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Ayuntamiento de Madrid

El Ayuntamiento de Madrid es el organismo que se encarga del gobierno y de la administración del municipio de Madrid, España. Está presidido por el correspondiente alcalde o alcaldesa, actualmente José Luis Martínez-Almeida, del Partido Popular.

Ayuntamiento de Madrid
Tipo ayuntamiento y organización
Forma legal corporación de derecho público
Jurisdicción Madrid
Período XI Legislatura
Sede Palacio de Cibeles, calle de Montalbán, 1
28014. Madrid
Alcalde José Luis Martínez-Almeida (PP)
Presupuesto 5750 millones de euros (2021).[1]
Miembro de Unión de Ciudades Capitales Iberoamericanas
Estructura
Coordenadas 40°25′08″N 3°41′32″O / 40.41896944, -3.692125
Sitio web http://www.madrid.es/

Sede

Tiene su sede principal en el Palacio de Cibeles desde el 5 de noviembre de 2007 aunque solamente se trasladara la Alcaldía y su equipo de asesores, la Vicealcaldía y el Gabinete de Comunicación.[2]​Sin embargo, el Salón de Plenos del edificio no fue inaugurado hasta el 29 de noviembre de 2011 en una ceremonia en la que estuvieron presentes el Rey Juan Carlos I y el alcalde Alberto Ruiz-Gallardón.[3]​El acceso Salón de Sesiones del Pleno está situado en el número 1 de la calle Moltalbán. Un día después de la apertura, tuvo lugar el primer pleno municipal.[4]​Anteriormente la sede fue la Casa de la Villa de Madrid y su edificio anexo, Casa de Cisneros.[5][6]

Por otra parte, las distintas comisiones, como puedan ser la de Desarrollo Urbano y de Obras y Equipamientos o la de Vicealcaldía, tienen lugar en el Salón de Usos Múltiples del Edificio de Grupos Políticos situado en la Calle Mayor, 71.[7][8]

Órganos de gobierno

Pleno del Ayuntamiento de Madrid

 
Pleno del Ayuntamiento

De acuerdo con la Ley de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, el Pleno «es el órgano de máxima representación política de los ciudadanos en el gobierno municipal, ejerce las atribuciones que le están asignadas expresamente y está formado por el alcalde y los concejales, sin perjuicio de la asistencia a sus sesiones y la intervención en sus deliberaciones de los miembros no electos de la Junta de Gobierno».[9][n. 1]

Según el artículo 36 del Reglamento Orgánico del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, el Presidente del Pleno convoca y preside las sesiones, dirige los debates y mantiene el orden de los mismos para asegurar la buena marcha de su trabajo. Asimismo, corresponde al Presidente cumplir y hacer cumplir el Reglamento Orgánico del Pleno, interpretándolo en caso de duda y supliéndolo en caso de omisión, así como todas las demás funciones que le confieren las Leyes y el citado reglamento. El artículo 37 del Reglamento Orgánico del Pleno precisa que "la presidencia del Pleno corresponde al Alcalde, quien podrá delegarla, cuando lo estime oportuno, en uno de los concejales".En caso de que en una votación se produzca un empate, el alcalde cuenta con un voto de calidad para romperlo.[10]​Actualmente, el alcalde José Luis Martínez-Almeida preside el Pleno.

Además, de acuerdo con el artículo 29 del Reglamento Orgánico del Pleno, para poder constituir y mantener un Grupo Municipal es necesario contar con un mínimo de 2 concejales, con la excepción del Grupo Mixto.[11]​ Actualmente, el Pleno de Madrid está compuesto por 57 concejales elegidos por sufragio universal por los ciudadanos de Madrid con derecho a voto mediante elecciones municipales celebradas cada cuatro años. Estos a su vez, eligen al alcalde en la sesión de constitución de la corporación municipal.[n. 2]​Después de las elecciones de mayo de 2019, forman parte del mismo 5 grupos municipales organizados de la siguiente manera: 19 concejales de Más Madrid, 15 concejales del Partido Popular, 11 de Ciudadanos, 8 del Partido Socialista de Madrid-PSOE y 4 de Vox.

 

Grupos municipales del Ayuntamiento de Madrid
Grupo municipal Componentes Portavoz Líder Concejales
Más Madrid   Más Madrid Rita Maestre Íñigo Errejón 15
Popular   PP Andrea Levy Soler Pío García-Escudero 15
Ciudadanos   Ciudadanos Begoña Villacís Begoña Villacís 11
Socialista   PSOE-M María del Mar Espinar Mesa-Moles Comisión Gestora del PSOE-M 8
Vox   Vox Javier Ortega Smith-Molina Rocío Monasterio 4
Grupo Mixto RECUPERA MADRID[14] Marta Higueras 4

Junta de Gobierno de Madrid

Cargo Nombre Partido
Alcalde José Luis Martínez-Almeida  
Teniente de Alcalde Begoña Villacís  
Cultura, turismo y deporte Andrea Levy  
Desarrollo Urbano Mariano Fuentes  
Portavoz Inmaculada Sanz Otero  
Seguridad y emergencia  
Economia , Innovación y Empleo Miguel Ángel Redondo Rodríguez  
Movilidad Borja Carabante  
Finanzas y Servicio civil Engracia Hidalgo  
Familias,Igualdad y Seguridad social Silvia Saavedra  
Obras Públicas y Equipamientos Paloma García Romero  

La Junta de Gobierno de Madrid es el órgano ejecutivo de dirección política y administrativa de la ciudad. Sus reuniones ordinarias de periodicidad semanal tienen lugar en la Sala de Junta de Gobierno en el Palacio de Cibeles y sus decisiones adoptan la forma de Acuerdos. Sus competencias están estipuladas en el artículo 17.1 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid (LCREM).[15]​Se encarga principalmente de la elaboración de los proyectos de ordenanzas y reglamentos, elaborar los presupuestos anuales para financiar los servicios públicos y los proyectos para la construcción de infraestructuras. Está presidida por el alcalde, al cual le corresponde nombrar y separar libremente a los miembros de la Junta de Gobierno, cuyo número no podrá exceder de un tercio del número legal de miembros del Pleno, además del alcalde. También designa al concejal/a secretario/a, quien redactará las actas de las sesiones y certificará sobre sus acuerdos.

Funciones y poderes del Alcalde

Los artículos 14 y 15 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid (LCREM) determinan las atribuciones del alcalde y de los teniente de alcalde:

Artículo 14 Alcalde

  1. El alcalde impulsa la política municipal, dirige la acción de los restantes órganos ejecutivos, ejerce la superior dirección de la Administración ejecutiva municipal y responde ante el Pleno por su gestión política.
  2. El alcalde ostenta la máxima representación de la ciudad, sin perjuicio de las facultades de representación que puedan otorgarse a los titulares de otros órganos.
  3. Además, corresponde al Alcalde el ejercicio de las siguientes atribuciones:
    a) Determinar el programa de acción política municipal, impartir directrices para su ejecución y supervisar la acción de los restantes órganos ejecutivos de gobierno y directivos.
    b) Convocar y presidir las sesiones del Pleno y de la Junta de Gobierno, salvo que se haya optado por la designación de un Presidente del Pleno, en los términos previstos en el artículo 10.
    c) Decidir los empates con voto de calidad en todos los órganos municipales colegiados en los que participe.
    d) Nombrar y cesar a los miembros de la Junta de Gobierno, a los Tenientes de Alcalde y a los Presidentes de los Distritos.
    e) Dictar bandos para recordar y precisar los términos del cumplimiento de normas en vigor, o para efectuar apelaciones a la población municipal con motivo de acontecimientos o circunstancias especiales. Dictar decretos e instrucciones.
    f) Adoptar las medidas necesarias y adecuadas en casos de extraordinaria y urgente necesidad, dando cuenta inmediata al Pleno.
    g) Ejercer la superior dirección del personal al servicio de la Administración municipal y la superior jefatura de la policía municipal.
    h) Acordar al inicio del mandato el número, denominación y competencias de las áreas en las que se estructura la Administración municipal, en el marco de las normas orgánicas aprobadas por el Pleno.
    i) El ejercicio de las acciones judiciales y administrativas en materia de su competencia y, en caso de urgencia, en materias de la competencia del Pleno, en este supuesto dando cuenta al mismo en la primera sesión que celebre para su ratificación.
    j) Asegurar la ejecución de las Leyes y las normas municipales, así como de los acuerdos y resoluciones de los órganos ejecutivos y administrativos, ordenando, en particular y cuando proceda, la publicación de estos últimos.
    k) La firma de convenios.
    l) La revisión de oficio y la declaración de lesividad de sus propios actos.
    m) La autorización y disposición de gastos en las materias de su competencia, así como el reconocimiento y liquidación de las obligaciones derivadas de estos compromisos de gasto.
    n) La ordenación de pagos.
    ñ) El nombramiento del personal funcionario, laboral y eventual al servicio del Ayuntamiento de Madrid.
  4. El alcalde podrá delegar o desconcentrar mediante decreto las competencias anteriores en la Junta de Gobierno, en sus miembros, en los demás concejales y, en su caso, en los órganos directivos, con excepción de las señaladas en los párrafos b), c), d), e) en lo que se refiere a la adopción de bandos y f). Las atribuciones previstas en los párrafos a) y h) sólo serán delegables en la Junta de Gobierno.

Artículo 15 Los Tenientes de Alcalde

El alcalde podrá nombrar de entre los miembros de la Junta de Gobierno que ostenten la condición de Concejal, a los Tenientes de Alcalde, que le sustituirán por el orden de su nombramiento en los casos de vacante, ausencia o enfermedad.

Dependencias de los Distritos

Distrito Concejal-Presidente
Centro José Fernández Sánchez (PP)
Salamanca
Arganzuela Cayetana Hernández de la Riva (PP)
Chamartín Sonia Cea Quintana (PP)
Retiro Santiago Saura Martínez de Toda (Cs)
Tetuán Blanca Pinedo Texidor (PP)
Chamberí Javier Ramírez Caro (PP)
Fuencarral-El Pardo
Moncloa-Aravaca Loreto Sordo Ruiz (PP)
Usera
Latina Alberto Serrano Patiño (Cs)
Hortaleza
Carabanchel Álvaro González López (PP)
Puente de Vallecas Francisco de Borja Fanjul Fernández-Pita (PP)
Moratalaz Almudena Maíllo del Valle (PP)
Ciudad Lineal Ángel Niño Quesada (Cs)
Villaverde Concepción Chapa Monteagudo (Cs)
Villa de Vallecas
Vicálvaro Martín Casariego Córdoba (Cs)
San Blas-Canillejas
Barajas Sofía Miranda Esteban (Cs)

El 27 de marzo de 1987, el pleno del Ayuntamiento de Madrid aprobó la división administrativa de la ciudad en distritos y se hizo efectiva el 1 de julio de 1988.[16]​ Actualmente hay 21 distritos, que a su vez están gobernados por sus correspondientes Juntas Municipales. Las Juntas Municipales de Distrito se regulan mediante el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.[17]​En el caso de Madrid, el Reglamento Orgánico de los Distritos de la Ciudad de Madrid determina las competencias de las Juntas Municipales de Distrito (JMD).[18]​Según el artículo 1 del Reglamento, el objetivo de los distritos es descentralizar la gestión para la mejora de la misma y facilitar la participación ciudadana en los asuntos de competencia municipal.

En las Juntas Municipales de Distrito los ciudadanos pueden realizar diferentes gestiones tales como reservas de fechas para matrimonios civiles, solicitar ayudas económicas o subvenciones, realizar trámites relacionados con el padrón municipal, pedir plaza en la Red Municipal de Escuelas Infantiles, solicitar plaza en los centros de mayores, comedores y demás equipamientos de servicios sociales, dar de alta o baja una tarjeta de BiciMAD, solicitar estacionamiento o plaza de movilidad reducidas, solicitar licencias urbanísticas o reservar un espacio en la vía pública del distrito, entre otros.[19]​En definitiva, estos órganos se encargan del gobierno de una manera mucho más local, ya que en una ciudad como Madrid sería casi imposible administrar a toda la población de manera completamente centralizada. Hay que tener en cuenta que uno solo de los distritos puede tener más población que muchas capitales de provincia.

El concejal-presidente de distrito, nombrado por el alcalde, será el encargado de presidir los plenos, convocar las sesiones que celebra el mismo conforme al orden del día y someter a votación los acuerdos alcanzados. El concejal-presidente debe celebrar anualmente durante el primer semestre una sesión extraordinaria de la Junta Municipal del Distrito dedicada al debate sobre el estado del distrito. Además, se encarga de gestionar el presupuesto de la Junta que viene asignado en los presupuestos municipales para financiar la conservación, mantenimiento y limpieza de los colegios públicos y equipamientos deportivos municipales, la programación cultural en los centros adscritos y la gestión de las ayudas sociales. Por último, puede otorgar ciertas licencias urbanísticas.

Actualmente los distritos de la ciudad son los siguientes:

Historia electoral

Elecciones Concejales a elegir Composición del pleno de la corporación Fecha de constitución de la corporación
Elecciones del 12 de noviembre de 1905 28 de 50 - -
Elecciones del 2 de mayo de 1909 22 de 50 - 1 de julio de 1909
Elecciones del 12 de diciembre de 1909 28 de 50 - -
Elecciones del 12 de noviembre de 1911 23 de 50 - -
Elecciones del 9 de noviembre de 1913 28 de 50 - -
Elecciones del 14 de noviembre de 1915 22 de 50 - 1 de enero de 1916
Elecciones del 11 de noviembre de 1917 30 de 50 Corporación 1918-1920 1 de enero de 1918
Elecciones del 8 de febrero de 1920 27 de 50 - 1 de abril de 1920
Elecciones del 5 de febrero de 1922 24 de 50 - -
Elecciones del 12 de abril de 1931 50 de 50 - -
Elecciones del 3 de abril de 1979 59 de 59 - 19 de abril de 1979
Elecciones del 8 de mayo de 1983 57 de 57 - -
Elecciones del 10 de junio de 1987 55 de 55 - -
Elecciones del 26 de mayo de 1991 57 de 57 - 5 de julio de 1991
Elecciones del 28 de mayo de 1995 55 de 55 - -
Elecciones del 13 de junio de 1999 53 de 53 - -
Elecciones del 25 de mayo de 2003 55 de 55 - -
Elecciones del 27 de mayo de 2007 57 de 57 - -
Elecciones del 22 de mayo de 2011 57 de 57 Pleno 2011-2015 -
Elecciones del 24 de mayo de 2015 57 de 57 Pleno 2015-2019 13 de junio de 2015
Elecciones del 26 de mayo de 2019 57 de 57 Pleno 2019-2023 15 de junio de 2019

Véase también

Notas

  1. Le corresponden al pleno:
    a) El control y la fiscalización de los órganos de gobierno.

    b) La votación de la moción de censura al Alcalde y de la cuestión de confianza planteada por este, que será pública y se realizará mediante llamamiento nominal en todo caso y se regirá en todos sus aspectos por lo dispuesto en la legislación electoral general.

    c) La aprobación y modificación de los reglamentos de naturaleza orgánica. Tendrán en todo caso naturaleza orgánica:

    La regulación del Pleno.
    La regulación, en su caso, del órgano para la defensa de los derechos de los vecinos.
    La regulación de los órganos y procedimientos de participación ciudadana.
    La división de la ciudad en distritos y la determinación y regulación de sus órganos, sin perjuicio de las atribuciones de la Junta de gobierno para establecer la organización y estructura de la Administración municipal ejecutiva.
    La regulación de la organización política y administrativa del Ayuntamiento.
    La regulación del Tribunal Económico-Administrativo Municipal de Madrid.

    d) La aprobación y modificación de las ordenanzas y reglamentos municipales.

    e) Los acuerdos relativos a la delimitación y alteración del término municipal y la adopción o modificación de su bandera, enseña o escudo.

    f) Los acuerdos relativos a la participación en organizaciones supramunicipales.

    g) La determinación de los recursos propios de carácter tributario.

    h) La aprobación de los presupuestos y la autorización de gastos en las materias de su competencia. Asimismo, aprobará la cuenta general del ejercicio correspondiente.

    i) El otorgamiento de avales y garantías por el Ayuntamiento, que se ajustara a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

    j) La aprobación que ponga fin a la tramitación municipal de los instrumentos de planeamiento previstos en la legislación urbanística y la aprobación de los Avances de Planeamiento.

    k) La transferencia de funciones o actividades a otras Administraciones públicas, así como la aceptación de las delegaciones o encomiendas de gestión realizadas por otras Administraciones, salvo que por ley se impongan obligatoriamente.

    l) La determinación de las formas de gestión de los servicios, así como el acuerdo de creación de organismos autónomos, de entidades públicas empresariales y de sociedades mercantiles para la gestión de los servicios de competencia municipal, y la aprobación de sus correspondientes estatutos y de los expedientes de municipalización. Asimismo, le corresponderá la aprobación de los estatutos de las fundaciones.

    m) Las facultades de revisión de oficio de sus propios actos y disposiciones de carácter general, y la declaración de lesividad de sus actos.

    n) El ejercicio de acciones judiciales y administrativas en las materias de su competencia.

    ñ) Establecer el régimen retributivo de los miembros del Pleno, de su Secretario General, del Alcalde, de los miembros de la Junta de Gobierno y de los órganos directivos municipales.

    o) El planteamiento de conflictos de competencia a otras Entidades locales y a otras Administraciones públicas.

    p) La creación de escalas, subescalas y clases de funcionarios, así como la atribución a los mismos de la condición de agente de la autoridad en atención a las funciones que les correspondan ejercer.

    q) Las restantes atribuciones que le asignen las leyes, sin perjuicio de lo dispuesto en la disposición adicional segunda de esta Ley.
    Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid.[9]
  2. En la misma sesión de constitución de la corporación municipal se procede a la elección de alcalde, de acuerdo con el siguiente procedimiento:[12][12][13]
    a) Pueden ser candidatos todos los concejales que encabecen sus correspondientes listas.
    b) Si alguno de ellos obtiene la mayoría absoluta de los votos de los concejales es proclamado electo.
    c) Si ninguno de ellos obtiene dicha mayoría es proclamado alcalde el concejal que encabece la lista que haya obtenido mayor número de votos populares en el correspondiente municipio. En caso de empate se resolverá por sorteo.

Referencias

  1. «Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid 2021. Bases de ejecución. Presupuesto consolidado. Estructura». Ayuntamiento de Madrid. 2021. Consultado el 13 de abril de 2021. «Incluye gasto de la administración general y organismos autónomos. Excluye los presupuestos de sociedades mercantiles públicas y demás sujetos y entidades dependientes del ayuntamiento: 1290 millones de euros adicionales (2021).» 
  2. «Gallardón estrena despacho en el Palacio de Comunicaciones de la plaza de Cibeles». El Mundo. Madrid. 5 de noviembre de 2007. Consultado el 7 de julio de 2019. 
  3. García Gallo, Bruno (29 de noviembre de 2011). «El Rey inaugura el nuevo salón de plenos de Madrid». El País. Madrid. Consultado el 7 de julio de 2019. 
  4. «El Pleno municipal estrena salón». Ayuntamiento de Madrid. 30 de noviembre de 2011. Consultado el 7 de julio de 2019. 
  5. Sérvulo González, Jesús (6 de noviembre de 2007). «Estreno de puntillas en Cibeles». El País. Madrid. Consultado el 7 de julio de 2019. 
  6. Sérvulo González, Jesús (6 de noviembre de 2007). «Un adiós emotivo a la Casa de la Villa». El País. Madrid. Consultado el 7 de julio de 2019. 
  7. «Comisión Permanente Ordinaria del Pleno. Desarrollo Urbano y de Obras y Equipamientos». Secretaría General del Ayuntamiento de Madrid. Madrid. 19 de mayo de 2021. Consultado el 24 de junio de 2021. 
  8. «Comisión Permanente Ordinaria del Pleno. Vicealcaldía». Secretaría General del Ayuntamiento de Madrid. Madrid. 14 de mayo de 2021. Consultado el 24 de junio de 2021. 
  9. España: «Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid». Boletín Oficial del Estado, núm. 159 de 5 de julio de 2006: 25202-25215. ISSN 0212-033X. 
  10. Ayuntamiento de Madrid, ed. (31 de mayo de 2004). «Presidencia del Pleno». Consultado el 6 de diciembre de 2019. 
  11. Secretaría General del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, ed. (31 de mayo de 2004). «Reglamento Orgánico del Pleno del Ayuntamiento de Madrid (texto consolidado)». Consultado el 6 de diciembre de 2019. 
  12. España: «Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General». Boletín Oficial del Estado núm. 147, de 20 de junio de 1985.: 19130-19132. ISSN 0212-033X. 
  13. España: «Ley Orgánica 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General». Boletín Oficial del Estado núm. 25 de 29 de enero de 2011.: 9518. ISSN 0212-033X. 
  14. Madridiario. «Recupera Madrid: la nueva estrategia política para arrebatar la Alcaldía al PP en 2023». Madridiario. Consultado el 19 de agosto de 2021. 
  15. Ayuntamiento de Madrid (ed.). «Atribuciones de la Junta de Gobierno». Consultado el 6 de diciembre de 2019. 
  16. Prado Martínez, Paloma. La organización de los Distritos. Madrid: Ayuntamiento de Madrid. p. 6. Consultado el 18 de mayo de 2021. 
  17. «Real Decreto 2568/1986 de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales». BOE. 28 de noviembre de 1986. Consultado el 7 de diciembre de 2019. 
  18. «Reglamento Orgánico de los Distritos de la Ciudad de Madrid». Ayuntamiento de Madrid. 10 de enero de 2005. Consultado el 7 de diciembre de 2019. 
  19. «¿Qué son las juntas municipales de distrito?». Diario de Madrid. 28 de enero de 2019. Consultado el 7 de diciembre de 2019. 

Enlaces externos

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  • Web del Ayuntamiento de Madrid
  • Web de participación ciudadana Decide Madrid
  •   Datos: Q3773976
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El Ayuntamiento de Madrid es el organismo que se encarga del gobierno y de la administracion del municipio de Madrid Espana Esta presidido por el correspondiente alcalde o alcaldesa actualmente Jose Luis Martinez Almeida del Partido Popular Ayuntamiento de MadridTipoayuntamiento y organizacionForma legalcorporacion de derecho publicoJurisdiccionMadridPeriodoXI LegislaturaSedePalacio de Cibeles calle de Montalban 128014 MadridAlcaldeJose Luis Martinez Almeida PP Presupuesto5750 millones de euros 2021 1 Miembro deUnion de Ciudades Capitales IberoamericanasEstructuraCoordenadas40 25 08 N 3 41 32 O 40 41896944 3 692125Sitio webhttp www madrid es editar datos en Wikidata Indice 1 Sede 2 organos de gobierno 2 1 Pleno del Ayuntamiento de Madrid 2 2 Junta de Gobierno de Madrid 2 3 Dependencias de los Distritos 3 Historia electoral 4 Vease tambien 5 Notas 6 Referencias 7 Enlaces externosSede EditarTiene su sede principal en el Palacio de Cibeles desde el 5 de noviembre de 2007 aunque solamente se trasladara la Alcaldia y su equipo de asesores la Vicealcaldia y el Gabinete de Comunicacion 2 Sin embargo el Salon de Plenos del edificio no fue inaugurado hasta el 29 de noviembre de 2011 en una ceremonia en la que estuvieron presentes el Rey Juan Carlos I y el alcalde Alberto Ruiz Gallardon 3 El acceso Salon de Sesiones del Pleno esta situado en el numero 1 de la calle Moltalban Un dia despues de la apertura tuvo lugar el primer pleno municipal 4 Anteriormente la sede fue la Casa de la Villa de Madrid y su edificio anexo Casa de Cisneros 5 6 Por otra parte las distintas comisiones como puedan ser la de Desarrollo Urbano y de Obras y Equipamientos o la de Vicealcaldia tienen lugar en el Salon de Usos Multiples del Edificio de Grupos Politicos situado en la Calle Mayor 71 7 8 organos de gobierno EditarArticulo principal Organizacion politico administrativa de Madrid Pleno del Ayuntamiento de Madrid Editar Pleno del Ayuntamiento De acuerdo con la Ley de Capitalidad y de Regimen Especial de Madrid el Pleno es el organo de maxima representacion politica de los ciudadanos en el gobierno municipal ejerce las atribuciones que le estan asignadas expresamente y esta formado por el alcalde y los concejales sin perjuicio de la asistencia a sus sesiones y la intervencion en sus deliberaciones de los miembros no electos de la Junta de Gobierno 9 n 1 Segun el articulo 36 del Reglamento Organico del Pleno del Ayuntamiento de Madrid el Presidente del Pleno convoca y preside las sesiones dirige los debates y mantiene el orden de los mismos para asegurar la buena marcha de su trabajo Asimismo corresponde al Presidente cumplir y hacer cumplir el Reglamento Organico del Pleno interpretandolo en caso de duda y supliendolo en caso de omision asi como todas las demas funciones que le confieren las Leyes y el citado reglamento El articulo 37 del Reglamento Organico del Pleno precisa que la presidencia del Pleno corresponde al Alcalde quien podra delegarla cuando lo estime oportuno en uno de los concejales En caso de que en una votacion se produzca un empate el alcalde cuenta con un voto de calidad para romperlo 10 Actualmente el alcalde Jose Luis Martinez Almeida preside el Pleno Ademas de acuerdo con el articulo 29 del Reglamento Organico del Pleno para poder constituir y mantener un Grupo Municipal es necesario contar con un minimo de 2 concejales con la excepcion del Grupo Mixto 11 Actualmente el Pleno de Madrid esta compuesto por 57 concejales elegidos por sufragio universal por los ciudadanos de Madrid con derecho a voto mediante elecciones municipales celebradas cada cuatro anos Estos a su vez eligen al alcalde en la sesion de constitucion de la corporacion municipal n 2 Despues de las elecciones de mayo de 2019 forman parte del mismo 5 grupos municipales organizados de la siguiente manera 19 concejales de Mas Madrid 15 concejales del Partido Popular 11 de Ciudadanos 8 del Partido Socialista de Madrid PSOE y 4 de Vox Grupos municipales del Ayuntamiento de Madrid Grupo municipal Componentes Portavoz Lider ConcejalesMas Madrid Mas Madrid Rita Maestre Inigo Errejon 15Popular PP Andrea Levy Soler Pio Garcia Escudero 15Ciudadanos Ciudadanos Begona Villacis Begona Villacis 11Socialista PSOE M Maria del Mar Espinar Mesa Moles Comision Gestora del PSOE M 8Vox Vox Javier Ortega Smith Molina Rocio Monasterio 4Grupo Mixto RECUPERA MADRID 14 Marta Higueras 4 Junta de Gobierno de Madrid Editar Cargo Nombre PartidoAlcalde Jose Luis Martinez Almeida Teniente de Alcalde Begona Villacis Cultura turismo y deporte Andrea Levy Desarrollo Urbano Mariano Fuentes Portavoz Inmaculada Sanz Otero Seguridad y emergencia Economia Innovacion y Empleo Miguel Angel Redondo Rodriguez Movilidad Borja Carabante Finanzas y Servicio civil Engracia Hidalgo Familias Igualdad y Seguridad social Silvia Saavedra Obras Publicas y Equipamientos Paloma Garcia Romero La Junta de Gobierno de Madrid es el organo ejecutivo de direccion politica y administrativa de la ciudad Sus reuniones ordinarias de periodicidad semanal tienen lugar en la Sala de Junta de Gobierno en el Palacio de Cibeles y sus decisiones adoptan la forma de Acuerdos Sus competencias estan estipuladas en el articulo 17 1 de la Ley 22 2006 de 4 de julio de Capitalidad y de Regimen Especial de Madrid LCREM 15 Se encarga principalmente de la elaboracion de los proyectos de ordenanzas y reglamentos elaborar los presupuestos anuales para financiar los servicios publicos y los proyectos para la construccion de infraestructuras Esta presidida por el alcalde al cual le corresponde nombrar y separar libremente a los miembros de la Junta de Gobierno cuyo numero no podra exceder de un tercio del numero legal de miembros del Pleno ademas del alcalde Tambien designa al concejal a secretario a quien redactara las actas de las sesiones y certificara sobre sus acuerdos Funciones y poderes del AlcaldeLos articulos 14 y 15 de la Ley 22 2006 de 4 de julio de Capitalidad y de Regimen Especial de Madrid LCREM determinan las atribuciones del alcalde y de los teniente de alcalde Articulo 14 Alcalde El alcalde impulsa la politica municipal dirige la accion de los restantes organos ejecutivos ejerce la superior direccion de la Administracion ejecutiva municipal y responde ante el Pleno por su gestion politica El alcalde ostenta la maxima representacion de la ciudad sin perjuicio de las facultades de representacion que puedan otorgarse a los titulares de otros organos Ademas corresponde al Alcalde el ejercicio de las siguientes atribuciones a Determinar el programa de accion politica municipal impartir directrices para su ejecucion y supervisar la accion de los restantes organos ejecutivos de gobierno y directivos b Convocar y presidir las sesiones del Pleno y de la Junta de Gobierno salvo que se haya optado por la designacion de un Presidente del Pleno en los terminos previstos en el articulo 10 c Decidir los empates con voto de calidad en todos los organos municipales colegiados en los que participe d Nombrar y cesar a los miembros de la Junta de Gobierno a los Tenientes de Alcalde y a los Presidentes de los Distritos e Dictar bandos para recordar y precisar los terminos del cumplimiento de normas en vigor o para efectuar apelaciones a la poblacion municipal con motivo de acontecimientos o circunstancias especiales Dictar decretos e instrucciones f Adoptar las medidas necesarias y adecuadas en casos de extraordinaria y urgente necesidad dando cuenta inmediata al Pleno g Ejercer la superior direccion del personal al servicio de la Administracion municipal y la superior jefatura de la policia municipal h Acordar al inicio del mandato el numero denominacion y competencias de las areas en las que se estructura la Administracion municipal en el marco de las normas organicas aprobadas por el Pleno i El ejercicio de las acciones judiciales y administrativas en materia de su competencia y en caso de urgencia en materias de la competencia del Pleno en este supuesto dando cuenta al mismo en la primera sesion que celebre para su ratificacion j Asegurar la ejecucion de las Leyes y las normas municipales asi como de los acuerdos y resoluciones de los organos ejecutivos y administrativos ordenando en particular y cuando proceda la publicacion de estos ultimos k La firma de convenios l La revision de oficio y la declaracion de lesividad de sus propios actos m La autorizacion y disposicion de gastos en las materias de su competencia asi como el reconocimiento y liquidacion de las obligaciones derivadas de estos compromisos de gasto n La ordenacion de pagos n El nombramiento del personal funcionario laboral y eventual al servicio del Ayuntamiento de Madrid El alcalde podra delegar o desconcentrar mediante decreto las competencias anteriores en la Junta de Gobierno en sus miembros en los demas concejales y en su caso en los organos directivos con excepcion de las senaladas en los parrafos b c d e en lo que se refiere a la adopcion de bandos y f Las atribuciones previstas en los parrafos a y h solo seran delegables en la Junta de Gobierno Articulo 15 Los Tenientes de AlcaldeEl alcalde podra nombrar de entre los miembros de la Junta de Gobierno que ostenten la condicion de Concejal a los Tenientes de Alcalde que le sustituiran por el orden de su nombramiento en los casos de vacante ausencia o enfermedad Vease tambien Anexo Alcaldes de Madrid Vease tambien Anexo Primeros tenientes de alcalde de Madrid Dependencias de los Distritos Editar Distrito Concejal PresidenteCentro Jose Fernandez Sanchez PP SalamancaArganzuela Cayetana Hernandez de la Riva PP Chamartin Sonia Cea Quintana PP Retiro Santiago Saura Martinez de Toda Cs Tetuan Blanca Pinedo Texidor PP Chamberi Javier Ramirez Caro PP Fuencarral El PardoMoncloa Aravaca Loreto Sordo Ruiz PP UseraLatina Alberto Serrano Patino Cs HortalezaCarabanchel Alvaro Gonzalez Lopez PP Puente de Vallecas Francisco de Borja Fanjul Fernandez Pita PP Moratalaz Almudena Maillo del Valle PP Ciudad Lineal Angel Nino Quesada Cs Villaverde Concepcion Chapa Monteagudo Cs Villa de VallecasVicalvaro Martin Casariego Cordoba Cs San Blas CanillejasBarajas Sofia Miranda Esteban Cs El 27 de marzo de 1987 el pleno del Ayuntamiento de Madrid aprobo la division administrativa de la ciudad en distritos y se hizo efectiva el 1 de julio de 1988 16 Actualmente hay 21 distritos que a su vez estan gobernados por sus correspondientes Juntas Municipales Las Juntas Municipales de Distrito se regulan mediante el Real Decreto 2568 1986 de 28 de noviembre 17 En el caso de Madrid el Reglamento Organico de los Distritos de la Ciudad de Madrid determina las competencias de las Juntas Municipales de Distrito JMD 18 Segun el articulo 1 del Reglamento el objetivo de los distritos es descentralizar la gestion para la mejora de la misma y facilitar la participacion ciudadana en los asuntos de competencia municipal En las Juntas Municipales de Distrito los ciudadanos pueden realizar diferentes gestiones tales como reservas de fechas para matrimonios civiles solicitar ayudas economicas o subvenciones realizar tramites relacionados con el padron municipal pedir plaza en la Red Municipal de Escuelas Infantiles solicitar plaza en los centros de mayores comedores y demas equipamientos de servicios sociales dar de alta o baja una tarjeta de BiciMAD solicitar estacionamiento o plaza de movilidad reducidas solicitar licencias urbanisticas o reservar un espacio en la via publica del distrito entre otros 19 En definitiva estos organos se encargan del gobierno de una manera mucho mas local ya que en una ciudad como Madrid seria casi imposible administrar a toda la poblacion de manera completamente centralizada Hay que tener en cuenta que uno solo de los distritos puede tener mas poblacion que muchas capitales de provincia El concejal presidente de distrito nombrado por el alcalde sera el encargado de presidir los plenos convocar las sesiones que celebra el mismo conforme al orden del dia y someter a votacion los acuerdos alcanzados El concejal presidente debe celebrar anualmente durante el primer semestre una sesion extraordinaria de la Junta Municipal del Distrito dedicada al debate sobre el estado del distrito Ademas se encarga de gestionar el presupuesto de la Junta que viene asignado en los presupuestos municipales para financiar la conservacion mantenimiento y limpieza de los colegios publicos y equipamientos deportivos municipales la programacion cultural en los centros adscritos y la gestion de las ayudas sociales Por ultimo puede otorgar ciertas licencias urbanisticas Actualmente los distritos de la ciudad son los siguientes Centro Arganzuela Retiro Salamanca Chamartin Tetuan Chamberi Fuencarral El Pardo Moncloa Aravaca Latina Carabanchel Usera Puente de Vallecas Moratalaz Ciudad Lineal Hortaleza Villaverde Villa de Vallecas Vicalvaro San Blas Canillejas BarajasHistoria electoral EditarEsta lista esta incompleta Puedes ayudar ampliandola Elecciones Concejales a elegir Composicion del pleno de la corporacion Fecha de constitucion de la corporacionElecciones del 12 de noviembre de 1905 28 de 50 Elecciones del 2 de mayo de 1909 22 de 50 1 de julio de 1909Elecciones del 12 de diciembre de 1909 28 de 50 Elecciones del 12 de noviembre de 1911 23 de 50 Elecciones del 9 de noviembre de 1913 28 de 50 Elecciones del 14 de noviembre de 1915 22 de 50 1 de enero de 1916Elecciones del 11 de noviembre de 1917 30 de 50 Corporacion 1918 1920 1 de enero de 1918Elecciones del 8 de febrero de 1920 27 de 50 1 de abril de 1920Elecciones del 5 de febrero de 1922 24 de 50 Elecciones del 12 de abril de 1931 50 de 50 Elecciones del 3 de abril de 1979 59 de 59 19 de abril de 1979Elecciones del 8 de mayo de 1983 57 de 57 Elecciones del 10 de junio de 1987 55 de 55 Elecciones del 26 de mayo de 1991 57 de 57 5 de julio de 1991Elecciones del 28 de mayo de 1995 55 de 55 Elecciones del 13 de junio de 1999 53 de 53 Elecciones del 25 de mayo de 2003 55 de 55 Elecciones del 27 de mayo de 2007 57 de 57 Elecciones del 22 de mayo de 2011 57 de 57 Pleno 2011 2015 Elecciones del 24 de mayo de 2015 57 de 57 Pleno 2015 2019 13 de junio de 2015Elecciones del 26 de mayo de 2019 57 de 57 Pleno 2019 2023 15 de junio de 2019Vease tambien EditarAlcaldes de Madrid Politica de Madrid Linea Madrid Palacio de ComunicacionesNotas Editar Le corresponden al pleno a El control y la fiscalizacion de los organos de gobierno b La votacion de la mocion de censura al Alcalde y de la cuestion de confianza planteada por este que sera publica y se realizara mediante llamamiento nominal en todo caso y se regira en todos sus aspectos por lo dispuesto en la legislacion electoral general c La aprobacion y modificacion de los reglamentos de naturaleza organica Tendran en todo caso naturaleza organica La regulacion del Pleno dd dd La regulacion en su caso del organo para la defensa de los derechos de los vecinos dd dd La regulacion de los organos y procedimientos de participacion ciudadana dd dd La division de la ciudad en distritos y la determinacion y regulacion de sus organos sin perjuicio de las atribuciones de la Junta de gobierno para establecer la organizacion y estructura de la Administracion municipal ejecutiva dd dd La regulacion de la organizacion politica y administrativa del Ayuntamiento dd dd La regulacion del Tribunal Economico Administrativo Municipal de Madrid dd dd d La aprobacion y modificacion de las ordenanzas y reglamentos municipales e Los acuerdos relativos a la delimitacion y alteracion del termino municipal y la adopcion o modificacion de su bandera ensena o escudo f Los acuerdos relativos a la participacion en organizaciones supramunicipales g La determinacion de los recursos propios de caracter tributario h La aprobacion de los presupuestos y la autorizacion de gastos en las materias de su competencia Asimismo aprobara la cuenta general del ejercicio correspondiente i El otorgamiento de avales y garantias por el Ayuntamiento que se ajustara a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 2 2004 de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales j La aprobacion que ponga fin a la tramitacion municipal de los instrumentos de planeamiento previstos en la legislacion urbanistica y la aprobacion de los Avances de Planeamiento k La transferencia de funciones o actividades a otras Administraciones publicas asi como la aceptacion de las delegaciones o encomiendas de gestion realizadas por otras Administraciones salvo que por ley se impongan obligatoriamente l La determinacion de las formas de gestion de los servicios asi como el acuerdo de creacion de organismos autonomos de entidades publicas empresariales y de sociedades mercantiles para la gestion de los servicios de competencia municipal y la aprobacion de sus correspondientes estatutos y de los expedientes de municipalizacion Asimismo le correspondera la aprobacion de los estatutos de las fundaciones m Las facultades de revision de oficio de sus propios actos y disposiciones de caracter general y la declaracion de lesividad de sus actos n El ejercicio de acciones judiciales y administrativas en las materias de su competencia n Establecer el regimen retributivo de los miembros del Pleno de su Secretario General del Alcalde de los miembros de la Junta de Gobierno y de los organos directivos municipales o El planteamiento de conflictos de competencia a otras Entidades locales y a otras Administraciones publicas p La creacion de escalas subescalas y clases de funcionarios asi como la atribucion a los mismos de la condicion de agente de la autoridad en atencion a las funciones que les correspondan ejercer q Las restantes atribuciones que le asignen las leyes sin perjuicio de lo dispuesto en la disposicion adicional segunda de esta Ley Ley 22 2006 de 4 de julio de Capitalidad y de Regimen Especial de Madrid 9 En la misma sesion de constitucion de la corporacion municipal se procede a la eleccion de alcalde de acuerdo con el siguiente procedimiento 12 12 13 a Pueden ser candidatos todos los concejales que encabecen sus correspondientes listas b Si alguno de ellos obtiene la mayoria absoluta de los votos de los concejales es proclamado electo c Si ninguno de ellos obtiene dicha mayoria es proclamado alcalde el concejal que encabece la lista que haya obtenido mayor numero de votos populares en el correspondiente municipio En caso de empate se resolvera por sorteo Referencias Editar Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid 2021 Bases de ejecucion Presupuesto consolidado Estructura Ayuntamiento de Madrid 2021 Consultado el 13 de abril de 2021 Incluye gasto de la administracion general y organismos autonomos Excluye los presupuestos de sociedades mercantiles publicas y demas sujetos y entidades dependientes del ayuntamiento 1290 millones de euros adicionales 2021 Gallardon estrena despacho en el Palacio de Comunicaciones de la plaza de Cibeles El Mundo Madrid 5 de noviembre de 2007 Consultado el 7 de julio de 2019 Garcia Gallo Bruno 29 de noviembre de 2011 El Rey inaugura el nuevo salon de plenos de Madrid El Pais Madrid Consultado el 7 de julio de 2019 El Pleno municipal estrena salon Ayuntamiento de Madrid 30 de noviembre de 2011 Consultado el 7 de julio de 2019 Servulo Gonzalez Jesus 6 de noviembre de 2007 Estreno de puntillas en Cibeles El Pais Madrid Consultado el 7 de julio de 2019 Servulo Gonzalez Jesus 6 de noviembre de 2007 Un adios emotivo a la Casa de la Villa El Pais Madrid Consultado el 7 de julio de 2019 Comision Permanente Ordinaria del Pleno Desarrollo Urbano y de Obras y Equipamientos Secretaria General del Ayuntamiento de Madrid Madrid 19 de mayo de 2021 Consultado el 24 de junio de 2021 Comision Permanente Ordinaria del Pleno Vicealcaldia Secretaria General del Ayuntamiento de Madrid Madrid 14 de mayo de 2021 Consultado el 24 de junio de 2021 a b Espana Ley 22 2006 de 4 de julio de Capitalidad y de Regimen Especial de Madrid Boletin Oficial del Estado num 159 de 5 de julio de 2006 25202 25215 ISSN 0212 033X Ayuntamiento de Madrid ed 31 de mayo de 2004 Presidencia del Pleno Consultado el 6 de diciembre de 2019 Secretaria General del Pleno del Ayuntamiento de Madrid ed 31 de mayo de 2004 Reglamento Organico del Pleno del Ayuntamiento de Madrid texto consolidado Consultado el 6 de diciembre de 2019 a b Espana Ley Organica 5 1985 de 19 de junio del Regimen Electoral General Boletin Oficial del Estado num 147 de 20 de junio de 1985 19130 19132 ISSN 0212 033X Espana Ley Organica 2 2011 de 28 de enero por la que se modifica la Ley Organica 5 1985 de 19 de junio del Regimen Electoral General Boletin Oficial del Estado num 25 de 29 de enero de 2011 9518 ISSN 0212 033X Madridiario Recupera Madrid la nueva estrategia politica para arrebatar la Alcaldia al PP en 2023 Madridiario Consultado el 19 de agosto de 2021 Ayuntamiento de Madrid ed Atribuciones de la Junta de Gobierno Consultado el 6 de diciembre de 2019 Prado Martinez Paloma La organizacion de los Distritos Madrid Ayuntamiento de Madrid p 6 Consultado el 18 de mayo de 2021 Real Decreto 2568 1986 de 28 de noviembre por el que se aprueba el Reglamento de Organizacion Funcionamiento y Regimen Juridico de las Entidades Locales BOE 28 de noviembre de 1986 Consultado el 7 de diciembre de 2019 Reglamento Organico de los Distritos de la Ciudad de Madrid Ayuntamiento de Madrid 10 de enero de 2005 Consultado el 7 de diciembre de 2019 Que son las juntas municipales de distrito Diario de Madrid 28 de enero de 2019 Consultado el 7 de diciembre de 2019 Enlaces externos Editar Wikimedia Commons alberga una categoria multimedia sobre Ayuntamiento de Madrid Web del Ayuntamiento de Madrid Web de participacion ciudadana Decide Madrid Datos Q3773976 Multimedia City Council of MadridObtenido de https es wikipedia org w index php title Ayuntamiento de Madrid amp oldid 138853277, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

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