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Ley de Matrimonios Reales de 1772

La Ley de Matrimonios Reales de 1772 es una ley del Parlamento del Reino Unido, que establece las condiciones bajo las cuales los miembros de la Familia Real Británica pueden contraer matrimonio, a fin de prevenir matrimonios que pudieran disminuir el estatus de la Casa Real.

Ley de Matrimonios Reales de 1772

Creación 1772
Ratificación 1 de abril de 1772

Disposiciones

La ley dice que ningún descendiente de Jorge II, hombre o mujer, distintos de las princesas que se hayan casado o con posterioridad se casen con "familias extranjeras", podrían casarse sin el consentimiento del monarca reinante, "manifestado bajo el gran sello y declarado en consejo". Ese consentimiento debe figurar en la licencia y en el registro de matrimonios, e introducido en los libros del Consejo Privado. Cualquier matrimonio contraído sin el consentimiento del monarca es nulo y queda sin efecto.

Sin embargo, cualquier miembro de la Familia Real mayor de 25 años al que se le haya negado el consentimiento del monarca puede casarse un años después de notificar al Consejo Privado su intención de contraer matrimonio, salvo que ambas cámaras del Parlamento declaren expresamente su desaprobación. Sin embargo, hasta ahora no ha habido ningún caso en el que el consentimiento formal del soberano haya sido negado por el Consejo.

Parejas afectadas

  • El 4 de abril de 1793, el príncipe Augusto, sexto hijo del rey, se casó en contravención de la ley, en privado y sin testigos, según los ritos de la Iglesia de Inglaterra, en el Hotel Sarmiento, Roma, con Lady Augusta Murray y nuevamente, después de amonestaciones, el 5 de diciembre de 1795, en St. George, Hanover Square, Londres. Ambos matrimonios fueron declarados nulos y sin efecto por el Tribunal de Arches, el 14 de julio de 1794, y sus dos hijos fueron considerados posteriormente ilegítimos.
  • Después de la muerte de Lady Augusta, el príncipe Augusto, ahora duque de Sussex, aparentemente se casó en segundas nupcias (no hay pruebas contemporáneas existentes), nuevamente en contravención de la ley, aproximadamente el 2 de mayo de 1831, en su casa en Great Cumberland Place, Londres, con Lady Cecilia Buggin, que ese día había tomado el apellido Underwood, en lugar de Buggin, y quien el 10 de abril de 1840, fue nombrada Duquesa de Inverness por la reina Victoria (el duque era el Conde de Inverness). La reina había, por lo tanto, como escribió a Lord Melbourne, "reconocido el efecto moral y religioso de todo lo que había ocurrido, y ella evitaría los efectos jurídicos de un matrimonio legal, que era lo que Su Majestad quería". La aceptación del matrimonio hubiera significado la aprobación del antiguo matrimonio del duque, y la legitimidad de sus dos hijos. Sin embargo, la pareja vivió junta, y fueron aceptados socialmente como marido y mujer.
  • El 8 de enero de 1847, el primo de la reina, el príncipe Jorge de Cambridge, se casó mediante licencia de la Oficina de Facultad, pero en contravención de la ley, con Sarah Fairbrother, una actriz embarazada, con cuatro hijos ilegítimos (dos del duque y otros dos de otros hombres), en St James, Clerkenwell. Aproximadamente, alrededor de 1858, Sarah tomó el nombre de Sra. Fitzgeorge, pero el matrimonio no era válido, y es inexacto llamarlo un matrimonio morganático, como muchos lo han hecho. También es incorrecto decir que la reina Victoria se negó a dar su consentimiento a este matrimonio, ya que no fue solicitado de conformidad con la ley, siendo muy evidente que no se daría el consentimiento.

Efectos generales

La ley invalida cualquier matrimonio siempre que sea celebrado o solemnizado en contravención de la misma. Un miembro de la Familia Real que contrae matrimonio violando la ley no pierde por ello su lugar en la línea de sucesión, pero la descendencia de esa unión es ilegítima por la anulación del matrimonio y por lo tanto no tienen ningún derecho en la sucesión.

La ley se aplica a los católicos, a pesar de que no tienen derecho a acceder al trono. No se aplica a los descendientes de Sofía de Hannover, que no son descendientes de Jorge II, a pesar de que todavía son elegibles para acceder al trono.

Se ha afirmado que el matrimonio del príncipe Augusto habría sido legal en Irlanda y Hannover, pero el Comité de Privilegios de la Cámara de los Lores dictaminó (en el Caso Sussex Peerage), el 9 de julio de 1844, que la ley incapacitaba a los descendientes de Jorge II de contraer matrimonio legal sin el consentimiento de la Corona, ya sea dentro de los dominios británicos o en otro lugar.

Los efectos de la ley, no siempre previstos, siguen siendo vigentes. Como ejemplo se ve en la Casa Real de Hannover, que descienden de Ernesto Augusto, duque de Cumberland, hijo menor del rey Jorge III, que heredó la corona de Hannover, según el orden de sucesión semi-sálica, cuando la Corona Británica pasó a su sobrina, la reina Victoria. Si bien sus descendientes perdieron la Corona Real de Hannover en 1866, y sus títulos británicos en 1918, como descendientes en línea masculina de Jorge II siguen requiriendo permiso para sus matrimonios al monarca británico.

Por lo tanto, el 11 de enero de 1999, Isabel II emitió la siguiente Declaración en Consejo: "Mis Lores, por la presente declaró Mi Consentimiento para el Contrato de Matrimonio entre Su Alteza Real el Príncipe Ernesto Augusto Alberto de Hanover, duque de Brunswick-Luneburgo y Su Alteza Serenísima la Princesa Carolina Luisa Margarita de Mónaco...". Sin este consentimiento el matrimonio habría sido nulo en el Reino Unido, donde la familia del novio posee propiedades y se reservan el derecho de solicitar la reanudación del Ducado de Cumberland, suspendido desde la Primera Guerra Mundial (igualmente, la corte monegasca notificó oficialmente a Francia sobre el matrimonio previsto entre Carolina con el príncipe Ernesto Augusto y recibió la garantía de que no habría objeción, de conformidad con el Tratado Franco-Monegasco de 1918). Sin embargo, dado que Ernesto Augusto se casó con una católica, perdió su lugar en la línea de sucesión al Trono Británico en virtud de la Ley de Establecimiento de 1701.

Todas las monarquías europeas, y muchos reinos no europeos, tienen leyes o tradiciones que requieren la aprobación previa del monarca para que los miembros de la dinastía reinante puedan contraer matrimonio. En Gran Bretaña, ya que la ley no ha sido modificada desde que fue originalmente aprobada, su ámbito de aplicación ha crecido ampliamente, afectando no solo a la Familia Real inmediata del Reino Unido, sino también a los parientes más lejanos del monarca. Por otra parte, su competencia es cada vez mayor: Mientras que las pasadas princesas británicas generalmente se casaban con miembros de dinastías extranjeras, eximiendo a sus descendientes de la ley, ahora la mayoría se casa con ciudadanos británicos, de modo que sus hijos también se sujetan a las restricciones de esta, al igual que sus descendientes protestantes que se casen con británicos. La aplicación de la ley tampoco limita el derecho de llevar el título oficial de "Princesa". A los efectos de la ley, ese término considera incluido a cualquier descendiente legítimo, mujer, de Jorge III, ya que cada uno hereda un derecho sobre la Corona Británica, a no ser que sea excluido por la ley.

Exención Farran

En la década de 1950, Charles d'Olivier Farran, profesor de Derecho Constitucional en la Universidad de Liverpool, teorizó que la ley no podía aplicarse a cualquier persona que viviera, porque todos los miembros más cercanos de la familia real eran descendientes de princesas británicas que se habían casado con familias extranjeras.

Muchos de los descendientes de Jorge II, en línea femenina, se volvieron a casar con miembros de la Familia Real Británica. Particularmente, la Reina y otros miembros de la Casa de Windsor descienden (a través de la reina Alejandra) de dos hijas de Jorge II (María, Landgravina de Hesse y Luisa, reina de Dinamarca, que se casaron con gobernantes extranjeros, Federico II, landgrave de Hesse-Kassel y Federico V de Dinamarca, respectivamente).

Esta llamada "Exención Farran", fue tomada con amplia publicidad, pero los argumentos en su contra fueron presentados por D. Clive Parry, miembro del Downing College, Cambridge, y la interpretación Farran fue ignorada. El consentimiento de los matrimonios en miembros de la Familia Real (incluyendo parientes lejanos de la Casa de Hannover), continúan siendo solicitados y concedidos.

Clive Parry señaló que la teoría de la "Exención Farran" complicaría todo aún más dado que todos los descendientes protestantes de la electora Sofía de Hannover, antepasada de los monarcas del Reino Unido desde 1714, habían tenido derecho a la ciudadanía británica en virtud del derecho del Acta de Naturalización de Sofía de 1705 (si se había nacido antes de 1948, cuando la ley fue derogada). Por lo tanto, algunos matrimonios de princesas británicas con monarcas y príncipes europeos no eran, por ley, matrimonios con extranjeros. Por ejemplo, el matrimonio de la princesa Isabel con el príncipe Felipe, duque de Edimburgo, por nacimiento príncipe griego y danés, pero descendiente de la electora Sofía, era el matrimonio con un súbdito británico, incluso si él no se hubiese naturalizado previamente británico. Esto también significaría, teóricamente, por ejemplo, que la actual Familia Real de Noruega está sujetada a esta ley, porque el matrimonio de la princesa Maud, hija del rey Eduardo VII, con el futuro Haakon VII de Noruega, fue el matrimonio con un súbdito británico, ya que Haakon desciende de la electora Sofía.

Exención de Eduardo VIII

En 1936, la Declaración de Abdicación de Su Majestad de 1936, excluyó específicamente a Eduardo VIII de las disposiciones de esta ley por su abdicación, lo que le permitió casarse con la divorciada Wallis Simpson. Los términos de la declaración también excluyeron a la descendencia del matrimonio.

Propuestas de derogación o modificación

El Proyecto de Ley de Sucesión a la Corona, proyecto de un miembro privado, presentado al Parlamento británico el 9 de diciembre de 2004, derogaba la ley en su totalidad. Sin embargo, el proyecto de ley fue retirado, el 15 de enero de 2005, por su autor, después de haber dicho que no recibiría el apoyo del Gobierno.

En octubre de 2011, David Cameron escribió a los líderes de la Commonwealth, proponiendo que la ley se limitase a las primeras seis personas en la línea de sucesión al Trono. Los líderes aprobaron el cambio propuesto en la cumbre de Australia.

Enlaces externos

  • Texto de la ley en vigor; en inglés.
  • Acta de matrimonio en México; en español.
  • Proyecto de ley de sucesión de 2004-2005; en inglés.
  •   Datos: Q377769

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Este articulo o seccion necesita referencias que aparezcan en una publicacion acreditada Este aviso fue puesto el 30 de diciembre de 2013 La Ley de Matrimonios Reales de 1772 es una ley del Parlamento del Reino Unido que establece las condiciones bajo las cuales los miembros de la Familia Real Britanica pueden contraer matrimonio a fin de prevenir matrimonios que pudieran disminuir el estatus de la Casa Real Ley de Matrimonios Reales de 1772Parlamento del Reino UnidoCreacion1772Ratificacion1 de abril de 1772 editar datos en Wikidata Indice 1 Disposiciones 2 Parejas afectadas 3 Efectos generales 4 Exencion Farran 5 Exencion de Eduardo VIII 6 Propuestas de derogacion o modificacion 7 Enlaces externosDisposiciones EditarLa ley dice que ningun descendiente de Jorge II hombre o mujer distintos de las princesas que se hayan casado o con posterioridad se casen con familias extranjeras podrian casarse sin el consentimiento del monarca reinante manifestado bajo el gran sello y declarado en consejo Ese consentimiento debe figurar en la licencia y en el registro de matrimonios e introducido en los libros del Consejo Privado Cualquier matrimonio contraido sin el consentimiento del monarca es nulo y queda sin efecto Sin embargo cualquier miembro de la Familia Real mayor de 25 anos al que se le haya negado el consentimiento del monarca puede casarse un anos despues de notificar al Consejo Privado su intencion de contraer matrimonio salvo que ambas camaras del Parlamento declaren expresamente su desaprobacion Sin embargo hasta ahora no ha habido ningun caso en el que el consentimiento formal del soberano haya sido negado por el Consejo Parejas afectadas EditarEl 15 de diciembre de 1785 el hijo mayor del rey Jorge principe de Gales se caso en privado y en contravencion de esta ley y la Ley de Establecimiento de 1701 en su casa en Park Lane Londres segun los ritos de la Iglesia de Inglaterra con las dos veces viuda Maria Ana Fitzherbert una catolica practicante A pesar de considerarse como un matrimonio canonicamente importante por los catolicos el matrimonio era ilegalmente invalido bajo los terminos de la ley El 4 de abril de 1793 el principe Augusto sexto hijo del rey se caso en contravencion de la ley en privado y sin testigos segun los ritos de la Iglesia de Inglaterra en el Hotel Sarmiento Roma con Lady Augusta Murray y nuevamente despues de amonestaciones el 5 de diciembre de 1795 en St George Hanover Square Londres Ambos matrimonios fueron declarados nulos y sin efecto por el Tribunal de Arches el 14 de julio de 1794 y sus dos hijos fueron considerados posteriormente ilegitimos Despues de la muerte de Lady Augusta el principe Augusto ahora duque de Sussex aparentemente se caso en segundas nupcias no hay pruebas contemporaneas existentes nuevamente en contravencion de la ley aproximadamente el 2 de mayo de 1831 en su casa en Great Cumberland Place Londres con Lady Cecilia Buggin que ese dia habia tomado el apellido Underwood en lugar de Buggin y quien el 10 de abril de 1840 fue nombrada Duquesa de Inverness por la reina Victoria el duque era el Conde de Inverness La reina habia por lo tanto como escribio a Lord Melbourne reconocido el efecto moral y religioso de todo lo que habia ocurrido y ella evitaria los efectos juridicos de un matrimonio legal que era lo que Su Majestad queria La aceptacion del matrimonio hubiera significado la aprobacion del antiguo matrimonio del duque y la legitimidad de sus dos hijos Sin embargo la pareja vivio junta y fueron aceptados socialmente como marido y mujer El 8 de enero de 1847 el primo de la reina el principe Jorge de Cambridge se caso mediante licencia de la Oficina de Facultad pero en contravencion de la ley con Sarah Fairbrother una actriz embarazada con cuatro hijos ilegitimos dos del duque y otros dos de otros hombres en St James Clerkenwell Aproximadamente alrededor de 1858 Sarah tomo el nombre de Sra Fitzgeorge pero el matrimonio no era valido y es inexacto llamarlo un matrimonio morganatico como muchos lo han hecho Tambien es incorrecto decir que la reina Victoria se nego a dar su consentimiento a este matrimonio ya que no fue solicitado de conformidad con la ley siendo muy evidente que no se daria el consentimiento Efectos generales EditarLa ley invalida cualquier matrimonio siempre que sea celebrado o solemnizado en contravencion de la misma Un miembro de la Familia Real que contrae matrimonio violando la ley no pierde por ello su lugar en la linea de sucesion pero la descendencia de esa union es ilegitima por la anulacion del matrimonio y por lo tanto no tienen ningun derecho en la sucesion La ley se aplica a los catolicos a pesar de que no tienen derecho a acceder al trono No se aplica a los descendientes de Sofia de Hannover que no son descendientes de Jorge II a pesar de que todavia son elegibles para acceder al trono Se ha afirmado que el matrimonio del principe Augusto habria sido legal en Irlanda y Hannover pero el Comite de Privilegios de la Camara de los Lores dictamino en el Caso Sussex Peerage el 9 de julio de 1844 que la ley incapacitaba a los descendientes de Jorge II de contraer matrimonio legal sin el consentimiento de la Corona ya sea dentro de los dominios britanicos o en otro lugar Los efectos de la ley no siempre previstos siguen siendo vigentes Como ejemplo se ve en la Casa Real de Hannover que descienden de Ernesto Augusto duque de Cumberland hijo menor del rey Jorge III que heredo la corona de Hannover segun el orden de sucesion semi salica cuando la Corona Britanica paso a su sobrina la reina Victoria Si bien sus descendientes perdieron la Corona Real de Hannover en 1866 y sus titulos britanicos en 1918 como descendientes en linea masculina de Jorge II siguen requiriendo permiso para sus matrimonios al monarca britanico Por lo tanto el 11 de enero de 1999 Isabel II emitio la siguiente Declaracion en Consejo Mis Lores por la presente declaro Mi Consentimiento para el Contrato de Matrimonio entre Su Alteza Real el Principe Ernesto Augusto Alberto de Hanover duque de Brunswick Luneburgo y Su Alteza Serenisima la Princesa Carolina Luisa Margarita de Monaco Sin este consentimiento el matrimonio habria sido nulo en el Reino Unido donde la familia del novio posee propiedades y se reservan el derecho de solicitar la reanudacion del Ducado de Cumberland suspendido desde la Primera Guerra Mundial igualmente la corte monegasca notifico oficialmente a Francia sobre el matrimonio previsto entre Carolina con el principe Ernesto Augusto y recibio la garantia de que no habria objecion de conformidad con el Tratado Franco Monegasco de 1918 Sin embargo dado que Ernesto Augusto se caso con una catolica perdio su lugar en la linea de sucesion al Trono Britanico en virtud de la Ley de Establecimiento de 1701 Todas las monarquias europeas y muchos reinos no europeos tienen leyes o tradiciones que requieren la aprobacion previa del monarca para que los miembros de la dinastia reinante puedan contraer matrimonio En Gran Bretana ya que la ley no ha sido modificada desde que fue originalmente aprobada su ambito de aplicacion ha crecido ampliamente afectando no solo a la Familia Real inmediata del Reino Unido sino tambien a los parientes mas lejanos del monarca Por otra parte su competencia es cada vez mayor Mientras que las pasadas princesas britanicas generalmente se casaban con miembros de dinastias extranjeras eximiendo a sus descendientes de la ley ahora la mayoria se casa con ciudadanos britanicos de modo que sus hijos tambien se sujetan a las restricciones de esta al igual que sus descendientes protestantes que se casen con britanicos La aplicacion de la ley tampoco limita el derecho de llevar el titulo oficial de Princesa A los efectos de la ley ese termino considera incluido a cualquier descendiente legitimo mujer de Jorge III ya que cada uno hereda un derecho sobre la Corona Britanica a no ser que sea excluido por la ley Exencion Farran EditarEn la decada de 1950 Charles d Olivier Farran profesor de Derecho Constitucional en la Universidad de Liverpool teorizo que la ley no podia aplicarse a cualquier persona que viviera porque todos los miembros mas cercanos de la familia real eran descendientes de princesas britanicas que se habian casado con familias extranjeras Muchos de los descendientes de Jorge II en linea femenina se volvieron a casar con miembros de la Familia Real Britanica Particularmente la Reina y otros miembros de la Casa de Windsor descienden a traves de la reina Alejandra de dos hijas de Jorge II Maria Landgravina de Hesse y Luisa reina de Dinamarca que se casaron con gobernantes extranjeros Federico II landgrave de Hesse Kassel y Federico V de Dinamarca respectivamente Esta llamada Exencion Farran fue tomada con amplia publicidad pero los argumentos en su contra fueron presentados por D Clive Parry miembro del Downing College Cambridge y la interpretacion Farran fue ignorada El consentimiento de los matrimonios en miembros de la Familia Real incluyendo parientes lejanos de la Casa de Hannover continuan siendo solicitados y concedidos Clive Parry senalo que la teoria de la Exencion Farran complicaria todo aun mas dado que todos los descendientes protestantes de la electora Sofia de Hannover antepasada de los monarcas del Reino Unido desde 1714 habian tenido derecho a la ciudadania britanica en virtud del derecho del Acta de Naturalizacion de Sofia de 1705 si se habia nacido antes de 1948 cuando la ley fue derogada Por lo tanto algunos matrimonios de princesas britanicas con monarcas y principes europeos no eran por ley matrimonios con extranjeros Por ejemplo el matrimonio de la princesa Isabel con el principe Felipe duque de Edimburgo por nacimiento principe griego y danes pero descendiente de la electora Sofia era el matrimonio con un subdito britanico incluso si el no se hubiese naturalizado previamente britanico Esto tambien significaria teoricamente por ejemplo que la actual Familia Real de Noruega esta sujetada a esta ley porque el matrimonio de la princesa Maud hija del rey Eduardo VII con el futuro Haakon VII de Noruega fue el matrimonio con un subdito britanico ya que Haakon desciende de la electora Sofia Exencion de Eduardo VIII EditarEn 1936 la Declaracion de Abdicacion de Su Majestad de 1936 excluyo especificamente a Eduardo VIII de las disposiciones de esta ley por su abdicacion lo que le permitio casarse con la divorciada Wallis Simpson Los terminos de la declaracion tambien excluyeron a la descendencia del matrimonio Propuestas de derogacion o modificacion EditarEl Proyecto de Ley de Sucesion a la Corona proyecto de un miembro privado presentado al Parlamento britanico el 9 de diciembre de 2004 derogaba la ley en su totalidad Sin embargo el proyecto de ley fue retirado el 15 de enero de 2005 por su autor despues de haber dicho que no recibiria el apoyo del Gobierno En octubre de 2011 David Cameron escribio a los lideres de la Commonwealth proponiendo que la ley se limitase a las primeras seis personas en la linea de sucesion al Trono Los lideres aprobaron el cambio propuesto en la cumbre de Australia Enlaces externos EditarTexto original en Wikisource en ingles Texto de la ley en vigor en ingles Acta de matrimonio en Mexico en espanol Proyecto de ley de sucesion de 2004 2005 en ingles Datos Q377769Obtenido de https es wikipedia org w index php title Ley de Matrimonios Reales de 1772 amp oldid 132489542, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

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