Lorenzetti en un acto en la Corte: “Este Código no es letra fría”». Infojus Noticias. Consultado el 19 de octubre de 2015. 
  3. Evangelina Himitian y Soledad Vallejos (La Nación) (30 de julio de 2015). . Jornada. Archivado desde el original el 10 de octubre de 2015. Consultado el 19 de octubre de 2015. 
  4. «Provincia del Chubut - Poder Judicial - Acuerdo N° 194 .- C.A.T. Plenario». 
  5. Rivera, Julio César. «El Código Civil y ComercialEfectos sobre las relaciones y situaciones jurídicas preexistentes». El Dial. 
  6. Rivera, Julio César. «Aplicación del nuevo código civil y comercial a los procesos judiciales en trámite (y otras cuestiones que debería abordar el congreso». La Ley. 
  7. «Infojus: Los once principales cambios del nuevo Código Civil y Comercial | Avestruz». www.avestruz.com.ar. Consultado el 25 de agosto de 2020. 
  8. «Las modificaciones en el Código Civil y Comercial y su impacto en tributos y relaciones civiles y comerciales». El Cronista. Consultado el 25 de agosto de 2020. 
  9. Clarín.com. «10 cambios clave del nuevo código que entra en vigencia el 1° de agosto». www.clarin.com. Consultado el 25 de agosto de 2020. 
  10. «Nuevo Código Civil y Comercial: 10 cambios centrales». www.telam.com.ar. Consultado el 25 de agosto de 2020. 
  11. Negri, Héctor (2015). «La claudicación de la cultura». Consultado el 11 de junio de 2020. 
  12. Mesa, Lopez; J, Marcelo (2016-12). «El nuevo Código Civil y Comercial y la responsabilidad civil (de intenciones, realidades, concreciones y mitologías)». Anales de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales. año 13, no. 46. ISSN 0075-7411. Consultado el 25 de agosto de 2020. 

Enlaces externos

  • Código Civil y Comercial de la Nación - Infojus Texto completo en Infojus
  • Infojus - Dirección Nacional del Sistema Argentino de Información Jurídica
  • Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación
  • Código Civil y Comercial de la Nación - Infojus
  • Código Civil y Comercial de la Nación - Infojus (ePub)
  • Código Civil y Comercial de la Nación Comentado
    • Tomo I - Infojus (arts. 1 a 400)
    • Tomo I - Infojus (arts. 1 a 400) (ePub)
    • Tomo II - Infojus (arts. 401 a 723)
    • Tomo II - Infojus (arts. 401 a 723) (ePub)
    • Tomo III - Infojus (arts. 724 a 1250)
    • Tomo III - Infojus (arts. 724 a 1250) (ePub)
    • Tomo IV - Infojus (arts. 1251 a 1881)
    • Tomo V - Infojus (arts. 1882 a 2276)
    • Tomo V - Infojus (arts. 1882 a 2276) (ePub)
    • Tomo VI - Infojus (arts. 2277 a 2671)
  • Texto de la ley en Infoleg
  • Sitio web de la Comisión de reformas del Código Civil
  • Blog sobre el nuevo Código Civil y Comercial (Universidad de San Andrés)
  • Código Civil en línea (ley 340)
  • Código Civil y Comercial 2015 - Primer Aplicación para Android
  •   Datos: Q20013177

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El Codigo Civil y Comercial de la Nacion es el cuerpo legal que reune 1 las bases del ordenamiento juridico en materia civil y comercial en la Argentina Fue redactado por una comision de juristas designada por decreto 191 2011 y promulgado en octubre de 2014 entrando en vigencia el 1 de agosto de 2015 Reemplazo al Codigo Civil de 1869 redactado por Dalmacio Velez Sarsfield y al Codigo de Comercio de 1862 redactado por Eduardo Acevedo y Velez Sarsfield Codigo Civil y Comercial de la Nacion 1 TipoCodigo civil y comercial unificadoIdiomaEspanolRedactor es Comision para la elaboracion del proyecto de ley de reforma actualizacion y unificacion de los Codigos Civil y Comercial de la NacionPromulgacion7 de octubre de 2014Publicacion8 de octubre de 2014Reemplaza aCodigo Civil de la Republica ArgentinaCodigo de Comercio de la Republica ArgentinaEn vigor1 de agosto de 2015 2 editar datos en Wikidata El codigo contiene 2671 articulos los que reemplazan a los mas de 4500 de los sancionados en 1869 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Ley de Matrimonio Igualitario Se otorga la posibilidad de optar entre el regimen de comunidad de ganancias o el de separacion de bienes Los hijos pueden llevar el nombre de alguno de los dos padres o de ambos Union convivencial Se incorpora esta figura al Codigo basada en una relacion afectiva y en la convivencia en un mismo hogar Divorcio Se simplifican los tramites estipulados en el Codigo Civil por la ley de divorcio vincular y se eliminan los plazos minimos y la necesidad de justificativos Responsabilidad parental Es el nuevo nombre que recibe la patria potestad en el nuevo Codigo Se considera que las tareas de cuidado que realiza el progenitor a cargo del hijo como un aporte economico a la manutencion Sucesiones Se aumenta la porcion de la herencia de la que se puede disponer libremente Reproducion humana asistida Regula estas tecnicas en referencia a la necesidad de consentimiento los requisitos y la equiparacion de la filiacion con la reproduccion natural y la adopcion Contratacion Se incorporan formas modernas como los contratos de arbitraje agencia concesion franquicia suministro leasing y fideicomiso Defensa del consumidor Regula el contrato de consumo asi como el deber de trato digno y no discriminatorio y la defensa contra practicas abusivas Pagos en moneda extranjera El deudor puede realizarlos en la moneda convenida o realizar la conversion a pesos Estructura EditarEl Codigo Civil y Comercial esta estructurado de la siguiente forma Libro Primero Parte general Editar Titulo I Persona humana Titulo II Persona juridica Titulo III Bienes Titulo IV Hechos y actos juridicos Titulo V Transmision de los derechosLibro Segundo Relaciones de familia Editar Titulo I Matrimonio Titulo II Regimen patrimonial del matrimonio Titulo III Uniones convivenciales Titulo IV Parentesco Titulo V Filiacion Titulo VI Adopcion Titulo VII Responsabilidad parental Titulo VIII Procesos de familiaLibro Tercero Derechos personales Editar Titulo I Obligaciones en general Titulo II Contratos en general Titulo III Contratos de consumo Titulo IV Contratos en particular Titulo V Otras fuentes de obligacionesLibro Cuarto Derechos reales Editar Titulo I Disposiciones generales Titulo II Posesion y tenencia Titulo III Dominio Titulo IV Condominio Titulo V Propiedad horizontal Titulo VI Conjuntos inmobiliarios Titulo VII Superficie Titulo VIII Usufruto Titulo IX Uso Titulo X Habitacion Titulo XI Servidumbre Titulo XII Derechos reales de garantia Titulo XIII Acciones posesorias y acciones realesLibro Quinto Transmision de derechos por causa de muerte Editar Titulo I Sucesiones Titulo II Aceptacion y renuncia de la herencia Titulo III Cesion de herencia Titulo IV Peticion de herencia Titulo V Responsabilidad de los herederos y legatarios Liquidacion del pasivo Titulo VI Estado de indivision Titulo VII Proceso sucesorio Titulo VIII Particion Titulo IX Sucesiones intestadas Titulo X Porcion legitima Titulo XI Sucesiones testamentariasLibro Sexto Disposiciones 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materia lo que obliga al interprete a vertebrar esos elementos inconexos en un sistema integrado 13 Vease tambien EditarCodigo de comercio Codigo Civil de la Republica Argentina Derecho Civil Elena Highton de Nolasco Ricardo Lorenzetti Aida Kemelmajer de Carlucci Ruben Saul StiglitzReferencias Editar a b Ley 26994 HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA sic a b Ley N 26 994 Modificacion Vigencia GA MEL 7 de abril de 2015 Lorenzetti en un acto en la Corte Este Codigo no es letra fria Infojus Noticias Consultado el 19 de octubre de 2015 Evangelina Himitian y Soledad Vallejos La Nacion 30 de julio de 2015 Como cambiara nuestra vida con el nuevo Codigo Civil Jornada Archivado desde el original el 10 de octubre de 2015 Consultado el 19 de octubre de 2015 Provincia del Chubut Poder Judicial Acuerdo N 194 C A T Plenario Rivera Julio Cesar El Codigo Civil y ComercialEfectos sobre las relaciones y situaciones juridicas preexistentes El Dial Rivera Julio Cesar Aplicacion del nuevo codigo civil y comercial a los procesos judiciales en tramite y otras cuestiones que deberia abordar el congreso La Ley Infojus Los once principales cambios del nuevo Codigo Civil y Comercial Avestruz www avestruz com ar Consultado el 25 de agosto de 2020 Las modificaciones en el Codigo Civil y Comercial y su impacto en tributos y relaciones civiles y comerciales El Cronista Consultado el 25 de agosto de 2020 Clarin com 10 cambios clave del nuevo codigo que entra en vigencia el 1 de agosto www clarin com Consultado el 25 de agosto de 2020 Nuevo Codigo Civil y Comercial 10 cambios centrales www telam com ar Consultado el 25 de agosto de 2020 Negri Hector 2015 La claudicacion de la cultura Consultado el 11 de junio de 2020 Mesa Lopez J Marcelo 2016 12 El nuevo Codigo Civil y Comercial y la responsabilidad civil de intenciones realidades concreciones y mitologias Anales de la Facultad de Ciencias Juridicas y Sociales ano 13 no 46 ISSN 0075 7411 Consultado el 25 de agosto de 2020 Enlaces externos 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